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TA CUN - 11001334306420160031401-(30-11-2022)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 11001334306420160031401-(30-11-2022)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2022

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCIÓN TERCERA – SUBSECCIÓN “C”

Magistrado Ponente: FERNANDO IREGUI CAMELO

Bogotá, D.C., treinta (30) de noviembre de dos mil veintidós (2022)

REPARACIÓN DIRECTA

Radicado: 11001 – 33 – 43 – 064 – 2016 – 00314 – 01

Actor: TATIANA YASMIN NARVAEZ OROZCO

Demandado: INSTITUTO NACIONAL DE CANCEROLOGÍA Y OTROS

Tema FALLA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SALUD

Sentencia N°: SC3-2540-11-22

Instancia: SEGUNDA

Sistema: ORAL

Asunto: SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA

I. OBJETO DE LA DECISIÓN

Surtido el trámite de ley, sin observar causal de nulidad que invalide lo actuado, procede la Sala a decidir el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida por el Juzgado Sesenta y Cuatro (64) Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá D.C., el 13 de julio de 2020, por medio de la cual negó las pretensiones de la demanda y condenó en costas a la parte demandante.

II. ANTECEDENTES

2.1 Pretensiones1

El 18 de noviembre de 2015, los señores TATIANA YASMÍN NARVÁEZ OROZCO,

II. ANTECEDENTES

2.1 Pretensiones1

El 18 de noviembre de 2015, los señores TATIANA YASMÍN NARVÁEZ OROZCO, MARTIJN TURKSEMNA, ALIRIO RODRIGO NARVÁEZ BASTIDAS, S ÍLFIDE OROZCO MAQZA, MARÍA ISABEL NARVÁEZ OROZCO y BERTHA PAOLA NÁRVAEZ OROZCO, a través de apoderado judicial , presentaron demanda en ejercicio del medio d e control de reparación directa, contra la Empresa Social del Estado Instituto Nacional de Cancerología, con el fin que se le declare responsable por los daños y perjuicios causados a los accionantes, con ocasión de las lesiones físicas y morales producidas a la Sra. TATIANA YASMÍN NARVÁEZ OROZCO , por falla en la prestación del servicio médico y hospitalario.

1 Folios 14 a 16 del c.1.Radicado: 11001 – 33 – 43 – 064 – 2016 – 00314 - 01

Actor: Tatiana Yasmín Narváez Orozco

Demandado: Instituto Nacional de Cancerología E.S.E.

Asunto: Sentencia segunda instancia

2

En consecuencia, solicitó se con dene a la entidad demandada al pago de las siguientes sumas por concepto de daños y perjuicios así:

-. A favor de Tatiana Yasmín Narváez Orozco, por perjuicios materiales, en la modalidad de lucro cesante derivado de la incapacidad temporal, el valor de CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/L ($50 .000.000.oo); la suma de $1.410.000

modalidad de lucro cesante derivado de la incapacidad temporal, el valor de CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/L ($50 .000.000.oo); la suma de $1.410.000 por concepto de daño emergente; por daño a la salud, la suma equivalente a 100 SMLMV; por daño moral, la suma equivalente a 100 SMLMV

-. A favor de MARTIJN TURKSEMA (esposo de la víctima directa), SÍLFIDE OROZCO MAZA (madre de la víctima), ALIRIO RODRIGO NARVÁEZ BASTIDAS (padre de la víctima), MARÍA ISABEL NARVÁEZ OROZCO (hermana d e la víctima), BERTHA PAOLA NARVÁEZ OROZCO (hermana de la víctima directa), por daño moral, la suma equivalente a 100 SMLMV, para cada uno de ellos.

Como pretensiones subsidiarias, en caso de no proceder con lo solicitado en las anteriores, pidió que, se declare que el diagnóstico errado y desacertado que realizó el Instituto accionado, generó la pérdida de oportunidad o pérdida de chance, respecto a l a posibilidad de realizar el trasplante hepático de manera oportuna a la señora

TATIANA NARVÁEZ.

Como consecuencia de la anterior pretensión subsidiaria, se condene a la demandada al pago de perjuicios morales, a favor de TATIANA YASMÍN NARVÁEZ OROZCO (víctima directa) la suma equivalente a 80 SMLMV; a favor de MARTIJN TURKSEMA (esposo de la víctima), SÍLFIDE OROZCO MAZA (madre de la víctima) y ALIRIO

(víctima directa) la suma equivalente a 80 SMLMV; a favor de MARTIJN TURKSEMA (esposo de la víctima), SÍLFIDE OROZCO MAZA (madre de la víctima) y ALIRIO RODRIGO NARVÁEZ BASTIDAS (padre de la víctima), la suma equivalente a 60 SMLMV, para cada uno de ellos; MARÍA ISABEL NARVÁEZ OROZCO (hermana de la víctima), BERTHA PAOLA NARVÁEZ OROZCO (hermana de la víctima), la suma equivalente a 50 SMLMV, para cada uno de ellos.

Las demás pretensiones siguen incólumes, de acuerdo a lo establecido en el capítulo de las pretensiones condenatorias principales, en punto a los daños a la salud y los perjuicios materiales.

2.2. Hechos2

Como sustento de las pretensiones, el apoderado judicial de los accionantes indicó:

-. La señora Tatiana Yasmín Narváez Orozco , se encuentra afiliada al Sistema General de Seguridad Social en Salud (S.G.S.S.S), por intermedio de la Entidad Promotora de Salud (E.P.S.) CRUZ BLANCA-SALUDCOOP, a partir del 28 de febrero del año 2002.

-. El 30 de abril del año 2011, la Sra. Tatiana Yasmín Narváez Orozco, acudió a la Institución Prestadora de Servicios (I.P.S.), Clínica 104, de la EPS Saludcoop, en donde obtuvo el diagnóstico d e Hipertensión Arterial Esencial y Síndrome Nefrítico,

Institución Prestadora de Servicios (I.P.S.), Clínica 104, de la EPS Saludcoop, en donde obtuvo el diagnóstico d e Hipertensión Arterial Esencial y Síndrome Nefrítico,

2 Fls. 7 y 8 del cuaderno 1.Radicado: 11001 – 33 – 43 – 064 – 2016 – 00314 - 01

Actor: Tatiana Yasmín Narváez Orozco

Demandado: Instituto Nacional de Cancerología E.S.E.

Asunto: Sentencia segunda instancia

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este último interrogado (Hipertensión Arterial= Elevación anormal de la presión arterial – Síndrome Nefrítico = Enfermedad que produce , entre otros, la inflamación de los glomérulos renales).

-. Ante la persistencia de la Hipertensión mencionada, Tatiana Narváez, asistió de nuevo el día 9 de mayo de 2011, a la IPS comentada, donde se le diagnosticó presencia de masa abdominal, por lo cual se le ordenó el procedimiento denominado: “BIOPSIA CERRADA PERCU TÁNEA DE HIGADO” , el cual fue realizado el 10 de mayo de 2011, a las 12:27 horas. Así mismo, la IPS Clínica 104 de la EPS Saludcoop, solicitó valoración y concepto sobre el caso al área de ONCOLOGIÁ (área de la medicina que estudia el cáncer).

-. Siendo las 09:56 del día 12 de mayo de 2011, la Sra. Tatiana Yasmín Narváez Orozco, fue valorada por el área de medicina interna, derivándose de ello el egreso hospitalario respectivo.

-. Siendo las 09:56 del día 12 de mayo de 2011, la Sra. Tatiana Yasmín Narváez Orozco, fue valorada por el área de medicina interna, derivándose de ello el egreso hospitalario respectivo.

-. De acuerdo a la historia clínica de fecha 17 de mayo de 2011, de la IPS Clínica 104 de la EPS Saludcoop, se diagnosticó entre otros: “HEPATOMEGALIA EN ESTUDIO” (Hepatomegalia = Aumento del tamaño del hígado).

-. En el documento comentado y en el acápite de ANÁLISIS, la IPS Clínica 104, estableció “(…) PACIENTE QUE POR TA MAAÑO (sic) DE LA MASA SE CONSIDERA NEO METASTASDSICA (sic) POR LO CUAL SE SOLICITA ENDOSCOPIA DE VIAS DIGESTIVAS ALTAS, (…) PENDIENTE REPORTE DE BIOPSIA HEPÁTICA (…)” (Metástasis = Diseminación del cáncer a otros tejidos u órganos del cuerpo).

-. Siendo las 16:43 horas del día 21 de mayo de 2011, la IPS Clínica 104 solicitó a la Sra. Tatiana Yasmín Narváez, la prueba llamada Resonancia Magnética Nuclear (RMN) contrastada de abdomen (Prueba de imagenología que por intermedio de una inyección de medio de contraste intravenoso, permite una mejor visual ización del órgano a estudiar), de la cual se obtuvo, el 24 de mayo de 2011, el reporte de la Biopsia señalada, el cual sugirió “Mayor muestreo o Biopsia abierta para clasificar la lesión”, por lo cual se le ordena Resonancia Magnética de Abdomen Superior.

Biopsia señalada, el cual sugirió “Mayor muestreo o Biopsia abierta para clasificar la lesión”, por lo cual se le ordena Resonancia Magnética de Abdomen Superior.

-. La prueba precitada, reportó “EXTENSA MASA SOLIDA EN LOS SEGMENTOS IVA

(sic) Y VII DEL HIGADO, APARENTEMENTE ENCAPSULADA, CON CICATRIZ

CENTRAL DE APARIENCIA FIBROSA SUGESTIVA EN PRIMERA INSTANCIA DE HEPATOCARCINOMA FIBROLAMELAR (…) SE RECOMIENDA CORRELACIÓN CON ESTUDIO HIISTOLOGICO (sic)” (Subrayado y resaltado no contenido en documento original).

-. Según historia clínica de fecha 27 de mayo de 2011, la IPS Clínica 104 estableció: “(…) VALORADO POR CX GEENRAL (sic) DEBIDO A HALLAZGOS DE PATOLOGÍA Y RMN, DETERMINA PRESENTAR EN JUTA (sic) QX HOY EN LA TARDE” ( CX = Cirugía – RMN= Resonancia Magnética Nuclear – QX = quirúrgica).Radicado: 11001 – 33 – 43 – 064 – 2016 – 00314 - 01

Actor: Tatiana Yasmín Narváez Orozco

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-. La junta quirúrgica mencionada, decidió dar de alta a la entonces paciente Sra. Narváez Orozco, remitiéndola en ese momento a consulta con el Dr. Alexand er Guevara, cirujano hepatólogo, acudiendo el 22 de junio de 2011, al Instituto Nacional de Cancerología, con el objeto de ser valorada por el Dr. Guevara.

Guevara, cirujano hepatólogo, acudiendo el 22 de junio de 2011, al Instituto Nacional de Cancerología, con el objeto de ser valorada por el Dr. Guevara.

-. En el momento precedente, y de conformidad con la historia clínica de la accionada,

el médico Guevara, “(…) CONSIDERA QUE ES PRIORITARIO REALIZAR NUEVA

BIOPSIA HAPÁTICA PERCUTÁNEA, REALIZAR NUEVO TAC DE ABDOMEN (…)”.

-. De igual manera y en la misma fecha, esto es 22 de junio de 2011, Tatiana Narváez, fue remitida a consulta de gastroenterología.

-. Conforme a la historia clínica de data 18 de julio de 2011, se está a la espera de realización del procedimiento quirúr gico denominado BIOPSIA POR LAPAROSCOPIA. (Obtención de tejido hepático a través de procedimiento endoscópico abdominal).

-. En la misma historia mencionada la E.S.E. accionada, consignó el día 9 de julio de 2011, que se realizó TAC de abdomen, el cual co ncluyó “MASA SE ASPECTO NEOPLÁSICO HEPÁTICA EN RELACIÓN CON ANTECEDENTE DE CARCINOMA FIBROLAMELAR (…)” (Tumor hepático, relacionado con cáncer fibrolamelar).

-. En el registro de historia clínica de fecha 18 de julio de 2011, el Instituto demandado, en el capítulo de Antecedentes Personales, estableció como diagnóstico: “Tumor maligno del hígado, no especificado”, y determinó el descartar la presencia de la patología denominada FEOCROMOCITOMA (Tumor de las glándulas que se

en el capítulo de Antecedentes Personales, estableció como diagnóstico: “Tumor maligno del hígado, no especificado”, y determinó el descartar la presencia de la patología denominada FEOCROMOCITOMA (Tumor de las glándulas que se encuentran encima de los riñones llamadas suprarrenales).

-. En valoración cardiológica realizada el día 12 de septiembre del año 2011, se concluyó: “Puede realizar Manejo Quirúrgico Oncológico, Iniciar o continuar Quimioterapias Sistémicas (…)”.

-. De conformidad con el reporte patológ ico del Instituto Nacional de Cancerología adiado 26 de septiembre de 2011, se concluyó que: “Estos hallazgos plantean un hepatocarcinoma muy bien diferenciado vs una lesión benigna tipo adenoma; es necesario correlación estrecha con clínica y/o nueva biopsia”. (Duda entre cáncer del hígado y tumor benigno del hígado. Correlación estrecha con clínica = Vigilar si la evolución de la enfermedad es acorde a los síntomas del cáncer o a la de un tumor benigno).

-. Con fecha 21 de septiembre de 2011, en el acá pite de Evoluciones de la historia clínica de la Dra. Tatiana Narváez, se descartó el diagnóstico de Feocromocitoma. (Tumor de las glándulas que se encuentran encima de los riñones llamadas suprarrenales).

-. El día 24 de septiembre de 2011, en el acápite de Evoluciones de la historia clínica,

(Tumor de las glándulas que se encuentran encima de los riñones llamadas suprarrenales).

-. El día 24 de septiembre de 2011, en el acápite de Evoluciones de la historia clínica, de Tatiana Narváez, la especialidad de cirugía gastrointestinal del Instituto, establecióRadicado: 11001 – 33 – 43 – 064 – 2016 – 00314 - 01

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como diagnóstico: “ CARCINOMA HEPATOCELULAR”, es decir cáncer del hígado y solicita interconsulta con las especialidades de Cardiología y Medicina interna.

-. Continuando Tatiana Narváez hospitalizada, y de conformidad con la historia clínica de la E.S.E demandada, el 26 de septiembre de 2011, la especialidad de medicina interna da respuesta a la interconsulta prenombrada, diagnosticando para la paciente “HEPATOCARCINOMA BIEN DIFERENCIADO GIGANTE”, es decir cáncer hepático.

-. En el mismo momento en precedencia registrado, medicina interna estableció como plan, realizar a Tatiana Narváez, el procedimiento denominado: “ TORACENTESIS DIAGNÓSTICA”. (Introducción de una aguja en el tórax, para extraer líquido, con fines diagnósticos).

-. Siendo las 11:12 horas del 27 de septiembre de 2011, el área de medicina interna del Instituto accionado, manifestó: “reporte de patología segunda biopsia INC: lesión hepatocelular negativa para alfa feto proteína, lo cual disminuye la probabilidad

del Instituto accionado, manifestó: “reporte de patología segunda biopsia INC: lesión hepatocelular negativa para alfa feto proteína, lo cual disminuye la probabilidad de hepatocarcinoma (…) ”. (Subrayado y resaltado no contenido en documento original).

-. De conformidad c on la Revista Colombiana de Gastroenterología. Vol. 18 N° 3. Bogotá Sep/Aug. 2003, nos enseña que el examen relacionado en el hecho anterior (Alfa feto proteína), al ser positivo indica la alta probabilidad de cáncer hepático, y en caso contrario, como en el de la señora Narváez (ver hecho 29), la escasa probabilidad de presencia de cáncer.

-. El 27 de septiembre de 2011, a las 11:58 horas , el área de oncología de la demandada concluyó: “(…) EL 15/09/11 FUE LLEVADA A BIOPSIA POR LAPAROSCOPIA. ESTA CONFIRMA HEPATOCARCINOMA BIEN DIFERENCIADO” (Subrayado y resaltado no contenido en documento original) (Hepatocarcinoma = Cáncer).

-. De acuerdo con el registro de evolución en la historia clínica de fecha 27 de septiembre de 2011, y siendo las 12:33 horas, se estableció por parte de la accionada “(…)hepatocarcinoma muy bien diferenciado vs una lesión benigna tipo adenoma; es necesario correlación estrecha con clínica y/o nueva biopsia” (Subrayado y resaltado no contenido en documento o riginal). (correlación estrecha con clínica= Correlacionar con la evolución de signos y síntomas de la enfermedad).

(Subrayado y resaltado no contenido en documento o riginal). (correlación estrecha con clínica= Correlacionar con la evolución de signos y síntomas de la enfermedad).

-. El día 30 de septiembre de 2011, la especialidad de medicina interna del Instituto, consignó en la historia clínica de Tatiana : “Hace dos días fue realizada parac éntesis sin embargo no encontramos reporte de estudio citoquímico de liq ascítico (sic) que se habia (sic) solicitado (…)” (Paracéntesis = Introducción de una aguja en el abdomen, para extraer líquido, con fines diagnósticos).

-. Con fecha 5 de octubre de 2011, Tatiana Yasmín Narváez, fue hospitalizada nuevamente en las instalaciones del Instituto demandado, momento en el que , de nuevo, se estableció como diagnóstico, la fluctuación existente relacionada con elRadicado: 11001 – 33 – 43 – 064 – 2016 – 00314 - 01

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diagnóstico de Carcinoma hepatocelular bien diferenciado y el de Adenoma hepático (Adenoma = Tumor benigno del hígado).

-. Con data 6 de octubre de 2011, la aquí paciente Sra. Tatiana Yasmín Narváez, fue sometida de nuevo al procedimiento quirúrgico denominado Biopsia Hepática por Laparoscopia.

-. La cirugía referida, fue ejecutada por el médico Guevara, quien consignó como

sometida de nuevo al procedimiento quirúrgico denominado Biopsia Hepática por Laparoscopia.

-. La cirugía referida, fue ejecutada por el médico Guevara, quien consignó como

hallazgo: “HI8GADO (sic) AUMENTADO DE TAMAÑO, CONGESTIVO, GRAN MASA

QUE COMPROMETE PARTE SUPERIOR DEL MISMO”.

-. Con data 19 de octubre de 2011, la E.S.E Instituto Nacional de Cancerología, consignó en la historia clínica de Tatiana Narváez: “(…) SALIO (sic) RESULTADO

DEFINITIVO DE PATOLOGÍA: HEPATOCARCINOMA BIEN DIFERENCIADO”.

-. En fecha 4 de noviembr e de 2011, la entidad accionada concluyó en la historia clínica de la Sra. Narváez Orozco: “Masa de aspecto neoplásico (sic) cada se localiza (sic) características puede corresponder a carcinoma hepatocelular con metástasis. (…) Probable diseminación (sic) metastásica (sic) ganglionar en mesenterio y en menor medida en retroperitoneo” (Metástasis significa dispersión del cáncer, que para este caso refiere a los ganglios linfáticos, y el peritoneo, que es una capa que cubre las vísceras abdominales).

-. En la misma fecha precitada, la E.S.E., estableció respecto de Tatiana: “NO TIENE INDICACIÓN PARA TRANSPLANTE HEPATICO POR TAMAÑO (CRITERIOS DE SAN FRANCISCO HASTA 6.5 CM MAXIMO) Y POR EL COMPROMISO DE VARIOS SEGMENTOS” (Subrayado y resaltado no contenido en documento original).

INDICACIÓN PARA TRANSPLANTE HEPATICO POR TAMAÑO (CRITERIOS DE SAN FRANCISCO HASTA 6.5 CM MAXIMO) Y POR EL COMPROMISO DE VARIOS SEGMENTOS” (Subrayado y resaltado no contenido en documento original).

-. Adicionalmente se estipuló: “SE PRESENTA EN JUNTA DE ONCOLOGIA DE 2011,

CONSIDERANDO QUE LA PACIENTE NO ES CANDIDATA A CIRUGÍA DE

RESECCION TOTAL NI PARCIAL, A EMBOLIZACION NI TRANSPLANTE (..,)”

(Subrayado y resaltado no contenido en documento original).

-. De acuerdo a la historia clínica de fecha 4 de noviembre de 2011, se dio inicio al tratamiento de QUIMIOTERAPIA, con el medicamento denominado SORAFENIB, en dosis de 400 miligramos, vía oral, cada 12 horas.

-. En el momen to antes señalado , se consignó en la historia clínica que: “SE

EXPLICAN A LA PACIENTE BENEFICIOS Y POSIBLES EFECTOS ADVERSOS DE

LA TERAPIA”.

-. De conformidad con la ficha técnica del SORAFENIB, del laboratorio BAYER, el consumo o toma de este fármaco ti ene entre otros, los siguientes efectos adversos muy frecuentes:

Náuseas – Dolor en la boca, abdominal, en los huesos, de cabeza, enrojecimiento de la piel - prurito o picazón en la piel - alopecia o caída del cabello – sangrado en cualquier parte del cuerpo – Hipertensión o presión arterial alta.Radicado: 11001 – 33 – 43 – 064 – 2016 – 00314 - 01

Actor: Tatiana Yasmín Narváez Orozco

cualquier parte del cuerpo – Hipertensión o presión arterial alta.Radicado: 11001 – 33 – 43 – 064 – 2016 – 00314 - 01

Actor: Tatiana Yasmín Narváez Orozco

Demandado: Instituto Nacional de Cancerología E.S.E.

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-. De conformidad con la ficha técnica del SORAFENIB, del laboratorio BAYER, el consumo o toma de este fármaco tiene en tre otros, los siguientes efectos adversos frecuentes:

Insuficiencia cardiaca congestiva – Fiebre – Anorexia o pérdida de apetito – Pérdida de peso – Astenia o debilidad corporal – Estomatitis o inflamación de la boca, faringe y lengua – Disfagia o dificultad para deglutir - Artralgias o dolor en las articulaciones – Acné – Neuropatía sensitiva o alteración de sensibilidad en dedos de manos y pies – Depresión – Insuficiencia Renal.

-. De conformidad con la ficha técnica del SORAFENIB, del laboratorio BAYER, el consumo o toma de este fármaco tiene entre otros, los siguientes efectos adversos poco frecuentes:

Gastritis – Dolor abdominal – Ictericia o tinte amarillo en piel y escleras por alteración del metabolismo de las bilirrubinas – Eritema multiforme o múltiples erupciones cutáneas – Deshidratación – Cáncer de piel – Infecciones generales, etc.

-. De acuerdo con la historia clínica de data 9 de diciembre de 2011, “(…) CONSULTA

POR CUADRO DE MALESTAR GENERAL FIEBRE (…) PERSISTE FEBRIL, CON

-. De acuerdo con la historia clínica de data 9 de diciembre de 2011, “(…) CONSULTA

POR CUADRO DE MALESTAR GENERAL FIEBRE (…) PERSISTE FEBRIL, CON

ESCALOFRIO (sic) MAL ESTADO GENERAL, CON DOLOR EN REGION (sic)

FRONTOPARIETAL (…)”.

-. Con fecha 3 de febrero de 2012, la E.S.E demandada, ratificó diagnóstico de Hepatocarcinoma bien diferenciado y segundo mes de tratamiento con SORAFENIB.

-. En la historia clínica de Tatiana Narváez, con fecha 24 de febrero de 2012, la demanda estableció “REFIERE SENSACION (sic) DE PARESTESIAS OCASIONALES, EN MIEMBROS INFERIORES Y SUPERIORES (…)” (Parestesia = Sensación de Hormigueo, adormecimiento).

-. En la fecha prenombrada, la E.S.E demandada, solicitó valoración por psicología y estableció que “LA PACIENTE SE ENCUENTRA INCAPACITADA DE MANERA

CONTINUA”.

-. Con fecha 11 de abril de 2012, se consignó en el aparte correspondiente a examen

físico: “EN CARA, PALMAS, PABLLON AURICULAR, ESPALDA MULTIPLES (sic)

PAPULAS (sic) PARDAS OSCURAS CASI NEGRAS. (…)”.

-. El día 26 de julio de 2012, el instituto demandado ref irió respecto de Tatiana: “DOLOR EN PIERNA IZQUIERDA, DIARREA 4 A 5 EPISODIOS DIARIOS (…)”.

-. Las manifestaciones clínicas antes citadas, se siguieron presentando en el

“DOLOR EN PIERNA IZQUIERDA, DIARREA 4 A 5 EPISODIOS DIARIOS (…)”.

-. Las manifestaciones clínicas antes citadas, se siguieron presentando en el organismo de Tatiana Narváez, razón por la que el día 13 de septiembre de 2012, se registró en la historia clínica: “PACIENTE QUE ACUDE POR CUADRO CLCICNIO (sic) DE MAS O MENOS 2 DIAS CARACTERIZADO POR CALAMBRES GENERALIZADOS (…) ASOCIADO A CEFALEA INTENSA (…) Y VOMITOS (…)” yRadicado: 11001 – 33 – 43 – 064 – 2016 – 00314 - 01

Actor: Tatiana Yasmín Narváez Orozco

Demandado: Instituto Nacional de Cancerología E.S.E.

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“(…) PARESTESIAS EN MMSS, EPISODIOS DIARREICOS, EN OCASIONES C ON

SANGRE (…)”.

-. En el registro de examen físico realizado con fecha 26 de diciembre de 2012, la entidad accionada refirió: “EN CARA, PALMAS, PABELLON AURICULAR, ESPALDA MULTIPLES PAPULAS PARDAS OSCURAS CASI NEGRAS. (…)” (Pápula = Lesión de la piel cons istente en erupción cutánea) y en el acápite de observaciones se estableció: “SE REVISA PACIENTE CON EL DR ACOSTA QUIEN CONSIDERA QUE SE TRATA DE UNA PACIENTE CON MULTIPLES NEVUS SECUNDARIO A SORAFENIB.(…)” (Subrayado y resaltado no contenido en documento original).

-. Como consecuencia de la situación precedente, con data 10 de enero de 2013, se

SE TRATA DE UNA PACIENTE CON MULTIPLES NEVUS SECUNDARIO A SORAFENIB.(…)” (Subrayado y resaltado no contenido en documento original).

-. Como consecuencia de la situación precedente, con data 10 de enero de 2013, se le realizó a Tatiana Narváez, el procedimiento llamado “DERMATOSCOPIA DE MULTIPLES NEVUS ERUPTIVO EN CARA, TRONCO Y EXTERMIDADES”, al igual que BIOPSIA DE LOS NEVUS. (Nevus = Lesiones cutáneas similares a lunares de diversos tamaños).

-. En la valoración realizada con fecha 18 de enero de 2013, se diagnosticó ERITRODISESTESIA EN PLANTAS DE PIES (Esto es enrojecimiento, hinchazón y dolor de las plantas de los pies, como efecto secundario de la quimioterapia con

SORAFENIB).

-. En la historia clínica adiada 22 de marzo de 2013, en lo que corresponde a observaciones, se identificó en el cuerpo de Tatiana Narváez, la presencia de GINGIVORRAGIA (Hemorragia del tejido gingival, es decir el que conforma la encía).

-. Con fecha 8 de julio de 2013, se realizó una nueva Tomografía Axial Computarizada (TAC), el cual reportó : “MASA DE DENSIDAD HETEROGÉNEA HIPERVASCULAR QUE COMPROMETE LA CASI TOTALIDAD DEL LHD (…) LA LESIÓN DESCRITA SE ASOCIA A NODULOS (…) QUE CORRESPONDEN A LESIONES SECUNDARIAS POR METÁSTASIS HÍGADO (…)” (LHD = Lóbulo hepático derecho).

SE ASOCIA A NODULOS (…) QUE CORRESPONDEN A LESIONES SECUNDARIAS POR METÁSTASIS HÍGADO (…)” (LHD = Lóbulo hepático derecho).

-. El 27 de septiembre de 2013, se refirió respecto a Tatiana Narváez “(…) caída de cabello desde hace un mes. Episodios de palpitaciones”.

-. Con fecha 2 de diciembre de 2013, se consignó en la historia clínica, en el acápite de examen físico “ ALERTA, INTENSAMENTE ALGIDA, CON IMPORTANTE LIMITACION PARA LA MARCHA POR EL DOLOR, MUCOSAS HUMEDAS (…) PAPULAS ERITEMATOSIAS (sic) EN MIEMBROS SUPERIORES, MIEMBRO INFERIOR DERECHO DE 2 X 1 CMS, TAMBÍEN EN TORAX ANTERIOR, ADEMAS

LESION ERITEMATOSA TIPO PLACA EN CARA ANTERIOR DE MUSLO DERECHO

(…)”.

-. El 3 de diciembre de 2013, Tatiana Narváez, consultó su lamentable situación en la I.P.S., Fundación Cardio Infant il, la cual ordenó la valoración por psicología, trabajo social y nutrición, pretransplante hepático.Radicado: 11001 – 33 – 43 – 064 – 2016 – 00314 - 01

Actor: Tatiana Yasmín Narváez Orozco

Demandado: Instituto Nacional de Cancerología E.S.E.

Asunto: Sentencia segunda instancia

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-. El día 4 de diciembre de 2013, la Fundación Cardio Infantil, identificó en la señora Narváez: “refiere de 1 semana de evolución lesiones eritematosas en extremidades

Asunto: Sentencia segunda instancia

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-. El día 4 de diciembre de 2013, la Fundación Cardio Infantil, identificó en la señora Narváez: “refiere de 1 semana de evolución lesiones eritematosas en extremidades superiores e inferiores dolroosas, (sic) permanentes, para los cuales no ha realizado nada”.

-. En la fecha antes citada, se solicitó inter consulta con dermatología, pues se diagnosticó a Tatiana Narváez “ERITEMA NODOSO” (Lesión de la piel, de carácter eruptiva y dolorosa).

-. Dentro del periodo de hospitalización y en la misma fecha 4 de diciembre de 2013, la especialidad de Neurología, encontró en Tatiana Narváez: “(…) limitación para la marcha secundairo (sic) a dolor en reigon (sic) patelar asociado a edema y dolor (…), se solicita valoraicon por le (sic) servicio de clínica de dolor (…) ”. (Región patelar = ubicada en parte posterior del pie – Edema=inflamación de un tejido).

-. El 4 de diciembre de 2013 el área de Hepatología, de la Fundación Cardio Infantil, consignó en la historia clínica: “(…) Refiere antecedente de lesión focal hepática de 2 años de evolución sin diagnostico claro de hepatocarcinoma (biopsias en revisión en fundación santa fe) (…) se encuentra pendiente de autorización para estudio pretrasplante hepático”. (Subrayado y resaltado míos).

-. Con data 5 de diciembre de 2013, la I.P.S, precitada, solicitó la realización del examen denominad o: GAMAGRAFÍA OSEA y TAC TORACOABDÓMINAL.

-. Con data 5 de diciembre de 2013, la I.P.S, precitada, solicitó la realización del examen denominad o: GAMAGRAFÍA OSEA y TAC TORACOABDÓMINAL. (Examenes imagenológicos que permiten visualizar con alta fidelidad las estructu ras de huesos, torax y abdomen), la cual arrojó como resultado, “estudio negatico (sic) para metástasis óseas”.

-. Con fecha 10 de di ciembre de 2013, la especialidad de sicología, estableció en la historia clínica: “(…) candidata a trasplante hepático (…) al inicio del dignostico (sic) presento (sic) reacciones de ajuste y periodos de tristeza”. (Subrayado y resaltado no corresponden al original).

-. El 12 de diciembre de 2013, la Fundación Cardio Infantil, refirió que el caso de Tatiana Narváez. “ se presentara (sic) en junta de trasplantes para definir ingreso a lista de espera”.

-. En diciembre de 2013 y de conformidad con el documento denominado “INFORME ESTUDIO ANATOMOPATOLÓGICO N° Q2013018320 ”, del Hospital Universitario Fundación Santa fe de Bogotá, se realizó análisis de Masa hepática producto de una biopsia, practicada a Tatiana Narváez.

-. El diagnóstico emitido por la Fundaci ón citada en el punto anterior, correspondió entre otros a: “ LESION HEPATOCELULAR BIEN DIFERENCIADA PLATEA (sic)

PRINCIPALMENTE DIAGN ÓSTICO DIFERENCIAL ENTRE NEOPLASIA

HEPATOCELULAR DE TIPO ADENOMA VS HEPATOCARCINOMA BIEN

PRINCIPALMENTE DIAGN ÓSTICO DIFERENCIAL ENTRE NEOPLASIA HEPATOCELULAR DE TIPO ADENOMA VS HEPATOCARCINOMA BIEN DIFERENCIADO” (Duda entre tumor be nigno tipo adenoma y hepatocarcinoma o tumor maligno, es decir cáncer). (Subrayado y resaltado no original).Radicado: 11001 – 33 – 43 – 064 – 2016 – 00314 - 01

Actor: Tatiana Yasmín Narváez Orozco

Demandado: Instituto Nacional de Cancerología E.S.E.

Asunto: Sentencia segunda instancia

10

-. En el mismo reporte de la Fundación Santa fe, se concluyó: “(…) SIN EMBARGO, SE FAVORECE LA POSIBILIDAD DE QUE SE TRATE DE UN ADENOMA

HEPATOCELULAR (…) LA CORRELACIÓN CON LA HISTORIA CLINICA

COMPLETA, ANTECEDENTES Y TIEMPO DE EVOLUCION, IMÁGENES

DIAGNOSTICAS ES FUNDAMENTAL EN EL ANALISIS DE ESTE CASO ”.

(Resaltado y subrayado fuera de texto).

-. El 10 de febrero de 2014, el Dr. GILBERTO ANDRÉS MEJÍA HERNANDEZ, de la Fundación Cardio infantil, realizó a Tatiana Narváez, el procedimiento quirúrgico denominado: “TRASPLANTE HEPÁTICO” y el hígado extraído, fue enviado a estudio anatomopatológico.

-. El 11 de febrero de 2014 el depart amento de Patología, de la Fundación Cardio Infantil, generó el diagnóstico del hígado explante, es decir el hígado extraído,

anatomopatológico.

-. El 11 de febrero de 2014 el depart amento de Patología, de la Fundación Cardio Infantil, generó el diagnóstico del hígado explante, es decir el hígado extraído, concluyendo, entre otros: “TUMOR: ADENOMA HEPATOCELULAR” (Tumor benigno del hígado).

-. Con fecha 19 de febrero de 2014, la Funda ción Cardio Infantil, generó el egreso y diagnosticó en Tatiana Narváez: “Hipotiroidismo secundario a medicamento”.

-. El 25 de febrero de 2014, Tatiana, acudió a control, momento en que la Fundación Cardio infantil estableció: “PACIENTE QUE ASISTE A CONT ROL POP DE TRASPLANTE HEPATICO POR ADENOMA HEPATO CELULAR (…)” (POP = Pos operatorio).

-. Con data 22 de abril de 2014, dentro del acápite de otros antecedentes, la Fundación Cardio infantil, consignó: “ PATOLOGIA ADENOMA HEPATOCELULAR ” y el 23 de abril de 2014, se diagnosticó en Tatiana Narváez: “BICITOPENIA”, (disminución de cifras normales, de leucocitos y eritrocitos o glóbulos rojos), por lo cual, el 25 de abril de 2014, se realizó el procedimiento denominado: “BIOPSIA DE MÉDULA OSEA”.

-. La Junta Regional de Calificación de Invalidez de Bogotá, emitió dictamen adiado 1 de octubre de 2012, en el que consideró que la pérdida de la capacidad laboral de la actora era del 59.63% a part

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