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TA CUN - 10986-(30-08-1994)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 10986-(30-08-1994)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1994

IMPUESTO PREDIAL UNIFICADOLinútación del incremento /

1PREDIO URBANIZADO NO EDIFICZ\DO Concepto (E)

TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA ECCION CUARTA rit Fé de c.cjot Agosto tre.nt (30) de mil rc cien tos r venta y s az. , j js (1. 996M1g itrado Ponen t;

DR. JORGEENRIQUE MARÍIIJEZ PUENTES

Proceso No lO9O6 Artos Dtri tal es Demandante PABLO TORO PINZON

EPUB1ICA DE cO%OM1

Relatoría SEt. '996 Tribuna r ,kdministra1 de Cundinarnarca El sec.r .podertdo de la parte ndante en de la acción de nu.l cc qrd en el articulo 04 del Código Contencioso FDlj.cita l Tribuni: Pr'a que ce criare la nul dad dei parágrafo lo. do4 rtícu1 o4u. del Acuerda 039 de 1 .99' del Conce. o de 9antaf d Eoqot y del parácirafo lo, del art.cu10 3o» do). mismo Acuerdo cu.yos textos en la pi.rtc. per tinent& demanda son los ei.uicntes; ""ARTICULO 4o TARIFA

d "PARAt3RAFOI. e en tiende por predio ed i fi ceic Luarido no rro del 30 del crea total del lote se construido En caso contrario el predio se c:or:der'a urbanizado rio edificado .....

"ARTICULO 3o

no rro del 30 del crea total del lote se construido En caso contrario el predio se c:or:der'a urbanizado rio edificado ..... "ARTICULO 3o `PARAGRAFO 1_ Se entiende por predio ed.i ficado cuando no meroi del 30 del rea total del Lote ze ':uentra construido.. En caso contrario el pred:Io se (:onsiderar uL nizado no edificado "Como aparece en la transcripción de estos, artículos, el los establecen que se considera por predio no1arnte cuando la construcción ocupe por lo menos el 30 del area total del re3pectiVo1 oto". Relaciona en su 1 it.elc 1 oz, si uient.ç'!s tchos "lo. El H. Concejo de ntafé de Bogotá DC , previos las debates reo 1arnentariow le dió aprobación al proyecto de Acuerdo por el cual se "expiden normas en materia de Impuesto Predial , Impuesto de Industria y Comercio, 11rsp2tc sobre cv isos y 1.abieros ial p%efa i:os sob e vehículos y n e dictan otras dispos:ionec" Este Acuerdo fue i.inciondo por el Alcaide y lleva fecha 27 de diciembre do 1 ..993.t 1EXPEDIENTE No. 10.986 del numeral 2o. dl artículo 1 del Decreto Legislativo 1421. do 1.993 queestablece: 'PREDIAL UNIFICADO. A part.ir del ao gravable de 1.994 • introdose Lar, al ¡m puesto prediI unificado en el Distrito Caii.a1; 2a. (l contribuyente liquidar ci impuesto cori hae en

'PREDIAL UNIFICADO. A part.ir del ao gravable de 1.994 • introdose Lar, al ¡m puesto prediI unificado en el Distrito Caii.a1; 2a. (l contribuyente liquidar ci impuesto cori hae en el au:oavalú.o y las tarifat ven tas., Lo hará en ci formulario L(E para el efec:tru adopte la admiritraci.ón tr.tbutar'ia dis tiital. Si. el impueto resi.il tanto fwro .superior al doble del monto e z tahcido el aPio anterior' por el mismo con cepto tn1camnte 6 liquidará como incremento del tributo una sun,a.iqual al ciento por ¡en te) (100'.) dt p redio dl ao anterior'. La lírni tací,ón aOLi pr'ev,ta no se api :icar cat -do existan mutacLonos en el inmueble ni cuando trate de terrenos Lkrbanizahien no urbani2ados o ur'haiiia(1os no edifiao -". ( Subraya la Sala) ))

(ALomo puede apre:. rae en la transcripción que pr:eoo 1Z ) el tape del incremento del impuesto del 1007. F-aia,do 4 no so aplica por excepción c:orisacjrada en la misma norma cuando se trate de terrenos urbanizados Lio oditaos.' las coaas zuando la norma acusada dipnnc que debe entderse como terrenos urbanizados no edi'ficadoj soLamente aquel los construidos en mas dci 3C) de su tárea, eced:Lendo el tExto de la norma que so:tamento hhla de terrenos

debe entderse como terrenos urbanizados no edi'ficadoj soLamente aquel los construidos en mas dci 3C) de su tárea, eced:Lendo el tExto de la norma que so:tamento hhla de terrenos no cdi ficados. Tratnidose como se ha dicho de una ex cepción la norma que la corsaqre debe sor - interpretada en forma rostrinçUda y criteridE'rSe sri su sontiçjo natural '' obvio sin rnocii''icar ci limitar su ¿alcance median te una norma de interior - joaqui. )/ et la acusada.( razn en opinión de la 6a3a el actor cuando explica que no es lo mismo un pre:Iio nc cdi ficado que aquel donde hay edif1cac:iors que ocupen menos del 30Y. de su are. La consecuencia de que el artículo 4o. del Acuerdo 039 de 1.. 99-1 1 . cal ifique 1o estabiec.ido en 1a norma transcrt.aAprobado en la. teión No. Ago.to ve iri tinueve ( 2,9) •çpjj rovec.ert noventa y.

.JOfl3E WUE MRQUEZ PUENTES . . MANUEL BERNAL AREVALO

N ZULUAA RAM IREZ EXPEDIENTE No. 10,986 .4

CC)(flO terrena. urbani. za.d rio edif 1. c a do ti, o lamente más de br,ea ruida e iss 1 a. tk que aqeul que tiene un o tal es coritrucione los, que et&n edifLcadoe .. pero rr un ¿rea r,ieror no tendrn i derecho a la 3..Iiiyitcicjórí del ir;crrnerto del

tal es coritrucione los, que et&n edifLcadoe .. pero rr un ¿rea r,ieror no tendrn i derecho a la 3..Iiiyitcicjórí del ir;crrnerto del tope de, .0 np.eto en el i( jj p a r a 3 evideriternerte un si otnsih1e nodiiicacicn de la no,r'na que eth irr d. ':ho beneficio. 11Ld.tFiLV ión no el Concejo MLtnicS. edint é acuerdo a mierios hbee eíffi autor.iadci porla ey para hacrio conforme al articulo, 313. de Ja Critit.uciÓn Nc:i nal. que también. :a corno infringido i En mérito .d ex puesto e, 1 Tr i bura 1 Con tenci oto Admiriatrativo de Cundinatrc Sección Cuarta, adnini ta tranda iuti c: a. en nombre cJe la Rpb1 Ir a y por'. autorid ix d de 1 a. Lcy FALLA . ,. .. paréçrafo lo. del a".'t-ícuio 4o. del cuerdo 9 j,. 995 el pa,rgra1c 1. del ArtL culo 5o. del intmn Acuerdo ped i do por nl orc. u tiu 'Ir do A D.C. Cup iir nol / r chLvpe el d J,-n t e

FABIOD. CASTlLANCO CALIXTO. MARiA INES ÜRTXZ BARDOSA

ALVARO E. VERA JAIMES

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