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TA CUN - 110012324001998-0413-(21-05-1998)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 110012324001998-0413-(21-05-1998)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1998

ASUNTO LABORAL

cn TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMAR

SECCCION PRIMERA

SUB-SECCION "A" L) si.

Santa Fe de Bogotá, D.C, Mayo veintiuno (21) de mil novecientos noventa y ocho (1998).

AI.No 041

Magistrada Ponente: OLGA INES NAVARRETE BARRERO

Ref.: Expediente 110012324001998-0413

Actor: CONSTANTINO JAVIER PORTILLA JAIMES

Acción: Nulidad y Restablecimiento del Derecho.

El señor CONSTANTINO JAVIER PORTILLA JAIMES presentó demanda, por medio de apoderado, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho de las Resoluciones Números 040 de agosto 31 de 1995, 001 de enero 11 de 1996 EMANADAS DE LA UNIDAD DE

INVESTIGACIONES ESPECIALES Y APOYO TECNICO DE LA

PERSONERJA DE SANTA FE DE BOGOTA D.C. y la Resolución 713 del 5 de septiembre de 1997 emanada del Despacho del señor Personero de Santa Fe de Bogotá D.C., por medio de las cuales se procedió a resolver el proceso administrativo disciplinario No U.I.E. 135 de 1994, se resolvió el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución No 040 del 31 de agosto de 1995 y se resolvió el recurso de apelación subsidiario, interpuesto contra la Resolución No 040 del 31 de agosto de 1995 respectivamente. Estudiada la demanda la Sala encuentra que el acto demandado se refiere a la imposición de una sanción disciplinaria consistente en multa de 15 días de la remuneración devengada por señor CONSTANTINO PORTILLA

respectivamente. Estudiada la demanda la Sala encuentra que el acto demandado se refiere a la imposición de una sanción disciplinaria consistente en multa de 15 días de la remuneración devengada por señor CONSTANTINO PORTILLA JAIMES para la época de los hechos, quien desempeñaba el cargo de Edil de la Localidad de Suba, asunto de carácter laboral que de conformidad con el Artículo 18 del Decreto 2288 de 1989 corresponde al conocimiento de la Sección Segunda de este Tribunal.2 Expediente No 98-0413 En consecuencia, se ordenará la remisión de este expediente junto con sus anexos a la Sección Segunda de este TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, por competencia. En mérito de lo expuesto, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE

CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA,

RESUELVE:

1. Remitir el expediente en un (1) cuaderno de 171 folios a la Sección

Segunda del TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, por competencia.

2. Déjense las constancias del caso.

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE

(Discutido y aprobado en sesión de la fecha . Acta No 03 1)

MARTA ALVAREZ DE CASTILLO BEATRIZ MARTINEZ QUINTERO

Magistrado Magistrada

OLGA INES NAVARRETE BARRERO

Magistrada

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