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TA CUN - 10548-(02-05-1977)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 10548-(02-05-1977)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1977

INAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

RE LATO Rl A

HONORARIOS.

DeducOicxi. El art 15 del decre.1366/67 dipone que se aceptaran como costosp dedxiooi6n o exenoi6n, los salarios .HONORABIOS, comisiones, etc • que han de constituri renta bruta para el beneficiario, si se le identifioa por su PIT y se indica el monto del pago o abonp.

N.R. J)1APrJESTOS NACIONALES. kzk3tx Mayo 2 de 1977JUICIO No.10548jWI8TR&DO POINTE: Dr. LTJILINO RODRIHtJEZ P.

ACTOR: Roberto Pacheco O.

n.r. 335 N.R.REPTJBLICA DE COLOMBIA

RAMA JURISDICCIONAL MINISTERJC-TR3 flNN. CO 14C4080

ivt E cti x;•: 77 ¡iaQi?trdo Ponte1 DR. ALj.LI. • Ref e Procesio No. 10548.- Irnpto Medí ente tode& y en ej , roicic de la acciin de visin de impu t a, el Dr. Rob'rto Pacheco Oso.. rio, pie a]. Tribra1 ew , la Iiuidci8n Oficial Uo. 353827 B de octubre de 1.973 practcde por la ciiistrs.. cirt cieimpueatoa ci n&1e y 1a Rso1ucionea Nra, A.0019 65-L de 2 de ayo de 1.975 dictda por 'a $ecci6n de os Tributarios y Raoluc±ón No R05718-H de 13 de

65-L de 2 de ayo de 1.975 dictda por 'a $ecci6n de os Tributarios y Raoluc±ón No R05718-H de 13 de bre de 1.975, dictada por la Dircci6n Gena1 de Irnruetos c1na1c, y mdint 1€s cuie e le fá-jó el qrvnen por el ato fic1 de 1.971. Corno conucuencia de te reví.. si6n se ordene una nueva lieuiidaci4n y la dvoluci6n de to.. das i cntid-de t qadas en exceso. Como d.tsposicicmes violdas cita el art. 19 del ¡)ecrtc' 437 de 1961; art. 48 y 65 del Decreto 1651 de 1.961g at. 15 dei L)to. 1366 de 1967; art. 46 del Dto. 154 de 1.968; urt, 79 de la Ley 63 de 1.Ç67; art. 21 del Dcto, 2733 de 1.959, Se expone el ccuce;tc do .,i1ci6n de 4ns nuns por los cto pcusados. Ejecutori'do el auto de citacion r,,-,re , ,.ciencia sin que e obs cusa1 de nulid d -,ue invalide10548 2todo lo acudo. eJ. Tribunal dneíde ci. proceso, :revis las siçjuien ea C La I'jrcalje crcr çj Tribunal en su ccncepto L e f':d.c e, H£1 ¿bogdc, ( &[J z. IJAY0 como apoderado del doctor .c , C"' 100 demanda la

La I'jrcalje crcr çj Tribunal en su ccncepto L e f':d.c e, H£1 ¿bogdc, ( &[J z. IJAY0 como apoderado del doctor .c , C"' 100 demanda la revisión de iz o rcin an trt1va de 10 -.tos que le scairon 1r--u «tos por el e10 grvL1e de 1971. para ue en nu lugar se elnbore una nuQva 11"idción teniendo en cuenta 1:x Iptldr'ricines so1icita 1, e. "El ccntribt',ere idi6 rUC se le &dujeran Ion igos a otros profeial en cvrnti de $ 35.000. y lor sueldos pngPdon a cuitro empleados por $ 46.990 y dvi tió en i r'is dmc1.raCión r7ua no se siderba ohlicdo a pr untar pan y 1vo del Sena po no ener y cu10 a su iSn e a Yw)g,-do un apita1 de $ 509000. ni un nírro de iez raona su rvicio. 0 La Jdi7i r ci6n ce Irr 't.OR dijo que el ne 1i it4 a r lo nøtnbree ce 10 bflfic rir y u ientiftC cián y 1 ontidadee. in curn'iir lo: reuiit.' . 'rticulo 7 de a Ley 63 de, 1967 y no dei rd ue l cpite1 de su a ere reflot de $ 50.000 no uficne i simre verción del hicbo. '1 irticU1 7Q de l, Ley 63 de 1967

de, 1967 y no dei rd ue l cpite1 de su a ere reflot de $ 50.000 no uficne i simre verción del hicbo. '1 irticU1 7Q de l, Ley 63 de 1967 en se pr1r ;rt r.f a 10 por entajes de de- çtucçj rue af€ctan 1s :nt,e prov nient-e kle la prcs ci6n de rervici o ,e ':cna Les inJo iis, cono hono..10548 3raros, co isiones, etcs La sgun a parte de la lorma dice crue no quc dan comprendidos en los ar1triores ifiea, el 50% de arrendamiento de local u oficina, e valor de 105 materiales en regados con ocasión de la pr stción del -servicio y los Pagos,cue iupliuen retribución a otros profesionales por trabajos ejecutados bajo la exclusiva roson sabi1idd de quien hizo el pago. Y el paragrfo único exi ge lot' rquisites nue proceua la deducion, como la discri'i :ción de las r n: as p,Ownjent del t,rPb.ajo del rofesiona1 a quien se hizo el pago; que e te pago no sea eul)Erior a las rentas orignedas en tales srvicios y que no exista socied en ro uno y otro c bio, el articulo 15 del Decrft 1366 de 1967 dispone que se eoe.terén como costos, deducción o exencidzi, los sal,-ríos, icftiRICS, co'riiones, etc., que ban de ccnrtitufr renta bruta para el boneficiario, si se le

1967 dispone que se eoe.terén como costos, deducción o exencidzi, los sal,-ríos, icftiRICS, co'riiones, etc., que ban de ccnrtitufr renta bruta para el boneficiario, si se le identifica por su NI? y ge indica el mont del pago o abono. CDnsid! a la 1?icalia oua la )\dri' istrcidn hizo una aplicación idebida de las norras legales aplichlea alCso de las dedudcine solicit . n primor lugar, porque el rticulo 7º se refiere a ueduc i es de 1 12ntag binas pór profesionales indeendientes, a las cuales ha de aplicrt'e el pvcentaje alli determinado s donde se h-'bla ePresamente de "ingeesos anuales". Z-n segundo lugar, porque el cc»rlbuyánte aolicitd ineguLvocanente la deduccion por de honorarios que constiueron renta bruta p;ra loe be -eficiarlos y # tan ci-rto es esto, que 4ztos as¡ la declararon en los res , octivos enuncios, cuyas otocoias se alegaron al e xoeuient dmiit.r tivo. " La Declarci6n de renta del contribu-./1QS48 9 4 yente está p:rada por la runcidra de rcacldad qu le otorga el rt.culo 72 del Dcrto 1651 de 1961 y na1 'ido la Admi r. ción exigir pruebas de h&chos que -eben t rfle Cc. , ele taso t1 como la irci6n de que la oficina de abo;ado no ocupa

1961 y na1 'ido la Admi r. ción exigir pruebas de h&chos que -eben t rfle Cc. , ele taso t1 como la irci6n de que la oficina de abo;ado no ocupa sino a cutr emçe cso y i e- ó! ,->,,rcion de un hecha rtgativo, cerc firrnir que el c ap1ta1 VirCU1O 2 la rTOf d.ón no llega a $ 50,000.oO. 'En o floetc de la ica1ía Tercera, el ctor tiene rz6n en l ccon incoia y por eso el Tribunal 'iebe dchr fvorb1emente sus prete iones.". Cotrr el citdo concepto resume el problon debtido &n ¿ te proceso y te se ajusta a la r'alidd juri.iica y proeea1. el Tribunal lo coarte y lo acO je cc->nsiierándol<n suficiente para 10 ef'cto de este fallo sin que sea neccsnrio repetir los niszos lntetnieflto, pues c1r3rnte s ¿eup del tadio de todo el pedien te que el ctor dIÓ eump1irinto los requisitos lrg,, ,,les p re que las deducciones rolicit por el cortribuynte deban tenere en cuenta or. 1o' f-17,— ctos de su liqid-cion de in),, estos por el afio fi cal. áe 1.971. So1ant h hregre que 10 serví ciog 1eperidlene son qén4rlcos como lo tiene definido la jurisprudencia agi. 14. Consejo de Estado, así, e ntencía

So1ant h hregre que 10 serví ciog 1eperidlene son qén4rlcos como lo tiene definido la jurisprudencia agi. 14. Consejo de Estado, así, e ntencía de mayo 14 de 1.970 tijas iieflrs la ley r.c a rvicios perso?ies indeendiefles en forma genrica, el re ;lemeflto intenta mt tr l norma 1oal ra rrstrin_ gir su c'rgc e ap icci6n silo a ls orsors con titulo de idoneidad rofesi'a1 expe"ido por una univridad o centro de studios eqUiva1nte. -sto Pce -viene e). 'uebran-10548 to de lo tto por r1 art. 79 de la I,ey 63, e lo ¿ior er, la de que 1iz ip1ic:-s : 1 ri ra Yan :c ciLr f'vvreb1e € r ci6n . ir tiva cor ejcndirv e y pra' ticÇndoe un ru.1va ciór, ue se e a las dedueC1 ¿qU 11 iciciór que rÇ avis enta según lieutlación Oficial 353827 t de fecha 4 de octubre de 197 ..., $ 514.603Henos: deduc ion aqui rico- 'et1ta 1f''i.oa $ 232.803Ptrirnonio gr-v01e Impuesto de de :nt y cOmplevnt:ric Xmpu stot $ '74.45813.O25 $ 87.483Cónyuge iit. 20.274.3( edin e C' prro Leonor

Impuesto de de : nt y cOmplevnt:ric Xmpu stot $ '74.45813.O25 $ 87.483Cónyuge iit. 20.274.3( edin e C' prro Leonor flta recj.biaa. ....... ...... 3O.0Olf1:z rrv hl a..... 30.000 3.015 koti crcoe mbo cdnyuqcs $ 90.498aQO :; 5eqi1n comprob s orrar1 en e. ,rec4!ente. foliDi 94 al 103, el contrIbunte hi con cel: c. c. J, LT' c5e o 4 ... .•e. • •s• ... L 89.204'_ Saldo r'rue cnunnn in.ree 5S••.SSøS. $ 19294rn Por lo tntr1cinet to. el 'rribun1

Cont&nc:oEo ?ITrt.r tvc oe Cun r-tmrca, de cuerdo Mn Su co1Loror kical, minitLrndo jurtícíe en ncrnhre de la Repüb1ica de y por autovdd de la Ley,010548 6 - ?ALtjAi la.- Revisase le opracdn aciniatr~ va da liquidncidn de inip!entoa de rente y complementarlos verif1.cda .1 fr Roberto Pacheco Oeotio, cOrrespondi~ te al ai%o grVuble de 19971 29.- gn coneec.enci, UJase la cantid4

de KCVWA MIL CWROC!EtflOS NOVftA Y OCHO PESCO

te al ai%o grVuble de 19971 29.- gn coneec.enci, UJase la cantid4 de KCVWA MIL CWROC!EtflOS NOVftA Y OCHO PESCO 498.) M/CTE... por Concepto del valor total dø loe impuratos da renta y complementarios que correspondan a cargo del c'ntrbuyente Robrto Pacheóo y en c6nyuqe Imanar Me.. dina de Pacheco, por el. •to gravble de l.971g 39— como por esta mi.emo concepto los ccntxibuyentts Robe: to Pachao osorio y Leonor Medina de Pacheco, efectuaron pagos por le sisia de $ 999204-. r~ tales por cancelar la aa de liS MIL D0CIEflTC5 NCVNT Y CUATRO PISISOS <$l 294-) Notifiquere, ccmufliquese y con iditees con el H onjo d .stados %yalídep el papal aomdn. AprObdc en la Sei6n Ho. 3

~IR 3ILA AX1ZN AQUILINO KGRIGUEZ P?DRAZ

MIGUAL ANTONlCC;RtNAS y. ALVRC) O1 WNJ%RPUBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE JUSTICIA Nt7MRO Bogotá, D. E.,ALk?O i4ORUO GOMfZ CJRLO 0;T;V1O RWU(TJEZ y • V^XL trnuwrA AYOJJ.

l4JtRco Dfl LIC CLXS ..REPTJBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE JUSTICIA NUMERO

Bogotá, D. E.,

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