TA CUN - 11821-(01-10-1976)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 11821-(01-10-1976)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1976
91 DE COLOMBIA
RI9DICCIONAL 11 kiTRIBUNAL AD LN fl;ThATIVO DE CV NDI NALARCA
Bogotá, D.E., T, Magistrado Ponentes DR. MMUEL U UETA AYOLA.
Referencias Juicio No. 11821 Demandantes AURA M. PINTO ROiRIGUEZ
AUTOR IDADFS NACIONALES
No se admite la anterior demanda, por las siguientes razones¡ En realidad lo que se pretende impugnaa en el libelo es la liquidaoi6u de la cesantía dea actora, por considerar que no fue hecha en la forma correcta. Pero al leer el contenido del acto que se ae1ala co— mo acusado se observa que ea eiwplerisnte la lriformaoi6n que se da a la eerlora Aura María Pinto Rodríguez, sobre la forma como le fue liquidada su cesantía mediante acto anterior. El to o actos deiandabloa en este caso serían las resoluciones por medio de las cuales se le hizo el reconocimiento de esta preataci6n, ya que el oficio acusado no contiene en sí decisi6n ninguna que lesione los intereses del actor; ea simplemente un recuento de hechos pasados y consumados mediente otro acto administrativo. En consecuencia as rechala demanda y se ordena devo verla al interesado junto con los documentos anexos, sin neoeej, dad de desglose 1econ6ceee al doctor Solon Wilches Martínez como apoderado de la seflora Aura María Pinto Rodríguez, según poder que le fue conferido.
MINISTERIO DE JUSTICI?A DE COLOMBIA -TRSDICCIONAL J. 11821 2
derado de la seflora Aura María Pinto Rodríguez, según poder que le fue conferido.
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