TA CUN - 11001-33-37-043-2018-00078-01-(03-12-2021)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 11001-33-37-043-2018-00078-01-(03-12-2021)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2021
República de Colombia
Rama Judicial
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCIÓN CUARTA
SUBSECCIÓN “B”
Bogotá, D. C., tres (3) de diciembre de dos mil veintiuno (2021)
Radicación No.: 110013337-043-2018-00078-01
Demandante: Compensar EPS
Demandado: Administradora de Pensiones - Colpensiones
Medio de Control: Nulidad y Restablecimiento del Derecho
Asunto: Devolución de Aportes a Salud
Magistrada Ponente:
Dra. NELLY YOLANDA VILLAMIZAR DE PEÑARANDA
S E N T E N C I A
Decide la Sala el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte demandada, legalmente reconocido en este proceso, contra la sentencia proferida en audiencia el 10 de abril de 2019 , por el JUZGADO CUARENTA Y TRES ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ- SECCIÓN CUARTApor medio de la cual se accedió a las pretensiones de la demanda.
I. A N T E C E D E N T E S :
1.1. Pretensiones
Con fundamento en las razones de hecho y de derecho que expone (fols. 8 a 13), solicita:-2Radicación No.: 110013337-043-2018-00078-01
Demandante: Compensar EPS ______________________________________________________________________________________
III. PRETENSIONES
Partiendo de los fundamentos de hecho y de derecho que se exponen en el presente escrito, solicito al Despacho, de la manera más respetuosa,
Demandante: Compensar EPS ______________________________________________________________________________________
III. PRETENSIONES
Partiendo de los fundamentos de hecho y de derecho que se exponen en el presente escrito, solicito al Despacho, de la manera más respetuosa, que a través de sentencia que ponga fin a la controversia, disponga lo siguiente:
1. NULIDAD
Que se decrete la nulidad de los siguientes actos administrativos, que declaran deudor a EPS por valor total de VEINTE MILLONES
CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS DOS
PESOS ($20.468.602), así:
1.1. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 294422 del 24 septiembre del 2015, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $2.162.600, por concepto de aportes girados por la afiliación del HUMBERTO DARIO BAUTISTA MERCHAN, identificado con cédula de ciudadanía número 17.115.654.
1.2. Declarar l a nulidad de la Resolución No. SUB 58954 del 11 de mayo de 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $2.162.600, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado HUMBERTO DARIO BA UTISTA MERCHAN, identificado con cédula de ciudadanía número 17.115.654.
1.3. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 7267 del 5 junio del 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 294422 del 24 septiembre del 2015.
1.3. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 7267 del 5 junio del 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 294422 del 24 septiembre del 2015.
1.4. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 416833 del 23 diciembre del 2015, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $2.655.502, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado JOSE IGNACIO BEJARANO RICO, identificado con cédula de ciudadanía número 17.149.657.
1.5. Declarar la nulidad de la Resolución No. 58948 del 11 mayo del 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $2.655.502, por concepto de a portes girados por la afiliación del pensionado JOSE IGNACIO BEJARANO RICO, identificado con cédula de ciudadanía número 17.149.657.
1.6. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 7129 del 1 junio del 2017, que resuelve el recurso de apelación y confir ma la Resolución No. GNR 416833 del 23 diciembre del 2015.
1.7. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 416983 del 24 diciembre del 2015, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $ 426.900, por concepto de aportes-3Radicación No.: 110013337-043-2018-00078-01
Demandante: Compensar EPS
COLPENSIONES la suma de $ 426.900, por concepto de aportes-3Radicación No.: 110013337-043-2018-00078-01
Demandante: Compensar EPS ______________________________________________________________________________________ girados por la afiliación del pensionado MANUEL ROBERTO ORJUELA GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía número 19.173.615.
1.8. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 309157 del 19 octubre del 2016, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $426.900, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado MANUEL ROBERTO ORJUELA GUTIERREZ, identificado con cédula de ciudadanía número 19.173.615.
1.9. Declarar la nulidad de la Resolución No. V PB 43257 del 2 de diciembre del 2016, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 416983 del 24 diciembre del 2015.
1.10. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 416992 del 24 diciembre del 2015, que ordena a COMPENSAR EPS r estituir a COLPENSIONES la suma de $8.776.200, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado ALVARO LEON OBANDO MONCAYO, identificado con cédula de ciudadanía número 19.174.217.
1.11. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 54625 d el 8 mayo del 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden
19.174.217.
1.11. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 54625 d el 8 mayo del 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $8.776.200, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado ALVARO LEON OBANDO MONCAYO, identificado con cédula de ciudada nía número 19.174.217.
1.12. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 7373 del 5 junio del 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 416992 del 24 diciembre del 2015.
1.13. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 821 del 4 de enero del 2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $ 937.600, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado OSCAR CARDENAS GONZALEZ, identificado con cédula de ciudadanía número 5.911.521.
1.14. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 5 7652 del 10 de mayo del 2016, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR de restituir $937.600, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensión OSCAR CAR DENAS GONZALEZ, identificado con cédula de ciudadanía número 5.911.521.
1.15. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 7419 del 6 de JUN del 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución
1.15. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 7419 del 6 de JUN del 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No GNR 821 del 4 de enero del 2016.
1.16. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 2552 del 6 de enero del 2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a-4Radicación No.: 110013337-043-2018-00078-01
Demandante: Compensar EPS ______________________________________________________________________________________ COLPENSIONES la suma de $ 130.300, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada LUCY ARIA MENJURA, identificada con cédula de ciudadanía número 41.563.372.
1.17. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 60999 del 11 mayo del 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $130.300, por concepto de aportes gir ados por la afiliación de la pensionada LUCY ARIZA MENJURA, identificada con cédula de ciudadanía número 41.563.372.
1.18. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 7376 del 5 junio del 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolució n No. GNR 2552 del 6 de enero del 2016.
1.19. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 6688 del 8 de enero del 2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $ 778.800, por concepto de aportes
1.19. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 6688 del 8 de enero del 2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $ 778.800, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pens ionada MARIA DEL ROSARIO REY, identificada con cédula de ciudadanía número 37.828.070.
1.20. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 63736 del 12 de mayo del 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $130.300, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARIA DEL ROSARIO REY, identificada con cédula de ciudadanía número 37.828.070.
1.21. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 7879 del 12 de junio del 2017, que r esuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 6688 del 8 de enero del 2016.
1.22. Declarar la nulidad de la Resolución No. No. GNR 7965 del 12 de enero del 2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $ 403.400, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada DORIS MARIA HUERTAS MOYA, identificada con cédula de ciudadanía número 41.626.116.
1.23. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 63573 del 12 de mayo del 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la
1.23. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 63573 del 12 de mayo del 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $403.400, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada DORIS MARIA HUERTAS MOYA, identificada con cédula de ciudadanía número 41.626.116.
1.24. Declarar la nu lidad de la Resolución No. DIR 5989 del 18 de mayo del 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 7965 del 12 de enero del 2016.
1.25. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 6997 del 12 enero del 2016, que ordena a C OMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la sum a de $ 233.900, por concepto de aportes-5Radicación No.: 110013337-043-2018-00078-01
Demandante: Compensar EPS ______________________________________________________________________________________ girados por la afiliación del pensiona do BLANCA LUCIA VARGAS LOPEZ, identificada con cédula de ciudadanía número 21.237.488.
1.26. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 58957 del 11 de mayo del 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $233.900, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado BLANCA LUCIA VARGAS LOPEZ, identificada con cédula de ciudadanía número 21.237.488.
concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado BLANCA LUCIA VARGAS LOPEZ, identificada con cédula de ciudadanía número 21.237.488.
1.27. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 7161 del 2 de junio del 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 6997 del 12 enero del 2016.
1.28. Declarar la nulidad de l a Resolución No. GNR 11180 del 15 de enero del 2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $ 378.800, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada DORIS CASTILLO RODRIGUEZ, identificada con cédula de ciudadaní a número 41.728.083.
1.29. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 65399 del 15 de mayo del 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $378.800, por concepto de aportes girados por la afilia ción de la pensionada DORIS CASTILLO RODRIGUEZ, identificada con cédula de ciudadanía número 41.728.083.
1.30. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 7988 del 12 de junio del 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 11180 del 15 de enero del 2016.
1.31. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 16955 del 20 de
junio del 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 11180 del 15 de enero del 2016.
1.31. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 16955 del 20 de enero del 2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $1.441.800, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pension ada TERESA CABEZAS ORTIZ, identificada con cédula de ciudadanía número 41.735.927.
1.32. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 63739 del 12 de mayo del 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de res tituir $1.441.800, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada TERESA CABEZAS ORTIZ, identificada con cédula de ciudadanía número 41.735.927.
1.33. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 7871 del 12 de junio del 2017, que resu elve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 16955 del 20 de enero del 2016.
1.34. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 47237 del 12 de febrero del 2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a-6Radicación No.: 110013337-043-2018-00078-01
Demandante: Compensar EPS ______________________________________________________________________________________ COLPENSIONES la suma de $1.714.800, p or concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARTHA HELENA
Demandante: Compensar EPS ______________________________________________________________________________________ COLPENSIONES la suma de $1.714.800, p or concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARTHA HELENA ZAPATA, identificada con cédula de ciudadanía número 21.839.739.
1.35. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 129174 del 18 de julio del 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $1.714.800, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARTHA HELENA ZAPATA, identificado con cédula de ciudadanía número 21.839.739.
1.36. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 12295 del 2 de agosto del 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 47237 del 12 de febrero del 2016.
1.37. Declarar la nulidad de la Resolución No. GNR 251905 del 26 de agosto del 2016, que ordena a COMPENSAR EPS restituir a COLPENSIONES la suma de $ 428.000, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada EVANGELINA GUTIERREZ, identificada con cédula de ciudadanía número 41.605.723.
1.38. Declarar la nulidad de la Resolución No. SUB 73893 del 24 de mayo del 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $428.000, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada
mayo del 2017, que resuelve el recurso de reposición y confirma la orden impartida a COMPENSAR EPS de restituir $428.000, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada EVANGELINA PULIDO GUTIERREZ, identificada c on cédula de ciudadanía número 41.605.723.
1.39. Declarar la nulidad de la Resolución No. DIR 7854 del 12 de junio del 2017, que resuelve el recurso de apelación y confirma la Resolución No. GNR 251905 del 26 de agosto del 2016.
2. RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
Declarada la nulidad de los actos administrativos demandados, se sirva ordenar el restablecimiento del derecho de COMPENSAR EPS, en el sentido de exonerarla de restituir VEINTE MILLONES
CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS DOS
PESOS ($20.468.602), así:
2.1. Ordenar el restablecimiento del derecho de COMPENSAR EPS, en el sentido de exonerarla de restituir la suma de $2.162.600, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado HUMBERTO DARIO BAUTISTA MERCHAN, ordenado por el a cto administrativo No. GNR 294422 del 24 septiembre del 2015, confirmado por la resolución No. SUB 58954 del 11 de mayo de 2017 y DIR 7267 del 5 junio del 2017, proferidas por COLPENSIONES en agotamiento de la vía gubernativa.
2.2. Ordenar el restablecimiento del derecho de COMPENSAR EPS, en-7Radicación No.: 110013337-043-2018-00078-01
agotamiento de la vía gubernativa.
2.2. Ordenar el restablecimiento del derecho de COMPENSAR EPS, en-7Radicación No.: 110013337-043-2018-00078-01
Demandante: Compensar EPS ______________________________________________________________________________________ el sentido de exonerarla de restituir la suma de $2.655.502, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado JOSE IGNACIO BEJARANO RICO, ordenado por el acto administrativo No.
GNR 416833 del 23 diciem bre del 2015, confirmado por la resolución No. SUB 58948 del 11 de mayo del 2017 y No. DIR 7129 del 1 de junio del 2017, proferidas por COLPENSIONES en agotamiento de la vía gubernativa.
2.3. Ordenar el restablecimiento del derecho de COMPENSAR EPS, en el sentido de exonerarla de restituir la suma de $426.900, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado MANUEL ROBERTO ORJUELA GUTIERREZ, ordenado por el acto administrativo No. GNR 416983 del 24 diciembre del 2015, confirmado por la reso lución No. GNR 309157 del 19 de octubre del 2016 y No. VPB 43257 del 2 de diciembre del 2016, proferidas por COLPENSIONES en agotamiento de la vía gubernativa.
2.4. Ordenar el restablecimiento del derecho de COMPENSAR EPS, en el sentido de exonerarla de r estituir la suma de $8.776.200, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado ALVARO LEON OBANDO MONCAYO, ordenado por el acto administrativo
el sentido de exonerarla de r estituir la suma de $8.776.200, por concepto de aportes girados por la afiliación del pensionado ALVARO LEON OBANDO MONCAYO, ordenado por el acto administrativo No. GNR 416992 del 24 de diciembre del 2015, confirmado por la resolución No. SUB 54625 del 8 d e mayo del 2017 y No. DIR 7373 del 5 de junio del 2017, proferidas por COLPENSIONES en agotamiento de la vía gubernativa.
2.5. Ordenar el restablecimiento del derecho de COMPENSAR EPS, en el sentido de exonerarla de restituir la suma de $937.600, por conc epto de aportes girados por la afiliación del pensionado OSCAR CARDENAS GONZALEZ, ordenado por el administrativo No. GNR 821 del 4 de enero del 2016, confirmado por la resolución 57652 del 10 de mayo del 2016 y No. DIR 7419 del 6 de JUN del 2017, proferida s por COLPENSIONES en agotamiento de la vía gubernativa.
2.6. Ordenar el restablecimiento del derecho de COMPENSAR EPS, en el sentido exonerarla de restituir la suma de $130.300, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensiona da LUCY AR IZA MENJURA, ordenado por el acto administrativo No. GNR 2552 del 6 de enero del 2016, confirmado por la resolución No. SUB 60999 del 11 mayo del 2017 y No. DIR 7376 del 5 junio del 2017, proferidas por COLPENSIONES en agotamiento de la vía gubernativa.
2.7. Ordenar el restablecimiento del derecho de COMPENSAR EPS, en
11 mayo del 2017 y No. DIR 7376 del 5 junio del 2017, proferidas por COLPENSIONES en agotamiento de la vía gubernativa.
2.7. Ordenar el restablecimiento del derecho de COMPENSAR EPS, en el sentido de exonerarla de restituir la suma de $778.800, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARIA DEL ROSARIO REY, ordenado por el acto administrativo No. GN R 6688 del 8 de enero del 2016, confirmado por la resolución No. SUB 63736 del 12 de mayo del 2017 y No. DIR 7879 del 12 de junio del 2017, proferidas por COLPENSIONES en agotamiento de la vía gubernativa.
2.8. Ordenar el restablecimiento del derecho de C OMPENSAR EPS, en-8Radicación No.: 110013337-043-2018-00078-01
Demandante: Compensar EPS ______________________________________________________________________________________ el sentido de exonerarla de restituir la suma de $403.400, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada DORIS MARIA HUERTAS MOYA, ordenado por el acto administrativo No. GNR 7965 del 12 de enero del 2016, confirmado p or la resolución No. SUB 63573 del 12 de mayo del 2017 y No. DIR 5989 del 18 de mayo del 2017, proferidas por COLPENSIONES en agotamiento de la vía gubernativa.
2.9. Ordenar el restablecimiento del derecho de COMPENSAR EPS, en el sentido de exonerarla de restituir la suma de $233.900, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada BLANCA LUCIA
2.9. Ordenar el restablecimiento del derecho de COMPENSAR EPS, en el sentido de exonerarla de restituir la suma de $233.900, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada BLANCA LUCIA VARGAS LOPEZ, ordenado por el acto administrativo No. GNR 6997 del 12 de enero del 2016, confirmado por la resolución No. SUB 58957 del 11 de may o del 2017 y No. DIR 7161 del 2 de junio del 2017, proferidas por COLPENSIONES en agotamiento de la vía gubernativa
2.10. Ordenar el restablecimiento del derecho de COMPENSAR EPS, en el sentido de exonerarla de restituir la suma de $378.800, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada DORIS CASTILLO RODRIGUEZ, ordenado por el acto administrativo No. GNR 11180 del 15 de enero del 2016, confirmado por la resolución No. SUB 65399 del 15 de mayo del 2017 y No. DIR 7988 del 12 de junio del 2017, proferidas por COLPENSIONES en agotamiento de la vía gubernativa.
2.11. Ordenar el restablecimiento del derecho de COMPENSAR EPS, en el sentido de exonerarla de restituir la suma de $1.441.800, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada TERESA CABEZAS ORTIZ, ordenado por el acto administrativo No. GNR 16955 del 20 de enero del 2016, confirmado por la resolución No. SUB 63739 del 12 de mayo del 2017 y No. DIR 7871 del 12 de junio del
CABEZAS ORTIZ, ordenado por el acto administrativo No. GNR 16955 del 20 de enero del 2016, confirmado por la resolución No. SUB 63739 del 12 de mayo del 2017 y No. DIR 7871 del 12 de junio del 2017, proferidas por COLPENSIONES en agota miento de la vía gubernativa.
2.12. Ordenar el restablecimiento del derecho de COMPENSAR EPS, en el sentido de exonerarla de restituir la suma de $1.714.800, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada MARTHA HELENA ZAPATA, ordenado por el acto administrativo No. GNR 47237 del 12 de febrero del 2016, confirmado por la resolución No. SUB 129174 del 18 de julio del 2017 y No. DIR 12295 del 2 de agosto del 2017, proferidas por COLPENSIONES en agotamiento de la vía gubernativa.
2.13. Ordenar el restablecimiento del derecho de COMPENSAR EPS, en el sentido de exonerarla de restituir la suma de $428.000, por concepto de aportes girados por la afiliación de la pensionada EVANGELINA PULIDO GUTIERREZ, ordenado por el acto administrativo No. GNR 251905 del 26 de agosto del 2016, confirmado por la resolución No. SUB 73893 del 24 de mayo del 2017 y No. DIR 7854 del 12 de junio del 2017, proferidas por COLPENSIONES en agotamiento de la vía gubernativa.-9Radicación No.: 110013337-043-2018-00078-01
Demandante: Compensar EPS ______________________________________________________________________________________
agotamiento de la vía gubernativa.-9Radicación No.: 110013337-043-2018-00078-01
Demandante: Compensar EPS ______________________________________________________________________________________
3. Que se condene en costas y agencias en der echo a la parte demandada, en los términos del artículo 188 del CPACA.
1.2. Hechos
Los narra el apoderado en la demanda y pueden resumirse así (fols. 2 a 11 cp):
1.2.1. Por medio de las siguientes resoluciones, la Administradora Colombiana de Pensiones - COLPENSIONES ordenó a COMPENSAR EPS la devolución de aportes efectuados indebidamente, por las sumas que a continuación se señalan:
AFILIADO
VALOR
DEVOLUCIÓN RESOLUCIÓN INICIAL
HUMBERTO DARIO
BAUTISTA MERCHAN 2.162.600 GNR 294422 DE 24 DE
SEPTIEMBRE DE 2015
JOSE IGNACIO
BEJARANO RICO 2.655.502 GNR 416833 DE 23 DE
DICIEMBRE DE 2015
MANUEL ROBERTO
ORJUELA GUTIERREZ 426.900 GNR 416983 DE 24 DE
DICIEMBRE DE 2015
ÁLVARO LEON
OBANDO MONCAYO 8.776.200 GNR 416992 DE 24 DE
DICIEMBRE DE 2015
OSCAR CARDENAS
GONZALEZ 937.600 GNR 821 DE 4 DE ENERO DE
2016
LUCY ARIZA
MENJURA 130.300 GNR 2552 DE 6 DE ENERO DE
2016
MARÍA DEL
OSCAR CARDENAS
GONZALEZ 937.600 GNR 821 DE 4 DE ENERO DE
2016
LUCY ARIZA
MENJURA 130.300 GNR 2552 DE 6 DE ENERO DE
2016
MARÍA DEL
ROSARIO REY 778.800 GNR 6688 DE 8 DE ENERO DE
2016
DORIS MARIA
HUERTAS MOYA 403.400 GNR 7965 DE 12 DE ENERO
DE 2016
BLANCA LUCIA
VARGAS LOPEZ 233.900 GNR 6997 DE 12 DE ENERO
DE 2016
DORIS CASTILLO
RODRÍGUEZ 378.800
GNR 11180 DE 15 DE ENERO
DE 2016
TERESA CABEZAS
ORTIZ 1.441.800
GNR 16955 DE 20 DE ENERO DE 2016-10Radicación No.: 110013337-043-2018-00078-01
Demandante: Compensar EPS ______________________________________________________________________________________
MARTHA HELENA
ZAPATA 1.714.800
GNR 47237 DE 12 DE
FEBRERO DE 2016
EVANGENIA
PULIDO
GUTIERREZ 428.000
GNR 251905 DE 26 DE
AGOSTO DE 2016
1.2.2. Contra la anterior decisión la demandante interpuso recursos de reposición y en subsidio apelación, los cuales fueron resueltos negativamente por COLPENSIONES por medio de los siguientes actos administrativos:
AFILIADO
VALOR
DEVOLUCIÓN
RESOLUCIÓN
INICIAL REPOSICIÓN APELACIÓN
HUMBERTO
DARIO
BAUTISTA
MERCHAN
2.162.600
administrativos:
AFILIADO
VALOR
DEVOLUCIÓN
RESOLUCIÓN
INICIAL REPOSICIÓN APELACIÓN
HUMBERTO
DARIO
BAUTISTA
MERCHAN
2.162.600
GNR 294422 DE
24 DE
SEPTIEMBRE
DE 2015
SUB 58954 DE
11 DE MAYO
DE 2017
DIR 7267 DE 5
DE JUNIO DE
2017
JOSE IGNACIO
BEJARANO
RICO 2.655.502
GNR 416833 DE
23 DE
DICIEMBRE DE
2015
SUB 58948 DE
11 DE MAYO
DE 2017
DIR 7129 DE 1
DE JUNIO DE
2017
MANUEL
ROBERTO
ORJUELA
GUTIERREZ
426.900
GNR 416983 DE
24 DE
DICIEMBRE DE
2015
GNR 309157 DE
19 DE
OCTUBRE DE
2016
VPB 43257 DE 2
DE DICIEMBRE
DE 2016
ÁLVARO LEON
OBANDO
MONCAYO
8.776.200
GNR 416992 DE
24 DE
DICIEMBRE DE
2015
SUB 54625 DE 8
DE MAYO DE
2017
DIR 7373 DE 5
DE JUNIO DE
2017 OSCAR
CARDENAS
GONZALEZ
937.600
GNR 821 DE 4
DE ENERO DE
2016
SUB 57652 DE
10 DE MAYO
DE 2017
DIR 7419 DE 6
DE JUNIO DE
2017
LUCY ARIZA
937.600
GNR 821 DE 4
DE ENERO DE
2016
SUB 57652 DE
10 DE MAYO
DE 2017
DIR 7419 DE 6
DE JUNIO DE
2017
LUCY ARIZA
MENJURA 130.300
GNR 2552 DE 6
DE ENERO DE
2016
SUB 60999 DE
11 DE MAYO
DE 2017
DIR 7376 DE 5
DE JUNIO DE
2017
MARÍA DEL
ROSARIO REY 778.800
GNR 6688 DE 8
DE ENERO DE
2016
SUB 63736 DE
12 DE MAYO
DE 2017
DIR 7879 DE 12
DE JUNIO DE
2017
DORIS MARIA
HUERTAS
MOYA 403.400
GNR 7965 DE 12
DE ENERO DE 2016 63573 DE 12 DE
MAYO DE 2017
DIR 5989 DE 18
DE MAYO DE
2017
BLANCA
LUCIA
VARGAS
LOPEZ 233.900
GNR 6997 DE 12
DE ENERO DE
2016
SUB 58957 DE
11 DE MAYO
DE 2017
DIR 7161 DE 2
DE JUNIO DE
2017 DORIS
CASTILLO
RODRÍGUEZ 378.800
GNR 11180 DE
15 DE ENERO
DE 2016
SUB 65399 DE
15 DE MAYO
DE 2017
DIR 7988 DE 12
DE JUNIO DE
2017
TERESA
CABEZAS
ORTIZ 1.441.800
GNR 16955 DE
20 DE ENERO
DE 2016
15 DE MAYO
DE 2017
DIR 7988 DE 12
DE JUNIO DE
2017
TERESA
CABEZAS
ORTIZ 1.441.800
GNR 16955 DE
20 DE ENERO
DE 2016
SUB 63739 DE
12 DE MAYO
DE 2017
DIR 7871 DE 12
DE JUNIO DE 2017-11Radicación No.: 110013337-043-2018-00078-01
Demandante: Compensar EPS ______________________________________________________________________________________
MARTHA
HELENA
ZAPATA 1.714.800
GNR 47237 DE
12 DE
FEBRERO DE
2016
SUB 129174 DE
18 DE JULIO DE
2017
DIR 12295 DE 2
DE AGOSTO
DE 2017
EVANGENIA
PULIDO
GUTIERREZ 428.000
GNR 251905 DE
26 DE AGOSTO
DE 2016
SUB 73893 DE
24 DE MAYO
DE 2017
DIR 7854 DE 12
DE JUNIO DE
2017
II. D E M A N D A :
2.1. Normas violadas:
2.1.1. La señora apoderada de la parte demandante invoca como violadas las siguientes disposiciones:
Artículos 13, 29, 83 y 209 de la Constitución Política
2.2. Concepto de violación.
La apoderada de COMPENSAR EPS formula el concepto de violación en los siguientes términos (fols. 13 a 27):
2.2.1. FALSA MOTIVACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS Y
La apoderada de COMPENSAR EPS formula el concepto de violación en los siguientes términos (fols. 13 a 27):
2.2.1. FALSA MOTIVACIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS Y
DESCONOCIMIENTO DE NORMAS SUPERIORES
Inicia por explicar la normativa que establece el funcionamiento de las EPS y la regulación del trámite de compensación de los aportes ante el FOSYGA, para finalmente señalar que no le era dable a COLPENSIONES ordenarle a COMPENSAR EPS la devolución de los dineros objeto de las resoluciones demandadas, dado que estos rubros son propiedad del FOSYGA y lo que en realidad se apropia la EPS es la-12Radicación No.: 110013337-043-2018-00078-01
Demandante: Compensar EPS ______________________________________________________________________________________ UPC, escenario en el cual los aportantes únicamente pueden solicitar de manera perentoria a las EPS la devolución de las cotizacion es realizadas de manera errónea dentro del año siguiente a su trasferencia.
Es por lo anterior que, afirma, existe falta de legitimación en la causa por pasiva en el cobro adelantado por la entidad demandada.
De ese modo, señala que COLPENSIONES solicitó las devoluciones con las resoluciones que declararon deudora a la EPS notificadas en septiembre de 2016 y abril de 2017, por ende, frente a los periodos objeto de devolución que corresponden a los causados en l os años 2012, 2013 y 2014, es evidente que feneció el plazo de 12 meses que contempla el artículo 12 del Decreto 4023 de 2011, habida cuenta que para presentar la petición tenía hasta diciembre de 2015.
2012, 2013 y 2014, es evidente que feneció el plazo de 12 meses que contempla el artículo 12 del Decreto 4023 de 2011, habida cuenta que para presentar la petición tenía hasta diciembre de 2015.
En consecuencia, arguye que la Administración no se ciñó al procedimiento previsto en los artículos 177 y 178 de la Ley 100 de 1993, como tampoco en lo dispuesto en el Decreto 4023 de 2011, incurriendo en el desconocimiento de las normas superiores y falsa motivación de los actos administrativos emitidos.
2.2.2. IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LOS RECURSOS
Increpa que la administradora de pensiones desconoce las normas en que debían fundarse las resoluciones discutidas al fungir como juez y parte, así como también, al manifestar que los aportes objeto de devolución son imprescriptibles, tomando como base sus propios pronunciamientos por medio de conceptos, en los cuales se señala que los plazos fijados por el Decre
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