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TA CUN - 10158-(20-05-1994)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 10158-(20-05-1994)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1994

JUICIO EJECUTIVO - Consulta

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCION CUARTA

EPU81VTA DE COLOMBIA

Santafé de Bogotá. D.C. Mayo veinte (20) de mil'ecia noventa y cuatro (1994). iunaI Administraiivo é Cundinamarca

Ref: Proceso No.- 10.158..- Jurisdicción Coactiva

Demandante: LA NACION Contra GUZMAN GONZALEZ JAIRO

ALBERTO.

Magistrado Ponente: Dr. JULIO E. CORREA R.

Procedente del Jefe Unidad Jurisdicción Coactiva, de la Contraloría General de la República se encuentra ante esta Corporación el proceso por alcance fiscal, que la Nación adelanta contra el señor Jairo Alberto Guzmán González, identificado con la cédula de ciudadanía número 19.459.232 de Bogotá, para que el Tribunal decida el grado de consulta, por cuanto el ejecutado estuvo representado por Curador ad-litem. JI e c h o

1..- La Sección Territorial de Juicios Fiscales de. profirió las Resoluciones 071 y 408 del 13 de enero y abril de 1989, con ocasión de alcances deducidos a señor Jairo Alberto Guzmán González, durante los febrero y Agosto de 19887, en su calidad de Jefe de Regional, de la. Administración Postal Nacional, Cundinamarca. 2.- Según constancia de ejecutoria visible a folio 68 del expediente, la Resolución 071 del 13 de enero de 1989, se notificó al cuentadante el 26 de enero de 1989 y a la entidad

Cundinamarca. 2.- Según constancia de ejecutoria visible a folio 68 del expediente, la Resolución 071 del 13 de enero de 1989, se notificó al cuentadante el 26 de enero de 1989 y a la entidad garante el 18 de enero 1989. 3.- Según constancia de ejecutoria visible a folio 67 del expediente la Resolución 408 del 25 de abril de 1989, se notificó a la entidad garante el 26 de abril de 1989, y al cuentadante por edicto desfijado el 26 de junio de 1989 (folio 70). 4.- A folio 64 del expediente obra el mandamiento de pago, a favor del Tesoro Nacional, expedido por el Juzgado Unico de Ejecuciones Fiscales, de fecha abril 18 de 1990, por valor de $31.185, contra el señor Guzmán González Jairo Alberto, con cédula de ciudadanía, número 19.459.232, de Bogotá, en su en Bogotá 25 de cargo del meses de la Oficina MosqueraExpediente No. 10.158.- 2 condición de Administrador Postal Regional de Mosquera, mediante el cual se acumulan los fenecimientos números 071 y 0408 del 13 de enero, y 25 de abril de 1989, respectivamete. 5.- 'A,fol'io 50 del expediente obra fotocopia de aviso de prensa citando al ejecutadó de acuerdo con el articulo 564 del Código de Procedimiento Civil, previo el nombramiento de la curadora ad-litem. 6..- El mandamiento de" pago citao, fue notificado a la sociedad

citando al ejecutadó de acuerdo con el articulo 564 del Código de Procedimiento Civil, previo el nombramiento de la curadora ad-litem. 6..- El mandamiento de" pago citao, fue notificado a la sociedad garante el 27 de eéptiembre de 1993 y a la curadora ad-litem el 22 de octubre de 1993. (folio 65). 7.- El 27, de octubre de 1993, la curadora ad-litem, se opuso al mandamiento ejecutivo, escrito ,visiblé a folios 28, 29 y 30 del expediente. 8.- A folios 56 y57 ,obra' eacrito preSentado por apoderado de la sociedad garante. 9.- ,A folios' 42 y 43, "obra sentencia negando la formulada por el apóderado de la sociedad garante, y seguir adelante la ejecución. el señor petición ordenando Consideraciones de la Sala. Del estudio del expediente se desprende que el Juzgado tinico de Ejecuciones Fiscales esta ' haciendo un cobro coactivo por alcances en febrero y agosto de 1987, del señor Guzmán González Jairo Alberto, en 8U condición de Jefe Regional de Adpostal en Mosquera, por valor de $31.185, que corresponden al fenecimiento con alcance número 071 del 13 de enero de 1989, por valor de 21.685; y el 0408 del 25 de abril de 1989. por valor de $9.500 A folio 15' del expediente aparece un pago efectuado por la Compañía Aseguradora, el 25 de octubre de 1993, por la suma de $33.025 que se distribuye así $10.000 Valor, asegurado $23.025 Intereses

Compañía Aseguradora, el 25 de octubre de 1993, por la suma de $33.025 que se distribuye así $10.000 Valor, asegurado $23.025 Intereses LOS cuales aparecen, liquidados a folio 33 y 34 del expediente, comprede el fallo 071 del 13 de enero de 1989 Por consiguiente, pára la sala esa partida habrá de tenerse en cuenta en el momento de la liquidación final, así mismo se desprende que la Aseguradora pagó el valor asegurado, y por ello habrá de suspenderse cualquier ejecución contra la sociedad aseguradora. En consecuencia,, habrá de confirmarse la actuación del juez del conocimiento' ' en el sentido de que debe continuarse la ejecución, contra el señor Jairo Alberto Guzmán González, por el alcance determinado mediante la Resolución 0408 del 25 de abril de 1989, y parcialmente por el determinado en la Resolución 071 del 13 de enero de 1989, es decir deduciendo el monto de capital e intereses pagado por la compañía aseguradora, más los intereses a que haya lugar.Expediente Nó. 10.158.- 3 En mérito de lo expuesto, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, F a 1 1 a:

1.- CONFIRMASE LA ACTUACION DEL JUEZ DEL CONOCIMIENTO POR LO

EXPUESTO EN LA PARTE CONSIDERATIVA.

2. Continúe la ejecución contra el.. señor JAIRO ALBERTO GUZMAN GONZALEZ, por el . alcance determinado mediante la Resolución Número 408 del 25 de abril de 1989 y parcialmente por el

2. Continúe la ejecución contra el.. señor JAIRO ALBERTO GUZMAN GONZALEZ, por el . alcance determinado mediante la Resolución Número 408 del 25 de abril de 1989 y parcialmente por el determinado en la Resolución 071 del 13 de enero de 1989, deduciendo del total el monto pagado a capital e intereses por

la Compañía Aseguradora. 3..- Suspéndase Previsora S.A. referida en la 4..- En firme origen. toda ejecución, contra la Compañía Aseguradora la en cuanto a la, Póliza de Seguro No. COL.0027, Resolución 071 del 13 de enero de 1989. este proveído vuelva el proceso al Despacho de Cópiese, Notifiquese, niuniquese y omp1aee. La presente providencia fue considerada y aprobada según Acta, No. 18 del cinco (5) de Mayo de 1994. Los Magistrados,

JULIO E. CORREA R.

MANUEL BERNAL AREVAW

Ausente.

ALVARO E. VERA JAIMES

JORGE E. MARQUEZ PUENTES

MARIA INES ORTIZ, BARBOSA

NELSON ZULUAGA RA14IREZ

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