TA CUN - 110012324-006-1998-0294-(16-04-1998)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 110012324-006-1998-0294-(16-04-1998)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1998
ASUNTO LABORAL
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMA14Á
SECCION PRIMERA
SUB-SECCION -BSANTAFE DE BOGOTA, D. C., dieciséis (16) de abril de mil novecientos noventa y ocho (1998).
MAGISTRADO PONENTE: DR. HERIBERTO REYES VARGAS.
REFERENCIA : EXP. N°. 110012324-006-1998-0294.-
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO.
DEMANDANTE: HILDA MARIA BONILLA DE SINNING.
La demanda de la referencia versa sobre las siguientes pretensiones: "a) Que se decrete la nulidad de la Resolución W. 06783 del 14 de octubre por medio de la cual se decide retirar del servicio a la Dra. Hilda María Bonilla por tener falsa motivación. b) Que se decrete la nulidad de la Resolución N. 08673 del 28 de noviembre de 1997, por carecer de motivación fáctica ni legal alguna y ser abiertamente ilegal. c) Que se restablezca en su derecho a mi mandante reincorporándola a la Contraloría General de la República, en el mismo cargo o en otro de superior jerarquía y con la misma asignación mensual que éste actualmente tenga. d) Que se cancelen a mi mandante los sueldos, primas, vacaciones y prestaciones que se hayan originado a partir de su despido ilegal con motivo de la declaratoria de nulidad que estoy solicitando. e) Que se incorpore en propiedad a mi mandante a la planta física de la Contraloría General de la República por ser funcionaria de Carrera Administrativa. ". Con toda claridad, el conocimiento del presente negocio le corresponde a la Sección
nulidad que estoy solicitando. e) Que se incorpore en propiedad a mi mandante a la planta física de la Contraloría General de la República por ser funcionaria de Carrera Administrativa. ". Con toda claridad, el conocimiento del presente negocio le corresponde a la Sección Segunda de la Corporación por ser de carácter laboral, conforme lo determina el Artículo 18 del Decreto 2288 del 7 de octubre de 1989. En consecuencia se ordenará remitirlo a dicha Sección por corresponderle su conocimiento.
EN MERITO DE LO EXPUESTO, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA, SUB-SECCION -B-,EXP. 98-0294. 2
MARiA HILDA BONILLA DE SINNING.
RESUELVE:
ORDENAR LA REMISION DEL EXPEDIENTE DE LA REFERENCIA A LA
SECCIÓN SEGUNDA DE ESTA CORPORACION POR CORRESPONDERLE SU
CONOCIMIENTO.
Por Secretaría déjense las constancias pertinentes.
CÓPIESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Discutido y aprobado en Sesión de Sala de la fecha. ACTA N°. 021