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TA CUN - 17769-(18-02-1994)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 17769-(18-02-1994)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1994

• TRIAL ANI$ISTflA?1YO OS aarnDwIABCA

SEcCION SE(fl»WA

S4.- SEcCIOSI A. w

ç.4 Santefá 4, Bogotá, diez y ocho (18 ) de Febrero de mil no~ cientos noventa y cu.tró( 1994).

RAGISTRABO POIIV4TSzDL ALVARO IAHANON CASTILLA

RU: Juicio Nro. 17.769

ACTOS M%ICIPAIZS

ACTOS ROCIUGO $ARSZRA NU$IANO.

O&IINADAiTE$ORERIA DISTRITAL DE BOGOTA 0.5.

El aei%or RODRIGO BARRIRA RUBIANO, por intermedio de apoderado judicial y en ejercicio 4. 1 acción de restablecimiento del derecho consagrada en el art. 85 del C.CA., solicite cesta Corporación, se declare la nulidAd d•l Decreto 0014 del 9 4. ?'ebrro de 1987, del Tesorero Distrital de Bogotá, por, el cual aceptó su renuncie del cargo de JE7E DE SECCION VISECCION PAZ Y SALVOS, GRADO 20 y que en consecuen cia es ordene su reintegro l cargo que ocupaba o a otro de igual o superior categorfa,as1 coco el pego de todos los sueldos, prestaciones sociales y de" emolumentos dejados de percibir causados desde su reUrç y hst cuando se le reintegre, consderAndose qu para todos los efectos legales no he existido soiucJ6n de COntinuidad.En: t dema.s a. exponen Is stuión '10. Ml poderdante •don Rodrigo arrera, Rubiano, se vinculó.

los efectos legales no he existido soiucJ6n de COntinuidad.En: t dema.s a. exponen Is stuión '10. Ml poderdante •don Rodrigo arrera, Rubiano, se vinculó. • 1. Rdmtflt$tract6fl Dietttø1, en 1.a Tesorería ,m.dianee rulaci6n de derecho público. Zo. Durante su permanencia. en le-- ?eeorer!a cumplió siempre con eficiencia, probidad e imparcialidad isa obligaciones y deberes del caigo. 30Su hoja de vida está completamente Hapis de sanciones por la comisi6n da fairsi, 4o.E1 41 14 de enero del corrtents 414 mi poderdante, junto con otros funcionarios de la TeorrXa,'fuá citado al Despacho del señor Secretario G.nerel Una ,, ves allí lí manifestó e 61 y a los dosuis cospañaroa: da trebejo qué el señor Tesorero quería que le presentaren la renuncia.

50. Ese mi amo ds 14 de enero, y aos -Pi de largas conve ramo onee, mí acudido y Zas ótrea personas que le hallaban con 61 en le Secretaria General 4. lo Tesorería fueron llamados al Despacho'. del 8&%or Tesorero Este, sin más preámbulo y en una forma desembozada, 1e pidió la renuncia, a fin de dejarlo en libertad; que presentadas las renuncias estudiaría las hojas dé vid y sé pronunciaría sobre el particular. 6oNo obstante el. na6JiC%tOo Ilegal procedimiento adoptado por el señor Tesorero isi cliente presentó renuncie, p ero

ría las hojas dé vid y sé pronunciaría sobre el particular. 6oNo obstante el. na6JiC%tOo Ilegal procedimiento adoptado por el señor Tesorero isi cliente presentó renuncie, p ero eneila no señaló la fechada suvigencia. 7o.La carta de st poderdante tu respondida con el Decreto Nro. 0014 del 9 de. febrero 40 1987, mediante el cual se le aceptó la renuncis, cuya fecha de vigencia no habla sido indloeda. So, La conducta ¿.1 eeflor tesorero ha causado perjuicios a mi poderdente,puea le ha afectado su patrimonio. A su reparación se encamine le presenta .ccl6n."$ E]: y en escria vlsible& rente a nbrI8 violadáy actora ¿entro da] término legal del H. Consejo de Estado, con ponenci8 ARENAS, EpedienteNio. 1522,, la Dra. DOLL'Y PEDRAZA DE E3 Distrito.. Especial de Bogotá,constituyó spoderado,quien contestó la desands y en su oportunidad a1g6 de conc2usi6n. A su turno el Prosuçador So en lo Judicial de esta CÓrporaci6 en su Poncepto, Nro. 208 del 30 de Julio de 1993, alé remite a la. decisión adoptada en sentencia de 31 de Matzo de 19%2, de la Sección Segunda Rituado el trámite de rigor y COMO no se observe céuBal de nulidad que invalide lo 'ctudo, se rsa1ve sobre el fondo de la presente litis, mediante las siguientes, C 0 Y 8 i DE ji a.c i 01 E S :

Rituado el trámite de rigor y COMO no se observe céuBal de nulidad que invalide lo 'ctudo, se rsa1ve sobre el fondo de la presente litis, mediante las siguientes, C 0 Y 8 i DE ji a.c i 01 E S : El acto administrativo objeto de este proceso, lo constituye el Decreto Q14 del 9 de febrero de 1987 del Tesorero del Distrito Especial de Bogotá, por el cual aceptó la renuncia del demandante en el cargo de Jefe de Sección VI-Sección Paz y Salvo, Grado 20, con el objeto de que se declare su nulidad y por consiguiente el restablecimiento del derecho para que sea reintegrado al cargo y se le paguen los salarios y prestaciones de acuerdo a los pretensiones formuladas en la demanda. El referido acto adinistr'ativo de aceptación de renuncia, se impugne en la demanda por dos causal a .áaberi. e) Por violación.çoapmt%.roa de trabajo que el se 1. enuncle. So. lee kíá» día 14 4 eflr, y despude larga. ConvoresSecretarj Genere1. Una ves ailf le manifestó a 41 .' los d~. te que 1. presenterin Juicto N de nOrOs sUperiOres, indicando casO asfrinidos los srt!culos 2, 16, .17, 20 y $2 de ja 0ónstii4n Necona1 vigSnte al momonto e Isi expedicIón y en relación e la violación de los •rt fculoø 51 y 55 1 DecÑto 99l ón1t4 ØeL Aleaide Mayor do aogótt,resp.co 5 1$

Isi expedicIón y en relación e la violación de los •rt fculoø 51 y 55 1 DecÑto 99l ón1t4 ØeL Aleaide Mayor do aogótt,resp.co 5 1$ renuncie de un carØ de 1l0ñoabsasento ej articulo 153 Sobre per!do del Teasrero, del DC.ta 1333 de 1988; del 64. de la oy 11 d&r136 sobre pr todo de los Contraloree, Pereonos y tesoreros, los art$. 27 sobre renuncie del Decreto 2400 de L98 y 110 e 113 del Dec~ 1950 de 1973 y. órt. 4o de le Ley , de 1936 Sobre la cu.l. no dl6rázób de rIstver entonces, si la renuncie prmoentarda por al iictor el 14 de isero de 1987 ente el señor 1eeorero de Boeot en loe s1uteflts trelnas M Atntaeente me dirljQ e usted, para manifestarte que presento mt renuncje " ( 11. 60) da Le hoja 4 vtds), es legal, es decir, ci la Adein1trción o6fa sceptarle en forme regular como lo.hiso e janteel actoaádó...qeájriflCipto gusa j4 .$ presnctdn d0:lgjljdmd, •sndi4ndo1 . áctÓr deavirtuer aquella presirnolón, de no sór llbr, epontnes e irisqulvo4.. El actor eo5ttese en los hecho. 40 y So. 4 1 de~oe que Mi poderdante. junto eón

aquella presirnolón, de no sór llbr, epontnes e irisqulvo4.. El actor eo5ttese en los hecho. 40 y So. 4 1 de~oe que Mi poderdante. junto eón edo. al11,spscho d1 .eñór otros f ibed. : tesOrórin. e iones, mi acudido y ta otras personas que se hallaban 41 en la Sec?4tart$ enrs1 de la Tesorerfa fueren llamados al Despacho del señor Tesorer Este, in mós pradebulos y en uno toreo desosbosada, ffl 10 ptdi6 la renuncis1.- tn de, dejarlo en Jibirtad; que prosantadsa las renuncias e$ttii4ierts las . hojas de vIda. proniisrX. sobré.1 55 sabes nOrss Dicr'.V 991 de ¿974 ,a1 no tner Çøcha de su puad. copal dereres M •sta nores fue vio1ad y. que .1 setIor ODR 100 SAUgRA RUS ¿ANO spres6 su voIuntd de rsnuncla csro en tersa inequtwoca al presentar .1 escrito ante Dístrital el d1a 14 de Eneode tse?; •taapoco da ¡Cliero, da 1987, 1 obviesqnte esta petición tenfa us ser çontestada y )o fe con el Decro $0. 0014 de Febrero 5 de 1987 dOnd se determina la feche e partir, de la cual Be le acepte su rnuncta que as .1 10 de Febr-ero de 1937, dentro de los 30 dias contados ddad. 1. fach. di 1.

de 1987 dOnd se determina la feche e partir, de la cual Be le acepte su rnuncta que as .1 10 de Febr-ero de 1937, dentro de los 30 dias contados ddad. 1. fach. di 1. presentactós de la tenWicia coso lo •stblece el articulo 83 dei sise Pecret&' ( fi. 23 Za deanterque los Decretos 2400 di 196$ ' 1950 de 1973, no 1e son apliosbis. al case en enau.n,por cimntø .1 estor era fuaaion.. rio del orden Dlstrjtsl, regido por .1 Decreto 991 de 1074 y aquellosJuicio Nro. 17.769 6 decretos aluden al r4giocn de personal del orden nacional. De igual: senara taspoce le son aplicables s1 case qu.. nos ocupa las diepoetotonso citadas de la Ley 11 di 1986 7 del D.aieto 1333 di 1986,por cuento aquellas floreas se refieren el psrtodo del TesOrero y Personero, por lo cual ,mal puede'. endtlgrsele al acto acUsado violación de dichas normas a las cuales no en té sosetIdo el nominador. Para resolver l impugnepióri,se >untumitzen las siguientes situaciones de hecho y de derechos Duraste 3 tapa probitbila se recópcionaron dos testisonloa.El prisero • al del eeflor OSCAR CALA,qu3n para ea. as d.ampeflaba caso Asistente Adeinlatrativo 111 de La División d Pecaudo di la Tesorerla Distrital y quien temblón renunció del caro y le (u. aceptada

caso Asistente Adeinlatrativo 111 de La División d Pecaudo di la Tesorerla Distrital y quien temblón renunció del caro y le (u. aceptada su raflwtcja ( ¡1. 76 }, al preguntársele sobr• si tenis conoctsLsáto de la desvinculación del actor a CONTg8TO: 1,5f tuve 'conociai.nto de a desvinculación de él, ye que con fecha 15 da Enero por solicitud del señor ?esgero es esa época .1 doctor, FAllO MAR?INRZ CiLIS y por intermedia del Secretario General .1 dctor Kazco Tulio Glrsldo nos citiron a una runtdn al despacho ¡lis o asnos a was setenta personas di mandos medioS hacia arriba, y si estar remidos nos solicitaron que les pressatlira.os 1 vincia abierta, con el fin de que el ssttor Tesorero dispusiera de loa cazgee que creyera convdtente 75) • Al interrogársele sobre lea razones o haebue que adujeron .1 Tesorero y si Scret,ario General, psis sol titaele la renuncia si personal en la cita r.uni6n, COiftESTOí W ~ron que deblanse d.jar, en 11~ ted al Tesorero para lii nombrar sus colaboaderea, que le doblamos, dejar es bertad 4 ,_"41 y tuS paVa eso dóbiamas presantar , u~ renuncie abierta (fi. 76 -f Ir~te al pregunt4rsele .1 alguno de los as Latentes e diqh reunión biso algufla ObserVac L6n o eanUesteu~ renuncie abierta (fi. 76 -f Ir~te al pregunt4rsele .1 alguno de los as Latentes e diqh reunión biso algufla ObserVac L6n o eanUeste- .dntrç de la reusi4n no se, pVea.nt a ¡e pi do CONT$$?Ot No sisgrin tipo de s.4r..tsciperet rstiftcar 'xsi algtma I'eUI16 que presidL.ra en 1 aq1icits'a los aststentS, por parte d. •ljn subalterno, que debfan en libertad, al ?ásorer.?cQliTI5$: Ixactalueate haber selstidp una réunión on eu Jetivo que se1ala decir verdód no recuerdo t1.l. 1ó El priaer nd coincide oh l. donde se distinguen dqs rmUon LIflS $ t4$ndo 1 despiefle delÑÑ el mismo 14 de Enero de 1981 Tesorero " ( hecho o }, QbssrvØ&i s 1 teet3go Mc rfeençia a eneeets riufl16n,a ufl4ndo.. . ¿ebtde y legal. t'ora s el ndc$o es Z. codiclonp 4. los artic4os lv 245 , y 250 4l C4 de P.Ç., ya que nø psrØos nIS •to )hp iavj, n pmb. alguna q be - plena y conv1ncsnt Ci rictis4sr htibtørs ØZtL4O tn%u1i del fueiansrió dóblega 1. voluntad

be - plena y conv1ncsnt Ci rictis4sr htibtørs ØZtL4O tn%u1i del fueiansrió dóblega 1. voluntad .dat acto,. viciando iv •consentiØieato, hnstá tal punto de lI.Yarlo • q cán(.r.á a utáto, no Ce deprsd ej quien para s4UI11a ipuca era .1 TsOrero Distrttl 4. ICot4, noaidor,Le segunda csai da 1.gugnaci6n, se re 5 dsevti6n; de poder, que lo hac• consistir la dsman4 , en que el nominador ejerció una facultad que Lente con fines distintos e los indicado •n la ley 01 ( fi. 19 ), pero domo ya e., exsin6, de la prUsba testisontel allegad, es repIte, no co.1ora una pruebe plena y convincente d q le Aáinjettaci6n -. caretsente el Tesorero y el S.cfetrie Genral de la Tesorería, hubiørse exigido la renuncie al actor como ya se dije, no ezitiØ coacc2n 1 de ninguna índole, m5zime que el nominador de aeueroo e la ley está investido da le la facultad discrecional para superar del servicio publico a tkivi&s de la asdtds de la Ineubsi tencia del nüanleto del eispl..do no inScrito en Carrera Administrativa como es el ceso del acor; )' Como se ha anotado, teepuco r.querfa de amanezca ni ccct4n sobre la voluntad del actor, quien

Administrativa como es el ceso del acor; )' Como se ha anotado, teepuco r.querfa de amanezca ni ccct4n sobre la voluntad del actor, quien era .dam&s de prorion.1 ezp4r%o que oCupçuba n cargo dirctivo en le dependencia adeintstrstiv nS, •t,rsda desds Juego presumible que fu.ii objeto 4 engaño que quebrantare. su viufltad.

De lo anteriormente anotado, se llega a la conclusión de que el acto acuestionado no viola ninguna de lea norea superiores sflalsd. en le desanda como infrtngida$, SU tapoc, as probó la deSViedde de podr legada, po lo cual, no prosperan Isp laspugnacionee formuladas en su con tra,por lo que lea pretensiones no deben prosperar, ite d lo .zpuest, el TrtbRg. da la Oontencloso $ClON SEGUNDA, Sub-S.ec dn A, edølnis. Rsp6bltcade colaíbis y por autoridad hd5ifl1St5tiv6 ¿e Cundineercs, trsndo just iciaea nó.br 4JuiciO Nro. 17.79 lAS PITND UZ tA IImA. c6pi... eo.ifqus, netifiqu... y cpiess. sta providsnøia. srchtv.s. el ezpidlSnts. Ijcutor'iads

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