TA CUN - 10489-(13-06-1977)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 10489-(13-06-1977)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1977
DE COLOMBIA
ISDICCIONAL FUERZAS MILIMES Prima de krlividad,- El d.eoze. 2339/71 la eli.r6 como factor computable para efectos de liqiiidaci6n de prestacioneasociales.
VER EN ESTE SENTIDO SE INCIA N.R. 248'. y 265. TRIWI;AL C JKXSO TlV( D1 cUU.I:?;.RÇA Bogotí D.J1, ia c 1277
Meqtrdo ponentes ÁJ \)Lfr DR. INQM1W 140 c JZaui ¡z
- Ref: Proceso No. 10409
Reso1ucjçnes Minrial.e Dernan. antes ZAacraaia Garqa de Sierra.-. Me•i ¿nt epo'e ado y en ejercicio de la acei6n de plena jurisdicción ree radia en el art. 67 do la Ley 167 de 1941ó la sefore UcrcióGrcia de 5 .Jerras pide el Tribunal hacer las .igueientes doclarcionasI PR1MO-. Ea nula la resolución No. 9061 de 10975. oriqinarie del Ninir crío de Deens Uaci'sl, emma art. la numeral e) el art. 2, "9LGUNDO.. t], Mini,terio de Defensa Nci ei reconocerá y paq. r. a favoS de mi proCurada.. y dentro de los trttns esta~ blecidos por el art. 121 :de,a ley 167 do 1.941, una Pei6n Mensual de Jubilación, liquidando. adamein d los partidas cOrnputada en la resolución declrada nula. le Prime de aoblecidos por el art. 121 :de,a ley 167 do 1.941, una Pei6n Mensual de Jubilación, liquidando. adamein d los partidas cOrnputada en la resolución declrada nula. le Prime de aotividad devangadé por la e.ora U3CCI? CC1A talciona los siguien.es MECflOS, ML podórdante prestó sus gervicoa a loe Talleres de Inten4encía del Comando del jrcito como obrare Interna a destajo por más de 20 e?qø# habiendose re-.DE COLOMBIA
ISDICCIÓNAL
1O489 m 2 tiróo e partir del día 26 de Febrero de 199759 'Con votiVo de su retiro, si Mini sta' río de Defensa aciona1 proijo una resolución la No. 9061 de 1.975 Impugnada en dote libelo, medL'nte le cual reeono efe y ordenaba el pago, a f -vor de mi poderdante, de lee prrtaio ce a que tenla derecho pero al li iUar le 1en sión de Jubilación corcspondiente, omitió cocn.'uter la pri. ma de etividnd devega por mi procurad..". mo díev>omicíonos vtoldes cite el art. 21 del C. 8 . del TrbaJo arte, 4e y 59 de la Ley 4 de 1.966, art. 29 de le lmy se de 1.969 y art. 11 del Decr'tO 1305 de 1.975. Se exone el concepto de le violci6n de evs normas por los ¿cto cusedos. La llecella rgun5. de la Corporción
1305 de 1.975. Se exone el concepto de le violci6n de evs normas por los ¿cto cusedos. La llecella rgun5. de la Corporción en su viste de fondo conceptue edvereamente e 1s ysticiores de la dernanuer ya que une de lea rtorma ínvoc, ,deei como violadas no s e encon r be vjen:e para laLeche del tiro de la actora. Ejecutoriado el auto de citación para sentencie sin que aS observe caueal e nulitd que invalide lo a tuado, el Ttibunal decide el proceso, pre'a las al. guientea En e 1 asunto sub-.jdics coniete en dilucidar ni, le pnsión de jubilación de la actora ha .:ebido liuitarRe aore la tota1i6d de loe hberee devengados por ¿ile, es decir, incluyendo la prima de activided por elle devengada. El Dcreto 2339 da 1971, viente peDE COLOMBIA SDICCIONAL ].O4e9 • 3re lí fecha del retiro de la actora # expresa en su Art. 829.. '' partir de le v,tqenci del preante Decreto, el p enel de erp1edoe pdblicoa de]. Minis terio do Defena y de la Policis, que po retire o sea ro.. tirado bajo le viefleis del rnino ate le: 11Ui rdry peqardn las pensiones de jutilncidn o de retiro por vejes y de inve. lidez y derns pristaciors tociá1es. a qje hubit re d'hO
las pensiones de jutilncidn o de retiro por vejes y de inve. lidez y derns pristaciors tociá1es. a qje hubit re d'hO sobte le se de las siguientes partfdasi gp elág baçicp,Q.. me de genico m, prirna de ah' cit, subei4io femflier ubaidio de tresporte y oceave ere de l Pe de Le empleada civil del MinisteriO do De.. foflse Hoioil, señora Lucrecia García d -Sierra, es retid del servicio ci 26 de febrrode 3.975, bajo la vigencia del Qecrato 2339 de 1.971. que comenzó a regir en 19972. luego tiene el imperativo deber de ecoqerse a estas norme en su Integridad De lo cual resulta que •l acto sCUadO debe flt5 tenerse, pues las disposiciones aplicblee a su eitUtión jurSiica non le que . mencionan en el pro, eso y:el acto a.. curado las cita. 24o es del c so dar aoplicsaidn al art. 11 dal)ecreto 1305 de 19975. como lo solicite la demnrdan.. teo por cuanto 4ee entró en vigencia, mucho ceepues óel r &.. tiro de la actora, ya que el retiro e. produjo .1 26 da fe.. brzro y el ci edo decreto entró en viqncia .3. la de julio de 1.975. Por 3,o entriorrnente xputo, .l l'rj... bunal C0t4i50 Administrativo de Cundinaamra de aouerdo con su colaborador fiscal. edflinistrendo justicia en nombre
de 1.975. Por 3,o entriorrnente xputo, .l l'rj... bunal C0t4i50 Administrativo de Cundinaamra de aouerdo con su colaborador fiscal. edflinistrendo justicia en nombre de la República de Colosibiay por autoridd de le Ley.DE COLOMBIA -tISDICCIONAL ?ALLA t LEI G)NE las ptieions de la da. C5pia. notiLqiie. eunique y si no fure apelado mate fUO archivese el expedient.'prs. vis d evoluci6n de los antecedentes ininr'tiVos a la ofi. cina de su origen. Aprobado en 1. 3si6n No.
ZAMIR SILVA »ZN AQUILINO noøxGuz MIGUEL JtOUIO CMDE1ÁS y. }WCTOI UL cORCUUELO. $.
ALVARO L»P'TE WNA ALERTO MOTFNO GOMIZ
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MARCO MflIO CELI3 9
Secretario..