TA CUN - 18282-(03-06-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 18282-(03-06-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
TRIbUNíL WMiNiTRiTlVÜ DE CUNDIN(Pi ZGA
SECCI (3N SEGUNDA
•1 Demandante Demandada El demandant
MIGUEL A. ENCISO PAVA
PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN actuando en su propia nombre 1icta de est CorporaL.Ón ció de nulidad reitabiiientQ del derecho : prevista en el art.5 del C.C.A. y o1ic:ita la íquierite: E I C IONES y por el Sctretar'io eriril de dicha entidad ci 6 de abril del o en çurçjo declare lnuLda el Arrct.JL.o TERCERO de VACACIONES —Nombramiento de reemplazo (E) Entaf de itt D.
SUDSECCION (A$
3 JUN199k - ¿fllS d Cr Magistrado Ponente t JOSE HERNEV VICTORIA E,cpdiate Número x 18282 Se dlar., 14a r,ui.idU expedida ci 27 de mayo Genera) de la Nación PEHÓNALMNTE el d 4 29 la cual rçivió el de la Resolir No. C2t de' 1987 poi i Procurdor y que me fu. NflT1EIC(DA d€il mismo me si mediante recurso de:. APELACION iitwrpueto cóntra ' la Resolución Nu.174 expedidHEC HOi Expediente No.. 2E2 la Reo1UiónNo.'174 del 6, de'abri.l de 1937 pedida por el Secretario General de la Procurairía' General de la Nación qué dispuso:
Expediente No.. 2E2 la Reo1UiónNo.'174 del 6, de'abri.l de 1937 pedida por el Secretario General de la Procurairía' General de la Nación qué dispuso: :"Negar el 'reçonocimierto y la orden de Pago " CILlos salaríosy prestaciones Suciatel; correspondiente lis díass 6, 7, 0, 9 y 1') de novi.embre de 1986•pedí0o porel Dr.. MIGUEL ANGEL ENCI$t) PAVA en el numeral 2 de tu memorial d1 9" de marzo de 1907, por las razorios expuestas en ja, parte motiva de J prentc Resolución Además de anulacioi ulicitada s me tablez'ca es (Al - derecho, d,eclarndolo y ordenando øl pao de los 541 arios y prestaciones aocí liLIeW, corr es pondien tes a los. días 4, 7, B, 9 y iO de ernbr€? de 186 durante ' los cuales laboré c1sempe'ando las funélu(1015 de PROCURADOR DELEGADO EN 1-0 CIVIL, en propiedad, por no haberse pusexonado Qportunamente qui.n`debla r p1trme calidad d encargado. Encontrándome al servicio d 1 Procuradurz Central de la NaL-'lón dempeando en íarnpiedd el cargo de Procurador eleçjadu en lo Civil Grado'_'.22 con un yrcán mensual de $1,38. 700. o por R UL e 1 iones,Nos 78 de]. 22 de
el cargo de Procurador eleçjadu en lo Civil Grado'_'.22 con un yrcán mensual de $1,38. 700. o por R UL e 1 iones,Nos 78 de]. 22 de Octubre de 1R6 y /92 del 4 de hoviembre tfrl mismo ao el Procurador 0nerl me'coricedíÓ 44Expediente No. 16232 1 días de vacaciones (PARTLR DEL SEIS.(6) DE. NOVIEMBRE DE 19I36. inc:lwive. El dia 6 de noviembre de 1936 no me fué posible el disfrute de mis vacaciones porque no estaba designado qt.Uen debi.a 'i porque luego el funcionario nombrado para el efecto solo tomó pose'ión en calidad de onc.arado el DIEZ (,10) del citado mes. 3..- El día 6 de noviembre de 19t36 no podía deJar de ejercer cpis atribuciones :A) Porque era un funcionario del Ministerio Público.' D) Porque me correspondia organizar y dirigir, la defPna de los bienes nacionales cok --4 lo d1ponen iot articutos 11 y 12 del decreto 521 de 1.971, 6 y' 10 de la Ley 25 de 1.97.4 E) Porque debía actuar como agente del Mniterio Público ante la H. corte 'Suprema dL= Justicia en virtud de lo ordenado en los artículos 41 y 4Z5 del E dL F C. y D) Porque debe intervenir en el i,újte . del EXEU(TUR, en la Corte .Suprema d. Justicia corno lo indica el art..695 del C..de P.. C.
y D) Porque debe intervenir en el i,újte . del EXEU(TUR, en la Corte .Suprema d. Justicia corno lo indica el art..695 del C..de P.. C. Las anteriores funciones estan sealaddspor la Ley, son exclusivas del Pr'ocur'adur Delegado en lo civil y no pueden ser. asumidas por Ei Procurador General en virtud de no er delog.adas por éste. Por lo tanto su ejercicio implica continuidad, mimo cuando su jerarqua es de órder nacional.. .• día 9 de marzo de 1987 solicite al Procurador general el reconocimiento y pago de los días 6, 7, 9 y 10 de noviembre.Expediente No. 18282 4 6.- El Secretario General de la Procuraduría General. por Resolución No.174 del 6 de abril de 1987 lo negó alegando: acaso no era justa causa para retirarse del servicio una Resolución vigente, en que su superior le concedía sus vacaciones, desde el 6 de noviembre de 1986? El Dr. MIGUEL ANGEL ENCISO PAVA no pidió que le fijaran nueva fecha para comenzar sus vacaciones. Obró entonces motu propio (sic) al tomar la decisión de seguir despachando desde el 6 hasta el 10 de noviembre de 1986, sin que la Ley o SL( Superior le exigiera su permanencia en el Despacho de la Delegada. si cumplía lo dispuesto en la Resolución sobre sus vacaciones, ninguna norma legal estaba infringiendo .... Lo demás era del resorte y competencia del nominador, esto es del Procurador General a cuya discreción estaba ci derecho de nombrar el Delegado Encargado".
Resolución sobre sus vacaciones, ninguna norma legal estaba infringiendo .... Lo demás era del resorte y competencia del nominador, esto es del Procurador General a cuya discreción estaba ci derecho de nombrar el Delegado Encargado". (Considerando ci) Párrafo 4o 7.- Interpuso el recurso de Ñpe1aci6n para que el acto anterior fuera revocado, el procuradorGeneral rocurador General la confirmó mediante Resolución No.026 del 27 de mayo de 1987 donde reafirmó SU DERECHO DISCRECIONAL para nombrar o no ProcuradorDelegado, rocurador Delegado, según lo estime conveniente y para asumir las funciones de éste en una desajustada interpretación de la norma, cuyos términos fueron este Despacho, en uso de la discrecionalidad (subrayo) y habida cuenta de que el Procurador Delegado en lo Civil no tiene atribuciones legales de 'funcionario deEediente tu. 1E262 6 Constituci ón Nacional articulo 13 y 145, numl 1o. Deizreta 521; de 1971 artículos 11 y 12 Ley 25 de 1974 a tí LUlos , 1, 6 y 10 Decreto 250 de 170 ArtÑculo 12 Decreto 160 de l ~ 69 Art4culoi9, nmeral 4o Código de Rógiinen PolLtico yMuncpi articulo 201 C de P. C articulw 41 y 695 Código Panal ticulo-156 C O N S 1 U E RA C 1 0 N E S : En u conceptQ de fondu. la agente del
PolLtico yMuncpi articulo 201 C de P. C articulw 41 y 695 Código Panal ticulo-156 C O N S 1 U E RA C 1 0 N E S : En u conceptQ de fondu. la agente del Ministerio Pnblico, doctora Dora Piedad Zapata .3ómtz, Procuradora 4 en esta Corporación . «iani fiesta: FS Este despacho considera que se deben derogar l piica de la demanda, por las siguientes razor,esg Por medio de la Resolución No.0758 de Octubre 22 de 1 ,986,y su aclatatar No 792 de Noviembre 4 del mismo ao, la entidad demandada conc:ed..ó y ;acianes por el térmíno de cuarenta y cuatro (44) días continuos al actor, a partir del día 6 de Noviembre de 1.986 (lis. 00 y 81 ep.), :ióndule comunicado el último de los actos 'admiviístr -;.átívos mencionados, el mismo día de su expedicir, como sé puede constatr a folio 122 ibldem.Exdicnte, Nc. 113282 Pues hi€n, lo anterior signifíca que e1 seis (6) de Ncvicnbre fecha en 1 Lu) seLniih - el ditrut d. 1a y caione dl demandante, tst t.nia Pleno tncimien f:o de tal e:he y de que habían .idc cncedid.z par el ar iProLrdar (3ereraI ndinte la ped5. Ún d un acta adøUnistrativale9almente ptrido La nulidad. y or,iuiente
habían .idc cncedid.z par el ar iProLrdar (3ereraI ndinte la ped5. Ún d un acta adøUnistrativale9almente ptrido La nulidad. y or,iuiente dto i.rnpetrado pr 1 prtc icflante, e in h?n tan lb Preco por, el No664) de uta 4 de 197 en u fleral :4 que presa Para 1ettos ;fflera,nte
an1nxtrtLiot4, .l abandono cid empleo se rduc - indo l futt wnMrt n ernpledq, 41f jut US 4-Cese de pretar el ervicio rte de que aum ci eiiplo quien ha de reemplazrlo" con te¡ E ck, d sLi nora si bi.en es 4lvc fiLé Jk nite if1rpretdt por el cht al Unrjc, orno fund,ento do. u pLdirnt.nt. tda vei que tfl SU caso cocr i ertt una ju-ta iu qe le ptcüt cesar- )a p «x,r, de su erviciu, cual er la p .tstencia de un acto diinitrtivo profer dc por el ntracior (N iirado t;-ner ,.k1 la NaiÓr qu conced.L ¿l;d.4ute cJ ls 'caciori a partir de una ficFia. anente determinad, ir que al fha htbise sido pdiíitd pos teriotrnente Por nec idade'. del servició nedianie un acto
de una ficFia. anente determinad, ir que al fha htbise sido pdiíitd pos teriotrnente Por nec idade'. del servició nedianie un acto adiriistrativu,, ya pcw apl.mi'nto ya prr. leNo del difrute. de lais, nint.. Lo anterior rtifica que la dciin t.oüai por el desmandan te, de Sequir prEtarIdo sereic ío s ,. cuandc :ya 'ha ha
de léis vaiciones :coç4iid no tuvo ningún u8tent, 1'al pi ninguna norua vijent ni muchomenosw , uupr ir , ierárquico e exigían.,la pj anercien el Depa hc cargo, mientras fuera nombi ,ado ye l tunL1onal io que lo £ há aa dur.nte su dcatu En nteis las a1irirtacion y -Pufidéáinflrito d& no apunt n ter1rt la e<itencia dal derechaque - pretende , cual es el de que se l+ cc)ríozcan y pcjur lq aris y preta' lonea iales c pon dtttt a Vos 5 día,s laborados durantw rátin"c at iones »tdtb ve que eta 14bor dorrrullda piur él , en ee lpn, n.i, astba Autat -'reprtimot por- ,k
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la pr <itenL1a y vienci-i de 1rESQlUcL1fl que le había concedido' lab vc'ionet." 1. rones que expoi1e la inte d1 Minit:er i Publico, l hacsuyas la comc>mut'a ore d esta 'decisión, pue ' vidente que el actor permaneció dt,jra,tlo'djc$tm , ree 1 ma l, pretr"ido 'ur, Servio que bien hubiera podida ne hicerlo, siendo corno esta ititfadø u retir de i.i ndenc.i.s ded el motnerU rnsmq en qttu i habi.a autarzdo -1 'goce de la prestCón.) ) la cosas, la Sala cons.irJer que 1as norrni que adujo el actor rc Ju ifitabn la presencia en ai despacho sino que era (le del la entidad 4Expdint. y opørtrfle çor iapwor qué dbi remplazar mo; d&motr6 (ftlío. 67' hecho l '1xçi.tud dl rc1cc)cirniffl.c) de l reta:íÓíi c 1 on la Ib 11 ida antel1r.. Y El nt: proveer oportunamente l r€mplazo crb una rpor1bil:Ldd para - J t:Ltulr Jei cjniuu v no par ci -i iefi ci u u e la luyó n ci pc,du
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ttr lbuur una ctts a í p j u s t .i. ptt u y rri .c3n inyoi r ón cuando no huto ne eçidu1, por del cr dt uphfcr ]aI idc4 que h dtdo rtir d dotwodos de la dirCi&i c .1 rtjwi .i5rno gp Eit çortdi wns I t se c..na u la Sala, para dcn»r las - upIi te la, danda, al entontrr que ru.., mtr l ulqaJadJ —de lo ac.tc tmpuJnador. Por 10 puetc ¿l. Triuni dsninistrat.tvo de Cund ubsción díinist.rando .tLi:3.a En hombro dela Pu l? públLa de rolbi4 > . jor uutiirui4çi de la lp,, NtEGÁNE: LAS SUPI. lCS DE UY bEt1AND COP TESE 1 NOT Fi tJUEE, CÜMUP1IOUE:3E Y CU1 AEfirmé esta, providencia archivee el expediente ,t4t.. i.BB2 10 Aprobdo en Sión No. 43 bor:HERNE', vi TORIA t ViÓ L.1JDO MQNAU