🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

TA CUN - 11344-(20-05-1977)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
TA CUN - 11344-(20-05-1977)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1977

L ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA RELATOR lA

PROFESORES ESCALAFONADOS.

Los profesores escalafonados en enesaziza secundaria, tienen derecho a permane oer en sus cargos mientras no sean ecluídos de este y se compruebe previanen_ te que incurrieren en mala conducta, como lo prv4 el art. 10 de la ley 43/45. El art. 2 del decre. 528/76 suspendi6 para los servidores p1b1ioos inscritos en la carrera administrativa, docente, penitenciaria, diplomática y consular, loe derechos y garantf as, como la estabilidad, ascenso y otras prerrogativts durante el estado de sitio pero no los trato como empleados de libre nombra miento y remoci6n y limit6 esa facultad a que los participazitesen huelgas u otros actos de subersi6n del orden público solo podrían ser suspendidos sin derecho a remuneraoi6n y sin llenar otros requisitos, por un tprmino no inferior a seis meses ni mayor de doce, pudiendo ser declarados insubsien_ tez por la autoridad nominadora, al comprobarse su participaci6n en esa clase de actoe,med.iante investigacidn adelantada por funcionario de superior oatego_ rfa, durante un término no mayor de quince días y previo concepto de la oomi_ si6n de personal, como lo disponen los arte. 1 a 7 del decre. 2492/75—.

N. R. 403 .-R0LUCIOEES MINISTERIALES. Mayo 20 de 1977JUICIO No., 11344. MAGISTRADO PONENTE: Dr. AQUILINO RODRIGUES P.

ACTOR: Eduardo Barrios y Antonio Cicedo.REPTJBLICA DE COLOMBIA

JUICIO No., 11344. MAGISTRADO PONENTE: Dr. AQUILINO RODRIGUES P.

ACTOR: Eduardo Barrios y Antonio Cicedo.REPTJBLICA DE COLOMBIA

RAMA JURISDICCIONALMsqistz Ponentes

DR. AQUILINO RORIQUEZ PDIA7A Refi Proceso $0. 11344

ReouCton,s Mm isteriales Dandafltes Eduardo Darnos Montes y Antio Cajco, n ejercicio de le acción de plena j. rJKUCCJ4$

ir mediante epod mdc, loe señoree Muerdo Bau rri& Montee y antonio Çaicado, piden el Tribunal h,c.r les , eiqu.entes decleracioness •PRIH:Lk... Oua es nula le resolucidu No. 2019 de 19 de #bril de 1.9760 proferida por el Ministrio 4$ FdU~6n Raciorel. en cuanto por .11e sS reeus3ve dccl rer insubeis' entes los nonbrarientos de br , sshorae ID1JRDO BMRIC8 y AN?OM. NIO CZdClDO. cune profesores de le Escuela floreal Macio» nal de Corozal y del Instituto Nico1s Esguerra..eep.et vamene. 8EOUNrA.... Que, corno Oott,ecU.ncis de 3 nulid d Impetrada y titu.. lo 4e retublici.tento del derecho, as ordene al $inist~ rio de Euucacidn Nacional reintegrar a loe eetores SDUAL DO BARrT,.OS Z4OU& y !4NTON 10 CAXCZVO, dentro del trrnLne

lo 4e retublici.tento del derecho, as ordene al $inist~ rio de Euucacidn Nacional reintegrar a loe eetores SDUAL DO BARrT,.OS Z4OU& y !4NTON 10 CAXCZVO, dentro del trrnLne previ&to en el art. 131 4.1 C.C..,a boa cargos que ven.tan ocus edo en la floreal Nacional de Corozal y en. el Inatitu.-: - te 0c914as aera.o a otrosdeigua10 superior cate~ xis dentro 'dát e,tab3cipi.nt educativo o en otro ubicado ew 1• mis ciudad "?}RCRM igualmente, como ccn~ cuenca de 1, nulidad ji.t~ de y a titulo de restb1eciMento del derecho se cofldene a 1J $21IOs .'Mjnist eno 69 }duecidn Racional e reconocero liquidar y pagar '& los actores, dentro del almo tónuiino previtto en el art. 121 41 C.C.A., lea lueldC% pnIsa bonifioaioees. aubkidlos, vacecionsa y d$ emolumentos 4aJds de perciijr cocio profesores de lø Hotaal$scionsl de øcaros1 y dØl. 1fltitut Nioa1 Esquer rs de.ds el 1 de abtil dio 19916. basta La fecha en que efaetiva.t$ es reirttegrdós rervLció Otáciale "CL!ÁRTA.. Que ae decLare que no be exi... • tidó solución de ecUnuid,d 0 los servicios pr.tetos á le .$aclán por loe actores,

reirttegrdós rervLció Otáciale "CL!ÁRTA.. Que ae decLare que no be exi... • tidó solución de ecUnuid,d 0 los servicios pr.tetos á le .$aclán por loe actores, para todos tos efectos ga1es y en especial para 19 r.la.. øiosdo óoe prestaciones eociales.. • Relacione los siguientes NOSs • Z1 asnor duardo Mfcriso a±rioe Montes entró e pr atar us servcioa a la Nci6 i.J(inito. rio de £ducci6n Miciortal = coo profesor de enteflefls e. cundaris de .1 otsl Iacionel de,,Coroa.l# el din 17 de marso de 1.97% en virtud ,, nonbraoifltø que 1• fuera he.. che por. medio de resolución so. 1414 d. 2 de abril de 19. 7$ proferida por el $iniatr> de £ducecióá y pre 1 la po. sesión eorraponcU.ente del cargo,#11344 0 24 El eetlor Antonio J 4 aá Caicedo e trd a preatat sus Servicios 5 15 MC14n Minist'rjo de 1dUç ción ?cional CcOo profesor de eucefsza secundaria 6.1 Instituto ?acional Mico1&s EElguerra s, en el aet de eptisb de 1.974 en virtud de nombramiento que le t~ rs he-cho por rTieio de resoluciones prof ti&,ø por el finió.. teno de duccin y previa le posesión correspondiente del c arQo. Lo actores se encuentran inerirs he-cho por rTieio de resoluciones prof ti&,ø por el finió.. teno de duccin y previa le posesión correspondiente del c arQo. Lo actores se encuentran ineritos en el ce].afón de Enøfn Secunde rl, ya q ue no has sido excluidos de ¿1 por acto adminii'io alguno y la inscripcid se b11eba vigente para la 4poca de loe hechos, 4e.-. 41 dL 25 dé marzo de 19976 se 11v6 a efecto en algunos estabZc1nientos docentes de carcter nacional, un cese colectivo de trabajo qu e había oído decretado por la Federación Colombiana de Educadores (recode) y por las asociaciones de ceraeter sindicais ción Colombiana de Profesores de Eng,r.na Secund.rie (icpes) • Asociación Colombiana de Zdiicsdo res de Taso CAc neo) y Aocieción dé Profesores de Enrefianza Técnica Aa.. dapent) • dsneoiru(ndolo 01 Jornada nacional de Protesta 25 . oarsO razón por le cual el Ministerio de E'ucac&dn Necio al en oorieL de 26 de marzo del nUimo aio dirigido al Ministerio de Educación ci-nal en iewoni.4 de 26 de marzo del iiamo aflo. 4riqido al Miaietrlo del ?rse. jo y 3equtidd Social solicitó de esta entidd ts dealns. toria de i1ga1itad 1 cese de actividades que r.atiaron algunos profesores y ma.atxoa ~ ,~dientes del finta. terio de Educación y ]a apliáaeidn djas medidas consi-.

toria de i1ga1itad 1 cese de actividades que r.atiaron algunos profesores y ma.atxoa ~ ,~dientes del finta. terio de Educación y ]a apliáaeidn djas medidas consi-. quientse, tales amo la auapsnsión de la personen jurie. dios de las eoici'n.s sindicales pr citdc y la fe.#11344 u1tad pera dep ir por tal roctívo a loe profesores y etroe çUe huber.n intervenido o participado en .1 pe ro. 5v... Nodieflt reol.ución r, 00942 de 30 de merco de .976, el Ministerio de Trebejo deflaró 1 ilegalidad del cese e suspnei4n colectiva de laborea r~ lizada por pgunos profesores depenilientea del M.tniecriØ de Educación y afiliados a lee anociones etndicalee snt.» riormente citoJe y# como consecuencia de ello eutorip a] Mini etirio de EduEacidn pare despedir a los profesores que hubieren intervenido o participado en el paroo una ve conocida la declrtoria de i1çelió, y susndi6 a per. ría jurfic!a por vela reaea a todos y cda une de las organ1rsciore' ,4ndicales. e,.. Post tiornsnte é durante los diii 6 y 7 de abril de 19741 se realizaron. iguelrnte. •n slqu ncc arteb'L'ecimíento» docentet Coges dø ectivi. daos por parte de algunos profesores metros y estudi~ tos, sin que por ello ~ solicitar por el ltnirie de

ncc arteb'L'ecimíento» docentet Coges dø ectivi. daos por parte de algunos profesores metros y estudi~ tos, sin que por ello ~ solicitar por el ltnirie de Educacidn a] Mintttio del Trabajo la rspectia declara.' tone de ilegalidad y la autorización para despedir a quL nos hubieren participdo en los paros o ceses de ativida.. des. • sin que se observara por 1a nío trci6a Pdbllca proceLiriento legal algWK para ~,rminar quit4nea participroD en el paro y por lo misma podían sir despedidos o q4enaa continuaron en él después de concOide 1 ilgalidd, sediento la resolución acusada el Ministerio de aducacién declaró ineubistentes los ncs'brs-' mientas de profesores ct los actores'.113" 5 C disposiciones violadas cita los, arte. 16. 17. 18. 26 y 30 de la Constituci6n $acionei concordatea cOfl el arte 50 del Plebiscito Nacicnal, arta. 450 y 451 del C.Sustantivo del ?rebajo art. le del Dec~ to Rrglameatario 2164 de 19959. srt. 1Q y 2' de la R 5so.. lución No. 1064 de 1959 del Ministerio del Trabajo art. 66. inciso 2e del C.C.A.t arta. le y 7a dei Dcrto 2492 de 1975g art. je del Decreto 528 de 1976v arta. 26 y 61 del Decreto 2400 de 1968 y D~r~ rg1.mentario 1950 d• 1913.

de 1975g art. je del Decreto 528 de 1976v arta. 26 y 61 del Decreto 2400 de 1968 y D~r~ rg1.mentario 1950 d• 1913. Se expone 1 con :opto je, la vio1cS3n de ea e normas por los a,tes scusdoa. J ecutori edo el auto de cítacUn pa ,- re eanteni$n que e observe causal de nulidad que tu valide lo actuado. el Tribunal decide si proceso previas las siguientes IrkAcxoNss Le Yiceli. Tercera de la Corpor4ci6n en su viti de fndo expreses fl sbogdo MIGUEL G0tVU% ODRIaUEZ, Como apoderada de los ~orea rUJQ 1WRIC5 MONTS Y AUTOI(D CAXCiDO demande la nulidad dsJe Raolueioe 2019 de 19 de abril de 1976 proferida por el. Ministe rio d 1duCac16n. que d.c1rs insubsietentes sus s~ bramientos de profesores de la Ecuøie Normal Ncio..... nal 4. Corozal y del Instituto øico].4s Esqurrao pare que en su lugar sean r.integrdoa y as les gue lo se lea tadeuda por 5us1da y preetactc'nee. Los actores están inscritos en al e calafón 4. nretansa secundaria y no han sido exluidos de dote por acto adeinietretiVo alguno,, eI$CofltráSu' doe vigente su iuecripcidn so le épOca del despido. Aunque en la Re solución acureCe no so lea hizo cargoREPUBLICA DE COLOMBIA

doe vigente su iuecripcidn so le épOca del despido. Aunque en la Re solución acureCe no so lea hizo cargoREPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE JUSTICIA Mm#11344 alfuno# se , tiene conocinte de que durante los dias 6 y 7 4. abril 4, 1976 se 11e6 e ce» i ces, e actividad el tg nos .rteblecini.nto docentes nacionales. 91 Minterio de Muoeid no decreté su i1tgali 4 ni sutorind el 4espit%o de q ies partic non si o aroe. ni 1 Ad. .inistrción observó nigtmn procedimiento legal para determinar quiénes participaron su )$ bs. Chos y quiénes ~an ser despdido, en el aealafón de esnefensa secunari% tienen derecho a pernanec.r su sus c cargos mientras no sean excluidos de éste y es compruebo previamente qué iacrrieron en mala eonucta como lo prevé el articulo 10 di 1 ley 43 de 19459 l articulo 2 del Decreto 52 de 1976 suspendid para loe eervi4o res pdblicos ini critos en la cerrera edairistr'tiva docente # penitenciaria dip1omtioe y consular, los da~ hoz y gatantiae, como la etbli ado ascsnso y atrae prerrógtivas. durante el estado de sitio, pero no los teto como empleados de libre remocidu y litdt4 esa f,ulted a que los participantes en huelgas u otros actos de subwersids del orden pdbticó solo pori.n ser suspendidos

tio, pero no los teto como empleados de libre remocidu y litdt4 esa f,ulted a que los participantes en huelgas u otros actos de subwersids del orden pdbticó solo pori.n ser suspendidos sin derechos remuneración y sin llenar otros requisitos, por un término no inferior a seis soses ni mayor de doce pQdie5do ser declarado» insubsistentes por le autoridad nominadora o al comprobares en participación as esos actoso ms diante investigacian adelóntadappor un funclom. sario de superior cítegoria, durante un térmi. no no mayor de 15 dias y previo c neepto de la comisión da personal, como lo disponen los artículos 1. e 7' 8.1 Decreto 2492 de 1975. COSO lo dice el apoderadO, criterio que comparte la tieceli, cucado la Adeinistrcidn Invoca la comisión dio una falta por parte del enpledo. debo seguirse el procedi. miento disciplinario ptevisto pare la investi» geción y comprobación de los hechos y pare laREPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE JUSTICIA#11344 1 - 7 a lieposicida de la snoid, pues de lo contrario erfe negar øi dt eo de defensa garantizado por el articulo 26 de la Con%tjtucidn, lo cual no ea posible ni niqisrn du.rantUl r4glaen 6.1 estado de itio porque las jarantiae conrtituu. donaba permanecen vigentes mí situaciones de normaiic3ed o anormalidad pera todos los ciudad. no.. "mo no esi.t. it%qüfl cargo contra

estado de itio porque las jarantiae conrtituu. donaba permanecen vigentes mí situaciones de normaiic3ed o anormalidad pera todos los ciudad. no.. "mo no esi.t. it%qüfl cargo contra .1 profesor 1$)UMDO B;.ROS )ON?S ni eprece se el proceso la dø~-, racton de que fuera excluido del tcel sEda. ea concluy, que la daclereciós de su ineubsistencia ea ilegalo in cuanto al tor AflTO$IO C AICDO, eva pretensiones no p;e6se prosperar porque no está comprobada au inecripción en el escelafc5s. De acuerdo con lo anterior, le Fíe>- calla ?ercer conceptúa que si Tribunal debe dee. pachar favorablemente lea pretensiones de EDU DO SARRIOS MOW13 y en forme negativa las de ÁWa

TOUXO CICEtC'.

Coo el anterior concepto fiscal ae ajuste d La realidad procesal y jurtdtca deI presente p~ ceso. el. Tribunal lo ccmprte y moge s sin que sea nece~ rio repetir ls mismos pientta.tentos simplemente be de agregaras que evidentemente al icm,nto de ser declarado inaubistente del cargo da profesar de le Escuela 4ormel Racional de orozel (ucr.). el señor Uduardo Barrios Nos.- tea. oaefltba la calidMi de dervidor de carrera, debida-. mente inscrito en 1 eecalron de 1 uisma o de acuerdo cori la R,aol%cic4Na. 005 U ebr.z 1.975 que 1e da tal crct.r. Por tanto, al no trataras de empleado de libre

mente inscrito en 1 eecalron de 1 uisma o de acuerdo cori la R,aol%cic4Na. 005 U ebr.z 1.975 que 1e da tal crct.r. Por tanto, al no trataras de empleado de libre nombramiento y res,ociár&o le thstiueidn op'ra solo cuando se han cumplido loe requisitos que rienefl las dispsia.REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE JUSTICIA NU11344 • e a coues les].cs y regi asitarias sobre la mt ns. en cuseto a las cavr,.,alct cte tutivamsnte justifican la remo.... elda y previa ~prob ciSn da los motivos que hayan ser-. vid de fundaui,nto a li ca e;taca. 1ncur o el a eMr Antonio Cajco no hay contacie da que este inscrito en el Escalfán docente, por tanto no tiene fuero alguno que le garantice une irimovilied é por tanto sus peticiones deben sar deau. gades. Por , lo antariomente expuesto, .1 Tribunal Contanciose Administrtivo de Cundinamarca, de acuerdo ca wa coiboredor fiscalo adminstraxSo justicia en nombre d la Aap'&bliaa de Colombia y por autonitad da

1. Ley. .-. Dec1reae la nulidad dei a rtL culo Segundo de ia R0poiuci6a No. 2019 da 19 d abril da 1.976 dicta4a por e]. )4inietenio d Edusecidn Nacional, en cuanto a la declaratoria da insubsist.noia de]. sefor Eduardo Barrios ?4otea del cargo de Profesor de l Isoma..

1.976 dicta4a por e]. )4inietenio d Edusecidn Nacional, en cuanto a la declaratoria da insubsist.noia de]. sefor Eduardo Barrios ?4otea del cargo de Profesor de l Isoma.. la Nornal Recíonal 4. Corosal (Sucre). 2e.-. Como c necuencis de le entenas de'l araci4n. y para restablecer en su de techo el seflor Eduardo Barrios Mante o si Ministerio de £ucaci6e Macl~ nej o - integrad s.l aeOt ernió P4cntea en el cargo que desompaflabao o a otro de igual o superior cetegoríal p~ gatis loe sueldos# primas, vacaciones y dandi pttiO. 051 que #ubáexw dejado de devengar desde la fecha de'A DE COLOMBIA JRISDICCIONAL 11344 a 9retiro hrta el día en que r e le Zstfb1ezca l.ga1tente, 4e acuerdo con su ci icici6n en le ,equnc eategoria del Zgcelafón de £nie?e$ze Secunrie, y teniendo en cuen_ te los r4jutL al ríelos uese hayan •ecrtado en ese 1peo. - 34. Se decie igualmente que no ha exiati& eoiucidn dé continuidad en le prí stacidn d us servicios, a ptir del 19 de abril de 1976 hata el día en que t'ee rincøpordo en forma lqe1, cono el efecti. vatnente hnbise tr&aJ edo. pire efectos de pensión de

servicios, a ptir del 19 de abril de 1976 hata el día en que t'ee rincøpordo en forma lqe1, cono el efecti. vatnente hnbise tr&aJ edo. pire efectos de pensión de bi1çidn, auxilio . CesantLao primes y demi4e taciou.. nes socíslos e 4. 1 4initrio de Pcaci6n da rá cwplimiento al presente fallo, centro del, término eatbiecido por el at. 121 del Cóigo Cóntencióso ?dwinie tr3tivo. So... NM04ee11 p ticionoa del de.. U2aneflte Antonio Caicedo. Cdpiee, otificuee. comuniquese y consdltes, con el fl. Consejo de Estado. P4probado en la Sexj46n No.

IR SILVA AMIN AQUILINO O'R1(fl RCRAZ

MIGUEL MVOP1 10 CRDJ V e XX=W.AUL CORCH11ELO M5

AV'. L.cOW' UI ZR?O ~mW , GOI4EZ JAIME imof-.SCY.3 OtLR$IZO CÁRI OT;VXC ROTRIGU7 y.

MARGO EMILIO CELTrl ú# Mrxo n .iusc1

Consultar sobre este documento ...