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TA CUN - 1443-(14-02-2001)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 1443-(14-02-2001)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2001

fiTULO EJECUTIVO • Reqa.dsitos Procedente del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Secretaría Administrativa, Subsecretaría Jurídica, Grupo de Cobro Coactivo, ha llegado al Tribunal para que conozca de la consulta en el juicio que por jurisdicción coactiva se adelanta en contra de CARMEN LOPEZ

SANCHEZ.

Decide la Sala sobre la procedencia de la consulta, previas las siguientes, CONSIDERACIONES Mediante auto de junio 9 de 1999, la Coordinadora Grupo Cobro Coactivo, Subsecretaria Jurídica, Secretaría Administrativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, libró mandamiento ejecutivo en contra de CARMEN LOPEZ SANCHEZ y en favor del citado Ministerio por la suma de $110.854,33, más los intereses comerciales a la tasa del 27,46% anual de conformidad con la certificación expedida por la Superintendencia Bancaria, desde que se hicieron exigibles hasta el día que se verifique el pago total de la obligación.EXPEDIENTE No.00-1443.- 2 El rnandarniento de pago antes citado, invocó como fundamento die la ejecución la providencia No. 051 de marzo 24 de 1998 proferida por el .Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario, revocada mediante fallo condenatorio de julio 14 de 1998 expedido por el señor Ministm de Hacienda y Crédito Público, mediante la cual se le impuso una multa por una falta disciplinaria. Con eíl fin de notificar el contenido del mandamiento de pago a la ejecutada entre otras actuaciones, se le citó mediante oficio (correo

de Hacienda y Crédito Público, mediante la cual se le impuso una multa por una falta disciplinaria. Con eíl fin de notificar el contenido del mandamiento de pago a la ejecutada entre otras actuaciones, se le citó mediante oficio (correo certificado, f!s. 95}, sin ser posible notificar a la ejecutada, razón por la cual procede a emplazarla en un periódico de amplia circulación (fl. 173) y nombrarle curador ad-Iitern, designación que finalmente recayó en el D:-. IEdwin Paz García, quien el 24 de julio de 2000 se notifica de·I auto de mandamiento de pago de junio 9 de 1999; el auxiliar de ·a justicia allegó memorial dentro del término legal, sin proponer ningún medio exceptivo (fl.244). Dentro del término legal la entidad demandada presenta alegatos, solicitando se confirme la sentencia motivo de consulta de septiembre 14 de 2000, en razón a que se ha cumplido a cabalidad con el trérru:a establecido en el artículo 561 del Código de Procedimiento Civil. Med¡ante providencia de septiembre 14 de 2000 proferida por la Coordinadora Grupo Cobro Coactivo, Subsecretaría Jurídica, Secretana Administrativa del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se ordenó entre otras cosas continuar con la ejecución en contra de Carmen López Sánchez, teniendo como fundamento el respectivo mandamiento de pago y el hecho de encontrarse el Curador Ad-Litem conforme con la ejecución.•.

EXPEDIENTE No.00-1443.- 3

Una vez tramitado el grado de consulta que nos ocupa, la Sala encuentra que la actuación cumplida por el funcionario del conocimiento, debe

la ejecución.•.

EXPEDIENTE No.00-1443.- 3

Una vez tramitado el grado de consulta que nos ocupa, la Sala encuentra que la actuación cumplida por el funcionario del conocimiento, debe confirmarse ya que la actuación antes reseñada satisface el ritual que exige ei Código de Procedimiento Civil para efectuar el cobro coactivo de la obligación fiscal, concretamente se ha satisfecho lo dispuesto en los artículos 564 y 507 modificación 268, artículo 1 º del Decreto 2282 de 1989 entre otros del Código de Procedimiento Civil. T ¡ Por lo demás/ el mandamiento de pago se dictó con fundamento en un : título ejecutivo de aquellos que figuran indicados en el artículo 562 del Código de Procedimiento Civil que contiene una obligación clara, expresa y exigib17fomo lo es el auto No. 02 de julio 14 de 1998, proferido por el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, mediante el cual se revocó el auto 051 de marzo 24 de 1998 y le impuso a la ejecutada una multa, documentos que constan en el expediente y sirvieron de fundamento a la presente acción de cobro, consecuencia de lo anterior es la de confirmar la providencia motivo de consulta. De otra parte y como a folio 263 olora poder de la Nación, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, es del caso reconocer la respectiva personería. Por lo expuesto el Tribunal Contencioso Administrativo de CUJndon!lma1Tca. Sección Cuarta, Se..JJll>sección .. A .. , administrando justicia en llll(:)mlbJr& de la República y por aUJtoiridad de la Ley, f A l l A

CUJndon!lma1Tca. Sección Cuarta, Se..JJll>sección .. A .. , administrando justicia en llll(:)mlbJr& de la República y por aUJtoiridad de la Ley, f A l l A 1.- CONFIRMASE LA PROVIDENCIA DE SEPTIEMBRE 14 DE 2000 PROFERIDA l?OR lA COORDINADORA GRUPO COBRO COACTIVO, SUBSECRETARIA JURÍDICA, SfCRETARÍA ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO IPÚIBUCO QUE ORDENA SEGUIR ADIELAfiTE CON LA EJECUCIÓN EN CONTIRA DE CARMIEfi lOPEZ SANCHEZ. cos !FUNDAMENTO EN EL MANDAMIENTO DE PAGO DE JUNIO SI DE 1999.EXPEDIENTE No.00-1443.- 4 • • • i . . ;RfiCOiNJOCIESf l?IEfiSOINIIEIRÍfi A lA [l,'iA. MOIMiCA lEOWiOfi RUEIDA IRAfir.lRfiZ. COll'IJl;(l: Ai?Oii:>IEIRAIOA DIEl MIINJIS'iiEiRfiO IDIE fl"l!ACIE;NJDA Y CliliEID!TO IP>li..1:BUCO, fi\:J ces lÉfiMl1:\11©$ Y. !?AIRA lOS EFIE:ClOS IDIEl fiODIEfi CONFEIFW)O. 3.· EN! IFl!rtMiE IESlA l?IROVIOENCílA, DiEVUIÉlVASE El EXPIEDílENTE A lA O!FICli\!Ifi ·U:f O'R!Gfilfol. COfiOfSIE, fiO'ii"lfÍQUIESE Y CUMflLASE.

·U:f O'R!Gfilfol. COfiOfSIE, fiO'ii"lfÍQUIESE Y CUMflLASE. Düscut1rolé!i y aprobada en Is Sesüó1111 de fi81 1eclhs, según Acta No.

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