TA CUN - 11922-(25-07-1977)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 11922-(25-07-1977)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1977
?RXWU1d (P 'C1OO LZIZrRIVCíDX CUMiNAMARCA aogot4 D,1, Kqi t rwo Pon.ntt
DR. AUX11 tJZ
R.fs Procsao No 1122 I~toe Heeior.1...'. Ms41nte spotsrátD y do la o r,vj14n, # el oerm>r Perro Vera V.1oqa.e, eoleit .1 ?r1s#iipzz m a sal Pe revis la opernoida admíol trtL.m aw ~ 5340 en le 14'idaajdn Oftcial 'o. S00092A de 9 de serio de 3.973 prctiods por la Jnini.t~ oidn de Upu <~ntos Noaic,ni1e0 de Girardot y lea aoluc.tons Rreo 401 de ZB de agosto de 1.975 y L.17N.ø de 25 40 yO de 1.976 dictdoa por le Asccidn de aureoa TrIbatarlos y DI. ccidn Gen o-el de Iet:s os io-a leap rep.ctivaoa y md1.ant• • cu&les pe le impuso t1 q rave~n por .1 aro fircl de 1.97% mds.ntsU$p tici re en 3o .jquientes -t.cw)s "1v. 1 se!or PbRC V;A VLt 4 su declraion Us venta y Patrimonio por el aro jraeb.t• de 19. 0. 1 dls 29 de tetzo de 1071 ante la »deini rolde de ~es ,,, a ecionelee de 4iren3t. dentro del t.nrino jega3.
0. 1 dls 29 de tetzo de 1071 ante la »deini rolde de ~es ,,, a ecionelee de 4iren3t. dentro del t.nrino jega3. 21.. La .drinirAr.eidn ie Zapuems 1acion.. ea de .irrdot efirma en iS Reo1uci6n 1o, 401 1 20 de de 9750 que,, por oficio 4Q. 173. 40 febrero 6 40 1973 r.quIrid a mi ndant, oficio que no fue r .óibldo y t'io3o ee entrd por un amI go us lo citeben e la ;dmini trr;et6n por utr'dlo de 21 speoio y el ø .øøsr si nativo la citici4 <»ntectd en note radicada del 20 40 darse de 1973 sI ndmaro 3.072. • LaAdmIní e' r á cLdn de mpustoa flaciøs ele 4e irr4Dt pretic6 1 14quld ción de ¡foro mbi'.ro 500092-A te 9 4. Keren de 3.973. 1iui.idn que So fe reibidm, n le capia Que es aolir itó de tal 1lq'tihcidn e exprese "Notes el rvps140 99" oeto en I m, copia io dice nada sobre l r art3cularo t ente lijul- !iscidn ce nota que le rnta lfquida e exctanente 1gza1 a le renta jrute y w> e elice ú oriqea de teler rentes soS dstriseoea. 4qow 3. eeor PDflC V .;¼) V e# Lntorpu.o di..
jrute y w> e elice ú oriqea de teler rentes soS dstriseoea. 4qow 3. eeor PDflC V .;¼) V e# Lntorpu.o di.. ctewente el re-curso de Rclsrncidn xt rordinria ntrs la liqul.. UcIda de aforo ndmro 500092A.. de 9 de blerno de 1973 por si erío.-ble de 1970, 1 df. 22 da jt4t le 19749 da tebr.'ro 1975, por m eoderado
19e1 ante ccittutd,. adiolond .1 Reurao d. R.0 cidn Cxtrrnordinr1a intrpuoto contra le 1i.utdec1s de efO. .XTe5pofld.tentr ci ato groveble de 1970. 1,69. L Seccide de P.eeureoe TrIbutarlos de mminircidn da Xeputos Uaione1.s de irerdot. •xpldid la .ucjdn dero 401 da 28 de ego rtO da 1973 por mcLto de la cual rrd la Uuicidn de aforo mero 500092 de 9 de merm de • por weçto de Im,llietptb obre la Peflt y su ccøptmcTtuios ml aio grt"b1a de 1970 y conciiá 2 7.curo da ApsimCid so -ai Subsidiri mnta, 11 24 de Aq, to de 197 2 JC L.OrE 2PtXE atmt6 e] R,,wcurOo ci. ApslacLde ocedide diarian:e contra la P..olueidn No. 401 de 20 de çØto de
JC L.OrE 2PtXE atmt6 e] R,,wcurOo ci. ApslacLde ocedide diarian:e contra la P..olueidn No. 401 de 20 de çØto de por rnedio 4 le ci.»l oye conf t rvió la Luidacj4e de si eflo &rvfhie ce 1970. "9... Le 'iecctdn ("sn re] da Xmpu.ctoa N. ole» exidid 3.. Reolucidn .01736.Ji de 23 ci. Mayo de 3.95, por e de la cu1 cinfir4 en todas aun partes le Reolucidn u~ro is feche 20 ci. Agoto da 1975 ofr1da por si Grupo de Rcvri» ributrios ce 1. ?iiatrcidn da Iapuatos Nacionalaa de QL.. 'st, ri& Cria de Le !pelcida." s mo dicpozicionea violadas etts lea articu.. 8 y 129 del ~reto 1631 ci. 1961 y .1 litoral A da] .rtfeulo si £)SCÍtO 2273 de 1959. 5 SOOm 1 concaptu de 1°iolecidn a flOXIM$ por 10actos cuya revisidn se oiicit.. ¡j cutorjec el auto de eitaaide pre sen- .a sin çu se ob. 've caneal de nulid d que invaUda lo actue. e]. Tribunal decide el preceso prrvira le siguiefltee$1 11922 CCNS XDRÇZOWB t L tja1 cuarta de la CorpozcIdn en SU vista de fondo sxpresás 8e concreta le icoftfortidad del actor al
CCNS XDRÇZOWB t L tja1 cuarta de la CorpozcIdn en SU vista de fondo sxpresás 8e concreta le icoftfortidad del actor al hecho de heb!rs.le esth3aC4de lo, Jnpuees de rauta. complementarios y sencidn. por el sistema de aforoé le cual. en su sentir es improcedentes £1.gsl# hbids cuenta -d1~ que por el ~ demandada (1970) ou.plid con la obligacld(t de presentar su denuncio fiscal, Os igual manera alude i la adición que .fectud es dpboa muy poe:erior y fuete de t4rrnino legal solicitando es le dé valides a lo que considera informes b4.1øo. ?ara determinar los factores contenidos en su denuncio dø renta, aRevisado .1 expedisrte a ini,trtivo, ob servamos que el aontritiysnte presentd dec1arac4u de rent por el ejrcicio discutido incluyendo datos muy preorios loe cuales# intetnó legalizar con la edicidn efectuada y recibida .1 30 de mar de 1973, en la M. mjn4tct6n de Impuestos Necionaleq0e (31rerdot. Creo el Minrto Pdblico que tanto la omisido de los informes en el denuncio fiscal como .1 aporte pot'rior extempórneo, dan base suficiente ps re hefla ns la ramón a le Ainistrici6fl por cuento la Uuidación etecade fué mitide da conformidad con los ArtIculas 22 del Dsercto 437 de 1961 y 9 y 11 del Dere hefla ns la ramón a le Ainistrici6fl por cuento la Uuidación etecade fué mitide da conformidad con los ArtIculas 22 del Dsercto 437 de 1961 y 9 y 11 del De - reto 1631 del mimno o.1 11922 - 4 "En efecto, sobre Ufl c;, @o iiLla si prse.nte y que cornpartiios. el H. Tribunal en senten Cla de Abril 30 de 1976. 001% ponencia del distiraguide >Iegietr Dr. Alvaro Iauom1te Luna# ecogicn les opiniones acuciosas de ptro colega fS.'cal 25. DX. Augusto Lozano tslgaidom as expresó aif e ccmo bien lo dice el s .lior Agenta, del Kjnerjo Pdblico s aprentament e 3 $ de abril de 3970 el contri uyente preesntd i declrcS4n e rnts, es decir# dentro del término. Pero en realiad no ocurrió aifo por cuanto pera que eato suceda es meneteX que se cnp1en ciertos requisitos estebicidos por 1 ley# ya que la $encminaa 1decierci6n de 8 di abril sis 197010no p de ser un reriodo de talo en in pure% ob serv ras a folios 75 y alquJe u es del cm dero de anta. cedentes. Allí puede verse. .fectivssets# un forma. rio de Ndeclrcidn de renta y patrinonio, color b1.' 00 propio para Opersonal ntur&.øa y sucesiones U& qu$.daao en el cual dn.tarnente as Mn llenado loe eep~
rio de Ndeclrcidn de renta y patrinonio, color b1.' 00 propio para Opersonal ntur&.øa y sucesiones U& qu$.daao en el cual dn.tarnente as Mn llenado loe eep~ cLoe or eepondiertos el ncwbre y apisUido del decls rente, su ei edo civil, su nmcionslidad.o su direceida. su fuente princip3 de inq raso, el ncbre de su odnyuqe# que lleve libros de contabiUd Val siquiera su edad. Luego, al frente del renglón R1 LX 'ISA es ponen la. cifras 135.250.09. el frente do las exenciones por.» ponalsa. 2.500.co pecomo renta gravable. 152750.00. i eso puede Iemminerp.o dc1rcidn en el vrdaders sentido de la palabra. .atatfre contrdiciendo el sentido exacto y profundo qm la ley ha querido dar e le11922 - 5 palabra I~Iarjcídn ce renta. que viene a ser una total relcidn J1 lo que l contribuyente be obtenido por su trbeJo o por su produciso de capital y t~ lo que tenga en su patrimonio al firta1izar un alio &do. Por eso la aplicacidn que la Ain.ietrci6o hizo del art. 22 del decreto 437 de 1961 en concordancia con lea arta. 9 y U ]l decreto 1651 de 1961 tie bien hecha, por cuanto la verdacira d.claresidn lleva fi-Cha de 10 de octubre de 1970,9 a todas luce ,.q extepóriT1e'I>
9 y U ]l decreto 1651 de 1961 tie bien hecha, por cuanto la verdacira d.claresidn lleva fi-Cha de 10 de octubre de 1970,9 a todas luce ,.q extepóriT1e'I> n con sido cidn e lo expw sto, le ríacalla emite cricepto desfevorbi a lee pretensiones 4. la detnenda. Como este c'ncepto hce un claro r~ rnen de,probleria debtido, el cual nft ajueb a la romall«»- dad Juriice y pro»ea1 del presente proceso. e]. Tribunal lo cnprte y acoge sin que ee necesario repetir los mismos pianta.nientos# ya?-ue r elmente el aontribum vente en su o.clrcidn no Se fleld Ion fictoes que atentaban los costos, las deduccioness etc., y su ricidn fuá pr efltike •xtepornemonte. n in.4rito de lo ant riormente expuesto. •1 Trjbrn1 Contencioso c)rinimtrtivo de Cufldineinr# de seuerdo con su co1a)crdor fiscal, edminis rando jue.. ticia en nombre de la Repblice do Colombia y por autoridad de la Ley, TALXA u
DTG1ÁSE L» P TICXCS D ¡4A ¡Zt4AN.
OtSpiess. itif(quo.e. comuniquen. y si•11922 6 no fuere apelado ente feito, rcbiveae el expediente pevie dVoIuai4n de br rntecedefltes aninistr tivos. la oficina de su origen. Aprobado en la Sesión $ o.
no fuere apelado ente feito, rcbiveae el expediente pevie dVoIuai4n de br rntecedefltes aninistr tivos. la oficina de su origen. Aprobado en la Sesión $ o.