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TA CUN - 12427-(19-02-1998)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 12427-(19-02-1998)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1998

MANDAMIENTO DE PAGO - Notificación / CURADOR AD-LITEM - Designación

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCION CUARTA cJeC ur,¿'inarnarca v

Santa Fe de Bogotá, D.C., febrero diecinueve (19) de mil noveie'itos noventa y ocho (1998).

Magistrada Ponente: Dra.STELLA JEANNETTE CARVAJAL BASTO

Expediente No. : 12.427

Demandante : LA NACION-OFICINA DE CAMBIOS

DEL BANCO DE LA REPUBLICA C/

REPRESENTACIONES KEMO LTDA.

Procedente del Ministerio de Hacienda y Crédito PúblicoSecretaria AdministrativaSubsecretaría JurídicaGrupo de Cobro Coactivo-, llega a este Tribunal el proceso que por jurisdicción coactiva adelanta la NaciónOficina de Cambios del Banco de la República contra la sociedad REPRESENTACIONES KEMO LTDA., para el cobro de la multa impuesta por esa entidad, en cuantía de $118.087.91, con el fin de que esta Corporación conozca del grado de consulta, por cuanto la ejecutada estuvo representada por curador ad-litem (folio 70).2

EXPEDIENTE No. 12.427

La NaciónOficina de Cambios del Banco de la República el Representaciones Kemo Ltda. HECHOS La Oficina de Cambios del Banco de la República, dictó la Resolución No. 110.582 de 13 de octubre de 1983, mediante la cual se declaró el incumplimiento de las obligaciones estipuladas en la Garantía Global de Giro con Cláusula Penal por Fletes de Importación Zona Franca

Resolución No. 110.582 de 13 de octubre de 1983, mediante la cual se declaró el incumplimiento de las obligaciones estipuladas en la Garantía Global de Giro con Cláusula Penal por Fletes de Importación Zona Franca No.00110 de 22 de abril de 1981, en lo que respecta a la Licencia de Cambio No. 005846 de 15 de abril de 1982, en la suma de $118.087.91, a la sociedad REPRESENTACIONES KEMO LTDA. (fi.2). Con base en lo anterior, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Juzgado Unico Nacional de Ejecuciones Fiscales, libró orden de pago por la vía ejecutiva de Jurisdicción Coactiva el 3 de julio de 1984, a favor del Tesoro Nacional y en contra de la sociedad REPRESENTACIONES KEMO LTDA., por la suma de $118.087.91.00, y por las costas que se causaren (folio 9). El Secretario Abogado Grupo III del Juzgado Unico Nacional de Ejecuciones Fiscales, envió a la ejecutada los oficios Nos. 5141 de 16 de julio de 1984, 5992 de 24 de agosto de 1984, 5739 de 22 de agosto de 1985 y 00002272 de 1 de junio de 1989, con el fin de que se notificara del mandamiento de pago librado en su contra (fls.11, 12, 13 y 35). El Abogado Secretario - Grupo Cobro Coactivo - del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, envió comunicación el 5 de septiembre de 1996 al Jefe de la División de Contabilidad y Cuentas Corrientes, Subdirección de Recaudación de la DIAN, solicitando información acerca

Hacienda y Crédito Público, envió comunicación el 5 de septiembre de 1996 al Jefe de la División de Contabilidad y Cuentas Corrientes, Subdirección de Recaudación de la DIAN, solicitando información acerca de la dirección y demás datos posibles de la ejecutada, a la que se le respondió que "Revisados los archivos magnéticos del Registro Unico Tributario no se encontró información a nombre de Representaciones Kemo Ltda, con Nit. 60.052.152 . . ." (fis. 51 a 54).EXPEDIENTE No. 12.427 La NaciónOficina de Cambios del Banco de la República cl Representaciones Kemo Ltda. El 21 de octubre de 1996, el Jefe de Grupo de Cobro Coactivo resuelve adicionar el mandamiento de pago de 3 de julio de 1984 librado por el Juzgado Unico Nacional de Ejecuciones Fiscales, en el sentido de incluir los intereses legales vigentes que se cobran para los créditos a favor de la Nación, desde que se hicieron exigibles y hasta el momento en que se verifique el pago total de la obligación (fi. 56). El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Secretaría Administrativa - Subsecretaria Jurídica - Grupo de Cobro Coactivo - requirió a la sociedad REPRESENTACIONES KEMO LTDA. Nit:60.052.152, para que se notificara personalmente del mandamiento de pago, mediante aviso publicado en el periódico "El Espectador" de 7 de enero de 1997 (folio 61). Ante la imposibilidad de notificar personalmente a la sociedad Representaciones Kemo Ltda., la oficina ejecutora le nombró como curadora ad-litem a la doctora Ligia Ramírez de Carbonel, quien una vez

Ante la imposibilidad de notificar personalmente a la sociedad Representaciones Kemo Ltda., la oficina ejecutora le nombró como curadora ad-litem a la doctora Ligia Ramírez de Carbonel, quien una vez posesionada del cargo, se notificó personalmente del mandamiento de pago el 14 de abril de 1997 (folios 62, 66 y 67). La Auxiliar de la Justicia, en ejercicio del cargo, presentó memorial ante el órgano ejecutor, visible a folio 68 del expediente, en el cual manifiesta que la resolución que presta mérito para el cobro judicial se halla debidamente notificada y ejecutoriada, que no observa causal de nulidad que invalide lo actuado, y que se oficie a la Cámara de Comercio de Santa Fe de Bogotá, para que envíe certificado de existencia y representación legal de la sociedad. Mediante providencia de 23 de abril de 1997, la entidad ejecutora resolvió continuar con la ejecución, en los términos del artículo 507 del4

EXPEDIENTE No. 12.427

La NaciónOficina de Cambios del Banco de la República ci Representaciones Kemo Ltda. C.P.C. y dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 133 del C.C.A. (folios 70 y 71).

CONSIDERACIONES: Estudiadas por la Corporación las diligencias ejecutivas en grado de consulta, como lo prevé el artículo 133 del C.C.A., se observa que el mandamiento de pago proferido por la entidad ejecutora se ciñó a lo preceptuado en el artículo 564 del C.P.C. para esta clase de juicio.

En efecto, para notificar personalmente el mandamiento de pago a la sociedad Representaciones Kemo Ltda., la entidad ejecutora le envió los

preceptuado en el artículo 564 del C.P.C. para esta clase de juicio. En efecto, para notificar personalmente el mandamiento de pago a la sociedad Representaciones Kemo Ltda., la entidad ejecutora le envió los oficios Nos. 5141 de 16 de julio de 1984, 5992 de 24 de agosto de 1984, 5739 de 22 de agosto de 1985 y 00002272 de 1 de junio de 1989; posteriormente el Jefe de la División de Contabilidad y Cuentas Corrientes de la Subdirección de Recaudación de la DIAN comunicó, el 17 de septiembre de 1996, que revisados los archivos magnéticos del Registro Unico Tributario no se encontró información a nombre de la referida sociedad (fis. 11, 12, 13, 35y53). En vista de lo anterior, la Jefe de Grupo de Cobro Coactivo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público ordenó citar a la ejecutada para notificarle personalmente el mandamiento de pago de 3 de julio de 1984 y su adición de 21 de octubre de 1996, por aviso publicado en un periódico de amplia circulación, la que efectivamente se surtió en el diario "EL ESPECTADOR", el 7 de enero de 1997 (folio 61). Ante su no comparecencia, según el informe visible a folio 62, se procedió a nombrar CURADOR AD LITEM, quien una vez posesionada delEXPEDIENTE No. 12.427 La NaciónOficina de Cambios del Banco de la República cl Representaciones Kemo Ltda. cargo, se notificó del mandamiento de pago el 14 de abril de 1997 (fis. 62, 66 y 67).

La NaciónOficina de Cambios del Banco de la República cl Representaciones Kemo Ltda. cargo, se notificó del mandamiento de pago el 14 de abril de 1997 (fis. 62, 66 y 67). La Auxiliar de la Justicia, presentó memorial en el cual manifiesta que la resolución que presta mérito para el cobro judicial se halla debidamente notificada y ejecutoriada, que no observa causal de nulidad que invalide lo actuado, y que se oficie a la Cámara de Comercio de Santa Fe de Bogotá, D.C., para que envíe certificado de existencia y representación legal de la sociedad. En consecuencia y no existiendo causal alguna de nulidad que vicie el proceso, la Sala confirma el auto que ordena seguir adelante la ejecución contra la sociedad REPRESENTACIONES KEMO LTDA. Por lo expuesto, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley,

FALLA:

1°. CONFIRMASE LA PROVIDENCIA OBJETO DE CONSULTA.

20. SIGA ADELANTE EL PROCESO EJECUTIVO./

ST JEAN TTE CARV J L B. MARIA INES

ALVARO E. VERA jiiiTs

6

EXPEDIENTE No. 12.427

La NaciónOficina de Cambios del Banco de la República c/ Representaciones Kenia Ltda. 30

EN FIRME ESTA PROVIDENCIA, DEVUELVASE EL EXPEDIENTE

A LA OFICINA DE ORIGEN.

COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE Y CUMPLASE,

Discutido y aprobado en sesión realizada en la fecha. Acta No. 7. Los Magistrados,

FABIO/OCASTlBLANCO C.

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