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TA CUN - 1100123240031998-0214-(19-06-1998)-1

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 1100123240031998-0214-(19-06-1998)-1
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1998

ASUNTO LABORAL

co TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAM%4Rk Cr)

-SECCION PRIMERA-

-SUBSECCION "A"-

Santa Fe de Bogotá, D.C., Marzo diecinueve (19) de mil novecientos noventa y ocho (1.998).

A.I. No. 020.

Expediente No. 1100123240031998-0214

Magistrada Ponente: Dra. OLGA INES NAVARRETE BARRERO

Demandante: ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD CONVIDA" E.P.S.

CONVIDA"

Nulidad y Restablecimiento del Derecho.

La ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD CONVIDA "E.P.S.

CONVIDA", por medio de apoderado judicial, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho formula demanda para que se declare la nulidad de las Resoluciones Números 1004 del 9 de Mayo de 1.997, 2066 del 3 de Septiembre de 1.997 y 002772 del 18 de Noviembre de 1.997 expedidas por la Dirección Regional de Trabajo y Seguridad Social de Santa Fe de Bogotá y Cundinamarca "Por medio de la cual se dispuso fijar el término de veinticuatro (24) horas contadas a partir de la notificación de este proveído, para que el Representante Legal de la Entidad Promotora de Salud Convida "E.P.S. CONVIDA" ubicada en la Calle 16 No. 7-39 Piso 30 , inicie las conversaciones del Pliego de Peticiones presentado por el Sindicato de Trabajadores Oficiales y Empleados Públicos de la Empresa Industrial y Comercial del Departamento de Cundinamarca, entidad Promotora de Salud Convida

Peticiones presentado por el Sindicato de Trabajadores Oficiales y Empleados Públicos de la Empresa Industrial y Comercial del Departamento de Cundinamarca, entidad Promotora de Salud Convida "E.P.S. CONVIDA" "SINTRAEMPROSA" antes Sindicato de Empleados y Trabajadores de la Caja de Previsión Social de Cundinamarca". Estudiada la demanda, encuentra la Sala que los actos administrativos impugnados tratan de asuntos eminentemente laborales por cuanto se refiere a situaciones provenientes del Sindicato de la Entidad Promotora de Salud Convida "E.P.S. CONVIDA", las cuales son de conocimiento de la Sección Segunda de este Tribunal Administrativo de Cundinamarca, de conformidad con el Artículo 18 del Decreto No. 2288 de 1.989.2 Exp. No. 98-0214 En consecuencia, se ordenará remitir esta demanda y sus anexos a la Sección Segunda de este Tribunal Administrativo de Cundinamarca, por competencia. Por lo expuesto, el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE

CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA,

RESUELVE:

1. Remitir el expediente en un (1) cuaderno con 98 folios a la Sección Segunda del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, por competencia.

2. Déjense las constancias del caso.

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.

(Discutido y aprobado en sesión de la fecha. Acta No. 006).

MARTA ALVAREZ DE CASTILLO

Magistrada

BEATRIZ MARTINEZ QUINTERO

Magistrada

OLGA INES NAVARRETE BARRERO

Magistrada

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