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TA CUN - 10806-(22-07-1977)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 10806-(22-07-1977)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1977

E COLOMBIA

— DICCIONAL IIBAL AMIiI$' j1f DE CiI;AJCA •. 9 22 JuL 177

Sacé Ponente: I 1JO flofeoncias ?;oeoo o.W.3O6

AatoriddeQ aci Actor: ab10 Uti1io silva y otroo.

Pablo Ebi3.io bilva, Josc«& Ruiz de Rivera y Jeaé Al.' froto Gálvez V111.ao r mntsaodio e apoderado dicial en ejercicio do la acci'n de pi^ juri5dico.zn aoiicitm ta G cwi,oratíZng previoc loo t r&iite u ,de ley, precediendo la declaratoria del oilancio iitrtivo por parte delClub i1itar de Oficiales, no ordene a octa entidad 108 reconozca loe nupiomonto ta1aria3,ae ¿e que tratan la 68f63 y loo T'cretoe 351/64 y 188168. 30 rundzenta la. ¿sfsda en loe iecon rs1acicradoe en el 2lamo libelo vioibloo a folios 7 9 8 y 9 ø indcen comonormas violadas las siuientee .' Arte. 17 9 20 y 30 do la Cont uuii cir>ne14 26 Ls.y l32/62 7, rto.-iey 18 8/6 ; lo., 2o., 3o., 16 9 17 9 19 y 2.2 lAW (W 63;

lo., 20., 220., 104 y 105 . del Iecreto 31/64i PazraLo aol Al-te 18 Dto. 2733 /9 y Art. 21. del Co, . 101 23. El se¡'ior i'iccal Tercero do la CororQ14n , en au vista, conceptda forsbl( te a las prctóniorLeO do la 'N>» manda :0r las rao4ea '1lf ezpz'eeadaee coco no ha surtido el trrnite de ley y no hay ama el aluna do nulidad se proce?e a re3olvo1' en el fondo ¿e la oon. trovorois previas las siuientoo,-DE COLOMBIA

SDICCIONAL

2 Proeeo No. 10.806 Tant(, el H. rorsejo de .E:stado ooine eta Cororet6n yq bn teniJo la rrnortuntt1lad de pronunciarse sobre '1 particular en casos atollares al preante, en el Reja tido de afirmar qué el Club Militar de Oficiales ea un estableetinto público adscrito a]. MinI.st'rtode Defensa Nacional,. de conformidad con Lo establecido en el artfculo 2o. de] Dear te }o. 146 de 1.96C, que dice: '.... el nombramiento y retiro, loe derechos, oblizaolonea y prestaciones de sus trabajadores, se regtrn por las disposiciones e8tb1Oldaø para e]. prsonal Civil de]. Rano de Ou'rra, )s consiguiente la personas que laboran en el referido establecimiento son empleados del ramo deDofenea y, como tales ttren, por tanto, derecho a los b nef tCivil de]. Rano de Ou'rra, )s consiguiente la personas que laboran en el referido establecimiento son empleados del ramo deDofenea y, como tales ttren, por tanto, derecho a los b nef tabs acotalsis consagrados en las leyes que rigen la asteria. nn este ceso la ley 68 de 1.963 y. el Decreto Reglmsntsrto No. 351 de 1.96Lé En este orden do ideas prosperan lee pretenatone de la demanda. Por lo expuesto, el Tribuna]. £dmlntstrativo de Cundinamarca administrando Justicia en nombre de la Reblica de Colombia y por autoridad de la Ley, da acuerdo con su colaborador el Fiscal.. 7kL : lo. Declreae que. el Club Militar ) jnourrtdo en el sjlmncio administrativo por no pronunoisree con respecto a las peticonee dé los actores respecto á los suple-DE COLOMBIA

SISDICCIONAL

3 Proceso No. 10.806 mentes slr1ales de tey 68 le 1.963 y Decreto 188 de 1.968. 2o.'. En consecuencia, el Club Militar de Oficiales, dentro del tÇrmtno nrv1ato en el articulo 121 del

1. C. A,, prooederl a reconocer 7 pagar a Pablo Emilio SuYa, Josefa Zuiz de Rivera y Joe4 AlfÑdo Glvez Villegas loa sup1& sen;oe salariales de que tratan la ley 68 da 1.963 y los Decz' tos 351 de 1.96 y 188 de 1.968.

Se .acepta la pet1ein de reconocí siento de los suple'entos salariales hecha por la demanda.

tos 351 de 1.96 y 188 de 1.968. Se .acepta la pet1ein de reconocí siento de los suple'entos salariales hecha por la demanda. Cpieee, notifíquese, oo'unfqueae y oo,, editese. Aprobado en Sala durante la a.sin ve.s rifleada el 15 de julio de 1.977, segdu acta Yo. 50.

ZAMIR SILVA ArIIN AQUILINO RODR10UE¿J# P.

MC?OE EAUL CORCHUL0 ALVARO LXOMPT LUNA

(Ausente)

ALRRTO ?4ORENO OOM!Z JAIME MO&OS GUARNIO

CARLOS OCTAVIO RORIOUFZ V. MARTA •U(PNIA SAMPR E.

MIRTA?! FAJARDO ?ORS

Secretaria.

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