TA CUN - 110012324006-1998-0192-(17-03-1998)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 110012324006-1998-0192-(17-03-1998)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1998
DERECHO DE PETICION
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMAR
SECCION PRIMERA
SUB-SECCION "B"
çr) SANTAFE DE BOGOTA, D. C., diecisiete (17) de marzo de mil novecientos noventa y ocho (1998).
MAGISTRADO PONENTE: DR. HERIBERTO REYES VARGAS.
REFERENCIA : EXP. N°. 110012324006-1998-0192.- ACCION DE TUTELA.
SOLICITANTE : CLIMACO GARCIA BERNAL.
CONTRA : El TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCION SEGUNDA Y SECRETARIA GENERAL.
En nombre propio el solicitante presente la Acción "contra la Reclamación de la Pensión de Vejez de acuerdo a la Resolución N. 004912 de 1997 emanada del Instituto de Seguros Sociales, Seccional Cundinamarca, solicitud de anulación hecha de acuerdo al Oficio 051485 Tribunal Administrativo de Cundinamarca en noviembre 28 de 1997 y el oficio de agosto 28 de 1997 dirigido al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Secretaría General. Pide ser "Tutelado de acuerdo con lo establecido en el Artículo 86 de la Constitución Colombiana, al ser quebrantadas mis solicitudes ante Uds. para lo cual me permito adjuntar copias de mis solicitudes de agosto 28 de 1997 y noviembre 28 de 1997 Oficio radicado bajo el N°. 0051485, sin que hasta la fecha haya tenido respuesta ni estudio de mi solicitud,, como mis derechos fundamentales han sido atropellados no me queda de otro recurso. ". Dejo constancia bajo juramento que no he interpuesto Tutela ante el Tribunal por este mismo caso. ".
respuesta ni estudio de mi solicitud,, como mis derechos fundamentales han sido atropellados no me queda de otro recurso. ". Dejo constancia bajo juramento que no he interpuesto Tutela ante el Tribunal por este mismo caso. ". TRAMITE DE LA SOLICITUD Por orden del Magistrado Sustanciador se notificó la existencia de la Acción a las Secretarias de la Sección Segunda y General de la Corporación, se les hizo entrega de fotocopias de la solicitud con sus anexos en seis (6) folios y se les pidió información al respecto. A Folio 12, la Secretaria General remitió la siguiente respuesta:EXP. A.T. 98-0192. 2 CLIMACO GARCIA BERNAL. "El día 28 de agosto de 1997 se radicó en esta Secretaría un memorial suscrito por el señor CLIMA CO GARCIA BERNAL, mediante el cual interponía recurso de apelación contra una Resolución de los Seguros Sociales el cual fue tramitado el mismo día y resuelto por el señor Presidente de la Corporación con la orden de que se devolviera el mismo, junto con sus anexos, al recurrente, con la advertencia de que los recursos de reposición y apelación debía interponerlos ante el funcionario y órgano que había proferido la decisión y ante el inmediato superior administrativo de la misma entidad, respectivamente, con elfin de agotar la vía gubernativa. Esta Secretaría libró el Oficio N°. 97-507 del 29 de Agosto de 1997 comunicando la anterior decisión al señor CLIMA CO ÓARCIA BERNAL. Como el interesado no se hizo presente en la Secretaría a notificarse de la respuesta dada a su memorial, se procedió a enviar el citado oficio y los documentos por
anterior decisión al señor CLIMA CO ÓARCIA BERNAL. Como el interesado no se hizo presente en la Secretaría a notificarse de la respuesta dada a su memorial, se procedió a enviar el citado oficio y los documentos por correo oficial, a la dirección indicada en el escrito, como consta en el recibo de consignación N°. 03229 7-032-298 de septiembre 17 de 1997. Como prueba de lo anterior adjunto fotocopia del auto de Presidencia de fecha 28 de agosto, del oficio 97-507 del 29 de agosto y de la planilla N. 093 de septiembre 17, todos de 1997. ". (Folios 13 a 15). Por su parte, la Secretaria de la Sección Segunda, informa: "Que con fecha 28 de Noviembre de 1997, se recibió solicitud del señor Clímaco García Bernal, la cual fue repartida el 2 de Diciembre del mismo año. Dicha solicitud pasó el Despacho del H. Magistrado Ponente, el 12 de diciembre y la misma fue resuelta mediante providencia de fecha 16 de diciembre de 1997. Anexo fotocopia de toda la actuación. ". (Folios 17 a 39). CONSIDERA LA SALA Verificado que la r"puesta a la solicitud presentada el 28 de Agosto de 1997 en la Secretaría General de ésta Corporación por el solicitante le fue remitida por Correo Certificado el 17 de Septiembre siguiente a la dirección consignada en la petición; y que la solicitud de anulación de la Resolución N°. 004912 de 1997 emanada del Instituto de Seguros Sociales, Seccional Cundinamarca, le fue inadmitida mediante providencia del 16 de Diciembre de 1997 por la Sección Segunda, Sub Sección "D"
Instituto de Seguros Sociales, Seccional Cundinamarca, le fue inadmitida mediante providencia del 16 de Diciembre de 1997 por la Sección Segunda, Sub Sección "D" de la Corporación, la cual (providencia) fue notificada por Estado del 17 de Febrero de 1998, se negará la Tutela solicitada. Como las providencias judiciales se notifican por Estado o por Edicto, según sean autos o Sentencias, el solicitante debió concurrir a la Secretaría de la Sección Segunda para enterarse del trámite dado a su solicitud de nulidad.
POR LO EXPUESTO, EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE
CUNDINAMARCA, SECCION PRIMERA, SUB SECCION "B",
ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR
AUTORIDAD DE LA LEY,EXP. A.T. 98-0192. 3
CLIMACO GARCIA BERNAL.
FALLA:
PRIMERO.- NIÉGASE LA TUTELA SOLICITADA POR EL SEÑOR CLIMACO
GARCIA BERNAL CONTRA LAS SECRETARIAS DE LA SEC---
ClON SEGUNDA Y GENERAL DE ESTA CORPORACION.
SEGUNDO. - ORDÉNASE QUE EL CONTENIDO DE ESTE FALLO SEA NOTIFI
CADO PERSONALMENTE A LAS PARTES EN REFERENCIA.
TERCERO.- REMÍTASE EL EXPEDIENTE A LA HONORABLE CORTE CONS
TITUCIONAL PARA SU EVENTUAL REVISION, SI NO SE PRESENTA IMPUGNACION.
CÓPIESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Discutido y aprobado en Sesi.'.e Sala de la fecha. ACTAN°. 010.-
LOS MAGISTRAD
DARlO QUIÑONES PINLLA
Juo