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TA CUN - 11001-33-35-028-2013-00159-02-(07-07-2021)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 11001-33-35-028-2013-00159-02-(07-07-2021)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2021

República de Colombia Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Segunda – Subsección F

Magistrada Ponente : Dra. Patricia Salamanca Gallo

Bogotá D.C., siete (7) de julio de dos mil veintiuno (2021)

Demandante: Liliana Cortes Garzón Demandado: Universidad Distrital Francisco José de Caldas Expediente: 110013335028-2013-00159-02

Medio: Nulidad y Restablecimiento del Derecho

Llegado el momento de proferir sentencia de segunda instancia y revisado el expediente se observa que no obra la carta que la Decana de la Facultad de Artes de la entidad demandada, Elizabeth Garavito , envió al Consejo Directivo de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, de fecha 23 de enero de 2013 en la cual narra el proceso de desvinculación de la pro fesora Liliana Cortés Garzón, que hace parte de los antecedentes administrativos que el a quo decretó en la audiencia inicial realiza da el día 15 de noviembre de 2017 (fl. 214); a pesar de lo cual no obra en el plenario. Por lo expuesto, con el fin de obtener la información aludida, se dará aplicación al inciso segundo del artículo 213 del CPACA, que establece “… oídas las alegaciones el Juez o la Sala, sección o subsección antes de dictar sentencia también podrá disponer que se practiquen las pruebas necesarias p ara esclarecer puntos oscuros o difusos de la contienda”, En consecuencia, la Sala R E S U E L V E PRIMERO.- Por Secretaría, ofíciese al rector de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas , para que en el término de los diez (10) días

En consecuencia, la Sala R E S U E L V E PRIMERO.- Por Secretaría, ofíciese al rector de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas , para que en el término de los diez (10) días siguientes al recibo de la comunicación , allegue al proceso copia de la carta que la Decana de la Facultad de Artes de la entidad demandada, Elizabeth Garaito, envió al Consejo Directivo de la Universidad Distrital Francisco JoséMedio: Nulidad y Restablecimiento del Derecho Radicación: 110013335028-2013-00159-02 Pág. No. 2

de Caldas , de fecha 23 de enero de 2013 en la cual narra el proceso de desvinculación de la profesora Liliana Cortes Garzón. En el evento que la entidad oficiada no conteste la solicit ud realizada dentro del término indicado, por Secretaría, requiérase con los apremios de Ley, para que dé estricto cumplimiento a lo ordenado mediante la presente providencia.

SEGUNDO: Cumplido lo anterior, regrese el expediente al Despacho para continuar con el trámite correspondiente.

Esta providencia fue estudiada y aprobada por la Sala en sesión de la fecha.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,

PATRICIA SALAMANCA GALLO

Magistrada

BEATRIZ HELENA ESCOBAR ROJAS

Magistrada

LUIS ALFREDO ZAMORA ACOSTA

Magistrado

CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente por los magistrados que conforman la Sala de la Sección Segunda, Subsección “F” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca en la plataforma denominada SAMAI. En

Magistrado

CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente por los magistrados que conforman la Sala de la Sección Segunda, Subsección “F” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca en la plataforma denominada SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autentici dad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA.

AUSENTE CON EXCUSA

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