TA CUN - 11089-(01-08-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 11089-(01-08-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
SOLICrIUD DE EXEIYTCION DEL. BENEFICIO NETO O ECCEDEN121 - Rechazo /
COMETE DE ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO - Facultades
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECC ION CUARTA fp }JÇiCJCtj . E priffleíC) 10 de auc:'to de mil cientc io'vent y EPUBLICA DE COLOMt VI(GI STRAL. rONEUTE DRA. MAr.i x NE; ÜR'F i z B4ROS( Rator7a 4 SFT 195 j:-," [717 .lxF'LD Ir:NrE r4 • it .
AC1 (1; ÜC ¡ EDAD 3(4N VI CEN'rE DE: PAUL.
PEN1 A AO 'jRAVÇiBLE DE 1.792 1 t1F"UE;T (35 MAL:) [\L(3
.J.J;L ....
Trh: i.J La soiedad Sa) Vi cent- :Je fau]. de Booc L:, NI. t 300i4O)' • íneciiu de eupecíal y en ejercicio cJe la ¿4 c:.c.iCwI de nulidad y tblecimi es) to cje 1 derucho dmanda ante este Tribuia1 1 ck actuac:iÓr ¿dçnin.itrttiva ín edi.nt.e la cual se le neuó pr.: i1s'nte? Ya procedencia de la deducib Li idad de 1a .suma de $458. 839 .00u en re). n con la dcc: larat. ióri cJel imputto sQbre 1 a renta ueriodo çravabie de J...992.
E:a é3i t1LiOflC
$458. 839 .00u en re). n con la dcc: larat. ióri cJel imputto sQbre 1 a renta ueriodo çravabie de J...992. E:a é3i t1LiOflC 1 L s, pet±a lmente contra 1 Re9.iu':. iones . 0i09 dei '30 de tlav'..:p de 1 .995 que Lorrf .irrná
la No. 21<') del 5 de abril '.ie 1 . 179`4 prof 3.das por el citado Cosnit. En tal virtud sol ic.it.o a Ea Honorable Corprac.iÓn que me'io io tramite
legales, ise decire lo siq&inte PRIt1E'r0 i. Mu 1 idad de las F oiucionei ne :i ada actos. AçJmin i. iitrat: tvns que raron ucept.cç_íóri ci
1a totalidad de re1aciontds para d 1arr in gravamen .títi0 de lucro por el aio iravable de t3Ei3lJNE)O: í.ue como c:onse&::uen ci a de lo anterior • ordene el restablec imient:o de). Lr'echo ieior.adc. a mi mandante • mediante oronunciam ten Lo que habr de hacer ea Honorable t.:orpur ación en el sen t ; do de que mi ii-epr-eiz,cgritada tiene derecho a que se Je aLent.en 1. 0das lar, linr, pedidas y por ende doc 1 ar da en su p r : i a 1 ru?r') Le 1 .3
ii-epr-eiz,cgritada tiene derecho a que se Je aLent.en 1. 0das lar, linr, pedidas y por ende doc 1 ar da en su p r : i a 1 ru?r') Le 1 .3 1 así (J'dUL4iC.sflefi4 a la entidadEXPEDIENTE No. 11.089 Lot. 1 idad corno Entidad i [o n mo de lucro por el afo de 1.952 y por trto lo excedentes por d cho excLuidos de]. [sp esto :.thre l. rent " ( l .2 y 3 (p. 11 E C H O Lon el 1 .ihel ista en i s demanda (fiu. 3 ' 4 c. p ) y pueden r esun i. r a fui a 5.1
La oct edad presentó sol i c: tud de cal :í fícaci óri de entidad Uin riimc' de lucro por el afo avavable de 1.992, el 6 de abril de 1.9931 con ci lleno de los renLu.si tos ieua les sún re :Ofllsce el mismo Comité CDto.6e!39) se adjuntaron lo y, Et.ado F nanci ,el Erstado de Frdida y (3anarias se rel :ionaron inueso: s433 .702. oot:.. coto y deducc: iones por $4t: . 000 para una pérdida de 25. 107.000 o sea un excedente rcativo.
El Comité de Cal i icaciór de Entidades iiin Animo de lucro rechzó$113.267, [20.40 pt.rque haco parte de $253. i • 744.34
El Comité de Cal i icaciór de Entidades iiin Animo de lucro rechzó$113.267, [20.40 pt.rque haco parte de $253. i • 744.34 corresoendientes a excedent de 1 99i. "a re:000cido (Res .210 de •.:,4 . Con ocasión cjel euro de re pos i ción contra la deiióri . la sociedad demost.ró que de acuerdo con los esLados i1.naiicieros c::erti.ficatios por ci revisor fiscal los costos rel :ioísados y qse hacen parte de la sol icit.ud de Cal i f icac: ión estn roQístr ados en la contabi 1 idid ; se dicrirninan los castos decJ.ccines con suia respectivo9i IEXPEDIENTE No.11.089 -:sijim,a tia zrAda no hi:e parte de 1 os ex ceden tet de 1.991. El ct?rtif:iLácio de revisor ici devirtú. lo dicho por el Comité ron fundiento en la ai firíviación del Ropreenta.nt? L,eqi cuando raotó que el ex c;eden te de 1 991. orir $1 13 . 267 . 12( 4 inver: ido en 1 n proor;ii necionad lo c 1. debe interpretrt.e en el ts ent:ido de que además de 1 os proqram re 1 c ion ado trnh in se mv ir t icren 1o£- 1 ex ceden te d. 1—T91« E 1
interpretrt.e en el ts ent:ido de que además de 1 os proqram re 1 c ion ado trnh in se mv ir t icren 1o£- 1 ex ceden te d. 1—T91« E 1 recIo rontr alr .i 1 a reali, ii zi cI rcntbie de 1cr et.adc f i ti a n ci. se r1 As ri,to s por lev ior Fi scMl 'i a cl a rado ron ocasión del recuro prtb a a que no .erori te,,ida: en cnta por . ci COffi 1 t.. NORMAS VIOLADAS Y CONCEPTO DE VIOLACION .t:1 demrdnte ,invoca cot,o vioId.u lasiguientes dipoicione: Artículo 772 775 y 777, Ettuto Trbutario Art ;.culu 29 Cont itución
Nacional. A con t,inuición deirrol 1i el correpondiente c:oriceptc. cJe v.cdación (fis..' a 7 PAR TE DE MAN DAD A le Nación Unidad Adrninist.ritiv Eipecii Dirección deEXPEDIENTE Na11..0e9 4 1 fflpuetos y Adua. Na': ioni 1 e are eente Cfl el nroceo y 1 contestar 1 it d€gar,da (fis, 2 a 9 c. p. e opore preten iC)f)O Lueco de hcer ur;. si ntesi ile la actuaci ón adcí.rstrativa,. la par -te opOsitora coiiue que el Comiló v1oró la contabi 1 idad a
preten iC)f)O Lueco de hcer ur;. si ntesi ile la actuaci ón adcí.rstrativa,. la par -te opOsitora coiiue que el Comiló v1oró la contabi 1 idad a través dol certificado de 'isor Fica1 y anal ió ésta que so lograra devir1:uar lo e ueto en i reo1uc ,ón inicial, en r el ac: ión con 1 Sonia prcsverier;te? cJe 1 excec.lente de 1 .991 s eis que no se demostró que e] excedente se detinó a las e t j. vi d a d es reuladas (lit.b) art.4 Dt.t8/89) por lo que el €cedonte resultante dl des, conccjin ¡en to de unaii ded cc iones no podia cma.r de 1a.ecenc1ón (art.. 5o. ih i e incJic que en esta .1 ur sd.icc Lón tampoco lo cletiest.ra y qt..e la pérdida pretendida por 1 92 era ir'e> . - terte Tansci' 1 be la opositora un aparto. de la colrn.kri .t ración No . 010003 de 6 - IV 93 suscrita por la preiidenta de la oriedad y dirluida al Comité • para irtdi car que la an:i t tación e clara y sin duda en tuanLo a que dentro del total de ia d e d clones pttend.i da por , .1 .992 se ericuertr ari partidasror respo'Jier;te a 1 r eiecuc ión del benet icio neto de 1. 1991 lo que eion i.f i r.: que
pttend.i da por , .1 .992 se ericuertr ari partidasror respo'Jier;te a 1 r eiecuc ión del benet icio neto de 1. 1991 lo que eion i.f i r.: que para 1.992 no pueden cor:iderar i como eqreso o triversióri Discurre la parte demandada acerca del sima 'Jo libre valoración dila prueba y c:.oncuye que el certificado de revi sor .sa1 nc desvirtua la manifestación de la vopresen tan Le legal de la Cri tidaci uuc' tiene valor de? convencimiento 'i queEXPEDIENTE No.11.099 ads el Revisor riscal expone una relación de inqr sos ($133.702. 10 8) urio reso. $458. €3Ei. 24 ) iri incluir en 105 105 113.267 manifestar que:- el ru 1 Lado e 1 ardida: calífica de ifflpl ist esta pr ueb y concluve14 Por lo e puei to ., r Det:(.osaen te pido al Honor ab le Tribunal • negar - 1a sttpl ica de la demanda atendiendo al contenido de los anteceden te administrativos que dan c.uen t d Ja. hecha por 1 a seAura Repreeerst¿:iíite ieal y en con i.deración a que LA certi fi caci_ón del Revisor Fiscal no de vi ví. r a esas firmaciunes Pido sean valoradas estas pr?ts tal y COMO la irsanda el. nueral 4o. dci art.í.uiu 144 del Cód uo í:ontens:ioo Admin istra t:vo . U11.59 c p .
firmaciunes Pido sean valoradas estas pr?ts tal y COMO la irsanda el. nueral 4o. dci art.í.uiu 144 del Cód uo í:ontens:ioo Admin istra t:vo . U11.59 c p .
En el alcoato de conc: lusión ( l. 7i a 76 c: p. ) la deadad corv iae algunas omi aici que subraya,. se refiere nuevamente a la cs•r ti f :icaión de revisor fiscal 'i la ir con el acta e i.ridir. que entr sLas y el estadQ de p4rd ias y qanancias no es factible establecer i.denticiad entre los qastos que describen reitera que no desvir tan 1 a af irmaci.ón de la rpresentante eua 1 de 1 a oc.iedad y pot ende dentro del ti tal 'J. eqreos dccl arad estn $1. 13 . 267 120 que corresponden a ejecución del e» ceden te de 1 . 991 y qu€ no son deduci bi es por , eprc prohibición del articulo 4c. i inc .2o.Y del decreto 963 de 1.989; tric; iu,e que no puede entonces rE(:4)nc)cerse que la por 1 tencta un cx cedente negativo y por el cont.rar Lo tiene un excendente ciravable de B4OB0,964 .27.EXPEDIENTE No.11089
MINISTERIO PUBLICO E]. .ePor Procurador Ter:erc' Judicial cmi Le concepto ( í ls. 79 a 82 tima que 1 úpi i. cas de l demanda no debe properar.
MINISTERIO PUBLICO E]. .ePor Procurador Ter:erc' Judicial cmi Le concepto ( í ls. 79 a 82 tima que 1 úpi i. cas de l demanda no debe properar.
refiere el colahi::r dor dEl Mirit.E'io Fúbi i o la especial ¡dad de la tribu:.:ión de sin ánimo de lucro y 1 beneTf.tc10 neto o ezderite., i ndic:a que el valor correspondiente a 1 a ci eco': ión de benef i.cio nrt.os o excedentes de aro án ter icjreg no debe cor derriEe corno ireo 0 1 uVersión del ej ercido corrtpondiente art 4o Ot .tO/89 ) y en relación con el ccc ti. ficado de Pee ior Fiscal rnm 1 fi. esta que unque el a r ti. culo 777 le otorçue uficincia probatora. ésta Sise cond:i ciona a la comprobac::irn que la administración reti, i ce; se4a 1 a que en la resolucióri No 109 de marzo 20 de 1. sp estableció que lob proaramas relaciorié.,,td(.lis en la solicitud son 1 os que presenta el et.tado de pérdidas y qanancias en el rubro uil io Aportes Obras EF$" lo que condujo a determinar que los ex cersden tes de 1 991 se in ci uy eron en aquél documento por v eri.iícac:ión tea 1 ida con el cruce de lot4 conceptos y valores del Estado de Pérd ....las y Ganancias y ci informe uscrito por la representante icual de la sociedad tituac.ión no
por v eri.iícac:ión tea 1 ida con el cruce de lot4 conceptos y valores del Estado de Pérd ....las y Ganancias y ci informe uscrito por la representante icual de la sociedad tituac.ión no dcsvir.uada por t:pl ida las ditint.a e tapas t'ocesaie 1r que se causal de nul idad que lr4vai ide lo actuado ' de con formidad con o pr evito en el ar tícu lo .170 del Código Lont.err.1 osoEXPEDIENTE No.11.089 7 Çdmini.tr'tivo se prc ede decidir el presente negocio previas li siqintes CONSIDERACIONES DE LA SAL.A El 1. ibel it:a est un: que 1.3 af;:tuaciÓrt adrninistrLiva vulneró 10 art.ic t.,i los 772, 775 y 77T? del Estatuto 'tributario Y por er,d€ el 29 de 1 a Co os tito.: iór, Nacional par que 1 cnn tbi. 1 í.dad de la ;oc.iedad se ha 11 ,adc, en debida forma y asi tiene preferencia probatoria; md ica que el acta de apropia€: ión de excedentet es un testimon lo wc:ept ib 1 e de ser mr rea ido con 1 a pruebas previ:itaz en la ley ' que sí el g eren te dc la or,t.,idat.1 e equivocó su testimonio es susc:epti bi e de ser corr eq;iíio lo ::u 1 ti Z. o con ocaslór, del curu de rep .. c.i.ón t:':uandu envió el
equivocó su testimonio es susc:epti bi e de ser corr eq;iíio lo ::u 1 ti Z. o con ocaslór, del curu de rep .. c.i.ón t:':uandu envió el certificado del Revisor Fiscal: afir úi a que l d:iaracion dci qern te no tiene í1ayor 'fuerza que el alud ido certificado (art. 777 E. T. ) y qu 1 e Corni té lo hubiera v 1ur'adc se habr.ia dado cuent que se discriminaron los qasto por 25%. 109.744,34 sin irciuir 1 $1.1 1.2t7 120.40 al contrario de lo afirmado en la providencia 21.0 de abril 3 de 1.994 y 'Pero la v.io1é'cór# del ar timulu 777 es ms ostenible la orovidencia No.000109 del 30 de tlar.:o de 1.995. :uando afirma; En cuanto al certificado de fevisor Fiflca 1 que aporta el Recurrente se observa que al 1 í se r'ei acionan la t:ota 1 :idad de uast.øs por $2.3. 109.744 por cor,c:epto de au;i 1 los aportes obraa esper ia le y $20 77E 520 por concepto de qast.os de 'funcionamiento nero e te documen :o no desvirt.a 1,a a 'fi. rmación hecha en des ocasionet t'or el repreer'itant.e leqal en el sentido de que los prograina dosarrol lado durante 1.992 por la Sociedad an Vicente de Paul scoOn el
en des ocasionet t'or el repreer'itant.e leqal en el sentido de que los prograina dosarrol lado durante 1.992 por la Sociedad an Vicente de Paul scoOn el ir, forme ane>o corresponden a 1.991. " 'fol 6EXPEDIENTE No.11.089 3 De lo anterior - concluye el driandente que se y .olá el debido proceso al desonocere pruebas cuya está1 e1rnE.t definida lo discutido e si los gastos e hicieron o no i al se c urnpl ieron los requisitos de :ausal idad i d€ per-, ser - er a c. liís py t a d 0 aeptedo $1 no se reel i.aron o si a e incluyeron algunos de .991. debió €in:t.r er lo el Coci tc pero no recha:ar lo por la cf i. rmación de 1 cjerentc' cuatido las pruebas envi adas erii ufic:ertea pera demostrar la realidad del eçreMo.. Sol icta que dcc lere la nulidad de le actuación i que la solicitud por1.992 1. 992 cumplió los reqt.iitos legales y por ende no está sujeta a. n inún ora/aír,on pues t:uvu un ex ceden te nativo 25. 1€3S. 15.. i3. La Sala ad\iri.e uue en 1¿1 resolución 2.10 de abril 5 dei - 994 se de el are 1 í4, procedencia de cqresos por tener rel aci óri de caul idad con 1 os i.nqreos en cuan t.í a de 42C)5. '778. 19 .69;
de el are 1 í4, procedencia de cqresos por tener rel aci óri de caul idad con 1 os i.nqreos en cuan t.í a de 42C)5. '778. 19 .69; adern de la par L ida de $2575.5.09.744.34 dedicada a actividades estííu1ada íi.acalmente. se acept.a le suma de 1.3?342.6'3 .94 y se desconoc€ c:omo enreso J. a centidad de111. - .267 . 120.40 por corr€sponder a). henef ic:io rte te de 1,991 que había sido cal lí iCade c.mo exento y que no e cidera. coiro eoresu o inversión del ejer c.:icio ( Inc .2o. Att 4o Dte. e6E/E39 Por lo anteruir €1 ímiL establecE qu' r,o ex i't:e dtfjcit, sino un excedente el ci no ser , dtinedo, no procede su exención y es determinado 1 ÇFESO6 .433 • 702. 1 o'. 90
EGRESOS PROCEDENTESEXPEDIENTE No.11.089 9
EXCEDENTE F GCÑL $ 3:0o9,4.27" fol.. 15 cp. -1 dec.idsr recuro de ropoE :i. c ó :ie A t t u u men t que de la ¿ f t riic íón hecha en 1 a su 1 j. r.: ¡t ut d y el in forue dj un tu se eíic:' irtrque los que a 11 x Se r el ¿%c.i onari par ioi ete1ente de 1991son to mi smos quc , apruceo en el etdo de
eíic:' irtrque los que a 11 x Se r el ¿%c.i onari par ioi ete1ente de 1991son to mi smos quc , apruceo en el etdo de p'rdide art c as CO e 1 rubr O 4 i 1io3-(spur te(Jbrs EBF" por $25 -77.109. 7 44.71 4 y se 'Como E c:'berv • la apreciació n inicial hecha por :1 Comi té es cc.rrect.a en cnecuenri.a no 012 conider a procedeiit comc eqreo el valor de $113.267.. 120.40 por in o rres pon der a 1 a ei ecitc ióri del beneficio neto del .afu anterior, de con formi dad con el 1rcio 2o. del ¿4r'tiC..tlO 4o. del Decreto R lamentarlo 068 de 1909 que re asi "el valor correspondiente a la eiec::uclún de henef icio t:o o excdente de apios anter jures, no :ons:i cí erará cc:jmD ecireso o Inversión del e jercicio" Como consec:u.ncia del desconocimiento de eçtres en cuantia de $i1 67 120.40 se produce un beneficio neto de $eO 000 . 964 27 el cus 1 e des conoce como henef i c;:i.o neto e>en tu y por tanto debo r. er tratado como lo establece el parágrafo lo del art. Lcu Lo §o del Decreto Reul rentar lo 060 de 1.909 que dIces "El hene fjc jo neto o excedente no destinado a 1 os fines
como lo establece el parágrafo lo del art. Lcu Lo §o del Decreto Reul rentar lo 060 de 1.909 que dIces "El hene fjc jo neto o excedente no destinado a 1 os fines previstos en este articulo y el ur.rwio un la no
rocodenc i a de los, egresos así como aquel que habiendo ;ido destinado a uno de los anteriores no haya cumpi ido con su ej ecución c;onstituye b i.cic neto o e>cedente gravable sometido a la tar Á fa del
e aíi en que esto ocurra, y sobre tal ilrr)uesto no procede , ninguna deduc:c: iór o descuer to" fciis. 12 y 13 C.P. 3e discute en el presente procese la cleci.siórs del Crimi k. é al determinar un beneficio neto de E3O . 080 964 .27 sobre el cual no otornó exención por cuanto declaró Ja no ptoceclenc:i a de uru oarte de los euresoí solicitados (i13.267. 120.40 por c:onstderar que correspondían a la ejecución del beneficio neto de 1991 exento seqOn resolución No. 113 de octubre 7 de .1992.EXPEDIENTE No.11.069 10 La Sal a et3,ia que no esta probado nne los cederite del ao arster tor (1991) 'fueron incluidos dentro de los eqresc) relacionados por la entidad • pues de la af irción hecha en la ol 1 ci tud 'le cal á, f icación de nue +',a 1 excedente "por
relacionados por la entidad • pues de la af irción hecha en la ol 1 ci tud 'le cal á, f icación de nue +',a 1 excedente "por $113.267. 1.20.40 fueron reinvertido en lo anter iorment.e r:ionados" (fol. 7 c: • a no se puede conc: 1 u i r que estaban cnntet -ildos dentro de la cantidad de 253.109.744 .34. Solicitada cco deducción t-r' cut .r tra la Sal a nne 1 ociedac'l ¡ -wk la v.g.a 'iut:nat ia qe io enc. iados e>:e&JeFte, no ician art.e do los ear'eso corno equivoc'.entese dijo eri la petición y que el cer't .i ficado cjp rey ior fiscal
enviado al .in terponer el recurso detercina
!ArIOS de $433.702.000 y ecresbs por 345(3 E3€39 ((>) que dan un déficit de 25. 19 í- 1. 5 " C3 " . i f r-;as que cc inciden cori las que aparecer en los estados finarciero que por '1:6 la entidad. Adeis es de tener en cuenta que el mJ.ino Tornit.é al decidir la petición de calificación acepta que la partida de $253. it:9 744.34 fue de'tira.da a actividades esti i f4 u ladas fic.airnente y que el i'c:zo de los renos no obedeció a que éstos no fueran procedentes ni lre>..itentes sirio
esti i f4 u ladas fic.airnente y que el i'c:zo de los renos no obedeció a que éstos no fueran procedentes ni lre>..itentes sirio que cort'epondíar a la e ecucián de excedentes del aPo .i'teriurFor - todo lo anal i .:ado concluye la Sala que al no estar' probada 1 a inclusión de los e4 ceden tes de 1991 en 1 W. epresos sol i citados cono deduc:c: i.ón del a lí o 1992, su rechaxo era iproceden tey por tanto se anular'r, los act.us c:ardados y i se deci ar'aF'A que la Fundación no tiene excedente gravable por el afo de 1992.EXPEDIENTE I4o.11.099 11 La Sala cons dera del caso t.ranscribi r el aparte pertinente de .L ntercia del H. Cc io do Eitado en la cual ? decicitó en el nmo sentido un asunte isi 1 ar al presntado en el sub 1 1. te 'faipoco era procedentE gravar - en el acJ de 191, la parte del excedente de 199e. declarado como uasos de funcionaøiient.o de la entidad en ci ao de 1991 porque realmente tal consecuencia no e%tablece de las i tas y
además c:oo aduce la ínter sada el estado de aut v prdidas permite ver 4: lararner, te que el excedente f i.sta 1 fué sol o de 1.i .i7..44O de donde e infiere que no se conf iquró el excedente qravabie determinado por la Administrn.ión . U
4: lararner, te que el excedente f i.sta 1 fué sol o de 1.i .i7..44O de donde e infiere que no se conf iquró el excedente qravabie determinado por la Administrn.ión . U (ent de abril 26/96. E>-,p.7424, Consejero Ponente Dr Gui 11 o Chat ir l cano En mér i. to de lo expt.esto . el Tribunal Admi n .ist,rat ivo de LUid . nanie rca Ser c. Óri Cuarta admí ni tü tranck:. i u.ti cia en nomb e de la Renúb . ica d Colombia y por autoridad de 1 a ley F A L L A: 1. 1 i1NULÁP119 lo actos a(J ¡si in itrativos con ton idos en l?s resol uc.. orees Ns 21.0 de de ahr 1 dé 1994 1 ('00109 de 34) de mar:.o de 1995. c?mariadas del Corni t de Entidades sin Animo de Lucro. pc.r çuecJic, de las cuales se decidió sobre J.I.N de cal i f .icac:ión i€ SOC SAN VICENTE or: PAUL i: P000TA Ni t. 360. 1 4 . O0. correspondiente al aro gravable de .1.992 en cuan Lo declaran que la sociedad tiene un ex cedente de $85 • 050 964 .27 respecto
del cual no se otc'rna la eenciÓr. 2 DEClARASE que nor , el a7lo aravahie de 1992 la sociedad den riclarte vio tiene excedente cri'vble.EXPEDIENTE No..11089 12
del cual no se otc'rna la eenciÓr. 2 DEClARASE que nor , el a7lo aravahie de 1992 la sociedad den riclarte vio tiene excedente cri'vble.EXPEDIENTE No..11089 12 En firme esta providencia, archívese el expediente previa devolución de los antecedentes administrativos a la oficina de origen.
COPIESE. NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Discutida y aprobada en Sesión de la fecha Acta No. 27.