TA CUN - 11001-33-37-041-2018-00042-01-(22-10-2020)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 11001-33-37-041-2018-00042-01-(22-10-2020)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2020
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
-SECCIÓN CUARTASUB SECCIÓN B
Bogotá D. C., veintidós (22) de octubre de dos mil veinte (2020)
SENTENCIA NRD No. 086
MAGISTRADA PONENTE: CARMEN AMPARO PONCE DELGADO
DEMANDANTE: CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR – COMPENSAR
E.P.S.
DEMANDADA: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES –
COLPENSIONES EXPEDIENTE: 11001-33-37-041-2018-00042-01
REFERENCIA: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
Procede la Sala a resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Cuarenta y Uno (41) Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá el 28 de febrero de 2019, dentro del proceso promovido por Compensar EPS , en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho consagrado en el artículo 138 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo , contra la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones.
I. A N T E C E D E N T E S
A. LA DEMANDA
1. LAS PRETENSIONES.
La parte actora invoca como tales las siguientes:
“1.1. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 29656 del 27 de enero de 2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $938.200, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado
2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $938.200, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado RAFAEL ERNESTO BARRAGAN FONSECA, identificado con cédula de ciudadanía número 197203.
1.2. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 106052 del 23 de junio de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida aEXPEDIENTE No. 11001-33-37-041-2018-00042-01
DEMANDANTE: COMPENSAR EPS
DEMANDADO: COLPENSIONES
2 COMPENSAR EPS de restituir $938.200, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado RAFAEL ERNESTO BARRAGAN FONSECA, identificado con cédula de ciudadanía número 197203.
1.3. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 10138 del 7 de julio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 29656 del 27 de enero de 2016.
1.4. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 26406 del 25 de enero de 2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $1.213.500, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado LUIS ALBERTO ROA, identificado con cédula de ciudadanía número 11338186.
1.5. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 110523 del 29 de junio de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a
1.5. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 110523 del 29 de junio de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $1.213.500, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado LUIS ALBERTO ROA, identi ficado con cédula de ciudadanía número 11338186.
1.6. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 11449 del 25 de julio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 26406 del 25 de enero de 2016.
1.7. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 76365 del 11 de marzo de 2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $3.752.200, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada OFELIA INES CUBILLOS, identificada con cédula de ciudada nía número 41641919.
1.8. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 62000 del 11 de mayo de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $3.752.200, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada OFELIA INES CUBILLOS, identificada con cédula de ciudadanía número 41641919.
1.9. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 7972 del 12 de junio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 76365 del
de ciudadanía número 41641919.
1.9. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 7972 del 12 de junio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 76365 del 11 de marzo de 2016.
1.10. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 15122 del 19 de enero de 2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $802.000, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARIA ESPERANZA AMAYA GUZMAN, identificada con cédula de ciudadanía número 41758515.
1.11. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 63734 del 12 de mayo de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $802.000, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARIA ESPERANZA AMAYA GUZMAN, identificada con cédula de ciudadanía número 41758515.EXPEDIENTE No. 11001-33-37-041-2018-00042-01
DEMANDANTE: COMPENSAR EPS
DEMANDADO: COLPENSIONES
3 1.12. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 8814 del 21 de junio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 15122 del 19 de enero de 2016.
1.13. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 76293 del 11 de marzo de
que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 15122 del 19 de enero de 2016.
1.13. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 76293 del 11 de marzo de 2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $1.094.000, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada DORIS CUNCANCHON TALERO, identificada con cédula de ciudadanía número 41706218.
1.14. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 75751 del 25 de mayo de 2017, que resuelve el r ecurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $1.094.000, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada DORIS CUNCANCHON TALERO, identificada con cédula de ciudadanía número 41706218.
1.15. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 8133 del 13 de junio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 76293 del 11 de marzo de 2016.
1.16. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 394749 del 7 de diciembre de 2015, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $2.680.200, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado ALFONSO MONTEJO FONSECA, identificado con cédula de ciudadanía número 19231688.
1.17. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 109332 del 28 de junio de
ALFONSO MONTEJO FONSECA, identificado con cédula de ciudadanía número 19231688.
1.17. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 109332 del 28 de junio de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $2.680.200, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado ALFONSO MONTEJO FONSECA, identificado con cédula de ciudadanía número 19231688.
1.18. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 10229 del 10 de julio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 394749 del 7 de diciembre de 2015.
1.19. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 380998 del 26 de noviembre de 2015, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $565.500, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARIA EMMA RAMIREZ CIFUENTES, i dentificada con cédula de ciudadanía número 41679309.
1.20. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 48289 del 14 de febrero de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $565.500, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARIA EMMA RAMIREZ CIFUENTES, identificada con cédula de ciudadanía número 41679309.
COMPENSAR EPS de restituir $565.500, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARIA EMMA RAMIREZ CIFUENTES, identificada con cédula de ciudadanía número 41679309.
1.21. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 3512 del 19 de abril de 2017, que resuelve el recurso de apela ción y confirma la Resolución No. GNR 380998EXPEDIENTE No. 11001-33-37-041-2018-00042-01
DEMANDANTE: COMPENSAR EPS
DEMANDADO: COLPENSIONES
4 del 26 de noviembre de 2015.
1.22. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 394482 del 7 de diciembre de 2015, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $772.000, por concepto de aporte s girados por la afiliación de la pensionada MARIA EUGENIA VELASQUEZ DE PULIDO, identificada con cédula de ciudadanía número 41654370.
1.23. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 106043 del 23 de junio de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $772.000, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARIA EUGENIA VELÁSQUEZ DE PULIDO, identificada con cédula de ciudadanía número 41654370.
1.24. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 10235 del 10 de julio de 2017,
identificada con cédula de ciudadanía número 41654370.
1.24. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 10235 del 10 de julio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 394482 del 7 de diciembre de 2015.
1.25. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 362206 del 18 de noviembre de 2015, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $1.325.500, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada ANA ISABEL RUIZ DE CHACON, identificada con cédula de ciudadanía número 41675960.
1.26. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 105859 del 23 de junio de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $1.325.500, por conc epto de aportes girados por la afiliación de la pensionada ANA ISABEL RUIZ DE CHACON, identificada con cédula de ciudadanía número 41675960.
1.27. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 10001 del 6 de julio de 2017, que resuelve el recurso de apelac ión y confirma la Resolución No. GNR 362206 del 18 de noviembre de 2015.
1.28. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 359986 del 17 de noviembre de 2015, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $2.543.400, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada
de 2015, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $2.543.400, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada ORFA LIBIA MORALES PAEZ, identificada con cédula de ciudadanía número 41669674.
1.29. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 105677 del 23 de junio de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $2.543.400, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada ORFA LIBIA MORALES PAEZ, identificada con cédula de ciudadanía número 41669674.
1.30. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 10234 del 10 de julio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 359986 del 17 de noviembre de 2015.EXPEDIENTE No. 11001-33-37-041-2018-00042-01
DEMANDANTE: COMPENSAR EPS
DEMANDADO: COLPENSIONES
5 1.31. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 286324 del 18 de septiembre de 2015, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $1.077.600, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada ALBA MARINA BOTERO DE RAMIREZ, identificada con cédula de ciudadanía número 41695863.
1.32. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 52433 del 4 de mayo de 2017,
ALBA MARINA BOTERO DE RAMIREZ, identificada con cédula de ciudadanía número 41695863.
1.32. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 52433 del 4 de mayo de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $1. 077.600, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada ALBA MARINA BOTERO DE RAMIREZ, identificada con cédula de ciudadanía número 41695863.
1.33. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 7126 del 1 de junio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 286324 del 18 de septiembre de 2015.
1.34. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 370930 del 20 de noviembre de 2015, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $1.368.400, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARIA HERMINDA PRIETO GUTIERREZ, identificada con cédula de ciudadanía número 41694138.
1.35. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 107418 del 27 de junio de 2017, que r esuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $1.368.400, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARIA HERMIN DA PRIETO GUTIERREZ, identificada con cédula de ciudadanía número 41694138.
COMPENSAR EPS de restituir $1.368.400, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARIA HERMIN DA PRIETO GUTIERREZ, identificada con cédula de ciudadanía número 41694138.
1.36. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 11481 del 25 de julio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y c onfirma la Resolución No. GNR 357910 del 12 de noviembre de 2015.
1.37. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 357910 del 12 de noviembre de 2015, que ordena a COMPENSAR EPS r estituir a COLPENSIONES la suma de $416.600, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada ANA CRISTINA SUA QUIROGA, identificada con cédula de ciudadanía número 41716048.
1.38. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 104569 del 22 de junio de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $416.600, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada CRISTINA SUA QUIROGA, identificada con cédula de ciudadanía número 41716048.
1.39. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 10410 del 10 de julio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 357910 del 12 de noviembre de 2015.
1.40. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 394603 del 7 de diciembre de
que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 357910 del 12 de noviembre de 2015.
1.40. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 394603 del 7 de diciembre de 2015, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma deEXPEDIENTE No. 11001-33-37-041-2018-00042-01
DEMANDANTE: COMPENSAR EPS
DEMANDADO: COLPENSIONES
6 $762.000, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada PATRICIA STELLA DIAZ AGUILERA, identificada con cédula de ciudadanía número 41780780.
1.41. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 109436 del 28 de junio de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $762.000, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada PATRICIA STELLA DIAZ AGUILERA, identificada con cédula de ciudadanía número 41780780.
1.42. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 10425 del 10 de julio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 394603 del 7 de diciembre de 2015.
1.43. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 357113 del 11 de noviembre de 2015, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $134.500, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado
de 2015, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $134.500, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado WALTER JOHN BERMUDEZ RINCON, identificado con cédula de ciudadanía número 79517385.
1.44. Declarar la nulidad de la Resolución No, SUB 105358 del 23 de junio de 2017, que resuelve el r ecurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $134.500, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado WALTER JOHN BERMUDEZ RINCON, identificado con cédula de ciudadanía número 79517385.
45. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 10605 del 12 de julio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 357113 del 11 de noviembre de 2015.
1.46. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 286928 del 20 de septiembre de 2015, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $169.000 por la afiliación de la pensionada ANA LUCILA RODRIGUEZ DE CAICEDO, identificada con cédula de ciudadanía número 41751923.
1.47. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 107517 del 27 de junio de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $169.000, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada ANA LUCILA RODRIGUEZ DE CAICEDO, identificada
COMPENSAR EPS de restituir $169.000, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada ANA LUCILA RODRIGUEZ DE CAICEDO, identificada con cédula de ciudadanía número 41751923.
1.48. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 10549 del 11 de julio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 286928 del 20 de septiembre de 2015.
1.49. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 182867 del 21 de junio de 2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $7.964.900, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARIA ED ITH POMAR DE CORTES, identificada con cédula de ciudadanía número 41429878.EXPEDIENTE No. 11001-33-37-041-2018-00042-01
DEMANDANTE: COMPENSAR EPS
DEMANDADO: COLPENSIONES
7 1.50. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 105362 del 23 de junio de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $7.964.900, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARIA EDITH POMAR DE CORTES, identificada con cédula de ciudadanía número 41429878.
1.51. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 9213 del 27 de junio de 2017,
con cédula de ciudadanía número 41429878.
1.51. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 9213 del 27 de junio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 182867 del 21 de junio de 2016.
1.52. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 356647 del 11 de noviembre de 2015, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $1.568.000, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada WILMA SOFIA MORALES PIEDRAHITA, identificada con cédula de ciudadanía número 20409876.
1.53. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 72016 del 22 de mayo de 2017, que resuelve el recurs o de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $1.568.000, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada WILMA SOFIA MORALES PIEDRAHITA, identificada con cédula de ciudadanía número 20409876.
1.54. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 10118 del 7 de julio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 356647 del 11 de noviembre de 2015.
1.55. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 201344 del 8 de julio de 2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $604.100, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada
que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $604.100, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARGARITA VARGAS ROJAS, identificada con cédula de ciudadanía número 41511105.
1.56. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 104696 del 22 de junio de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $604.100, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARGARITA VARGAS ROJAS, identif icada con cédula de ciudadanía número 41511105.
1.57. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 9737 del 4 de julio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 201344 del 8 de julio de 2016.
1.58. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 247363 del 22 de agosto de 2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $890.100, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado MARCO AURELIO VILLATE RODRIGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía número 19343410.
1.59. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 114626 del 29 de junio de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida aEXPEDIENTE No. 11001-33-37-041-2018-00042-01
DEMANDANTE: COMPENSAR EPS
DEMANDADO: COLPENSIONES
8
DEMANDANTE: COMPENSAR EPS
DEMANDADO: COLPENSIONES
8 COMPENSAR EPS de restituir $890.100, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado MARCO AURELIO VILLATE RODRGUEZ, identificado con cédula de ciudadanía número 19343410.
1.60. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 10660 del 13 de julio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución NO. GNR 247363 del 22 de agosto de 2016.
1.61. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 31568 del 29 de enero de 2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $1.505.900, por concepto de aportes gir ados por la afiliación de la pensionada ZOILA DEL CARMEN PLAZAS MORENO, identificada con cédula de ciudadanía número 41475526.
1.62. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 72669 del 23 de mayo de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirm a la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $1.505.900, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada ZOILA DEL CARMEN PLAZAS MORENO, identificada con cédula de ciudadanía número 41475526.
1.63. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 8131 del 13 de junio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 31568 del 29 de enero de 2016.
1.63. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 8131 del 13 de junio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 31568 del 29 de enero de 2016.
1.64. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 39499 del 24 de abril de 2017, que ordena a COMPENSAR EPS res tituir a COLPENSIONES la suma de $339.400, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado JORGE ELIECER GONZALEZ SALGADO, identificado con cédula de ciudadanía número 19060683.
1.65. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 124303 del 13 de julio de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $339.400, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado JORGE ELIECER GONZALEZ SALGADO, identificado con cédula de ciudadanía número 19060683.
1.66. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 12173 del 31 de julio de 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. SUB 39499 del 24 de abril de 2017.
2. RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
Declarada la nulidad de los actos administrativos demandados, se sirva ordenar el restablecimiento del derecho de COMPENSAR EPS, en el sentido de exonerarla de restituir TREINTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS
OCHENTA Y SIETE MIL PESOS ($32.487.000) (…)
el restablecimiento del derecho de COMPENSAR EPS, en el sentido de exonerarla de restituir TREINTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS
OCHENTA Y SIETE MIL PESOS ($32.487.000) (…)
3. Que se condene en costas y agencias en derecho a la parte demandada, en los términos del artículo 188 del CPACA”.EXPEDIENTE No. 11001-33-37-041-2018-00042-01
DEMANDANTE: COMPENSAR EPS
DEMANDADO: COLPENSIONES
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2. LOS HECHOS.
Se exponen en la demanda introductoria del proceso, en síntesis, los siguientes:
Mediante Resolución 0166 del 16 de marzo de 1995, la Superintendencia Nacional de Salud autorizó el funcionamiento en el régimen contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud, el programa “COMPENSAR ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD” de la Caja de Compensación Familiar Compensar., encargándose del recaudo de los aportes obligatorios al subsistema de salud, de conformidad con la delegación que le hiciere el Estado a través del Fondo de Solidaridad y Garantía del Ministerio de Salud y Protección Social.
Producto de la revisión de la nómina de pensionados, la Administradora Colombiana de Pensiones – COLPENSIONES, encontró que en el caso de algunos pensionados por vejez o por sobrevivencia afiliados a Compensar EPS, les fue reconocida y pagada la mesad a pensional cuando estos aún se encontraban vinculados como servidores públicos, motivo por el cual, a través de sendas resoluciones reliquidó las pensiones y, a su turno, ordenó a Compensar EPS la devolución de los valores
pagada la mesad a pensional cuando estos aún se encontraban vinculados como servidores públicos, motivo por el cual, a través de sendas resoluciones reliquidó las pensiones y, a su turno, ordenó a Compensar EPS la devolución de los valores girados por concepto de cotizaci ones obligatorias al sistema general de seguridad social en salud.
Mediante las Resoluciones GNR 29656 del 27 de enero de 2017, GNR 26406 del 25 de enero de 2016, GNR 76365 del 11 de marzo de 2016, GNR 15122 del 19 de enero de 2016, GNR 76293 del 11 de marzo de 2016, GNR 394749 del 7 de diciembre de 2015, GNR 380998 del 26 de noviembre de 2015, GNR 394482 del 7 de diciembre de 2015, GNR 362206 del 18 de noviembre de 2015, GNR 359986 del 17 de noviembre de 2015, GNR 286324 del 18 de septiembre de 2015, GNR 370930 del 20 de noviembre de 2015, GNR 357910 del 12 de noviembre de 2015, GNR 394603 del 7 de diciembre de 2015, GNR 357113 del 11 de noviembre de 2015, GNR 286928 del 20 de septiembre de 2015, GNR 182867 del 21 de junio de 2016, GNR 356447 del 11 de n oviembre de 2015; GNR 201344 del 08 de julio de 2016, GNR 247363 del 22 de agosto de 2016, GNR 31568 del 29 de enero de 2016 y SUB
GNR 356447 del 11 de n oviembre de 2015; GNR 201344 del 08 de julio de 2016, GNR 247363 del 22 de agosto de 2016, GNR 31568 del 29 de enero de 2016 y SUB 39499 del 24 de abril de 2017, Colpensiones ordenó a Compensar EPS reintegrar las sumas de dinero giradas por concepto de aportes en salud cotizados doblemente al sistema por los siguientes pensionados: Rafael Ernesto Barragán Fonseca, Luis Alberto Roa, Ofelia Inés Cubillos, María Esperanza Amaya Guzmán, DorisEXPEDIENTE No. 11001-33-37-041-2018-00042-01
DEMANDANTE: COMPENSAR EPS
DEMANDADO: COLPENSIONES
10 Cuncanchon Talero, Alfonso Montejo Fonseca, María Emma Ramírez Cifuentes, María Eugenia Velásquez de Pulido, Ana Isabel Ruiz de Chacón, Orfa Libia Morales Páez, Alba Marina Botero de Ramírez , María Herminda Prieto Gutiérrez, Ana Cristina Sua Quiroga, Patricia Stella Díaz Aguilera, Walter Jhon Bermúdez Rincón, Ana Lucila Rodríguez de Caicedo, María Edith Pomar de Cort és, Wilma Sofía Morales Piedrahita, Margarita Vargas Rojas, Marco Aurelio Villate Rodríguez, Zoila del Carmen Plazas Moreno y Jorge Eliecer González Salgado.
Contra las resoluciones anteriores, la sociedad demandante interpuso los recursos de reposición y en subsidio apelación, indicando para tal efecto que el término para solicitar la devolución de aportes a la EPS ya había expirado.
La entidad demandada decidió desfavorablemente los recursos formulados por
de reposición y en subsidio apelación, indicando para tal efecto que el término para solicitar la devolución de aportes a la EPS ya había expirado.
La entidad demandada decidió desfavorablemente los recursos formulados por Compensar EPS, confirmando los actos primigenios.
3. NORMAS VIOLADAS.
Considera la parte demandante que, con la expedición de los actos administrativos acusados, se violan las siguientes disposiciones normativas. • Constitución Política, artículo 49. • Ley 100 de 1993: artículos 177 y 178. • Decreto 4023 de 2011: artículo 12. • Ley 1753 de 2015: artículo 73. • Ley 1797 de 2016: artículo 16. • Decreto 1829 de 2016: artículo 1º.
4. CONCEPTO DE VIOLACIÓN.
La sociedad Compensar EPS, quien actúa como parte actora dentro de la litis, sustentó su concepto de violación en los cargos que a continuación se resumen:
Se configura una falta de legitimación en la causa por pasiva en el cobro adelantado por Colpensiones a través de las resoluciones demandadas, ya que se ordena la restitución de una suma que no fue apropiada por Compensar, en la medida que, alEXPEDIENTE No. 11001-33-37-041-2018-00042-01
DEMANDANTE: COMPENSAR EPS
DEMANDADO: COLPENSIONES
11 tratarse de cotizaciones obligatorias al sistema general de seguridad social en salud, su titularidad y apropiaci ón opera a favor del Fosyga, que actualmente es administrado por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES.
tratarse de cotizaciones obligatorias al sistema general de seguridad social en salud, su titularidad y apropiaci ón opera a favor del Fosyga, que actualmente es administrado por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud – ADRES.
Los recursos que la EPS recibe como consecuencia del recaudo de aportes no son de su propiedad, pues en realidad pertenecen a la subcuenta de compensación del régimen contributivo que es administrada por la ADRES; cosa distinta es que la ADRES utilice los dineros de las cotizaciones para financiar la UPC que le corresponde a la EPS y que debe ser reconocida por el Estado.
Si lo que en realidad se apropia la EPS es la UPC y no los dineros de la cotización como tal, no le era dable a Colpensiones ordenarle a Compensar la devolución de los dineros objeto de las resoluciones demandadas.
Se tiene que Colpensiones contaba con un año desde el giro del aporte realizado de manera errónea para solicitar ante Compensar EPS su devolución, lo que no ocurrió.
B. ARGUMENTOS DE DEFENSA.
Mediante escrito allegado el 12 de julio de 20181, la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones, actuando por intermedio de apoderado judicial, se opuso a las pretensiones consignadas en el escrito de la demanda por las siguientes razones:
A pesar de existir la condición del retiro del trabajo para gozar de las pensio
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