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TA CUN - 11001-33-42-051-2022-00310-01-(14-02-2024)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 11001-33-42-051-2022-00310-01-(14-02-2024)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2024

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCIÓN SEGUNDA

SUBSECCIÓN “C”

Bogotá D.C., catorce (14) de febrero de dos mil veinticuatro (2024)

Ponente: AMPARO OVIEDO PINTO

R E F E R E N C I A S:

Radicación: 11001-33-42-051-2022-00310-01

Demandante: Judith Salazar Ceballes

Demandado: Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA Providencia: Sentencia Segunda instancia. Desnaturalización del contrato de prestación de servicios.

1.- La demanda

La señora Judith Salazar Ceballes a través de apoderado y en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho 1, solicitó declarar la nulidad del Acto Administrativo No. 11-2-2022-035450 del 21 de junio de 2022 , mediante el cual el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, negó la existencia de una relación laboral entre la señora Judith Salazar Ceballes y el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA entre el 19 de febrero de 2002 hasta el 17 de diciembre de 2021.

Como consecuencia de lo anterior y a título de restablecimiento del derecho, condene a la entidad demandada al pago de; bonificación por servicios prestados; primas de servicio de junio y diciembre; vacaciones; prima de vacaciones; primas de navidad; bonificación especial de recreación; cesantías: intereses a las cesantías; auxilio de alimentación; prima quinquenal; aportes a SGSS en salud y pensión; y, se condene en costas y agencias en derecho.

de navidad; bonificación especial de recreación; cesantías: intereses a las cesantías; auxilio de alimentación; prima quinquenal; aportes a SGSS en salud y pensión; y, se condene en costas y agencias en derecho.

Para sustentar su pedimento, como supuestos fácticos, afirmó que el Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA vinculó a la demandante a través de sucesivos contratos de prestación de servicios entre el 19 de febrero de 2002 hasta el 17 de diciembre de 2021 describiendo el objeto de cada uno de los contratos. Para el cumplimiento de las funciones asignadas, recibió órdenes en cuanto al modo, tiempo y lugar en la ejecución de las tareas como instructor. Las labores ejecutadas también eran desempeñadas por empleados de planta de la entidad, en vista que,

1 02DemandaYAnexosExpediente No. 11001-33-42-051-2022-00310-01

Demandante: Judith Salazar Ceballes

Ponente: Amparo Oviedo Pinto

2 estas son en esencia misionales y corresponden al giro ordinario de la entidad.

En el concepto de violación, el apoderado de la demandante citó las disposiciones de orden constitucional y legal que estima vulneradas e hizo alusión a extensa jurisprudencia del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional en donde se ha avalado la eficacia del “contrato realidad”, con el fin de concluir que en el caso concreto han sido conculcados los derechos y gara ntías laborales en cabeza de la accionante, como quiera que pese a haber trabajado continuamente para la entid ad demandada como cualquier otro emple ado de planta, no fue

en el caso concreto han sido conculcados los derechos y gara ntías laborales en cabeza de la accionante, como quiera que pese a haber trabajado continuamente para la entid ad demandada como cualquier otro emple ado de planta, no fue remunerada ni tratada como tal, en razón a los contratos de prestación de servicios suscritos.

2.- Contestación de la demanda

El apoderado de la entidad contestó la demanda oportunamente 2, mediante escrito en el cual se refirió a cada uno de los hechos esgrimidos en el libelo introductorio y se opuso a la prosperidad de las pretensiones por carecer de sustento probatorio.

La relación existente entre la accionante y la entidad demandada fue meramente contractual a través de la celebración de contratos de prestación de servicios regulados por la ley 80 de 1993, el cual establece como finalidad el desarrollo de actividades rela cionadas con la administración o funcionamiento de la entidad, cuando no puedan ser realizadas por el personal de planta o requiera de conocimientos especializados, ajustándose los contratos celebrados con el objeto y la naturaleza regulada por el legislador para el tipo de vinculación por prestación de servicios.

Ahora bien, entre las partes nunca se configuró una relación laboral, considerando que la demandante realizó su relación contractual con el SENA con plena autonomía técnica, financiera y sin subordinación, enmarcada en el principio de coordinación, de otra parte, la declaratoria de la relación laboral no implica que la demandante obtenga por sí misma la condición de empleado público, ya que no median los componentes para una relación legal y reglamentaria.

2 11Contestación3-03-2023Expediente No. 11001-33-42-051-2022-00310-01

demandante obtenga por sí misma la condición de empleado público, ya que no median los componentes para una relación legal y reglamentaria.

2 11Contestación3-03-2023Expediente No. 11001-33-42-051-2022-00310-01

Demandante: Judith Salazar Ceballes

Ponente: Amparo Oviedo Pinto

3 No se puede condenar a la entidad demandada al pago de acreencias laborales, cuando no existe prueba que demuestre los presupuestos de una relación laboral entre las partes, teniendo en cuenta que en esta clase de asuntos la carga de la prueba corresponde a quien pretende demostrar la existencia de la relación laboral, a su vez, debe tenerse en cuenta la solución de continuidad que se presenta dentro de los contratos y la consecuente prescripción extintiva.

Propuso las excepciones de : “legalidad del acto acusado”, “prescripción”, “existencia de solución de continuidad entre los contratos celebrados entre el actor y el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA” , “inexistencia de la obligación entre la demandante y del demandado Servicio de Aprendizaje SENA – Regional Distrito Capital”, “cobro de lo no debido” y “genéricas”.

3.- Decisión judicial objeto de impugnación

El Juzgado Cincuenta y Uno Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, en sentencia proferida el 21 de julio de 20233, accedió parcialmente a las súplicas de la demanda. Declaró la nulidad del Oficio No. 11-2-2022-035450 del 21 de junio de 2022.

A título de restablecimiento del derecho ordenó a la entidad demandada reconocer

la demanda. Declaró la nulidad del Oficio No. 11-2-2022-035450 del 21 de junio de 2022.

A título de restablecimiento del derecho ordenó a la entidad demandada reconocer y pagar a la señora Judith Salazar Ceballes entre el 19 de febrero de 2002 al 17 de diciembre de 2021 : (i) la diferencia salarial que se pueda originar a su favor entre los honorarios percibidos y lo que devenga un instructor, código 3010, grado 01-20, de pla nta; (ii) la totalidad de las prestaciones sociales y las demás acreencias laborales (descontando los días de interrupción) , tomando como base lo realmente devengado por un técnico instructor; (iii) tomar el ingreso base de cotización de la demandante mes a mes, y si existe diferencia entre los aportes realizados como contratista y los que se debieron efect uar al sistema integral de seguridad social en pensiones, conforme lo cotizado por un instructor de planta de la entidad, cotizar la suma faltante solo en el porcentaje que le correspondía como empleador, para lo cual la demandante deberá acreditar las cot izaciones que realizó durante su vínculo contractual y, en caso de no haberlas hecho o existir diferencia en su contra, tendrá la carga de cancelar o completar, según el caso, el porcentaje que le correspondía como trabajador; y, (iv) que el tiempo laborado por la dem andante (descontando los días de interrupción) se deben computar para

3 31SentenciaNo151ContratoRealidadExpediente No. 11001-33-42-051-2022-00310-01

Demandante: Judith Salazar Ceballes

Ponente: Amparo Oviedo Pinto

4 efectos pensionales.

Demandante: Judith Salazar Ceballes

Ponente: Amparo Oviedo Pinto

4 efectos pensionales.

Negó las demás s úplicas de la demanda, condenó a la entidad demandada a actualizar las sumas de la condena impuestas conforme al inciso 4° del artículo 187 del C.P.A.C.A. , y ordenó dar cumplimiento del fallo en los términos de los artículos 192 y 195 del C.P.A.C.A.

Como fundamento de su decisión, y tras analizar las normas constitucionales y legales, y la jurisprudencia que rige la materia, señaló que la demandante demostró la configuración de los elementos de una relación laboral, considerando que se allegó certificación donde se evidencia que cada contrato tuvo una remuneración. Quedó demostrado que prestaba personalmente sus servicios como instructor del Servicio de Aprendizaje –SENA, por lo que era necesario la presencia de la demandante en las clases que instruía, cumpliendo cada programa y horario asignado.

Ahora bien, la demandante debía cumplir con las directrices de la entidad para impartir formación en los grupos asignados de acuerdo a cada competencia y a la normatividad de la institución, además de la presentación de informes de cumplimiento de las funciones del contrato ante los supervisores . Debía permanecer en las instalaciones de la entidad demandada, pero eventualmente hacía formación complementaria en instalaciones de empresas públicas y privadas representando al SENA.

Por último, en la planta de personal existe el cargo de instructor, código 3010, grado 01-20, las funciones del cargo corresponden, entre otras, a orientar, programar en los procesos de aprendizaje de aprendices, y evaluar la formación de estos, guarda

Por último, en la planta de personal existe el cargo de instructor, código 3010, grado 01-20, las funciones del cargo corresponden, entre otras, a orientar, programar en los procesos de aprendizaje de aprendices, y evaluar la formación de estos, guarda similitud a las funciones desarrolladas por la demandante, en efecto, las funciones para las que se contrató la demandante hacen parte del giro ordinario de la entidad.

En conclusión, se encuentra desvirtuada la existencia del contrato de prestación de servicios y configurados los elementos que constituyes una relación laboral.

4.- Recurso de apelación.

El apoderado del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA4, interpuso recurso

4 33Apelación09-08-2023Expediente No. 11001-33-42-051-2022-00310-01

Demandante: Judith Salazar Ceballes

Ponente: Amparo Oviedo Pinto

5 de apelación, con el fin de que se revoque la sentencia y en su lugar se nieguen las súplicas de la demanda.

No se demostró por parte de la demandante que la entidad haya emitido ordenes de obligatorio cumplimiento, o el cumplimiento de reglamentos internos, por el contrario, lo que en efecto existió fue una relación de coordinación entre las partes. La relación de coordinación que existió entre la demandante y el supervisor de cada contrato representado por la entidad fue con el único objetivo de vigilar la correcta ejecución del objeto contratado en los términos del artículo 83 de la ley 1474 de 2011.

En ningún momento, la entidad demandada exigió a la demandante diligenciar planillas o cumplir una hora de ingreso o salida; en cambio, la institución trimestral

1474 de 2011.

En ningún momento, la entidad demandada exigió a la demandante diligenciar planillas o cumplir una hora de ingreso o salida; en cambio, la institución trimestral o semestral, suministraba la duración de cada contrato y las horas de instrucción que debía cumplir para cumplir el objeto contractual.

Precisó, que en la prueba testimonial se hace referencia a la ejecución de actividades a empresas privadas o públicas diferentes a la entidad demandada, sin embargo, en esas actividades no existía personal de la entidad que vigilara el horario, el cumplimiento de órdenes o instrucciones en la forma de impartir formación, a su vez, los gastos de desplazamiento eran cubiertos por la demándate y la bata que utilizaba era adquirida con recursos propios.

La contratación de instructores a través de contratos de prestación de servicios se realiza con sujeción a la cantidad de aprendices inscritos en cada ciclo de formación, lo cual es variable, pues la entidad no puede vincular vía reglamentaria un número elevado de instructores, esto contravendría lo dispuesto en el artículo 122 superior, por lo tanto, nos encontraríamos con empleos sin funciones. Y si bien es cierto la actividad de instrucción que ejecutó la demandante desarrolla parcialmente el objeto de l a entidad demandada, lo mismo corresponde a la necesidad del servicio existente al momento de la contratación.

Está demostrada la naturaleza de los contratos de prestación de servicios celebrado entre las partes, a causa de que la vinculación de la demandante se realizó teniendo en cuenta su capacitación, formación personal y experiencia en las áreas ejecutadas, cuando estas no pudieron ser ejecutadas por funcionarios de planta.Expediente No. 11001-33-42-051-2022-00310-01

realizó teniendo en cuenta su capacitación, formación personal y experiencia en las áreas ejecutadas, cuando estas no pudieron ser ejecutadas por funcionarios de planta.Expediente No. 11001-33-42-051-2022-00310-01

Demandante: Judith Salazar Ceballes

Ponente: Amparo Oviedo Pinto

6 Aseguró que no guarda relación lo dicho en declaración de parte y lo manifestado por la testigo, comoquiera que, la actora manifiesta que laboraba 40 horas y la testigo manifestó que trabajaba 48 horas semanales, lo cual permite restar credibilidad a la testigo en aspectos que no le constan, principalmente cuando la testigo trabajó solo en horas de la mañana, mientras que, la demandante ejecut ó actividades en diferentes jornadas.

Tampoco existen elementos que permitan confirmar que la demandante prestó el servicio en las mismas condiciones de tiempo, modo, lugar y cantidad de trabajo que los trabajadores de planta. A su vez, solicitó tener en cuenta los fallos dictados por el Consejo de Estado recientemente, pues como lo ha reiterado esta corporación, para declarar una relación laboral deberá la demandante probarlo de manera que no quede duda, por otro lado, la demandante suscribió contratos de prestación de servicios con interrupci ones de hasta más de un año y en distintos centros de formación.

CONSIDERACIONES DE LA SALA

1. Problema Jurídico

El sub lite se contrae a determinar si está o no viciado de nulidad el acto administrativo demandado, que negó a la señora Judith Salazar Ceball es el reconocimiento y pago de los salarios, prestaciones sociales y demás emolumentos laborales, derivados de la desnaturalización de los contratos de

administrativo demandado, que negó a la señora Judith Salazar Ceball es el reconocimiento y pago de los salarios, prestaciones sociales y demás emolumentos laborales, derivados de la desnaturalización de los contratos de prestación de servicios celebrados con el Servicio Nacional de AprendizajeSENA. En caso de prosperar la pretensión de nulidad, se resolverá sobre las pretensiones consecuenciales.

2. Análisis crítico de los medios de prueba.

2.1.- En relación con el servicio prestado, se allegó al expediente certificación expedida por el Subdirector Centro de Gestión Administrativa del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, así como copia de los contratos de prestación de servicios entre la señora Judith Salazar Ceballes y el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, así como sus adiciones, prórrogas, actas de inicio y terminación. De donde se puede extraer que la demandante prestó sus servicios a la entidad como Instructor, en los siguientes periodos:Expediente No. 11001-33-42-051-2022-00310-01

Demandante: Judith Salazar Ceballes

Ponente: Amparo Oviedo Pinto

7

5 19.2Anexo - CTO 47 - 2002 SALAZAR CEBALLES 6 19.2Anexo - CTO 259 - 2002 SALAZAR CEBALLES 7 19.2Anexo - CTO 522 - 2002 SALAZAR CEBALLES 8 19.2Anexo - CTO 685 - 2002 SALAZAR CEBALLES 9 19.2Anexo - CTO 930 - 2002 SALAZAR CEBALLES 10 19.2Anexo - CTO 930 - 2002 SALAZAR CEBALLES Pág. 12

9 19.2Anexo - CTO 930 - 2002 SALAZAR CEBALLES 10 19.2Anexo - CTO 930 - 2002 SALAZAR CEBALLES Pág. 12 11 19.2Anexo - CTO 608 - 2003 SALAZAR CEBALLES 12 19.2Anexo - CTO 608 - 2003 SALAZAR CEBALLES Pág. 28 13 19.2Anexo - CTO 238 - 2004 SALAZAR CEBALLES 14 19.2Anexo - CTO 906 - 2004 SALAZAR CEBALLES 15 19.2Anexo - CTO 906 - 2004 SALAZAR CEBALLES Pág. 28 No.

Contrato Objeto Fecha de inicio Fecha de finalización

1

047 – 2002 120 horas docentes en el área de Secretariado, para dictar la (s) asignatura (s) de: Redacción y Comprensión de Textos (cursos Cortos).

19 de febrero de 2002

01 de abril de 20025

2

259 – 2002 120 horas docentes en el área de Secretariado, para dictar la (s) asignatura (s) de: Taquigrafía.

15 de mayo de 2002

15 de agosto de 20026

3

522 – 2002 220 horas docentes en el área de Secretariado, para dictar la (s) asignatura (s) de: Lenguaje I y II.

16 de agosto de 2002

22 de octubre de 20027

4

685 – 2002 Prestar servicios profesionales, impartiendo

de: Lenguaje I y II.

16 de agosto de 2002

22 de octubre de 20027

4

685 – 2002 Prestar servicios profesionales, impartiendo 220 horas de formación profesional integral de acuerdo con el horario de cada grupo, en los bloques modulares de: DIGITACION I y DIGITACION DE TEXTO S I. en las áreas de

TECNICO PROFESIONAL EN

SECRETARIADO Y SECRETARIADO GENERAL respectivamente, del Centro de Servicios Administrativos.

08 de noviembre de 2002

20 de diciembre de 20028

5

930 – 2002 Prestación de servicios profesionales, impartiendo 330 horas de formación profesional integral de acuerdo con el horario de cada grupo, en los bloques modulares DIGITACION DE TEXTO S I, en el área de

TECNICO PROFESIONAL EN

SECRETARIADO del Centro de Servicios Administrativos.

27 de diciembre de 2002

12 de diciembre de 20039 Suspensión del contrato 930, entre el 28 de diciembre de 2002 al 19 de enero de 200310

6

608 – 2003 Prestar servicios profesionales, impartiendo 300 horas de formación profesional integral de acuerdo con el horario de cada grupo, en los bloques modulares de DIGITACION DE TEXTO I y II y LENGUAJE PROFESIONAL I y II, en las áreas de ARCHIVISTICA,

RECURSOS HUMANOS Y SECRETRAIDO

acuerdo con el horario de cada grupo, en los bloques modulares de DIGITACION DE TEXTO I y II y LENGUAJE PROFESIONAL I y II, en las áreas de ARCHIVISTICA,

RECURSOS HUMANOS Y SECRETRAIDO

del Centro de Servicios Administrativos.

30 de diciembre de 2003

17 de diciembre de 200411 Suspensión del contrato 608 entre el 31 de diciembre de 2003 al 15 de enero de 200412

7

238 – 2004 Prestar servicios profesionales, impartiendo 620 horas de formación profesional integral de acuerdo con el horario de cada grupo, en los bloques modulares de Ingles, Pensamiento Lógico, Lenguaje, Comunicación oral y escrita, Comunicación Asertiva de las es pecialidades de Archivista, Secretariado y Recursos Humanos del Centro de Servicios Administrativos.

25 de agosto de 2004

24 de diciembre de 200413

8

906 – 2004 Prestación de servicios personales, impartiendo 800 horas de Formación Profesional Integral de acuerdo con el horario de cada grupo, en los bloques modulares de Redacción y Ortografía, Dilación de Texto, Lenguaje, Sensibilización y Dimensión Ambiental de las especialidades de Archivista, Secretariado y Recursos Humanos del Ce ntro de Servicios Administrativos

31 de diciembre de 2004

30 de junio de 200514

Ambiental de las especialidades de Archivista, Secretariado y Recursos Humanos del Ce ntro de Servicios Administrativos

31 de diciembre de 2004

30 de junio de 200514 Suspensión del contrato 906 entre el 31 de diciembre de 2004 al 16 de enero de 200515

Prestación de servicios de formación profesional integral, impartiendo 700 horas, de acuerdo con el horario de cada grupo, en elExpediente No. 11001-33-42-051-2022-00310-01

Demandante: Judith Salazar Ceballes

Ponente: Amparo Oviedo Pinto

8

16 19.2Anexo - CTO 015 - 2005 SALAZAR CEBALLES 17 19.2Anexo - CTO 17 - 2006 SALAZAR CEBALLES 18 19.2Anexo - CTO 497 - 2006 SALAZAR CEBALLES 19 19.2Anexo - CTO 563 - 2006 SALAZAR CEBALLES 20 19.2Anexo - CTO 8412006 SALAZAR CEBALLES 21 19.2Anexo - CTO 8412006 SALAZAR CEBALLES Pág. 28 22 19.2Anexo - CTO 258 - 2007 SALAZAR CEBALLES 23 19.2Anexo - CTO 402 - 2007 SALAZAR CEBALLES 9 015 – 2005 área de SECRETARIADO, en los bloques modulares de DIGITACION DE TEXTO I Y II Y SERVICIO AL CLIENTE I Y II, en las especialidades del Centro de Servicios Administrativos. 14 de julio de 2005 14 de marzo

modulares de DIGITACION DE TEXTO I Y II Y SERVICIO AL CLIENTE I Y II, en las especialidades del Centro de Servicios Administrativos. 14 de julio de 2005 14 de marzo de 2006 16

10

017 – 2006 Prestación de servicios de formación profesional integral, impartiendo 650 horas, de acuerdo con el horario de cada grupo, en el área de SECRETARIADO, ARCHIVISTICA, FORMACION COMPLEMENTARIA, en los bloques modulares de SERVICIO AL CLIENTE, REDACCION Y ORTO GRAFIA, LENGUAJE I, II Y III, en las especialidades del Centro de Servicios Administrativos.

01 de febrero de 2006

06 de octubre de 200617

11

497 – 2006 Prestación de servicios de formación profesional integral, impartiendo 100 horas, de acuerdo con el horario de cada grupo, en el área de Secretariado, Asistencia Administrativa, Gestión Humana y Gestión Documental, en los bloques modulares de Servicio al cliente, gerencia del servicio, digitación de textos, en las especialidades del Centro de Servicios Administrativos.

11 de octubre de 2006

31 de octubre de 200618

12

563 – 2006 Prestación de servicios de formación profesional integral, impartiendo 210 horas, de acuerdo con el horario de cada grupo, en el área de Secretariado, Asistencia Administrativa, Gestión Humana y Gestión Documental, en los bloques modulares de

Prestación de servicios de formación profesional integral, impartiendo 210 horas, de acuerdo con el horario de cada grupo, en el área de Secretariado, Asistencia Administrativa, Gestión Humana y Gestión Documental, en los bloques modulares de Servicio al cliente, gerencia del servicio, digitación de textos, en las especialidades del Centro de Servicios Administrativos.

03 de noviembre de 2006

15 de diciembre de 200619

13

841 – 2006 Prestación de servicios de formación profesional integral, impartiendo 340 horas, de acuerdo con el horario de cada grupo, en el área de Secretariado, Asistencia Administrativa, Gestión Humana y Gestión Documental y Formación Complementaria, en los bloques modulares de Servicio al cliente, gerencia del servicio, digitación de textos, en las especialidades del Centro de Servicios Administrativos.

29 de diciembre de 2006

07 de junio de 200720 Suspensión del contrato 841 entre el 30 de diciembre de 2006 al 21 de enero de 200721

14

258 – 2007 Prestación de servicios de formación profesional integral, impartiendo 200 horas, de acuerdo con el horario de cada grupo, en el área de Secretariado, Asistencia Administrativa, Gestión Humana y Gestión Documental, en los bloques modulares de Servicio al c liente, digitación de textos, producción y tramites de documentos en las especialidades del Centro de Gestión Administrativa.

Administrativa, Gestión Humana y Gestión Documental, en los bloques modulares de Servicio al c liente, digitación de textos, producción y tramites de documentos en las especialidades del Centro de Gestión Administrativa.

29 de junio de 2007

14 de agosto de 2007 22

15

402 – 2007 Prestación de servicios de formación profesional integral, impartiendo 430 horas, de acuerdo con el horario de cada grupo, en el área de Secretariado, Asistencia Administrativa, Gestión Humana y Gestión Documental, en los bloques modulares de Servicio al cliente (español), producción y tramite de documentos, Ejecución programas de mejoramiento, relaciones empresariales, gestión y administración documental en las

15 de agosto de 2007

30 de noviembre de 200723Expediente No. 11001-33-42-051-2022-00310-01

Demandante: Judith Salazar Ceballes

Ponente: Amparo Oviedo Pinto

9

24 22Memorial25-05-2023 25 19.2Anexo - CTO 622008 SALAZAR CEBALLES 26 19.2Anexo - CTO 429 - 2008 SALAZAR CEBALLES 27 19.2Anexo - CTO 715 - 2008 SALAZAR CEBALLES 28 19.2Anexo - CTO 917 - 2008 SALAZAR CEBALLES 29 19.2Anexo - CTO 320 - 2009 SALAZAR CEBALLES

27 19.2Anexo - CTO 715 - 2008 SALAZAR CEBALLES 28 19.2Anexo - CTO 917 - 2008 SALAZAR CEBALLES 29 19.2Anexo - CTO 320 - 2009 SALAZAR CEBALLES especialidades del Centro de Gestión Administrativa.

16

761 – 2007 Prestación de servicios de formación profesional integral, impartiendo 70 horas, de acuerdo con el horario de cada grupo, en el área de Servicio al Cliente (español), Producción y Trámite de Documentos, Ejecución de Planes de Mejoramiento, Relaciones Empre sariales, Gestión y Administración Documental, en los bloques modulares de las especialidades del Centro de Gestión Administrativa.

17 de diciembre de 2007

26 de diciembre de 200724

17

062 – 2008 Prestación de servicios de forma profesional integral, impartiendo 450 horas, de acuerdo con el horario de cada grupo, en el área de Secretariado, Asistencia Administrativa, Gestión Humana y Gestión Documental, en los bloques modulares de Servicio al Clien te (español), Producción y Tramite de Documentos, Ejecución Programas de Mejoramiento, Relaciones Empresariales, Gestión y Administración Documental, e las especialidades del Centro de Gestión Administrativa.

17 de enero de 2008

03 de julio de 200825

Gestión y Administración Documental, e las especialidades del Centro de Gestión Administrativa.

17 de enero de 2008

03 de julio de 200825

18

429 – 2008 Prestación de servicios impartiendo (390) horas en los módulos de SERVICIO AL

CLIENTE, PRODUCCION Y TRAMITE DE

DOCUMENTOS, EJECUCION PROGRAMAS

DE MEJORAMIENTO, RELACIONES

EMPRESARIALES, GESTION Y

ADMINISTRACION DOCUMENTAL, En las

áreas SECRETARIADO, ASISTE NCIA

ADMINISTRATIVA, GESTION DEL TALENTO

HUMANO Y GESTION DOCUMENTAL Y DE

LA INFORMACION.

22 de julio de 2008

15 de octubre de 200826

19

715 – 2008 Prestación de servicios impartiendo 420 horas en los módulos de SERVICIO AL CLIENTE,

PRODUCCION Y TRAMITE DE

DOCUMENTOS, EJECUCION PROGRAMAS

DE MEJORAMIENTO, RELACIONES

EMPRESARIALES, GESTION Y

ADMINISTRACION DOCUMENTAL,

REVISAR INSTRUMENTOS DE

EVALUACION En las áreas GESTION DEL

TALENTO HUMANO, GESTION

DOCUMENTAL Y DE LA INFORMAC ION,

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA Y

FORMACION COMPLEMENTARIA.

20 de octubre de 2008

22 de diciembre de

DOCUMENTAL Y DE LA INFORMAC ION,

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA Y

FORMACION COMPLEMENTARIA.

20 de octubre de 2008

22 de diciembre de 200827

20

917 – 2008 Prestación de Servicios impartiendo (440) horas en los módulos de PRODUCCION DE DOCUMENTOS EMPRESARIALES en las

áreas GESTION DEL TALENTO HUMANO,

GESTION DOCUMENTAL Y DE LA

INFORMACION Y ASISTENCIA

ADMINISTRATIVA.

22 de diciembre de 2008

04 de mayo de 200928

21

320 – 2009 Prestación de Servicios impartiendo (440) horas en los módulos PRODUCCION DE

DOCUMENTOS EMPRESARIALES,

EJECUCION DE PROCESOS TECNICOS DE

ARCHIVO, ORGAIZACION TECNICA DE

ARCHIVOS, SERVICIO AL CLIENTE,

RELACIONES EMPRESARIALES En las

áreas SECRETARIADO, ASISTENCIA

ADMINISTRATIVA, GESTION

DOCUMENTAL Y DE LA INFORMACION,

13 de mayo de 2009

14 de agosto de 200929Expediente No. 11001-33-42-051-2022-00310-01

Demandante: Judith Salazar Ceballes

Ponente: Amparo Oviedo Pinto

10

30 19.2Anexo - CTO 482 - 2009 SALAZAR CEBALLES

Demandante: Judith Salazar Ceballes

Ponente: Amparo Oviedo Pinto

10

30 19.2Anexo - CTO 482 - 2009 SALAZAR CEBALLES 31 19.2Anexo - CTO 808 - 2009 SALAZAR CEBALLES 32 19.2Anexo - CTO 315 - 2010 SALAZAR CEBALLES 33 19.2Anexo - CTO 655 - 2010 SALAZAR CEBALLES

GESTION DEL TALENTO HUMANO Y

FORMACION COMPLEMENTARIA.

22

482 – 2009 Prestación de Servicios Personales como Instructor para orientar Formación Profesional por un término de TRES (3) MESES, en los módulos de PRODUCCION DE

DOCUMENTOS EMPRESARIALES, ETICA,

SERVICIO AL CLIENTE, EJECUCION DE

PROGRAMAS DE LA UNIDAD

ADMINISTRATIVA En las áreas GESTION

DOCUMENTAL Y DE LA INFORMACION,

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA, GESTION

DEL TALENTO HUMANO Y FORMACION

COMPLEMENTARIA.

21 de agosto de 2009

23 de noviembre de 200930

23

808 – 2009 Prestación de servicios impartiendo (240) horas en los módulos de PRODUCIR LOS

DOCUMENTOS, FACILITAR EL SERVICIO A

LOS CLIENTES, ORGANIZAR LOS

EVENTOS QUE PROMUEVAN LAS

RELACIONES, En las áreas GESTIÓN

DOCUMENTAL Y DE LA INFORMACIÓN,

horas en los módulos de PRODUCIR LOS

DOCUMENTOS, FACILITAR EL SERVICIO A

LOS CLIENTES, ORGANIZAR LOS

EVENTOS QUE PROMUEVAN LAS

RELACIONES, En las áreas GESTIÓN

DOCUMENTAL Y DE LA INFORMACIÓN,

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA, GESTIÓN

DEL TALENTO HUMANO Y FORMACIÓN

COMPLEMENTARIA.

23 de noviembre de 2009

28 de diciembre de 200931

24

315 – 2010 Prestación de servicios impartiendo (1000) horas de formación profesional integral (Titulada y Complementaria), para Orientar, Participar, Formular, Ejecutar, Seguir, Controlar Planes, Programas y Proyectos en las especialidades que atiende el centro de gestión administrativa, con el fin de dar respuesta a la política Institucional entre otros el Proceso de Calidad y Mejoramiento Continuo y demanda de la población; desarrollando los módulos y/o competencias

de PRODUCIR LOS DOCUMENTOS,

FACILITAR EL SERVICIO A LOS CLIENTES

INTERNOS Y EXTERNOS, PROMOVER LA INTERACCIÓN IDÓNEA en las

Coordinaciones Académicas de GESTIÓN

DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN,

ASISTENCIA Y GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Y GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO.

28 de enero de 2010

06 de septiembre de 201032

28 de enero de 2010

06 de septiembre de 201032

25

655 – 2010 Prestación de servicios impartiendo (200) horas de Formación Profesional Integral (Titulada y Complementaria), para Orientar, Participar, Formular, Ejecutar, Seguir, Controlar Planes, Programas y Proyectos en las especialidades que atiende el Centro de Gestión Administrativa, con el fin de dar respuesta a la política Institucional entre otros el Proceso de Calidad y Mejoramiento Continuo y demanda de la población; desarrollando los módulos y/o competencias

de PRODUCIR LOS DOCUMENTOS,

FACILITAR EL SERVICIO A LOS CLIENTES

INTERNOS Y EXTERNOS, PROMOVER LA INTERACCIÓN IDÓNEA en las

Coordinaciones Académicas de GESTIÓN

DOCUMENTAL DE LA INFORMACIÓN,

ASISTENCIA Y GESTIÓN ADMINISTRATI

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