🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

TA CUN - 10557-(08-11-1996)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
TA CUN - 10557-(08-11-1996)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

C»IISION DE INGRESOS / PRUEBA INDICIARIA / SPINCION POR INEXACTtJD COMI-SION POR VENTAS AL POR .MAYOR / C0MISION POR VENTAS AL DFTAL

EPULICA DE COLOM$IA

Retatorh

TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA ¡ 8 NOV.

Administrajjvó SECC ION CUARTA cJe Cundjnamar Santa Fé de £k.got t) .C.. , Nov:iernbre ocho (8) de mi 1 novecierstas. noventa y seis (1996)..

Magistrado Por nte: DR. JORGE ENRIQUE MARQtJEZ PUENTES Pceio No.. 1O..5S7 1mpuet.nH Nacior 1

Oeinandinte COMERCIAL SANTANDER RANGEL LTDA.

E) ec.r apoderado de 1 a parte deítandarit en ej et ciclo de la acc Lón de nulidad y u -itabi'zc:.ii1.en te del derecho 1 : i. t al Tribunal ckc1 arar la nu 1 i ciad de 1¿.k :;tuac:iór ad:in.i. t.rat.va conten ida en la 1.. iqu idación Of i(: - ial de Rey i ián No.. 000i)51 del 25 de Mar; o de .1. 993 de la Div kiÓn de i,ituicJac: Ón de 3 a Admirt i.;tracióri Especial. de Irtputo y Ad,:i Mai.onaic• Fror,at Juridica

de Santafé de 1) C . y .t a Reoi uc.iÓn No

Admirt i.;tracióri Especial. de Irtputo y Ad,:i Mai.onaic• Fror,at Juridica

de Santafé de 1) C . y .t a Reoi uc.iÓn No 000164 del Abril de 1.9'94 1, ear1a d€ La do la rnirna Piíh is 1 .t,r ¿itc..iór, que detríi,inó e). vent por el ex te b e de 1. ?9 3L& car'.jo Re) acic.nia en u 1 :ibelcs lo i,cui.ente hei:.ho la .3uc ied.td pretaen:Ó au doc lar a4...ión del 1 puesto •etse j ,nta r'r.ipond.iers te al ete ijins $rc dc .t99 el d .a 16 de febrero de 1.93 s,endo rd 1. cada bajo el nmoro 16007010044248.

"2.. E: 1 d i,a 6 de a g os Lo de 1.991 la Div 1 i.Óís de F : ç.ca 1 iac:iÓri de la Adisi.n.i.trac . ón E pec; al de linpuesto. t4iora 1e Per oin iur íd i.c:a de an La c• Eogc:st4 nsediant.e çtt.o No 000154 de 1 ordenó la p ct.ica de una InpeccJÓri Tu i. bu Lar ia a 1 a Soc 1 edad Co,er c. :i al San t.arder F:ancje 1 Ltda . "con c-1 rin

ordenó la p ct.ica de una InpeccJÓri Tu i. bu Lar ia a 1 a Soc 1 edad Co,er c. :i al San t.arder F:ancje 1 Ltda . "con c-1 rin de det.erninau o 1 .apues Lo de onta y viL por el aie qravable de 1.98 11,"... , '.

3 .. Frute de la i r cción Tu i.but.au .i.a , ie produj o 1. FequE'r :rsi en te Epec i i 000 131 dei. 26 de dici 'iís Luce de 1.991 ased jan te el tal : proptno ad i, 1J s irroo. de la cciodad tiuraritc' el eto i:rnottue deEXPEDIENTE No. 10.57 1909 por las ; iqu iert.e r -a - para eit. 1 ecer low, de 1 Lontr :i huy eo te ,q1 0tomo cno base de á :t ::u lo 1 a' obr e ven tir3 paid al pertacinal ., que cumplen e). art.1 tul o t07 del E atu to ir bu tar i:: :ontí tuyénde ei e 1 epçr.?e el méycir corie>.ir tc'.n 10 tv., inçjreo. del con t.. rl. bi.iy en te " . tcnai,do c;ocro tase ie c:1 1 : ulo el de c on:i C,rt sobre ven ai ttb 1ec:emo una propor:: i.')fl w1,u temát J. ca y

. tcnai,do c;ocro tase ie c:1 1 : ulo el de c on:i C,rt sobre ven ai ttb 1ec:emo una propor:: i.')fl w1,u temát J. ca y obter(:Prr.oi el slric, r eo c:,r repc.nd i en te que dió or .i. &n a 1 a cxn i ione iaada - "4 Der, t r o (J t1 cpcJr turi:L dad 1 eça 1 ae d ló repueia al anterior requerirntento taciendo ).o deicar'o S. reit.itardo .1 a 1 o'a 'frir mt 1 ¿da por la Annni str'ac :iÚn arxarcJu 1a; pr eba pert. iente El día 2é.. de junio de .1992, la Div.tión de Liqu:idacióri produce una amp 1 1a.: tón de requer imi.ento 'pecia 1 No 000020 en la que ad.ç:lona a los la cuantif icación de la sanc i ó n por ire>actit.ud con temo ada en el art culo 647 del L, á t atuto Ir 1 butar lo . Opor tunamen te e d ló repue ta a í- ys ta atnpl 1 ac:iórt "6. El 2' de mar:c' de 1993 meciiar,t.e Liquidación 0? ic:.in 1 de Rey i ió .. 1 , i a Pi. vi.i i.ón de 1, iqu Jda:: lón md.ific a la 1 iqu.'iciac:ióri privada del ipueto obr'e 1at

de Rey i ió .. 1 , i a Pi. vi.i i.ón de 1, iqu Jda:: lón md.ific a la 1 iqu.'iciac:ióri privada del ipueto obr'e 1at ven ta

6«--t. b i1nei tre de 1909 ad 1 c ionandi. i.ngre'io en cuan tí a de: $21 )77 000 deteríí:in ando un mayor ia ido a pagar del. per Lodo e impon i.endo una 'anc .ión por :i, rtex ac: ti tud Se fidamentó 1 1 xqui dar 1 óri ot i c: a i :L cti igu ien te téi'm ino'r "(cJ1 ciór, dei, qrecit en t: uan ti a de t2.1 ,,77 . a g 1 oa pl ar teada e con t irma por cuan tc. ana 1$. ada ':n %LA cor rtr, to las prueba. aportadas. en el x pedí te en u orden a) El c 1 ';:'.ic) de 1 a com Ja ione -:obre vei 4 tala pajacia al perona 1 qUe eÚn d.(:: :t aran ón .j uramen tada de] Represen tan te tga 1ws del 2 al 3%, por':eo taj e que ver 1 ti cadi' por 1, a coinI tióri vjsjtattor L4 5 en el 3%15 in tomar' :t otros :1 tem o de que hace merni ón el rcii ti' i buyen te en su r€e;t. a , en pr 1. mev 1 uga y' porque cor re;ponden a

:1 tem o de que hace merni ón el rcii ti' i buyen te en su r€e;t. a , en pr 1. mev 1 uga y' porque cor re;ponden a pagci.

laborales eví eqttrdo lugar, porque tri cii c:ho otrc) -U Se tomaran en cuenta , e]. ':rcen taj e' de co m:i j, ione s t. tmlo tambi É5 ti 1 o y C., C 01,4 Ll e 1 con trkhuyente , 'cr i c:rementar'ía , "pudiendo 1 llagar al 6.7 u 0%" y con el la ad.ic á ó i de in q c, ti, ret , - b Las pruebas apor'tada con ocasión del L''.ruc de in íoi''maci,óo N. 000648 del 2-10-91 ef i? c. tuado a Co vi t'oc que sopor tan la afirmar l.ón de om 1 ión de i.ny practicada en c::abeza de 1 or vorio de 1 a eriproa 1 as cual e fueron •JeMv''i. rtuadaa por' el con tv 1. bu'en te qu ienEXPEDIENTE No.. 10.557 rconoce el paqo 1e comi' i.re'i a Coy Loo. , lo t:ua 11 rol ri ci. di ron :t o p3. anteado en el requer iien to en el que de paso coriven í.ør te a: 1 arar , no e pi ar teo que toda la u(lLi. .l ón de Í g Po t.s

que de paso coriven í.ør te a: 1 arar , no e pi ar teo que toda la u(lLi. .l ón de Í g Po t.s com L ioíe pajaL1a . Coy inoc ; iío el 1 as ayudaban a topt:.rtria ..

Dentro de la : .po rtun dad lecjal e :riterpuuo el Pc.irt., de Recon u iderac $.án contra la anterior 1. iqu.das::ión xer3do reuel tc:. por la Div: .ióri Jurdic:a mediante la Reoiución í'k. (:(:)o14 del 25 de abril de 1994 en la que CXpPPtu ' .. . En re 1 ación, con la la nu 1 idad pi an,eaciu por e recurren te, en el 4en t idO de no haber ez pl t cad como e determinó la base de las c:orníones para la adiciór de ingre%c.)s propwta e,-G, noiear i.o a.:: 1 arar que i: a]. a .1 e ón tuvo como base 1 au di. '1 erer teu, pruel:'ani, adelantada por la A'imin traciÓn Ir u4arJ por 1a' razonei. e>pesta no tiene it:fero la nu 1 :idd oiicitada" ' "Con tcjdc:. 1 o anter.or podeino. deducir que lo man . festa':lo por el POY TEDAN RANÍE1. V1S€A , en ;u ea LÍ dad de Representante Leqa 1 C111HI plena prtioba Articule 747 del Estatuto Tributario) y que en e; te

ea LÍ dad de Representante Leqa 1 C111HI plena prtioba Articule 747 del Estatuto Tributario) y que en e; te caso so lo son adrn:i sí Lii es con tr a esta • el error 1 a fuera ufrido por el con fearite el dolo cierc:ido por u;i t,ercero ci la 'falsedad material del escrito corten t .ivcs de la cori fes &ón , vi c: ic. que no ac.kn en el caso ub' j cid i cc" De otra parte la comí sión. n eJ mismo 37., Z.f. n t:ener en cuco ta los otros 3tenis o conceptos que cita el tcrit.r.ibuycr.te en su escrito en primer t r mino porque corsti tuyen paços laborales y recarqos que en o inún momento afectan 1 as cr -'rni s unes por ventas canceladas y en segundo lugar . porque ,i 1 os pagos mencicnadc.s se tuv:i eran en c:uen,tn el porcer. taj e por, comisiones se aumentar La , hasta llegar . y.ci 1 ,reoi:o ci 6.7 u 8% ir tuación ésta que rec:onoc:e el actor y si le agregamos a éstos 11..1% ing resos pod nos con .:: lo ir que tel proccntaj e determinado del 3% Sud' t.ado con base en las varib les que pudieran mod i. f Lt:at 1 os y ter.i codo en cuenta la realidad ecr.ótn:i ca de la 3ociedad. se observa la forma cc:mo la Adrr.ir:traciór. 11 a

base en las varib les que pudieran mod i. f Lt:at 1 os y ter.i codo en cuenta la realidad ecr.ótn:i ca de la 3ociedad. se observa la forma cc:mo la Adrr.ir:traciór. 11 a a la adición ce injrE:is, tenemos que no es con base en prtesur.c 1 one. como Jo que aduce ce 1 recorten, te. Lc» funcionarios anal 1 a ron las nóminas, e). ma'stro acumulado Libro Auxi liar y con t3ac en el les rce o aborÓ un czuad ro do 1 as comisiones pa das por la Sociedad durante el ac:' qravabl e de! 1989 • que corresponden a ingresos super i.res arroJ ando una di ferenc'a con lo declarado por el contr.i buyente. " "Las presunc iones deben estar expresamente seFa 1 adasEXPEDIENTE No. 10.557 4 en la Ley en el caso que se debate la 4drninitrci.ón no aplicó n: nqra tic ellas, ya que lLt aditióh (ie inqreo se efectuó del etud jo y anl de ptteba

pr-acticadass, como fueror, 1 a Inspecc:i Ór, Tributaria s los cruces de información, la de1arac:ie,n del Representante Legal de la Sociedad, 1 cual debidasiiente nstudiada para darle el valor de plena pruebapor tanto laxa modi f i ca c: iore a am denun c. :i. o rentístico fueron determinada con base en laz peha. pro dente e idóneas al extraer la info:itn

pruebapor tanto laxa modi f i ca c: iore a am denun c. :i. o rentístico fueron determinada con base en laz peha. pro dente e idóneas al extraer la info:itn contenida en la propia contabilidad del c:ortribuynb COfl e fin dE' dcLermnar, la realidad y monto del tc,tal de low obtenidos. 'S En relación uori la corrección del Libro de 1 nventar ikis, al Lnor de lo establecída en el Av ticu lo 774 de Eis Tri botarlo, uno de 1 o s requ.it. tL) para que la can tabi i,.dad con ts ti. tuya plena pru'.ba, que rel 1 ej e c:omp 1 etamen te la i tuac .tón de la. entidad o perna natural y el artici.ilo 755 de la mi iina obr a ea1a La prevaleric:ia de ley aieritc. de coritabil ;idad c:uandc haya deiacuerde onre estos y la decI arac: tón de rersta . As.{ 1 as coa l al detectar 1 a ccrij. ór, viitadara, la corrección del Libro de Inventario y 1 as diferencia con la información cont.enida en 10t3 soportes cantables, que sirvieron de bae para obtener la totalidad de las coi.isione r, pagadat, S e aiu SS tó a derecho el argumento de la Diviión de LiquJ..dación al no tner como prueba el íncr,c lanado 1 1 brci . de acuerdo al análisis efectuado. tanto en el Requerimien .o Etpc'cia 1 como er la Liquidación 011 cial impugnada

no tner como prueba el íncr,c lanado 1 1 brci . de acuerdo al análisis efectuado. tanto en el Requerimien .o Etpc'cia 1 como er la Liquidación 011 cial impugnada Como d iosicione'i violadas c:it.a los ar tí. it lo &. 29 y tSi) de la Consti tuciór, Nacional ; 35 1,59 del Decreto Ley 01 de 1 .904; 174 y 176 deI Código de ProcE:dimiento Ci.vi. 1; 633 ¿47 730 numeral 4o, 743 76, 77 753 71,39,760, 762 y 763 dei Estatuto Tributario; 66 del Código Civil y expone el concepto de vial ación a esas normas por los actos acunados. El S&or Agente del F1initerio Público, Procurador rE'rceto ante esta C:orpc:rat:ión en su vista de 'fondos conc:ept.ua adversamente a las pretensiones de la demanda. No habiendo causal de nulidad que invalide lo actuado, la Sección Cuarta del Tribunal decide el proceso previas laii :Lguientct

CONSIDERACIONESEXPEDIENTE No. 10.57

En proceso No 1.0.555, entre lar, mi. ma par te :n el ::ua 1 te cJicut.ieron 1 em m;i §Bow-1 5 PLA 1 os e 1 .í tis y duridu eX pus erun 1a (vi J3as normai Vii:) 3.al J s e iqa 1 t:unceptu ..fr?

eX pus erun 1a (vi J3as normai Vii:) 3.al J s e iqa 1 t:unceptu ..fr? vio 1 C ión COfl Ponen c, a de la DRA tIAR lA 1 NE WT .1 1 DAR tO;A er ten: La de O::tubre 19 de 1.995, st.e Ír ibuna 1 expresó 0 1,1 1 J. be 1 :tta mani fiesta que 1 ac tuac:ióri impiida vuineró los art&culos6, 29 y 1.50 de L. Cruititu.:iÓn Nac :1 una 1 perq no invc: rirma al quna que el (:lftrit)Uysri te hI:) ',era 1:r nsqved idt. 'amo que utah 1 e e (,t'y ores inqresrsi c_c'n base en tc:tiiisionet us ven t:as paqAda a unos emp 1 e ad o a de la suciedad C:onceptos que en u opiri iór - tiebi ri teriere en cuen ta y rechazando otros para crear J. un proed im un tu s J.n ruspa ido leqa 1 para luçp' ar el reiu 1 tado de 3. ¿1 adJ, ç:.ión ici ct.ta 1 vuinera el debido oceo y el i:re.::hr çte to'fensa del c:oritrxbuye. Leaflién de usurpar la potetak1 legislativa.

Ht refiere el acc: ionante a loa art.{:u1r 35 y 157 del Código Contencioso Administrativo para tniisti r en lo relativo a la motivación de 1 as dEtc:i Si çjO pues io

legislativa.

Ht refiere el acc: ionante a loa art.{:u1r 35 y 157 del Código Contencioso Administrativo para tniisti r en lo relativo a la motivación de 1 as dEtc:i Si çjO pues io act:)5 acusados narran la situación de hecho u ;ea la forma c:umo se 1 leyó a cabo la .invst:igac:ión pero sin citar las normas que autor 1 zar el proced imien1 u uti 1 :1 'ado ni preciar los fu damen ta legajes para la 'aanc:ión "En cuanto a ic' art.ic:3os 66 del CÓd:tçjo Civil, 1/4 y 176 del Código de Procud imiento E Lvi. 1 y 743 y 736 del Estatuto Tributar lo el demandante cita dcs;.tri na atinente a 1 as presuncí. unes afirma que la administración determinó uros i rresos a partir de unos g as os o sea que partió de un hecho '::onuc: ide

(qaat.os) para 1 1ecar a uno desconocido (irigresos) procedimiento propio de una pr':•unción que f c. es r:ortempl ada en la ley y e>presa que el porcen taj eSP de terminó sin consultar la realidad de las í:;rj cons igradas en la cont.abi 1 .i dad de la empresa • 1 ndi ca ta,hbi.(n que en el Estatuto Tributario se .tcupt.a la cieter-ma n ac: lón

de mayor -o> :1 r,g resos pero con fr,dameii to en 1 as presur.c:iones expresamente reguladas en el mismo

cieter-ma n ac: lón

de mayor -o> :1 r,g resos pero con fr,dameii to en 1 as presur.c:iones expresamente reguladas en el mismo (Art. 77 78, 759 76) v 762 y 763) sin que allí se consagre la psunciór de ingresos partiendo de 1 as r:om iones por paga.das a los trabaj acior ei "El acc:ior,ante anal iza apar -tes del memorando expi icat.lvc) de la 1 iquiclacióni oficial y de la riei:.:isión del rei:ursoy i:onc: luye que la administración ci L Id ió la prueba ( c:ontabi 1 idacl ) tomó lo des favorable '' neqó la oportun i.daci de demostrar lo favorable y as . / U 1 rt'rs5 el prirsc:i pi o cJe la mdi visib 1 i.dad de 1 us dcx: umer,tos (Art. 258 C.P,C.EXPEDIENTE No. 10.557 "Por todo la J,.i')di4::ado el libelista desconoció ci e5p: rit.0 de justicia reitera la aun&.; .a de soporte actuación (Art. 730 Num. 40. lb.) administración no puede "estimar" el considera que se (Art. éfl E.T. ) jurídico de ),a y precisa que la porcentaje de i comisiones en un 3 ni emplear pr'ecedi mi i'to no previsto en la ley pues desconoce así eiartículo 604 (E T ) al no doler-minar con exactitud las impuesto del contribuyente; transcr mbe el aparte pertinente de

previsto en la ley pues desconoce así eiartículo 604 (E T ) al no doler-minar con exactitud las impuesto del contribuyente; transcr mbe el aparte pertinente de la estructura de 1a c'crn,c)nPs que contienen el requerimiento especial y el m:.ft,ov'ardo expi .cativo 'J la liquidación oficial para concluir que no solo !(? trata de una presunción sin base legal mo que no so refleja la realidad de la oi?r'ac:iÓIi )€t'S 1-tO memelan valores absolutos con cifras porcentuales lo que no c:onciuce a un valor exacto se rechazan conceptos que mod 1 fi ciar el manto de las comisiones y as¡ la venta de un par de zapatos qertrir3 comisiones suporiares al :'x, '::i,'fr'a adoptada arbitrariamente. 9 F'ina].mente el demandarte discute la sanción por inexactitud impuesta mecánicamente (Art. 64:7 E T pues low va 1 oree determinados son frute de uin preuncjóri no prevista legalmente, lo cual no da supuestos para imponerla y se apoya en ,j ur 1 prudot c ka del H. Consejo de Estado. n el aieçt,o de conclusión ( 1n1. 109 a 111 p.p.) la par-te demandante analiza el dictamen pericial e mi ca que según éste la sociedad declaró 1 as ventas que efectuó en el IV bimestre de 1909 • valores crsi.ley soportados en la contabilidad. Ma Sala advierte que la administración pract i. c.

que según éste la sociedad declaró 1 as ventas que efectuó en el IV bimestre de 1909 • valores crsi.ley soportados en la contabilidad. Ma Sala advierte que la administración pract i. c. visita a la contabilidad de la empresa y en el acta do inspección tributario levantada el 6 de aqcu;to de 1991. (fois, 93 a 90 C.I. 4) se indica que se concluyo del análisis 'financiero que como empresa nc t:amc'n l' comercial muestra una baja liquidez anc .t,da con U11 alto crec: ímiei' te en el nivel del inventar i, que e ident:í -fi ca una inter'rei aci ór, con los tnqreos de actora y de Rangel Hermane y Cía L 'tda y se anota "Previo al hvantarior,tu del a,:t.a de libras, corno Ya Se anotó se presentó una modificación en inventar ti os • que no obedeció seoñri so pudo constatar, a un proceso tó.':rt ic':e No fue posible profundizar en los inventarios ante la dificultad que representé la no asistencia o la no exhibición por parte del contribuyente del k.ardox ni el soporte 'jei inventarie físico, del año de la ;tnve::tjac.ur Igualmenle, dentro do este proceso se analizaron las hoJau hoja de vida del personal empleado por el contr i.buyente investigado, las cLia 1 es no fueron suministradas en su totalidad. &br'c las obtenidas,Sc• extractaren Votocopías (jo '::OitE-atn3EXPEDIENTE No 10.7

contr i.buyente investigado, las cLia 1 es no fueron suministradas en su totalidad. &br'c las obtenidas,Sc• extractaren Votocopías (jo '::OitE-atn3EXPEDIENTE No 10.7 de trabajacartas, de a1rio, dat.o3 de aEiLJ y corn.I cr pactada para un ar -falib.i.lapoter.or Dei estudio de l;1.¡s3 nóminaos de paga, e .1 a exittencia de un paqo de coi ¡ti r.e expreada, :omc3 p o r e: e 1 ) ta sobre tOta J)j cha por cer.taj e, se c.opore de camiórt a niveles rei.merado co,a SCUI : Vendocloreu de Almacén, drnirtitrador de Aluiacén y Supervioret de Cadena t1 A1mcenes Sí a las :orníiare total e Pagadas en el aflo, le a pl ica el porcen taj e equivalen te que e dctern)i n en 37. sobre 1 a Ven tala tuta 1 e; cJe acuerdo a dccl arac LÓi% juranentada toifiada al repreent.arte leqal ,. ecjt:rt fol :e que aparece en ci 4p >< pe d j, tn) t e se etabiece el valor de 1 :ingrec que 1 a originaron , para determinar 1 a pai - te del ijo no declarado. En total anotamos, que jian ie pmto d venta para el en invetigación Por &i 1 ti ifiO debidamente autor i. :adoíi por t.o c

pai - te del ijo no declarado. En total anotamos, que jian ie pmto d venta para el en invetigación Por &i 1 ti ifiO debidamente autor i. :adoíi por t.o c Cruce que ropcan en ci expediente, e 1 levaron jt cabo .inveStinacione en CDVIt4OC y en di (erent:e entidades del uigteina bancario que no ex :1ta ti a i o f ícm isobrea 1 ;i en te quc: íncre1::a incnciosiare Adicionaimente a la :infoi'uación aríteriar sbet prcenta el hecho de que el contribuyente en crtet.íóri etet. Luó 4, aneamier,tc, f j. 11 c:a 1 " 11 tal S. 95() > 951 C.M.#3). " "1 ngr eo e tabla': ido a partir del valor da 1 comi iones paqada al peronai en el &o de la invetiqación sumas objeto de Requarim.ten t Epec:¡al que guardan can el heche que ac , va a probar , relac Lóri de causal idad y rporc.Lana 1 ldd Y tobre cuy o pago ex i wten 1 os (Jocumer tot pro tia torir)s perti.nert:ea " ' Ial .. 9 ,30 . . . • n) En la dcc iart4:i ón del repreentarst.e leqa 1 de la empresa e lee: "F'r'guntada ctt1 e 1 a ejr:al a que se paga por

En la dcc iart4:i ón del repreentarst.e leqa 1 de la empresa e lee: "F'r'guntada ctt1 e 1 a ejr:al a que se paga por om'Lionas para 1939. c::,ç3do, E ys 1 encuentran en los contratos de trabaja fui . .e;cpias que reposan ya en el expediente repect.ivo Pt eguntadc' Biaba 1 t?nta qu porceri taj e máxima representan las comisona del total da 1 as ven t ¿as de loa lncjrescis Contestado. Yo crea que entre un 2Y% y un 37." (fol. 935 ca. #i)EXPEDIENTE No. 10.57 " Ei les contra .; de t ba,j o obrar, t.es en el cuadevt.., de antec::eder;te 4$. (tols 32 a 72) çe ob€rv que la-3 corn iioneE orcen tita 1 es en general son de 2% pu venta al de-tal y 1% por, mayor y la-a de admiri 1 tra€ión de almac:ér. 0.57. (fol. 681) y 0.75% (fol. S0) en los contratos de vendedores y sus reaju v~tes se conviene ade más una comisión de $20 por par de ofertas (nrios d iY.) y en 1 a de superv,í sores de almacenes $3y 5 par vendido equivalente o - i o O. 2% Las anter ires df ras se corignan en el memorando expi .i catJ. yo de la 1. iquidación oficial en e 1 cual se expsa con

par vendido equivalente o - i o O. 2% Las anter ires df ras se corignan en el memorando expi .i catJ. yo de la 1. iquidación oficial en e 1 cual se expsa con fundamento en c acta en las vlsi tas de c:ruces de infornaciói'i y demás pruebas: " " Tomando como base de :á 1 culo el 3% do coio si Ón sobre ventas establecemos una propor':: Ói matentá ti c ay ob tenemos el i nq r eso t':or respoi,d : 'u te que d ió c3r icjen a las comia iones pagadas . el resultado de efectuar las operaciones .:iudi :das arr oJ a unos ir resc3s para el periodo f Lscal qul. , desea snodi fi carse.... eti tos ir.qrestis declarados se originan en un manej o para lelo que so da en la cori tabl 1 idad dci ccntr 1 buyen te soportada esta afirmación en prueba testi moriia los, . ± qualíriente con oaiión del auto de cruc No . 00Q4(3 do fecha 25 do octubre ':ie 1991 . . la de svia ción en el nivel de incjr esos también se epi tca por la o mi SS iÓn en las doc: laraclones tributarias de los inqr esos obtenidos a través dci almacén No. 12. . . doms pruebas c:ompl ementar J, as y a citadas incluidas en los 'fo11 os 876 al 8E32 j. n í- . 1 u -4 P., vi

doms pruebas c:ompl ementar J, as y a citadas incluidas en los 'fo11 os 876 al 8E32 j. n í- . 1 u -4 P., vi demuestra (sic: ) las irregu 1 ai'ieiades contenidas en el artículo 654 del Estatuto Tributario en el inciso e) por lo tanto apli cándose la sar,ei.ón expuesta en el artículo 655 del Esi:atut.o Trit,utrio" ( 940 a 942) ( fcls 33 y 3"t C .P. ) . "En cuanto a la adic:t.cn de inqresns s• expl ica a 11 "A-' Adición de Lgresos en cuan t La de $38. 818 000 La glo sa planteada se confirma por cuanto anal i :adas en su conJunto las pruebas aportadas en el expediente, en su csrdeni a) El cicu10 de las comisiones sobre ventas pagadas al personal que según declaración jur amen tacJa del representante legal e: del 2 5 al 3% porcentaje qus' ver i fi c:ado por 1 a comisión vi si tadoi-a se etab1ecó también en ci 3% sin tomar en cuenta los otros 1 teins o coricept.os de que hace mene: iói el contribuyente en su respuesta '!fl primer lugar porque cor responcieri a pagos laborales y t'et::at gui; que no afectan las c:omisiones sobre ventas pagadas y en segundo lugar porque si dit'ic otros pagos se tornaran en cuenta el por -con t:a,j e de comisiones como también lo recoric:'cr el

que no afectan las c:omisiones sobre ventas pagadas y en segundo lugar porque si dit'ic otros pagos se tornaran en cuenta el por -con t:a,j e de comisiones como también lo recoric:'cr el contribuyente, se incrementar "pudiendo 11 eqiEXPEDIENTE No. 10.57 al 6.. 7 u 8X' 1 y con A l, la adición de inçjr j, que e>p1 Ica y 1 lovat a cc:tnclui,r que el porctaje dei 3% eti.nado para la adiciÓn de i,nqreso no o10 no eñ " ir,'? 1etibie" %,íno que por el contrario tuvo en cuenta lag" variabi. e que pud icran a'fectar lo y aun antar ii.;. para no irc: luir y hacerlo ajustado a la reaJ idad onÓrni':a de la snc:i edad b) La pr ebae3 aportada cor, ocasión del cruce de inforrnac:ic'n No. 000648 del 2540 '?t efectuado a Cov.inoc, que aopnrtari 1¿4 a ir ai.n de orni tón de inçeio TI, de los oc 1 o de? 1 a enrea 1 aç cual e nc . fuer 01t deavirtuada por el con tri..buyente quien rc:onn'.:e el ptqo de corniinne. a Cov 1rnc. lo cual ruin c. .i uJc. cnt

lo pl an t.eado en el requer' i.en to en e 1 que de paso e conveniente ac: 1 arar , no te planteó que

cnt

lo pl an t.eado en el requer' i.en to en e 1 que de paso e conveniente ac: 1 arar , no te planteó que toda la orniJ.ón de ingreo repondiera a crniinnet pagadas a c'i.irtoc ;.uIc) que ni ia ayudaban a ope lar la lo rnJ. rno que 1 a deci a r a e i cán es reridida. por Gracei a Rodi ígue; Galeano sobre Ja orn i ión de im g r-c-.%¡sois a través del a1ínacn No 12 doc: lar iór, repa] dacia con docurnento tales corno la pól i ¿a de etjur'ü anexos por , gastos contert:i do en :t cis i b r c', ir> aux 11 iare y correponden cia que con fi. rtte ron la. ei ter,cia del ostab1ec::irnientc en el ao d 1 a inven tiqac iórt todo lo cua 1 tampoco fue çievj rt.uadn en 1 a rpueta ni cr,taUa pruebas o pedida la práctica de las que f eran cundo c€m ttpu pata tal nfe: to " ( ' ni s 3 i c p "A cnn 1:. inuar. i tn et, el iernc.raudu o> pl i t a t i V te critica la corrección en los 1 i t.) r.c 3 5 Iwie hace referencia al val nr prcbatc.r'io cJe 1 ot 1 .ibrn de

critica la corrección en los 1 i t.) r.c 3 5 Iwie hace referencia al val nr prcbatc.r'io cJe 1 ot 1 .ibrn de c:ontabi 1 idad e cuan ti fi ca la an.::ión por inc:'>ac1.i. tu.J y ie índica que no te han tie%v t. rtuarin 1 a ts ij 1 ct plan teada sí con ci c a s ión de 1 a roçtta al rc.quer irnionto epec ial "A]. cleci di, r en rc'cnr,ideración se in1orna que cuin ba5e en ti tat in t¿xs pruebat e iet.e.:tó la oini.i.óri de :trgr e€c que ellas¿ fuer IMt :tdónea. y que (i J, la oportunidad de con troie ....Li. rl a ç.io que fi_ter an devrtada t,, se concri dera que 3 a ce:rrfe.1 ón en la dcci aración j uratnentada del rc'preentan ..e legal '.:ie que las cc:'rnitione cnt repc)nden a un 2_ 5 o 3% comp 1 e 1 u requla i to de t.t 3. prueba y e ini 3. te en que e tuvo C-11 cuenta e 1 3_ porque lofa ot r sc.mi 3. atior al para concluir que el 37. fue es t. iinado con base en 1. a var ,tabi e que pud lerut, modificar 3 o y tejenclo nr, cuenta la iea 1 idad econót i ca le la jot:: & edad y '-

para concluir que el 37. fue es t. iinado con base en 1. a var ,tabi e que pud lerut, modificar 3 o y tejenclo nr, cuenta la iea 1 idad econót i ca le la jot:: & edad y '- '' "1 e bei ....va :t a orna couic' la Atin,initr ai::it'i 1 1 ega a La adJ. ción de ingren' teegr,o que nc c:t,n bae en pr etittcior,ee torno lo adiit:o el recurrente. Lo; func innario anal J. z ar'uri 1EXPEDIENTE No. 10.557 10 í)óm ini el ae i..ro acunu 1 ado , 1J.LIV.o Aux 1 1 i a r y con baso of', ellos Sso oiabm'Ó tir. cudro de 1 Oas corni ior gada por' la oc iEdd duran te el aio ravable .19F9 , que correponder. a inqit. uperLore arroj ando una dift:rentia con lo doc: 1 arado por el con tr :1 buyen te Las preun ciono debei" et.r, le ea 1 acl4.il por la Ley y or o 1 caio que ciobate 1 a Adrn ir, 1 trac tón flO api icó ninguna de el 1a y que la adición de irqreot e efoctuó del tudio y análísisde 1a pr'ueLi prac 1., adam como fueron la 'rr'1bt,4t,r-1a. 1t:s Cruces de

que la adición de irqreot e efoctuó del tudio y análísisde 1a pr'ueLi prac 1., adam como fueron la 'rr'1bt,4t,r-1a. 1t:s Cruces de infoici.ón la de: 1 arac.: jón del RE.'proen tan te tga 1 de la tio:iedad 1 a c:ua i. fUE.' ukbidament.e estudiada para dar le el valor de p t u ha; por tanto • carec::en de fundamento

los, arqumer, tt: del. i'eponable cuando 1 ¿ E a denurrio vent' co ueron det.er'miratlas con b'e en prueba poc:eden t€a e .LdÓriea; al e t:i'aer 1 : l zL pr op;ia c: ontabi. 1 :idad ir,'formac:iói', contenida en de determinar la del con tt'ibuyent.e con el fin real :idad y el niont.o total de' los incr'ciso obt.n1dos»' (fol 3 c:.p. ) U "Con relación a 1 os pa&Jus k.-.- fe-) r_. J.w..1 d rxis a 1 a EMPRESA CO') XNOC mar. 1 fIesta el r e'.urr en te que la Admin iEtr'aci6fl efectuó una t3 i ti) p 1 e pr'opor ¡-J. Ó4 matemtt. i ca y fu como rot.i 1 tado do 1 crwe' de irrfor.r.aciór. con la .:i tada eapr esa Al et.peto C:

matemtt. i ca y fu como rot.i 1 tado do 1 crwe' de irrfor.r.aciór. con la .:i tada eapr esa Al et.peto C: rec:esar .io ac. 1 arar que la Admiriittra€ión no 5C., basó en una preunL Lón si. e ana Li. :an facturas el aburadas

por.COVINOC ( fol 1 oa 736, 733, 739, 743, 746, 743, 73, 754, 7.6, 71, 760 76i •762, 763, 764, 765, 769, 77O 77.1 774) en donde aparo::e una tar i. fa básica y un por' centaj e sobre 14 total í dad ile 1 os c heque conw..ii tía do' q valor cancelado por la 'e 154 a recurrente in ccc: 1 amo aicuou . Quiere decir 1 u anterior que Las df i` -,-A Sísobre 1 i:uaie se corsu1 tó,

fuer-un rec:i b:idas por el con tt"it:iuyr'it. y prueba de el lo es el pago que efectuó por el er'vicio recibido, lo cual constituye u,, indicio de omisión de ingresos que sumadas a 1 as pruebas practi (.1as c risti tuyen plena prueba de la omisión detectada , las cua les no han si:10 dosvirtuadast (11v y .4 c.p) "Luego se rat,ifica lo relativo a La correc:c:ión dol

pruebas practi (.1as c risti tuyen plena prueba de la omisión detectada , las cua les no han si:10 dosvirtuadast (11v y .4 c.p) "Luego se rat,ifica lo relativo a La correc:c:ión dol 11 b r (,-., de in\'r'ttar:ios y a la sanc:i ón por i i.e>'act:i t'uci conforme a lo mi cado en el nemorarcio expi i. cativo de 3a liquidación oficial "Revisada la actuación la Sala advierte que, c,.<,:Píítc.:i ir' indica la parte tiandada, los actos ¿cusa:tos con tienen las d.tsposi. cior.es en que se íundamor, ta; tanto 1 as glosas como 1 asan c: ión por inexac ti. tud ai i. 1 77,0 1EXPEDIENTE No. 10. 557 ti como expi i.:ac:i'n uf LC tente ubre el 1&u ; &ie 4-i.Ón diforerItc? es que ci 1 ibel it.a no uompat ta 10 pianteami.eri to que allí e hacen y oniderc que t:aLe prcccpt.o no sor 1 c,,m, api :1 c ¡a b 1 es covrei:t determinación del tributo cono 1 o tab .1 ocon 1a mrme% impoa ti y a que a la ve2:in voc:a t: orno VUlneradas. I#La C3 1 a advier te que en el prconto so la i,nin istración no api icó punción no etab1ecida en

VUlneradas. I#La C3 1 a advier te que en el prconto so la i,nin istración no api icó punción no etab1ecida en la ley conti ario a lo alegado por el U iia Jantu. Del aná 1 i is de 1¿-,t acLoación adm Ln jtrat ivay en pec:.Ll del acta de y ta con tahi o do 1 a doc 1 arat. x.n dt:' J. epren tan te 1 e;a 1 de 1 a empresa y de 1 iforrftaciofles -S U fúl n 1 r- - a d as por Cc,vi nec se ov).der,ç:ia que-la admin istracióri ha ten ido como base para eLt.tar la ad ción de incjreso oi una sev ie de cio que le permit i.oror detovmin:r1a - 'En efecto, en el ac: t.a. so dej a ronst:anc ia de la impos 1 bi 1 idad de profund i ar en 1. e inven ta

Consultar sobre este documento ...