TA CUN - 11655-(24-10-1996)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 11655-(24-10-1996)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1996
MANDAMIEIO DE PAGO - Notificaci6n / CURADOR AD-LITifI - DesignaCiO
TRIBUNAL ADmINISTRATIVO
CUNDINAMARCA
SECCION CUARTA
AEPUBUCA DE COLOMIFiq
DE Relatora 18 NOV. 1996 Trird Admnstrajivo de CundinamarC Sañtafé de Bogotá, D.C., Octubre venticuatro (24) de mil novecientos noventa y seis (1.996).
Magistrado Ponente: Dr. FABIO O. CASTIBLANCO C.
Ref; Proceso No. 11.655.-
Demandante: LA NACION - EMPRESA NACIONAL DE
TELECOMUNICACIONES - TELECOM C/. ARTE CONSTRUCCION
LTDA. ARCO LTDA..
JURISDICCION COACTIVA NACIONAL Procedente de la Asistencia Jurídica, Region Centro Oriente, de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones "Telecom1, se encuentra ante este Tribunal el proceso que por jurisdicción coactiva adelanta la Nación - Empresa Nacional de Telecomunicaciones Telecomcontra la sociedad Arte Construcción Ltda. Arco Ltda., para el cobro de la suma de un millón ciento quince mil ochocientos sesenta y tres pesos con treinta y seis centavos moneda corriente ($1..115.863.36 M/cte) por concepto del cobro del servicio de larga distancia de la línea telefónica No. 2530735, con el fin de que esta Corporación conozca del grado jurisdiccional de consulta, por cuanto el ejecutado estuvo representado por Curador ad--litem. HECHOS 1.- Por medio de la Resolución No. 02010011-000161 del 9 de
conozca del grado jurisdiccional de consulta, por cuanto el ejecutado estuvo representado por Curador ad--litem. HECHOS 1.- Por medio de la Resolución No. 02010011-000161 del 9 de junio de 1.995, el Gerente Regional de Bogotá, de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones "Telecom', ordenó adelantar el proceso ejecutivo por jurisdicción coactiva. contra ARTEExpediente No.. 11.655 CONSTRUCCION LTDA.. ARCO LTDA, 1.a cual fue notificada por edicto fijado el 24 de agosto de 1.995, por concepto del servicio de larga distancia de la linea telefónica No.. 2530735.. (folio 1 yss del expediente). 2..- Con base en la anterior resolucion, la misma dependencia, el 20 de octubre de 1995 libró mandamiento ejecutivo por Jurisdicción coactivas a favor de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones " Telecom " y en contra de la sociedad Arte Construcción Ltda. Arco Ltda., por la suma de $1.115.863..36 par el servicio de larga distancia de la linee telefónica número 2530735, más los intereses moratorios y corrientes bancarios desde que la obligación se hizo exigible y hasta que se produzca el pago total de la deuda. (folio 16 exp.).. 3.- El 31 de octubre de 1.995 a través del oficio No. 3584 es citado el ejecutado y el 27 de noviembre. de 1995 es entregado por el correo, según fotocopia visible a folio 24 del expediente. 4..- Mediante auto del 9 de enero de 1996, la ejecutante evidenciando que ha vencido el término establecido en el
por el correo, según fotocopia visible a folio 24 del expediente. 4..- Mediante auto del 9 de enero de 1996, la ejecutante evidenciando que ha vencido el término establecido en el articulo 564 del Código de Procedimiento Civil, sin que el representante legal de la sociedad ARTE CONSTRUCCION ARCO LTDA., compareciera para efectuar la notificación personal del mandamiento ejecutivo, procede a nombrar curador ad-litem.. Auto que se notificó por el estado de fecha enero 15 de 1996. (folio 21 expediente). 5..- Mediante oficio. del 16 de julio de 1996 aceptó la designación de Curador Ad-litem la DoctorISMAiLiA BUENO GARZON quien el 24 de julio de 1996 se notifica personalmente del mandamiento ejecutivo referido.. (folio 33 expediente) .
16. El dia 8 de agosto de 1996 la curadora ad-litem presentó escrito, anotando que no se opone al acto qLe ordena adelantar el trámite de cobro.. (folios 34 y 35 expediente)..Expediente No. 11.655 7.- El < 15 de agosto de 1996, la oficina de Asistencia Jurídica Región Centro Oriente de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones 'TClCCOffl" q ordena seguir adelante la ejecución para obtener el pago de la suma referida y ordena la consulta de la providencia, remitiendo el expediente al Tribunal
Administrativo de Cundinamarca.. CONSIDERACIONES DE LA SALA Del estudio del expedient& se desprende que ;i 20 de octubre de 1996, la Empresa Nacional de Telecomunicaciones "Telecomt' libró mandamiento ejecutivo, en contra de la sociedad Arte
Administrativo de Cundinamarca.. CONSIDERACIONES DE LA SALA Del estudio del expedient& se desprende que ;i 20 de octubre de 1996, la Empresa Nacional de Telecomunicaciones "Telecomt' libró mandamiento ejecutivo, en contra de la sociedad Arte Construcción Ltda. Arco Ltda. en donde se ordena su notificación de conformidad con el artículo 564 del Código de Procedimiento Civil.
Dicha norma sePala lo siguiente: Para la notificación personal del mandamiento ejecutivo al deudor o a su representante o apoderado, SE le citará por medio de comunicación enviada por conducto de empleado del despacho o por correo certificado a la Última dirección registrada en la oficina de impustós o declarada en: el respectivo proceso de sucesión, y a falta de élla, mediante aviso publicado en uno de los periódicos de mayor circulación del lunar sealado por el Juez. " Si el citada no se presenta al despacho del funcionario ejecutor a recibir la notificación personal dentro del término de quince dias a partir de la publicación del aviso, de la fecha de la certificación postal, o'de la entrega del oficio, se le nombrará curador ad litem, con quien se seguirá el proceso hasta cuando aquél se présenteY.." Observa la Sala que a folio 19 del expediente obra el oficio No. 3505 del 31 de octubre de 1995, enviado por correo certificado, mediante el cual se citó al ejecutado, para la notificación personal del mandamiento ejecutivo de fecha octubre 20 de 1995. Obra también en el epediente (folio 23) comunicación enviada por el Jefe de Grupo ¡11 del Area deExpediente No. 11.655 4
notificación personal del mandamiento ejecutivo de fecha octubre 20 de 1995. Obra también en el epediente (folio 23) comunicación enviada por el Jefe de Grupo ¡11 del Area deExpediente No. 11.655 4 Información Telegráfica al Cliente, dirigida a]: 'Asistente Jurídico, Gerencia Regional : de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, en donde se informa lo siguiente: Nos permitirnos informarle que su oficio Nro. 3585 expedido por esa gerencia el día .31 de octubre/95 recibido por nosotros el 3 de Noviembre dirigido a Repres Legal Arte Construccion Arco Ltda. Avenida Suba Nr. 101-37 ciudad fue entregado el' día 9 de noviembre/95 recibido por Gloria Barcia a las 11:30 horas según consta en planilla de control". Así las cosas, es evidente que de conformidad con la norma transcrita, la notificación se efectuó a la dirección legalmente válida, puesto que según el oficio que obra e. folio 14 del expediente ].a Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales, Personas Jurídicas de San tafé de Bogotá informó a 'Telecam" como dirección registrada en dicha entidad, correspondiente a la ejecutada, la siguiente: Avenida Suba No. 101-37. Esta misma dirección es la que figura en el certificado de existencia y representación de la sociedad Arte Construcción Ltda. Arco Ltda. expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, visible a folios 8 y siguientes de], expediente. Encuentra ].a Sala que por las anteriores razones, se dió cumplimiento a lo see.lado en el articulo 564 del C.P.C., siendo por tanto legal la citación para
y siguientes de], expediente. Encuentra ].a Sala que por las anteriores razones, se dió cumplimiento a lo see.lado en el articulo 564 del C.P.C., siendo por tanto legal la citación para la notificación de la referida providencia y por tanto legal el nombramiento de curador ad-litem. En mérito de lo expuesto, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, administrando Justicie en nombre de la República de Colombia y por autoridad, de la Ley, FALLA 1CONFIRMASE LA PROVIDENCIA OBJETO DE CONSULTA. 2.— EN CONSECUENCIA SIGA ADELANTE LA EJECUCION 3.- En firme esta providencia vuelva al expediente a la oficina de origen.Expediente No 11. .6'i COPIÉE, NOTIFIOUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE La presente providencia fue considerada y aprobada según acta No. 38 rJei 24 de octubre d1 aPo en cur Los Magistrados,