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TA CUN - 10921-(29-07-1977)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 10921-(29-07-1977)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1977

TRIBUAL iUI3JLA.4lYO' DE CWJDIKANECÁ Bogotá, veintinueve (29) de julio de mil novecientos setenta y siete (1977).

Magistrado Ponente: DL ZAIR SILVA AMIN RY. :.Tuiciç inro.10921, lMUJ2O NALS.

Actora: LUCY SÁ?CiEZ VDA.1F RICO E LIJOS ($1JC}SION ni; EDUARDO Loe herederos del seflor EDUARD) RICO PULIDO, por i t-reedio de apoderado judicial solicitan de eat Corporaci6u revise la operaci6n administrativa de liquidaci6n del irpues te sobre la renta geomplez ntarioa y especiales practicada a cargo del cauaante,por el aho »ravable de 1963, operaci6n 48 ta integrado por los síguientes actos administrativos: LíquLi dci6n oficial Nro.02666 de raro 24 de 1966, originaria de la AdLiniu trae i6n de ILputoa Nacionales de Bogotá y la Resoluci6n Nro.-A-000012-P del 9 de enero de 1976,expedida por la mencionada Ainitracin.

Coso coacuencia de la rei$i6n de la operaci6n administrativo de liquidaci6n del irpueito de renta indica-J - 10921 2 de en el párrafo anterior, solicita al Tribunal: "lo.-Que anule la rcaoluci6n ndro £-000012..? cid 9 de enro de 1976 proferida por la Mmir41øtr ci6n de i.puetoa Nacionales deBogotá."

"lo.-Que anule la rcaoluci6n ndro £-000012..? cid 9 de enro de 1976 proferida por la Mmir41øtr ci6n de i.puetoa Nacionales deBogotá." '20.-e Como cofl8eaueflcia de la anulaci6n indicada en el numeral anterior y para restab1tcer el de creta violado,eaa Cororaci6n revise en loe pun tos objeto de reo1.mci6n la liquidaci6n No.025 668 de 24 de marzo de 1966,proveniente de la S. ci6n de Liquidaci6nde la Adminístraci6n de lapuctoe de-Bogotá de-ibgotá y loe acoja favorablemente al elaborar la liutdaci6n definitiva de los 1mpus toe a cargo de la sucesi6n de Elduardo Rico Pulido 0,C.C.No.7.428,por el aflo rnvable de 1963 9tal como lo ordena el artículo 36 de la Ley 63 de 1967'. - a poticionee traMe taa se f un -dan en el hecho de que el contribuyente pr'ósentd el 21 de junio de 1966,reclamaci6a contra la Liquid.ci6n Oficial Nro,025668 de marzo 24 di 1966 9 y, la Mainietraciónde Impuestos reaolvi6 el recurso referido el 9 d enero de 1976 9aediante la Reeoluc!6n Nro. A-000012-P. Se cita coro diepoaici6n violada por los actos acuasdoe, el art. 36 de la J,y 63 de 1967. En cuanto al Concepto de la vlolaci6n, el apoderado

A-000012-P. Se cita coro diepoaici6n violada por los actos acuasdoe, el art. 36 de la J,y 63 de 1967. En cuanto al Concepto de la vlolaci6n, el apoderado &e los demandantes, lo hace consistir en que le AdEinief rsci6n viol6 la cítate dispooici6u, por cuanto reeolvi6 extem-J - 10921 3 porneianete el rtcurao interpuebto por el ae!Ior duardo Rico Pulido contra la liquidaci6n oficial. El E,leillor ¼unte dei. M1nLtrio Público, conaidera en 8U concepto de fondo que el Tribunal debe aeder a las súpli— cas de la deaur.a,con fundamento en los argumentos :-,ue a conti— nuacidn se transcriben, 7,108 que,por compartir el fribunal en BU integridad los acoge coto parte motiva de eeta providencia en rz6n de epar:cer fis. rante la víol ci6n del art. 36 de la Imy 63 de 1967. Dice aaf, el Colaborador iaoá1: "Se pide la ap1icci6n del artículo 36 de la Iy 63 de 19679 en virtud de que el contribuyente reclaL6 el 21 de junio de 194U contra 1. liuidaci6n 025668 de 24 de rs,rzo de 1966 correspondiente al año fiscal de 1963 y la Liniu4ra— ci6n de Iapue tos Nacionales de ot,so10 reaolvi6 en pri mera instancia el da 9 de caero de 1976,cuazido habían trena

1966 correspondiente al año fiscal de 1963 y la Liniu4ra— ci6n de Iapue tos Nacionales de ot,so10 reaolvi6 en pri mera instancia el da 9 de caero de 1976,cuazido habían trena currido casi diez .flos entre le rcc1aci6ny el rallo." "No ea menester eaprar el f110 delinitl.vo para recurrir a la juriudi&;i6n contencioea,porque conforte a loe trinos de la disposici6n1ea1 qUe se invoca el funciona río administrativo ya le había precllido ,desde e]. 30 de di— ciembre de 197091a oportunidad para decidir el recurso y por ello ha dbido declarar fallado el rec1ao a favor del con trihuyen'te y ordenar el archivo del proceso." Por lo anterior, hay necesidad 1e practicar unaJ - 10921 nueva 1iqu1cac6n en la cual i3,e tendrá en cuenta lo alegado y probado por el contribuyente en la vfa gubernativo, De conaiuiente,1u nueva 11quidac1n quedara ie£: BASE IMPU TO lente ravab1e seg1n Liqtaidaoi6n No.025668 de marzo 24 de 1966 $ 126.887

LIOS: Valores aquf reconocicos $ 57.015

RENTA 1 69.872 $ 12.280.

PfRIí.10s )1 gravado inici1acnte ....$ 140.740 $ 544 20% Ley 21 /63 sobre $ 12.824 $ 2.565

VALOR Lk.PU. T0 CAWiA iN.•.t. .:;-s $ 15.389

)1 gravado inici1acnte ....$ 140.740 $ 544 20% Ley 21 /63 sobre $ 12.824 $ 2.565 VALOR Lk.PU. T0 CAWiA iN.•.t. .:;-s $ 15.389 2/3 ?o.elotrico y bideírgioo $ 1.041 1/3 ioa.N1ctrico y aider1rgico $ 537

T02AL A C!RGO DE! CO2:RIBUY.4Ik: $ 16.967

Seg1u conatancia que obra el folio 30 del expud.. rite adiniarativo,expeddo por la Seocidn de cuentas cor lentes de la Ad'6n de lapuctos de Borctá la c;ntribuyete ha cancel do la BUL8 de . 1 28.30.79 ; AV(M Di.s. cw.Liur.n: $ 11.336.79 Por las razones expiie tas, el Tribunal Malnis 4rativo de cundinaaiarca, adainlarando justicia en nombre de la Rapdblica de Colombia y por autoridad e la Xay ==m ===a == == AMI PRIM0.z .vhsee la operaci6n diniatrat1va de liquiducl6n del irpueato sobre la rcnta,coeplerentarioi yepec1alea a cargo del eeor i.DURiO k(ICO PULIDO, por la vigencia fiscal de 1963. 6GW130.- øoao comecuneia .de 1 anttr1or re. vialdn, ffaee en la suma de !IiZ Y 1$ XIL NOV, Cl ESFN'A Y SI'L PESOS .cfl.($ 16.967.00) el valor del

vialdn, ffaee en la suma de !IiZ Y 1$ XIL NOV, Cl ESFN'A Y SI'L PESOS .cfl.($ 16.967.00) el valor del puesto cobre tobre la renta,conpleLentarioa y especiales a careo d1 conribuyente por 1ti vigencia fiscal 409 e revisa. T;RCI0.- Coro el conribUyente por la vigencia flaesi de 1963 9pa6 a 14 Administración de lapu atoe Nacion les de Bogotá por concepto de Impuestos la aura deY'-IN 10 CHO MIL fRJCILWIO3 Jt3 CON 79 /100 U.Ote.( 28.3.79) le idainietraoid deber¿ devolverle la $uaa de 0NCi MIL TW8 CI..WfO3 .'RJIW.'A Y 2 1,3W4 cox SE,1,111TA Y 'U VE CtVO ($ 11.336.79) LOTE. por irpueatos pasados en •xceee,rae los intereses legales del caso. C6pieae,corunfqueae,noijjffqu9 y si no fuereJ - 10921 apelado este fallo cone1cee para ante el H. consejo de Estado. Aprobado en seatóli de lo. de junio de 19779 segtln A. ta Nro, 38,

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