TA CUN - 18837-(29-04-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - 18837-(29-04-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
vacuitaa UibÇ JIci
DESVIACION DE PODER Prueba
REP'I CA DE COLOMS 1'
TRIBUNAL P.)tiINl 3TRT 1 yO DE CUND INAFIARCA
CL ION SEGUNDA bl)BSCCC ION "C " Raton
TrbI Ádmrisiraiv / de Cundinamarca 6artafé de Bogotá D. C.., Magistrado Ponente JOSE HERNEY VICTORIA Expediente Ntmara : 1.837 Demandante tJRIAS OTALORA HERNÁNDEZ Controver -sia a lriubsietenc1a Demandada MINISTERIO DE SALUD El demandante por intermedio de apoderada Judicial solícita de esta Corporación Acción de Nulidad y fietablecirniento del Derecho a que se refiere el articulo 133 del C.C.A.y relata, lo siguiente, PETICIONES : fRIMERO: Declarar que es nula la Resolución No. 10603 de fecha 6 de aoeto de 1967, emanada del E&or M.ini,.tro de Salud, y coavunícada el día 6 de agosto de 1907, mediante oficio No,31041, por la cual e declara la inuhitencia dl nombramiento del eor URIAS OTALORA HERNANOEZ, del cargo de AuxiliarE:>pdiente No.. 185.37
Administrativo Código No.: 5120, grado 07 de la Sección de Almacenes de la Unid.id de Suministro de la División de ' Asistencia Administrativa del
Minteria de Salud. EI3UND0; Pite como consecuencia de la anterior se ordene a. Ministcri.o de Salud (La Nación) reintegrar
la División de ' Asistencia Administrativa del Minteria de Salud. EI3UND0; Pite como consecuencia de la anterior se ordene a. Ministcri.o de Salud (La Nación) reintegrar a mí mandante al mismo cargo o a uno de igual o superior jerarquía.
TERCERO: E1 Mintstero d Salud pagará a mi mandante todas las, sum carrespondieñtes a sueldos, primas, bfi cae ion es y demás prestaciones Jurídicas y económicas dcsde la fecha de desvinculación forzosa hasta cuando lucre reintegrado efectivamente al cargo.
CUARTO: Para todos los efectos jurídicos se entenderá que no ha existido solución de continuidad en la prestación del servicio por parte de mi mandante, al
Ministerio de Salud.. QUINTO; Ordenar a si mismo que sobre 1. ; as sumas a ue resulte condenado a pagar el organismo demandado, apliue los ajustes de valor a que se refiere el Art. , 178 del C. C. A. y pues sobre estas suma reconozca y pague en favor de i poderdante los intereses mortóriøs y comerci 1 al el a que se refiere y en las condiciones sePçaladas en el Art... 177 del C.C.A. SEXTO ordenar a la entidad demandada que de cumplimiento a la sentencia, dentro de los términos estipulados en al art. 176 del C.C.A. Las anteriores peticiones tienen sus fundamentos en.xpedierita No. 18037 1s eiuinteg H E•C H.O 5 lo.- El s&or URIASOTALORA HERNANDEZ, sae, vinculó con
Las anteriores peticiones tienen sus fundamentos en.xpedierita No. 18037 1s eiuinteg H E•C H.O 5 lo.- El s&or URIASOTALORA HERNANDEZ, sae, vinculó con el M.tni.terio de 8alud pbr medio de Rsolución No 7491 del 29 de agostó de 1990, por medio de la cual se le designó en el cargo de Auxiliar de Servicios General es Códio 6035',grdo O5 de la Sección de mantenrniento y A6 de la Unidad de Servicios Gnera1es de la División de Aiteiii Administrativa del Ministerió de Salud, con una asignación mensual de ($4.00.o)M/cte. 2o.- Por mediode la Resolución, No..373 del 23 de abril de 1901, ee designa a mi poderdante Seor URIAS OTALORA HERNANDEZ, en el cargo de Auxiliar Adminitrativa Código No. 512(, grado 07 cJ Almacenes de la Unidad de Suminiatros de la División de istenea Administrativa del Miniter.o de Salud con una asignación .ensuai de ($9.900.00M/;te. 3o.'- Desde el .uigrso a] Ministerio mí poderdnt da.ó muestras de inquietud de superación intelectual, prueba de ello fue interós de inqresr a cursos de c:apacitción entro ellos ol desarrollo en la Corporación Univrsal da Investigación y Técnica "CORUN1VRSXTEC3' donde obtuvo el grado de "TECNICO
PROFESIONAL INTERMEDIO EN, ADMINISTRACION
de c:apacitción entro ellos ol desarrollo en la Corporación Univrsal da Investigación y Técnica "CORUN1VRSXTEC3' donde obtuvo el grado de "TECNICO PROFESIONAL INTERMEDIO EN, ADMINISTRACION HOSPI1ALAIA11, el "15 de Diciembre de,191314,z lo que tilo origen a que se le desigharn trabajos Administrativos por parte del rlinistériq de Salud, los que realizo con cuidado y qedicación,E'pediente No. 1J37 respónsat)ilLdad y diligencia. aunada a una buena dbsis de anøitinto, capacidad y praiona1imo.. 4o. Prueba de la capacitación y..responsat3il:dacf• que: mçstró m mndanje, mediante aticio 054i del 15 de febero de 1905, emanada, d€4 Jefe de Unidad de Personal del, Ministerio de Salud, el 5eñPr URIAB OTALORA HPNANDEZI pasó a pret4.r us ser v.cios a la División de Proramae de Población dispersa a ordenes deir,, ALZATE.... - Ante la e c..ara . iel trabsic d rrldo por mi mandante para reafirmar u otitabi1.dad en el programa en el cual se estaba detwol,1and, se profirió la tcsoluc.ón No 665? de fet$a 29 de Abril, do 1985 emanada del seínor Minist.rø de salud de esa época, Dt/RAFAL 0t SUBIRlA tOME1 0 en donde s com -A.siona al señor URIAS OTALOh-s HENANDEZ, Auxijiar
do 1985 emanada del seínor Minist.rø de salud de esa época, Dt/RAFAL 0t SUBIRlA tOME1 0 en donde s com -A.siona al señor URIAS OTALOh-s HENANDEZ, Auxijiar Administrativo, Códxcjc 5120, grado UI, para que colabore en la Div.sir% de Pr a roblón Dispersa de la Dirección de Canip;i'('Iai directas en eL detar rol lo de actividades en los Territorios; Nacionales, fwsøuctón que le fue comunicad mediante oficio. 15221 d.c fecha 3 de mayo de 1905. Can ofició --08994 de fecha t1rzo LO dé 1986, el Jefé de la División 'de'daarqbFlodminirati'io del Minsterio daSluci, solicita a). áe, fedela llnidad;de Fersana) del mismo Ministerio se trAnsfiera a) SicMor tJris Otalora Hernández, a la Divtión de Desarrolla Administrativo del Ministerio de Salud, ante la expectativa de contar esa División con un Administrador Hospitalaria Servicios que pretó aproimadaffiente 8 meses, para luqo ser trasladado al Programa de Pdblación dispersa por necesidad delE.pdiente No. 18B7 servicio, uwdiante oflciQ No 906 de fecha Octubre 29 de 1986 firmado por, - 1 a Jefe de la Unidad de perona1 del t1initerio (Encargada).
70. Inexplicablemente y para f•iralizar el ao de 1986, el Jefe inmediato de mi poderdante Dr. HERNAN ALZATE: PEREZ de filiación conservadora, empioca a
perona1 del t1initerio (Encargada).
70. Inexplicablemente y para f•iralizar el ao de 1986, el Jefe inmediato de mi poderdante Dr. HERNAN ALZATE: PEREZ de filiación conservadora, empioca a paralizar los programas trabajados por la división, asumiendo una actitud beligerante y fustigando a varios de sus subalternos de filiación liberal entre ellos . al URNAS OTALORA HERNANDEZ. Ante la situación de persecución mi mandante y sus compaeros se vieron precisados a dirig.irsen a varibs representantes del Gobierno Nacional, cmt:re ellos el
E;celentísifilo Preidente de la República. DR. VIRGILIO BARCO, al deigrado de la República DR. VICTOR MOSUIJERA CH4UX al seor Ministro de Salud DR. JOSE GRABADA RODRIUEZ y al DR.ALBERTO SANTOFIMIO BOTERO, u y a s copias se arwxn a la presente demanda. Oa..- Como consecuencia de que Lai pretnsionus de ]o funcionarios depenciintes del Dr. HERNAN ALZATE PEREZ, fueran atendidas f vOrablementc? por quienes se les pon ian en crocimienta las anomaiias que se estaban prserit:ando en la División, el DR.ALZATE, no se hizo esperar para demostrar 'su animadversión y denotando una verdadera persecución contra mi mandante el 12 de marzo de 1981 mediante oficio solicita al DR. DELIO BERNAL SANCHEZ, Jefe de la Unidad de:Pe -sana1 del Ministerio el .retorno del
denotando una verdadera persecución contra mi mandante el 12 de marzo de 1981 mediante oficio solicita al DR. DELIO BERNAL SANCHEZ, Jefe de la Unidad de:Pe -sana1 del Ministerio el .retorno del seor OTALORA HgRNANDEZ al de auxiliar administrativo porque no le era necesaria. Sería est:a una respuesta o causa suficiente para el retorno? o por el contrario el DR. ALZATE, buscaba l, forma deE>podiente No.¡. 18837 6 tacar a mi póderdante de esta división como diera lugar junto con otros compaPeros que no oran de su agrado. Tal afirmación se La hizo saber verbalmente a mi mandante y que lo haría despedir de alguna manera. 9o.- Pera mientra lograba su cometido el Dr. ALZATE y a pesar de haber manifestado ue los servicios del eíor OTALORA HERNÁNDEZ, no le eran necesarios, mediante oficios Nos 001988 y 00200 de fechas abril 21 'y 22de1987, ordena a ffli piderdanto realizar , unos trabajos para ser entregados a mías tardar el día 4 de Ma/o dl mismo $9 de Abril de 1987, el 3€.f e de la Unidad de P9rsonal atendiendo lo solicitado, por el DR! A1..ZÁTE, mediante oficio No 15900. comunica a mi mandante que a partir de La fecha prestará sus servicios a la Secci&i de Correspondencia y Archivo. 10.- Así mismo el DR.. HERNAN ALZATE. mediante oficio 002190 do fecha 30 de abril solicita al sePor OTALORA HERNÁNDEZ , haga entrega' de documentos y proceda a
servicios a la Secci&i de Correspondencia y Archivo. 10.- Así mismo el DR.. HERNAN ALZATE. mediante oficio 002190 do fecha 30 de abril solicita al sePor OTALORA HERNÁNDEZ , haga entrega' de documentos y proceda a trasladarse. cosa que mi mandante no llevó a cabo en esta fecha por considerar que se estaba violando al contenido de la Resolución No.6657 de fecha Abril de 1985, emanada del seor Ministro de Salud, en la que se le comisionaba ,a trabajar en el Programa de Población dispersa de Territorios Nacionales, y esta solo debia de ser derogada par quien la emitió que era el 8eor Ministro, y rio modinte oficio como se le estaba ordenando. 'Por otra parte este cambio desmejoraba su situación laboral en esta entidad. ib.- Para :lueQo el ' sor URIÁSOTALORA - HERNANDEZ, mediante oficio o' comunicación No. 16101 da fecha 4 e Mayo de 1987 dirigida al Dr. Delioernal Sanchez,E:ped.:ri'e No. 180:37 Jefe de la Unidad o pf? rona1., le manifiesta su terminciÓr -i de no tr 1dare por 50. estaba violando la ResoluciÓn t67 de te:ha 29 de abril de )985, y su devuchems cuando a l luz rm le esitabémi t1trnej orando. A esta determinación median te C)..CU No. i633. do te..ha 5 Mayo de 197, informndole que la Reic,1u:ión perdió u fi.ca:ia al er tralacatio a otra opendenc.a y que nuevarnent.€? le impartía la orden de traadave a la oficina de
informndole que la Reic,1u:ión perdió u fi.ca:ia al er tralacatio a otra opendenc.a y que nuevarnent.€? le impartía la orden de traadave a la oficina de Archivo y corrtpoidercia. 12o.- Pero. el Seor LIRIAS ÇJTAL!]RA HERNANDZ, sigue renuente a tal dipo.ición porque e tb violando el contenido del AriGO y FJ. literal A '.1 ecrto 1.468 dc 1979, e cual UeÇJL la 1 a dñin.tración de personal el Fiin.tterio c salud, echo
este que se Lo manitiesta al J e de la UitJad de F ron1 medi;nit cvito 8 de Mayo de i87 Mediante O -tic icy No.022801 del 5 de mayo de I987, o DR. LZATE PEREZ, amoneta cOfl copia a la hoja de vida al sc.or tiRIAS OTALORA HERNANPEZ por no tr-ai 1 adare - la sección de archivo y correspóndencía y t?l 7 de Mayo del miuo aío, oiicita al JefE? de la Unidad de Perona1., e inve;t.iyie y ie tomen lai. rnocl i das del caso, ante la negativa de! eor OTALORA HERt4ANDEZ de trU.dare.
14. Nuevamente el 3.5 de Mayo de 1987., el Dr-. (LZATE PEREZ, mediante oficio No. 00252 oiici evamer te :Al 1)1< tENAL SI\CHEZ , Jefe de la Un i dad de PeroraI,we tomen ya medida.s de SANL ION contra
PEREZ, mediante oficio No. 00252 oiici evamer te :Al 1)1< tENAL SI\CHEZ , Jefe de la Un i dad de PeroraI,we tomen ya medida.s de SANL ION contra mi mautdan te, por ta reiLrada d€uhediencia. íAn t Ce,4ta fatilicitud et DR. BERNAL ANCHEZ, EL 20 de Maio del ao referido e diriqe al Jefe de la Di!iiÓn depdi.r t No. 1130 3 7 itncia Adihi ti\3, • r.nriA 1 del 4i1TÇtfRt4 HrFNANDEz, ., 1 o1ii:..fud qur' ci tce 1. mIid .r i, 15o.- Con ido JttiiY de t1987 mi inndant c31iLitk ¿1 JefiHI ck Unidad d> Pron1 41 Wniter.o deltJ ç. 1t' ;.4u !'C31 t;• i pq ,' di.'.trut de
:f;j%4fle. £oi1itu'J iktwal -4v I e die3 41 L3tc huno por
p;,irto del Jo0fe d D . La¡ ¿oí
d t' t rqrn ti tobci&n Dipr / vcc ote piriu 6. ri r HE4Att RLZATE' 'tr\E l ti Mtr d 1 uiti. f. '..tt 4U paeu'.ír5n on1.r, n i. pod irrte :'
6. ri r HE4Att RLZATE' 'tr\E l ti Mtr d 1 uiti. f. '..tt 4U paeu'.ír5n on1.r, n i. pod irrte :' Qtroai Lt &ubi1 r'ros .c:Lt fl njitçy irr€ju1 Mrid&ds?B 1 c ccr,trjlç d' qur l (sca Pri fria. .f 't Pil t;1n d ft nt-aba on A 1 tr t u u.tí toiio.
Cor bac en l u í f t a l k 1ericr, «.c.Site ro1 ut. án 323 tjJ i 7 d julfirl d(,4 ,i'a.i e f, t, ur er:;, fic3.,çiór de 3 i,Iji tdu:e 4 1 Co & 1 R410 YÉRO4 VAL ENí, 1 A, €. f€ tu ¿-ir 1t Una V &, 1 lEVMUfl . &1 prJLd u1enf ' y I.:e tap4f.:tiv3 ':4Jfl. 1'ty() d'put': d Íi 1 i710 1 Ms prutLi 51 esa• d':uar?i ti i4tC. flO 1-iL rit: pa J1ntai fl :C3fltr n1 nrt:' y LAr ou 3 fl e.,is t.rióii A ja repuet. d Lt -t erer.0 .tn,, in 1uyiirh, w1
n1 nrt:' y LAr ou 3 fl e.,is t.rióii A ja repuet. d Lt -t erer.0 .tn,, in 1uyiirh, w1 UI13 OTHLOEtÇ HERN(wr)Ez , fue 3. trah ¡ NtJRJ TEUTE, sil di 6 d jato del: n Ii;ite f,i.cinEpdiente No. IGE)37 10 sector salÚç.iy a que fue epedidocon desviación de poder, materializada en la peraLuc.Ón Poli.tíca que l Jefe de la DivitiÓn de Programa de Población Dtpersa adelantó contra el actor por militar - en el partido liberal, or lo que el meiorarninto del servicio ptt1ico no asitió a ).a adninistración en , la expedición del acto;. En cuanto haca al primr cargo la Sila encuentra que La pr'euta violación de 1a disposiciones itad. no viene al cas ya que tratando ellas del funcionario conetenta y de la finalidad de las comisiones de srvicio çj ervirLa . para demostrar ur irrcjlridad de procedimiento en la kpdiciár1 del ac:t.o p(..te dispuso el regreso dl actor a la unidad administrat.iva en l que fue nombrado or)ginalmentE? y 'conter.lda en el oficie del folio 2i y no porque habindose he:bo por el Jefe de la Unidad dePersonal y mediante este procedimiento, tal cosa afecte el acto de insubsistnt:ia. ¶on n esencia. dos actos ministratvos pero de Jo cuales solo la acusación
el Jefe de la Unidad dePersonal y mediante este procedimiento, tal cosa afecte el acto de insubsistnt:ia. ¶on n esencia. dos actos ministratvos pero de Jo cuales solo la acusación e ha propuesta para el de retiro quedando indemne el que dispuo el regreso a la. unidad en la que te nombro el actor Estas ¿r9urentcione1; 1 levan a la Sala a mani.fetar que el cargo de violaciori de, los citados estatutos Øel decreto 1463 no están llamados a prosperar y menos sobre la resolución 6657 da 196, que fue la que dispuso la com.i9ión de servicios en la Diviióride Programas dePoblación Diispera, por no haber sido acusada en esta demanda. En relación con la desviaci6n de poder, que como se dijo o atribuye a una persecución politica que se adelantó contra el eor Otalora Hernández yExpediente No. 1837 11 que para efectos del libelo de la demanda serian lo motivos innobles que se inencionari en el cpitulo de Normas Violadas, la Sala hace 1 as siguj_entes precisiones; 1—— Mediantebfic.i rimero 1290 del 12 de marro de 197 (folia 32), el Jefe de la División de Programas de Población Dispersa wlizita a la Unidad de Personal dl Ministerio, la reubicación del actor en la Unidad de Suministros, eto e, en i que había sida nombrado originalmente. 2.- ikdinte el oficio n2mero 1)dO dci 29 de Abril de 1907, la Unidad de! Per son al dipon e la reubicación.
sida nombrado originalmente. 2.- ikdinte el oficio n2mero 1)dO dci 29 de Abril de 1907, la Unidad de! Per son al dipon e la reubicación. - 3egun el oficio ¿uriro 16101 del 4 d inyii de 1987, ci actor dea,da de la Unidad de Personal 1olio 11 la expedición de un acto adecuad6 a ese fin ya, que i habla sido comisionado para trabajar em. Pragrm; de Población. 'Hasta ei tnomento de la .oiicitud de reubicción del ciemandnLe en la Unidad de Suministros, nada e sabia de la persecución pal itti de la que solo r»e da mue;tras indi.cir is en los oficio de lou fcjliQs 24 a 31 y por la deciración rendida por el sePor Jairo Uruea E. precinente uno de los suscriptores de los citados oficLc3. Corno ill 5 dc mayi de 1 9 E7 el nDr no ha cumplido, la orden de dispuesta por la Unidad d Personal es por lo que el Jefe de la Oivis'ón de Programas le insite al actor la entregaE,ipedic-rite No. 188Z5.7 12 de los elementos y traslado (folio 14 6.- El 19:cle Mayo de 1907, ci Jefdla Unidad de Personal le explica al Jefe de la División de Asistencia Ildmiñistrativa. los diferentes movimiento de personal que ha tenido el actor; el desobedéciiierito que ha demostrado para 'oiver a la Unidad de Sum.inistros y deja en claro que ósa ¿actitud
de Asistencia Ildmiñistrativa. los diferentes movimiento de personal que ha tenido el actor; el desobedéciiierito que ha demostrado para 'oiver a la Unidad de Sum.inistros y deja en claro que ósa ¿actitud constituye un désacato a la orden dada. 7,-- t)escie fc-:ha, .19 do mayo taflta ci. 6 de agosto, fecha del acto de inMtbsistencia, ambas de 1987, no se vuelve a producir ninguna situación administrativa con el actor, suponiendo que al fin de cuentas cumplió la orden de laborar en la Unidad de Suministros (no hay orden en contrario) ya que el acto de inubsietenc:ia' lohac.e j.nN>ocando el cargo de Au:Iliar Administrativo 512GI, 6rado 07 de la Sección de Almacenes de la Unidad de Sritros, de la División de Administrativa del tijnisterio de Salud.. Segtui ci paiorama descrito, la Sala es del parecer que las supustas ac:tiviciades de persecuci..Ón oltica gua se adujcvron como 4enerdorai del atto, no se pueden tener'Como pr'obda ya que ni el acto acusado lo creo el Je-fe de la -División de programas ni a la fecha de la insubs.tstenciá se encontraba el actor en esa División y, lb que es más diciente, para el día 31 de julio de 1987, ya se había archivado la inestigación disciplinaria ante supuestas faltas de aitencia al trabajo. De onsiguiente, queda en Claro que la persecución polít.ç..a no fue el origen o razón del retiro delT actor de la-entidad, quedando
inestigación disciplinaria ante supuestas faltas de aitencia al trabajo. De onsiguiente, queda en Claro que la persecución polít.ç..a no fue el origen o razón del retiro delT actor de la-entidad, quedando descartado por, tanto el cargo de desviación de poderpedicnte Ne' 188.7 £3 o motivos quee enel libelo como r-ausales de serie ración cit1 acto. Ante esto, el ato eueado preeuncin de legalidad por lo que Adminii. trat\'o' de Cundinamarca, jutici•a en nbre dlt Repúblic-a de autoridad dé la Ley. mantiene su el Tribunl administrando clornbi.a y por
fALLA
Niuen.e las stplica de la demanda. cfPtE:SE. N011FIQUE3E.I COMJNIUE$E CtJMFLASE. E firme esta providencia, archívese el expediente. Aprobado en Se%¡óp Nb.3;