🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

TA CUN - 11640-(28-09-1977)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
TA CUN - 11640-(28-09-1977)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1977

TRIBULL A UI'TRLXYQ I1 OUIDINAMABCA )ogot, D.L, septiembre veintiocho (28) de mil novecientos setenta y siete (1977)..- agistradc ponent.a Dr. ALBERTO MERO GZ Refs Expedi.ta 11640 1.u.ato. Nacionales Actor: RENE 8A142AB OflOYA.- Pide .1 actor, a través de apoderado, que se dé epli-. cación a lo setaituído por el artículo 36 de la Ley 63 de 19679 en concordancia cn .1 artículo 90. d. la Ley 8, de 19709 declarando resuelto en su favor .1 recurso de reclamac14n que formuld contra la Ltquidsoi6n Oficial No. 166951 di fecha 27 di marzo da 1973 por medio di la cuálla ssoctdn 4. L1.quldaoi6n de impuesto sobre la Renta de le Adtnietraoión de Impuestos Xcona1ee da Bok.,>otá le dsternin6 los grarsrI.s a su cargo -or .1 afta ttaoal de mil novecientos setenta (1970). Aunque la Resoluoi6n No, L-003689-P ¿si 27 desgasto de 1974, emnmd ¿e la Sección de Recursos Tributarios de la aLema Administración (f2,,. 1 y es. exp.ppal,), expresa que el recurso de reolaaci6n y subsidiarios de apelaai6n Interpuestos contra la mencionada Liquidación Oficial fue presentado con .1 lleno de los requisitos leales el 25 de junio de 1974 9 esta fecha, por lo que puede verificares del memorial respectivo que obra a fomencionada Liquidación Oficial fue presentado con .1 lleno de los requisitos leales el 25 de junio de 1974 9 esta fecha, por lo que puede verificares del memorial respectivo que obra a folios 7 y 8 de los antecedentes administrativos, se equivocada, ya que de acuerdo son las constancias que allí existen dicho se trjto tus presentado no ese díl, sino el 25 de Junio de 19739(11640) - 2Xn las anterior.s condiciones, y siendo así que la reo1aci6n fue resuelta en forma definitiva por medio de la Reeolucidn R-01353-0 del 27 4e abril de 19769 notificada por edicto que se desfijó el 20 de mayo siguiente, hay que concluir que ya para entonces habían transcurrido loe dos Ros de que tata si artfoulo 90. de la Ley 8. de 19709 por lo que habrí de accederes a loe pedimento 6e la demanda y practicarse una nueva liqui- ;aoi6n de los grsvenea a cargo de la contribuyente. Esa ltquidacidn, como corresponde, ee sujetará a lo. - puntos materia de reclaaeoi6n, contenidos en el rnáorial atrs mencionado, teniendo en cuenta, adema, las modificaciones que a la 1iqutdaoi6n oficial se introdujeron mediante las reeoluo10 use 6.1 Adminiatraoicn de Impuestos Nacionales de Bogotá y de la Direcci6u General da Impuestos Nacionales (fe. 1 a 15 expediente prinoipal) tal liquidaci6n, en consecuencia, será casosigues P1!E1ev Rentas La gravada inicialmente ................4 3164.546

diente prinoipal) tal liquidaci6n, en consecuencia, será casosigues P1!E1ev Rentas La gravada inicialmente ................4 3164.546 enoss costos aceptados ..$ 3.100.621 menor valor patisipaciones . •....... .$ 2.394 t 3-1222012 Renta gravable ..................$ 61.531 $10.950 ?0rA1 A CARGO DEL 01?RI3UYEWfE ............... $ 104950 30: DIEZ 911 ZWECIKT0S CXEU)IJTA P08 ($ 10,950) m.ots.(11640) - 3Pago., 3egdn comprobantes que aparecen en el exped lente edministrattvo, (fe. 63 70), ino]ufda retenoi6n en la fuente, elactore ha cancelado $ 14.130 Queda, por tanto, un saldo a su favor de $ 3.180 .i aztto de lo eXpuesto, el Tribunal Átiniatrativo de Cundinarca, opartiendo .1 concepto del sOr Fiscal lo, de la Corporación y administrando justicia .n nombre de la Repdblioa de Colombia y por autoridad de la Ley, Y A L L Li lo.-. 1n aphtcacl6u de lo dispuesto por los artículos 36 de la Ley 63 de 1967 y 90, de la Ley Be, de 19709 declárese resuelto en favor del contribuyente RZE <GALAZAR MOflOYA el recurso de reo1aoi6n que foxmuld contra la Liquidación Oficial 1, 166951 del 27 de marzo di 19759 por medio de la cual se le determinaron loe impuestos da renta, complementarlos y eaYA el recurso de reo1aoi6n que foxmuld contra la Liquidación Oficial 1, 166951 del 27 de marzo di 19759 por medio de la cual se le determinaron loe impuestos da renta, complementarlos y eapecialea a su cargo por, el efio gravable de mil novecientos estete (1970), 29.- pCjase, en consecuencia y de conformidad con laliquidación que contiene la parte motiva de estefallo, en la aaa de DEZ MIL ZOVECIENTOS CIPCU11TA PEScE ($ 10 9 950.00) moneda corriente si monto total de dichos grvmene.. 3,- La Administración di Impuestos Macionales de Bogot, en el término e.hialadg por .1 artou10 121 ¿si C.C.A., devolverá 1 contribuyente la suma de TREB IL 0113W 0CFTÁ PESOS ($ 3.180.00) moneda corriente, que paga de1s. Si(11640) ~ 4 — la d.vcluci$n no se hace en el t4rino aludido, se reconocerán ii.0 terea.s al accionante a la taes del 8% anual, (El proyecto de este fallo tus discutido y aprobado en sesión de Sala celebrada .1 6 4e julio de 1977). Cópieee, notifíquese, ounfquee. y CONUIESE.

LLBFRTO VOPUO GfEZ CARLOS OCTAVIO RODRIGTJZ Y.

AlVARO UCCMITE LU1Á JAI ME GtrARNI2O AQUILINO R ODR IGU1Z PFWRAZA B1 ,10TOY RÁL e ç CH UBLO 1,

(aueute,.

AlVARO UCCMITE LU1Á JAI ME GtrARNI2O AQUILINO R ODR IGU1Z PFWRAZA B1 ,10TOY RÁL e ç CH UBLO 1,

(aueute,.

MARIA EtTGPNIA bEJÁMPkM R. ZAMIR SIVA MIlI e) (ausent MU 1AM ?AJARTO P0RE8

Secretaria Iota.— A la ee.i6n de Sala en que se aprobó el anterior tallo aeiett6 el Magistrado Dr. Zasir Silva Mm, pero no lo suscribe por no ejercer en la fecha el cargo.

Consultar sobre este documento ...