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TA CUN - 161-(26-05-1976)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 161-(26-05-1976)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1976

COLOMBIA

ICCIONAL

RIwTNI. CO. OSO

M»XI R TIVC E CU1;INAt4/EC Boot D.!..2 6 5. 1973

MegiE3rdo Pon nt?$ )R. AiSiTILINC FC..ICU'2 t-! rZA Rafe Proceso Nos 161... 1mpu'tos ci<>. flaleø.» Demanante, Hertencía !4rauez vda. de Oró5fez.... ?or ¡n i--- rrnedio de a-odex:-do y en el - cicie do la a -ci4n de -viei6n. ] »eora HCtfl:t Miqiez v. de Ordóñes el Tribria1 que :;e reviren ls R olucicne Irse 242-P do novirnre 30 da 1.965 y R0115H e 29 de -8yO de 1967. dicti:s :or 1 Sec.'i6n ce -urc Tritiitttos de la wiiarcin y 1^ Divii6n ce 3rnr'uet.o ci:r1s. rpcti... rente # por rnio .e las -1ef a confirmó la liet : clon de im tos 3 la, rfltt p'r el ao r vb1e cie 1960. 'ue ccc con... oueflcia dO esta rvisk3n, la devlucon de inruto que se dec.çte, deben piçre cr eses ¿li' rita del 9% anui3# a partir de la f;ch e la dit ccnncio eftuda por la de. nen afltc. Zuar'Pnts SU p'tic6n en lo i-4

tir de la f;ch e la dit ccnncio eftuda por la de. nen afltc. Zuar'Pnts SU p'tic6n en lo i-4 «1).. Soy a:-o-ier-O ,oecia1 de l i--ora Hor tcflsia Mrquez va. 0rd6Íe7, coro os lo .enttro con el me... moris1pocÁr .idjunto. eb:( 'nt pre5'-ent.c3o y .-.ue os ru go eeptr. "2)... Mi d'nt. pr s!ntó ortunent su ciec1•r ci6n de renta y ptrirnenio por el ao grv:b1e de 19609 .40 i dicha dcirci6n incluyó ls fticipciOner :ie le iDLOMBIÁ -JCIONAL. correspondieroneó 1 ci'd4 colectjv de comercio 'Juañcbo Ord61Iez 4 Hijos"., dmicil:iida en esta cudad de ].n cual ere socio en el ellO de la refrene. "3-) l liq'dr del impteo v iae lo fud 41 Aitnir r de Xmpustos Liaci n.les de. Cundiruirnrca o e ápr td del mento dee paricipa cneo denuncids cx>irorpnta exenta en esa eociedd. Y lo hito. 'por cuento, juzga o que la utilidad exente realíríi(la por le iócicded en la venta d• su intetes social art "}L-cienua Ercn.n Ltda.", activo fijo o jnmovi.. lizdo, no fué de $ 173.675.27 sino dé 109.333.33, por lo que

tetes social art "}L-cienua Ercn.n Ltda.", activo fijo o jnmovi.. lizdo, no fué de $ 173.675.27 sino dé 109.333.33, por lo que la diferencia. o 'ca $ 53.341.94., vino a enror le ema de renta reperti1le. ble en cbeza -e 'ti representada. "4) ontra esta liu4ci6n reclramrcrn la .«ociodid y mi pouint t expozuindo l'e rones e orden le.. gal que prban au Uechoe. .Fc1&ciortes que fuerOñ adver.. samente fallos por la Se(!Cidfl iø Recureos ?ribitrtoe de la A4ri.'t;t.ci6n de ImpRtos de 33 oqot, as¡ pra la sociedad. por meco da su Resouci6n $'timto R-0047 1A.P de 1965k y pare mi rrert.o, por medio de u reao1uci6 )dmerc A..02242-P, am bién del n~ aiO. "5) 4­ontr4 esteaprov une y otra obtuvieron el ecuro subsiiiric de 41pe1Cj6Et pura ante el 4 eto de la Divisi6n de Impuestos ciena ie. Recurso qtie siciuio te mJarn surte 41 antrrior, &tqd 1e 019FU~te provtnciae de la Div1sidn a) R-048-H de 1965 para 1 recurso de le ccpa.' •ta b) R..0316UU.} de Igual ,ato pera é recurso de mi podrden-. tea L as reSoluciones que faUtronIe recia..

•ta b) R..0316UU.} de Igual ,ato pera é recurso de mi podrden-. tea L as reSoluciones que faUtronIe recia.. maci4n y le a,.elci6n de mi pOcerdants.. son cn uer3cles de las qu' La aron igulee recursos de la socidad, cóv ce de su simple].cr.tuxe.

iiT T? ' Í TJÍrLOMBIA

XIONAL 1161 0 7).. 'n esta riaia føche, la menqionda e cied:d. también por mi coriucto, ha Uewnado lo r.vtøic4 de 1 1iucJ:Ci6fl ydietrftición conti,nide en tia•prov1eiciae que a 11a afectan. Y io 1tid cidn nteMfLe en ee. providencias por cu:nto al aprobar dii la efectui'da pr 1 Mninistrador de hacien Hecional de Cundínampreeo 1s reprodujo impUcita... mente. De menera que ls resultan de esta de n'ia, debennrde de lo que vosotros reeoivris en rlci6n con 1 dende de 1 socied. '8) Le t11tina de 1;a prov iønci's adiini.. trtivaa cittt. fu rtificda el poueracio de 1 c ritrftiy~ te el 20 de junio de 1967y por consi9uiezeo estoy. dentro de]. término 1g1 ra pre.' eritar esta deante. ")- l

proceses dwinl t r tivo esta gotedo, toda vez qQ8 con—ra las provieencis cu3ades nocbe recurso egUflo de ce. CarCtr.

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proceses dwinl t r tivo esta gotedo, toda vez qQ8 con—ra las provieencis cu3ades nocbe recurso egUflo de ce. CarCtr. "10)- Los irnpteos 1iiudDe oficilrnt,. que ascienden e $ 26.380.05 están euhrtosen su tote1id. ccro lo kmuçtro con 1s o. is de los recibos oftci4Is ad—. juntos. -si coao los interese3 por it,.oras "En ccn-eeuenciao es procedente la ciccién de r viai6n ue por dio de este escrito int rpngO en rotihr. de mi podrdnte. raSn por 1<i cual rocedo a ezp'rier 1s rasonea de orden 1 qal qUt; la iufl(e!flefltafl. Como dieosicionee v1otde cita .1 numeral 15. del art. 47 ¡üe la t.ey 81 de 1960; Prte 170 del Decroto 437 de 1961. Ee eqone el concepto de la vi3.ci6n de es n nornae por lo6 actos iiicuemdooe Le isce1Sa coneeptua fvorab1ernrnte a las .dp1ics de lt em.nd.: ?rui1tc1 leqa1mént e. proceso Sin ,que e observe causal s na1.idnd que invalide lo ctwdo, el Tríbmal Wi'? 1OLOMBIA CIONAL 161 e 4 dicte el fallo de intcie, revia. L.e s1ge es Tanto en el reclamo formul edO por la deman_ dente ante le itainj,tr cidn de Xrnpor tos bicicnle5, como en

161 e 4 dicte el fallo de intcie, revia. L.e s1ge es Tanto en el reclamo formul edO por la deman_ dente ante le itainj,tr cidn de Xrnpor tos bicicnle5, como en la dernin..0 q .Le encabeza ente proteeo, Ze matiesta que eusten.. tndose la inconfornUdd en el hecho de que en le liidci6n oficial practicado por laLtiiitrcidn de XMuest:0I eiotta.. lee de Cu indmrca a l fora biortenala JOIrquenv. de Ord6ts o son vio]torjee de 1,a ley, en cuanto la renta ravab1e proveniente de le oocie< ,.ó "Junho Ord6?es e ii1o8M detQ,rminada en la liquic1cidn oficial d& impuesto e crqo de le C'Itj.clé oomp&'is por el elo gravable de 1.960 y conf irvde or 3.s Lo1ucione R-.0477-P y R....041335.41, tambien de 1.965 y prorida por la s~ cicSn de R cursos Triitiios de la Adminirtr cié de Impuestos y de la Divle.tdn de Irnpueton eionçiea, respectivemónte, por haber incluido nonio renta gryble un rente exente, no sujeta a dicha i oii6n. ni p-.,re le soci&d ni pera los ccio 1. de la cual adetnante es eocie.Y cozoe1 liquidador del Irnpuee.. te, se oe apertc del monto de las pafticipaion-t denuncidas coix renta exenta de esa cedd Y cono a su turno la Socie..

la cual adetnante es eocie.Y cozoe1 liquidador del Irnpuee.. te, se oe apertc del monto de las pafticipaion-t denuncidas coix renta exenta de esa cedd Y cono a su turno la Socie.. ad é tanto en la V1 ,n cotro ante esta juridiccidn døwad por iguales !totivoB y por l factOr de cofle%idad que de lo çu€ resulte del reclamo de la aocicdid.depeflde lo que suelve en este proceso, o en otroa trv'iflO Ize e sté a lo que retulte o e resuelva en ].3cçifl intentada por l 8Cidz4 9 Es eviente que este reo eueo. co,o es n tural y corno •i mino derand?nte lo pideé depende de lo que se resuelve en el de le Socicid. Ahora bier cono lo anota el eor hicsl en U cOriretO de fondo. •l Tribjnl. en fallo e feche 12 de ego.. wrí'r 11 rír-OLOMBIA JCIONAL 36]. 5 to de 1970 con ponencia del Dr. sp'r Caballero Sierra, con~ sid.erd que las prtenronee de la socie•d eáendante ca.. recian de fundamento y por erÑe, se cmeontraba ajustda a derecho la operación adminitrtiv&. de 1irui..icián dl iijpueto sobre la renta y sus ccnp1em.n irlos ue se había practicdo por el efe grüvble Orn 1.96% Y en igual sentido el Trtbunal con fecha nooperación adminitrtiv&. de 1irui..icián dl iijpueto sobre la renta y sus ccnp1em.n irlos ue se había practicdo por el efe grüvble Orn 1.96% Y en igual sentido el Trtbunal con fecha noviembre 17 ce 1972 con pcnncia de la Doctore Clara Torrro di Castro y resolviendo dentro del proceso 1542L en el que actuaba como denandante otro di loa5oaioa Vicente OrdóMv Mqque. exreeós Cfectivarnnteo de los !c rs y prticiones p1neados en.el libelo se cólige que e3 resultado 'd e.'te proceso debe ijsutar@e en un todo a lo resuelto en el juicio de revisión de la operación niniatrativa que líquid6 loe lmoue~t!;tc>o d la Socedd "Juancho OrdMoz e HijosTM, de la cual cra socio el demandante Ello implica, por Consiguiente,¿pe la pattici.. pci6n del. contribuyente Vicente Ord6Foz M'rqUes en lea utilicde8 de la eocid, que este considera comm renta exenta no lo pea# ya que el fue resualto en la sentencia prof 'rid« por erre Tribunal, sentencia que 5e halla ebidarente ejecutoriaua. "....TM...Por tanto no es del c so revisar la opL.rFcidn administre.. Uve demena sino por el contrrio, da declrar que se ajuta a de cho'. Como el cao aquí debt1do es similar y re base en loe que los preferidos por el Tribunal y antes xe1cindOso ea evinte que las splic:s de Ir, deanda

se ajuta a de cho'. Como el cao aquí debt1do es similar y re base en loe que los preferidos por el Tribunal y antes xe1cindOso ea evinte que las splic:s de Ir, deanda no están llamadas a proseprer por cueflto' 1 fallo de que dependía esté proceso lo fue en forma negativa, por cuento La refe. WWIí' la wwOLOMBIA )CIONAL 161 6 rida op ici6n administrativa de licvtcL7ci6n del impuesto por el ario rav:ble de 1.960 se encontré ajstda a derecho. Por lo de!fls Obran en el e xeUeto ls c pi%s de br fallos de lo nantiantes Vicente Or6tez 1.rque2 y Juencho Orddres. MLJoa, aorrepcnune teebien al ato gra. v€bLe de 1.960, fallos nztorios y allq)e al oro»eeo me.... jients,i auto prn mejor proveer. Lo anterior es muficiente pare que el ?ttzfl 4 Ont::r4ciOeO Atinietr tivo de 9,undínmercao e acuerdo on su col. bor€dor fiscal, dministrando junttcie en nombre de le Repdb.ice da Colombia y por at3tvaided c)s 1 Ley. RStJL4VAs DENr?'E las sdp1ics de la denda, cdpicue, notifSquea @ cunSuere y si no fuere ape].. io. por le secr-t•,ria o previo envíd de los entece— dantes .inistrtivos a la Oficina de orf gen. •archivese el eipediente.

fuere ape].. io. por le secr-t•,ria o previo envíd de los entece— dantes .inistrtivos a la Oficina de orf gen. •archivese el eipediente. )probdo en la residn NO.

?.iVBO LCOIPTl' LUNA ACiiIt.li() Ro RICU1?Z PERi.ZA

MIGUiL y. CL!h CRtRO D CTRQ

SUSMA F.W17.SS DE CCVLRR2

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