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TA CUN - 10872-(01-12-1976)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 10872-(01-12-1976)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1976

'CA DE COLOMBIA

RISDICCIONAL

TRIBUNAL NDINA1ARCA

Bogotá, D.E.

Magistrado Ponente: DR. MANUEL URUETA AYOLA.

Referencia: Juicio No, 10872

Deuandante: MILQIADES QUINTERO VEGA.

R50LUÇINES dINITFRIAIES

Inadmítose la demanda presentada en raz6n de que elapoderado de la parte demandante carece de personería adjetiva.

En efecto: lo.— Por raz6n de que el primer poder fue conferidoun aflo antes de que interviniera el acto atacado, el Tribunal ordenó la devoluci6n de la demanda al interesado para lo fines del artículo 87 del c6digo contencioso administrativo, pues ese poder versaba sobre un acto inexistente, y, en consecuencia, 41 resultaba así también inexistente. 2o.— Con el objeto de corregir el dedecto anotado, el poderdante conflri6 al apoderado un nuevo poder en blanco, en donde no se determina el acto que ha de demandaras. El TribUnal no puede aceptar el nuevo pofler porque no reune los requisitos previstos por el artículo 65 del c6digo de procedimiento civil en el sentido de que no se determinan claramente los asuntosedre que versa.

En consecuencia, no se da curso a la anterior demanda y se ordena su devoluci6n, con los anexos, a la parte interesa— , sin necesidad de desglose. c6piese y notifíquese.

MINISTERIO DE JUSTICIACA DE COLOMBIA ICCIONAL 10872 - 2

APRbADA EN ES ION No,

ALVARO LECOMITE LUNA

, sin necesidad de desglose. c6piese y notifíquese.

MINISTERIO DE JUSTICIACA DE COLOMBIA ICCIONAL 10872 - 2

APRbADA EN ES ION No,

ALVARO LECOMITE LUNA

MIGUEL ANTONIO CÁRDENAS

JAIE MOSSOS GURNIO

RAFAEL ACOSTA GUZkAN

ZAIR SILVA A1iIN

ALBERTO MORENO GOIvEZ

AQUILINO RO1)RIGUEZ PEDRA7A

MANUEL !RUETA AYOLA

Marco Emilio Celie B. Secretario MINISTERIO DE JUSTICIA 11 1 mi 1 11

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