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TA CUN - 11686-(10-10-1996)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 11686-(10-10-1996)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1996

novecientos COt Reato i28 OCT. 199 rnbna\ Mn1ratNO ¿e DE TATrámite /GPJWDECCrJS M TA - tencia TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINMÍARCA sEccios aJAR'rA. antafé de Bogotá, D.C. diez (10) de octubre de mil ioventa y seis (1998)

AGISTRADO P0NTE: DOCTOR NELSON ZULUAQA RA}IIREZ

REF: PROCESO No - 1j686

ASUNTO: JURISDICCION C01IVA NACIOLJAL

LA NACIC-CONTROLABtA GERAL DE LA IA C/ LUIS AIIANDO RO~ ARKVAW. rocedente de la Controlaría General de la Rep1b1ioa, Dirección eccional Bogotá -CundinamarcaDivisión Jurisdicción Coactiva a llegado a esta Sección del Tribunal el presente proceso jecutivo que dicha dependencia adelanta contra el Señor LUIS 1ANDO RONRI), a fin de que se surte el grado de consulta revisto en el artículo 386 del C.P.C. por haber estado el jecutado representado por Curador ad-litem. baerva la Sala que en este proceso se hallan dos situaciones 'rocodimentalee plenamente consolidadas, a saber la plasmada en rovidencia de la Sala de marzo de 1.995 visible a folio 150 ediante la cual se establece que dada la cuantía no radica la ompetencia para conocer del asunto en este Tribunal, y la de ue da cuenta el auto de abril 7 de 1.995 que obra a folio 154 y .e. emanado de la Sección Quinta del H. Consejo de Estado y en

ompetencia para conocer del asunto en este Tribunal, y la de ue da cuenta el auto de abril 7 de 1.995 que obra a folio 154 y .e. emanado de la Sección Quinta del H. Consejo de Estado y en 1 cual se dispone que la Consulta deberá ser resuelta por el uperior del funcionario que dictó la providencia de que se trata rdenándose por ende que la tramitación continúe ante la ontrolaria Departamental de Cundinamarca (folio 159). or lo anteriormente expuesto, el Tribunal Administrando de undinamarca, Sección Cuarta, RESUELVE UELVAN las presentes diligencias a la oficina de origen, a finEXPEDIENTE No 11.686 2 de que allí se de cumplimiento a las decisiones de que trata la parte coneiderativa.

NOTIFIQUESE Y cUMPLASE.

Discutido y aprobado en la Sesión de la fecha, sean acta No.36

NELSON ZULUAGA RAMIREZ MARIA INES ORTIZ BARBOSA

JORGE E. MARQUEZ PUENTES FABIO O. CASTILBLANCO C.

MANUEL BERNAL AREVALO ALVARO VERA JAIMESGRADO DE (DNSOLTA - Qmipetencia

TRIWNAL ADNINIRA1IVO DE CUNDIMAIMRCA

SCtCN XWZA

Santa Fe do Bogotá. D.C.., dieciocho (18) de octubre mil novecientos noventa y seis (1996) ACL&RACION DE VOTO 13(1 M DRA. MARIA INES ORTIZ BAM~USLSCA DE çOt0

REF: RXPKDI4TK No. 11.688

D1ANDANT LA MCION CX3NTRWRIA (l4ERAL

ACL&RACION DE VOTO 13(1 M DRA. MARIA INES ORTIZ BAM~USLSCA DE çOt0

REF: RXPKDI4TK No. 11.688

D1ANDANT LA MCION CX3NTRWRIA (l4ERAL

DE L& Ru4$tTC& CON~-UJtS A[A$DO ____ Tribunal Mm1'° affiarm ~Mí= OH O(JTVA MACONA -AITft j 0~Cun'fl Con el acostumbrado respeto aclaro mi voto frente a la decisión adoptada en el presente auto, teniendo en cuenta que la actuación llegada en consulta debió devolverse, como en efecto se hizo, exclusivamente por ran de que el ejecutado no ha sido representado por curador ad-litem, presupuesto esencial para que se etirta el grado de jurisdicción indicado. El segundo considerando no solamente es innecesario sino inconveniente por cuanto se refiere a un. asunto . de competencia que debe ser resuelto por la Sala en su oportunidad:. Atentamente,

MARIA INES ORTIZ BARBOSA

MAGISTRADA

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