TA CUN - 12240-(30-01-2001)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 12240-(30-01-2001)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2001
ACCION CONTRACTUA ulida
SELECCIÓN DIRECTACONTRATO ARREND CONTRATO CONCESION . raleza
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN 'B'
Dt Bogotá D C., enero treinta (30) de dos mil uno (2001)
Referencia: Contratos
Expediente: No. 12.240
Demandante: Personería Santafé de Bogotá b?. WCe& - Demanda: La Personería de Santafé de Bogotá, demandó al Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte con citación de la firma Estadios S.A. pidiendo:
A. Que se declare la nulidad del contrato de arrendamiento que se distingue con el número 253/94 en el que son extremos contractuales el INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACION Y EL DEPORTE, para el caso EL ARRENDADOR y la sociedad "ESTADIOS S.A.", a saber el ARRENDATARIO, habiendo tenido el contrato como objeto material, el ESTADIO NEMESIO CAMACHO "EL CAMPIN" con todas sus anexidades tales como sus parqueaderos Norte y Sur así como las mejoras actuales y futuras de cuya ubicación y linderos se ocupa la Cláusula Segunda del documento en que se plasmó el acuerdo de voluntades. Se eleva esta petición ente la certeza de que el contrato se celebró con desconocimiento de requisitos legales que impiden otorgarle validez jurídica.
B. Que como consecuencia directa de la anterior declaración, se ordene a la sociedad "ESTADIOS S.A.", proceda a la inmediata RESTITUCION del bien arrendado en favor del establecimiento público que funge como arrendador, esto es, el INSTITUTO DISTRITAL PARA LA
S.A.", proceda a la inmediata RESTITUCION del bien arrendado en favor del establecimiento público que funge como arrendador, esto es, el INSTITUTO DISTRITAL PARA LA
RECREACION Y EL DEPORTE y,
C. Que se ejecute y cumpla la sentencia que ponga fin a este proceso, según las disposiciones del Código Contencioso Administrativo en sus artículos 174 y siguientes."
Fueron hechos: