TA CUN - 110012324002000-0619-(08-03-2001)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 110012324002000-0619-(08-03-2001)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2001
ASUNTO LABORAL -competencia
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE Cl -SECCION PRIMERAcm Au -SUBSECCION "A"
Co
U. E. kLLAUCRIA
Bogotá, D.C., Marzo ocho (8) del dos mil uno (2.001). Expediente No. 11001232400 2000-0619
Magistrado Ponente: Dr. WILLIAM GIRALDO GIRALDO
Demandante: DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
Nulidad. El DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, mediante apoderado, propuso acción de nulidad respecto de los artículos 2°, 4° y 5° de la Ordenanza No. 2, del 28 de julio de 1.976, y 3° de la Ordenanza No. 18, del 29 de noviembre de 1.977, proferidas por la Asamblea de Cundinamarca, por medio de las cuales se dictan disposiciones sobre pensiones y otras prestaciones sociales y se autoriza al Gobierno Departamental para reajustar las asignaciones del personal de planta de la administración departamental, respectivamente. Como quiera que la demanda de nulidad es de carácter laboral, pues los artículos demandados se refieren a la pensión de jubilación, de retiro por vejez o de inválidez de los funcionarios del Departamento de Cundinamarca, su conocimiento, por mandato del artículo 18 del decreto 2288 de 1.989, compete a la Sección Segunda de este Tribunal, razón por la cual habrá de remitírsele el expediente.4/ 2 Exp. No. 00-0619 Sobre un asunto similar está conociendo actualmente dicha Sección, tal
por la cual habrá de remitírsele el expediente.4/ 2 Exp. No. 00-0619 Sobre un asunto similar está conociendo actualmente dicha Sección, tal como se desprende del auto de fecha 5 de febrero del 2.001 que admitió la demanda y decretó la suspensión provisional de los artículos citados como impugnados. Por lo expuesto, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA, SUBSECCION "A", RESUELVE: 1.Remitir el expediente en un (1) cuaderno con 25 folios y sus anexos a la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, por competencia. 2.Dejar las constancias del caso.
NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.
(Discutido y aprobado en sesión de la fecha. Acta No. 027).
MARTA ALVAREZ DE CASTILLO
Magistrada
WILLIAM GIRALDO GIRALDO
MagistradoExp. No. 00-0619
BEATRIZ MARTINEZ QUINTERO
Magistrada