TA CUN - 13528-(13-07-1977)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 13528-(13-07-1977)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1977
TPI: JNAL ADMINISTkATIVO DE CUNDI)LAXARCA Bogota, D.01 Julio trece (13) te mil novdnentoa eetnta j siete (1977)
Magistrado Ponente: IR. JLVARO LEC0?4P'E LUNA.-
Ref. Juioio Na. 13528..- ACTOS DPAflTAMIiNTALE8 CONTRATO CL1BRADO 1INTRE£L DiPARpAMtN'ro D1 CUNDfltAL%R CA Y COLVIVIEND. ASOCIADO-3 LIMITADA.— .0L2 plano, tal couo lo preoe?taa el art. 259 del C.C.A. en ooncorianoia con el 247 ibidesi, el Tribunal hace uso de la facultad de revisión para lo atinente al contrato celebrado entre .1 Departamen to de Cundinamarca y la sociedad Colviviends Asociados Limitada y que fue seorit• por loe representantes legales de las dos personas jurfd oes .1 19 de abril de 1.971. Un examen de loe documentos allegados permite afirmar: 1)— El contrato es celebra en virtud de la liaitaoi&t cue, previa la aprobación de la Junta de Hacienda de Cundinamarca, a— brió la 8eoretarfa de Obras Pb1ioaa oon el obto de recibir las pro— puestas para los trabajos de conservación de 110 kilómetros de carrete ra en el sector de Swuapa; de la adjudioaoin que 1 Junta de Hacien— da mencionada hizo en su eoión del 23 da marzo de 1977 a la sociedad ar:iba indicada, por un valor de 7'501.807962; de la aprobación del respectivo contrato que dio al Consejo de Gobierno del Departamento en
da mencionada hizo en su eoión del 23 da marzo de 1977 a la sociedad ar:iba indicada, por un valor de 7'501.807962; de la aprobación del respectivo contrato que dio al Consejo de Gobierno del Departamento en su sesión del 17 de mar de 1977 y del decreto 00735 de 1977 —31 de marso—, diat&do por el Oobernador de Cundinamarca en asocio de su So—- 2 - JÁioio Ha. 13528 crtario de Obras Poli3, todo lo cual brota del documente pb1ioO que obra a folios 56 y 57 del epdiente, y qao obedece a normas legales y irdenanzales sobre la materia. 2)- Aeimirno, es indudeble que el Gobernador 4.1 Departamento es el representante legal de sea entidad territorial, y de los instrumentos provenientes 4. 1 Címaz'a de Comsroio de Bogotá (tele. 129 153 y fluye la pruebe aceros de la capacidad y representacian de la compenfa C)LVVl:; LIEI43A. 3)- Igualmente se puede establecer que el contrato •e ajuste al ri1j1asn lsal sobre ea clase de convenciones y que se cumplieron loe requisito. de Orden fiscal (ver fol.. 4 a 21). 4)- Se observa que la uláucula décima cuarta oonterpla 3.ae caatalos de caducidad y que la décimo quinta trae también las de -terminación usulatersl por parte del Departamento, y que las p61i zas de cumplimiento sirven de suficiente garantía paro el caso, cum — p1indOse aaL los re4sitos ipsciales que para los oofltratos de obras
de -terminación usulatersl por parte del Departamento, y que las p61i zas de cumplimiento sirven de suficiente garantía paro el caso, cum — p1indOse aaL los re4sitos ipsciales que para los oofltratos de obras píbioas establecen loa art.. 254 y 256 dtl C.C.A. Dado, pues, lo anterior, la Corpoxaoi6n ha de impartir su aprobaoi6n al referido contrato. n trtud de lo exueato, el Tribunal Administrativo de Cundtnaineroa APIWE33A el contrato que para la c,oneervaci6n rutinaria de la ii5 'iiC sapocíficadasen una lonitid de 110 ktlómotres y obras eventuales de oasurvaoída especial ea el seotor de Sum pa., suscribió el Departamento de Cundinamsica, representado por el3 - Juioio la. 13528 .- Gobernador del mismo, con la sociedad Colvivienda Asociados Limitada, re presentada por su gerente Marco Palio Alvarez R., el dfa 19 de abril de 19779 y distinguido con el nro 02. COPIJJE Y i tJELVA3E lo actuado a la ofioina de origen, Previa. la; anotaoioneø de rigor.— Cü.- Aprobado en Acta Nºo
ZA1UR E. SILVA M4IN AQUILINO RODRIOUEZ PEDRAZA
MARIA ItJOENIA SAMPUR RODRIOIJEZ ALVARO 1JtCP1 LUNA ALBERTO M0410 (OfliZ JI1t 14Oi303 JUAR1flZO CARLOS OCI'AVXO flODRI(UEZ y. }L1TOR RATJL CORC}TULO
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3soretaria