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TA CUN - 2003-01215-01.-(27-01-2005)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 2003-01215-01.-(27-01-2005)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2005

REGISTRO ELECTORAL – Falsedad de los elementos que han servido para su formación / REGISTRO ELECTORAL – Aprocrificidad / ALTERACIÓN DE RESULTADOS ELECTORALES – Requisitos para que constituyan causal de nulidad electoral Para la sala es claro que las comisiones escrutadoras de las localidades 3ª, 16, 18, y zona 90. Corferias y cárceles, alteraron en algunos puestos – mesas los verdaderos resultados electorales, pues ilegalmente le adicionaron al candidato Luis Fernando olivares 14 votos, y le restaron al candidato Alvaro Caicedo escobar siete (7) votos, lo que configura el primer supuesto de hecho exigido por numeral 2º del artículo 223 del C.C.A., - falsedad en los elementos que han servido para la formación del registro electoral. En relación con el segundo supuesto: que la alteración sea de tal magnitud que sea capaz de alterar los resultados electorales, pues de lo contrario la falsedad es inocua, la sala considera que en el presente caso, la diferencia de votos entre los candidatos Luis Fernando Olivares (concejal elegido), y el siguiente en votación por el movimiento Colombia viva, señor Alvaro Hernán Caicedo, es de sesenta y ocho (68) votos, la falsedad ideológica demostrada (14 + 7 = 21), no es de tal importancia, capaz de alterar el resultado electoral del 26 de octubre, registrado por la comisión escrutadora general, el día 13 de noviembre de 2003, en el formulario e – 26 municipal. Con fundamento en lo anterior, es claro, que la elección del señor Luis

octubre, registrado por la comisión escrutadora general, el día 13 de noviembre de 2003, en el formulario e – 26 municipal. Con fundamento en lo anterior, es claro, que la elección del señor Luis Fernando Olivares, es el resultado de la voluntad popular, y no de la manipulación de los registros electorales por parte de comisiones zonales escrutadoras de Bogotá, como lo afirma el demandante, pues es en la fase del escrutinio, donde se produce el recuento de votos y su asignación a los distintos candidatos, a los ganadores se les proclama como tales

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCIÓN PRIMERA

SUBSECCIÓN “B”

Bogotá D. C., veintisiete (27) de enero de dos mil cinco (2005)

Magistrado Ponente: AYDA VIDES PABA Expediente No. : 2003-01215-01.

Demandante : SAUL O. VILLAR JIMÉNEZ

Demandados : LUIS FERNANDO OLIVARES JIMÉNEZ.

ELECTORAL.

El demandante actuando en nombre propio, presenta ante esta Corporación demanda de nulidad electoral de conformidad con lo establecido en los artículos 227 y 228 del C.C.A., contra los Registros Electorales y de las Actas de Escrutinio de las Comisiones Auxiliares de las Localidades 3 de Santa Fe,16 de Puente Aranda, 18 de Rafael Uribe Uribe 90-01 y 90-02 de Corferias y

Cárceles de Bogotá D.C., en lo referente a la votación registrada a favor del candidato Luis Fernando Olivares Rodríguez, en las elecciones efectuadas el 26 de octubre de 2003, para el Concejo de Bogotá D.C., período 2004-2007. La demanda fue corregida a través de apoderado judicial, mediante escrito radicado ante la Secretaría de esta Sección el día 9 de febrero de 2004.

I. ANTECEDENTES.

1. Hechos.

1. El pasado 26 de octubre, se realizaron elecciones para elegir autoridades públicas, para el período Constitucional 2004-2007.

2. En la ciudad de Bogotá la Comisión General Escrutadora, mediante el acto cuya nulidad se solicita de fecha noviembre 13 de 2003, declaró elegido como

Concejal de Bogotá a LUIS FERNANDO OLIVARES RODRÍGUEZ inscrito por el Movimiento Colombia Viva.

3. El acto de elección demandado fue conformado con base en los resultados de los escrutinios de segundo grado, realizados del 28 de octubre al 13 de noviembre de 2003.

4. No obstante, es de resaltar que los escrutinios realizados por los Jurados de Votación (Formularios E 14) la votación obtenida por el actual Concejal de Bogotá, LUIS FERNANDO OLIVARES RODRÍGUEZ, realmente fue superada en nueve (9) votos por el total de sufragios depositados a favor del candidato del mismo movimiento ÁLVARO CAICEDO.

5. Pero contrario a lo anterior, durante el desarrollo de los Escrutinios Locales, sin que exista ninguna justificación o sustentación en las actas de escrutinio,

del mismo movimiento ÁLVARO CAICEDO.

5. Pero contrario a lo anterior, durante el desarrollo de los Escrutinios Locales, sin que exista ninguna justificación o sustentación en las actas de escrutinio, fue ilegalmente incrementada la votación de Olivares Rodríguez en 81 votos, y simultáneamente disminuida en 17 votos la votación de Álvaro Caicedo.

6. De tal forma que al no estar sustentadas en las Actas las modificaciones efectuadas a los guarismos de los jurados de votación, respecto de las mesas que se indican más adelante, se concluye que las alteraciones realizadas a la votación obtenida por Olivares Rodríguez y Álvaro Caicedo, constituyen falsedades en los registros por desconocer los verdaderos resultados electorales, circunstancia prevista como causal de nulidad por el numeral 2 del artículo 223 del C.C.A.

7. Las ilegales modificaciones efectuadas a los verdaderos resultados electorales, se comprueban mediante la simple, confrontación del contenido de los Formularios E-14, E-24 y Actas de Escrutinio Zonales correspondientes a las mesas de votación que se indican más adelante, de las Localidades de Santafé, Puente Aranda, Rafael Uribe Uribe y Puesto Censo Feria de Exposición.8. Las alteraciones de los resultados electorales de las mesas que se precisan seguidamente, fueron suficientes para modificar la conformación del Concejo de la ciudad de Bogotá, con relación al escaño que por cifra repartidora le correspondió al Movimiento Colombia Viva, pues se designó a Luis Fernando

seguidamente, fueron suficientes para modificar la conformación del Concejo de la ciudad de Bogotá, con relación al escaño que por cifra repartidora le correspondió al Movimiento Colombia Viva, pues se designó a Luis Fernando Olivares Rodríguez, en lugar del verdaderamente elegido Álvaro Hernán Caicedo Escobar, quien como ya se dijo ganó la justa electoral por una diferencia de nueve (9) votos a su favor.

9. Las Comisiones Auxiliares de marras modificaron irregularmente los resultados de las siguientes mesas en beneficio de Luis Fernando Olivares, así: a). En la Localidad 3, Santafé, fue alterada la votación de la mesa 9 del puesto 20. b). En la Localidad 16 de Puente Aranda de Bogotá, fue alterada la votación de las mesas 10, 12 y 13 del puesto 2; mesa 24 del puesto 6; mesa 7 del puesto 10; mesas 8 y 9 del puesto 11; mesas 32 y 57 del puesto 13. c). En la Localidad 18 de Rafael Uribe Uribe de Bogotá, fue alterada la votación de las mesas 22 del puesto 1, mesa 38 del puesto 2, mesa 8 del puesto 6, mesa 14 del puesto 7, mesa 4 del puesto 16, mesa 13 del puesto 18, mesa 11 del puesto 23 y mesa 3 del puesto 27. d). Las Comisiones Auxiliares 90-01 y 90-02 de Corferias y Cárceles, alteraron la votación de las mesas 20, 74, 301, 335, 350, 352, 360, 377, 413, 415, 416,

d). Las Comisiones Auxiliares 90-01 y 90-02 de Corferias y Cárceles, alteraron la votación de las mesas 20, 74, 301, 335, 350, 352, 360, 377, 413, 415, 416, 420, 424, 427, 430, 442, 449, 504, 517, 522, 524, 538, 540, 561, 601, 660, 668, 832, 906, 942, 1003, 1055, 1064, 1098, 1115, 1146, 1159, 1163, 1215 y 1253.

10. Las inconsistencias resultantes de la confrontación entre los formularios E.14 y E.24, correspondientes a los escrutinios de las Localidades Santafé (3), Puente Aranda (16) y Rafael Uribe Uribe (18), son las siguientes:

LOCALIDAD TERCERA (3ª) SANTAFE

PUESTO

ME SA IRREGULARIDAD O ERROR 2 12 En formulario E.14 (sin número) el cual, al parecer fue anulado, el candidato Luis Fernando Olivares Rodríguez, no tiene voto alguno, y en el E.24 el mismo candidato es decir 1, 01 Fernando Olivares, aparece con un (1) voto. Lo que significa que al candidato en mención, 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.9 20 En formulario E.14, No. 47-44-24-30 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos y el candidato 01, 02, Álvaro Caicedo, con un (1) voto. Y por su parte, en el formulario E.24, aparece el candidato

candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos y el candidato 01, 02, Álvaro Caicedo, con un (1) voto. Y por su parte, en el formulario E.24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto, y el candidato 1, 02 con cero (0) votos. Es decir, al 1,01 le sumaron irregularmente un (1) voto y al 1, 02 le restaron irregularmente un (1) voto , modificaciones que se realizaron contrarias a la ley, ya que no aparecen sustentadas.

LOCALIDAD DIECISÉIS (16) PUENTE ARANDA

PUESTO

ME SA IRREGULARIDAD O ERROR 2 10 En formulario E 14, No. 48-14-79-71 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el 1, 01 con dos (2) votos. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente dos (2) votos. 2 12 En formulario E.14, No. 48-14-81-22 aparece el candidato 1, 01 Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E24 aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1,01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

2 13 En formulario E 14 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el

irregularmente un (1) voto.

2 13 En formulario E 14 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24 aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1, 01, le sumaron irregularmente un (1) voto. 6 24 En formulario E 14, No. 48-16-61-18 aparece el candidato 01, 02, Álvaro Caicedo, con un (1) voto. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 02 con cero (0) votos. Es decir, al 1, 02 le restaron irregularmente dos (2) votos.

10 7 En formulario E 14, No. 14-16-51-80 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con u voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.11 8 En formulario E 14 No. 48-16-61-18 aparece el candidato 01, 02, Álvaro Caicedo con un (1) voto. Y por su parte en el Formulario E 24 aparece el candidato 1, 02, con cero (0) votos. Es decir, al 1, 02 le restaron irregularmente un (1) voto.

en el Formulario E 24 aparece el candidato 1, 02, con cero (0) votos. Es decir, al 1, 02 le restaron irregularmente un (1) voto.

11 9 En formulario E 14 No. 48-16-62-91 aparece el candidato 1, 02, Álvaro Caicedo con un (1) voto. Y por su parte en el formulario E 24 aparece el candidato 1, 02, con cero (0) votos. Es decir, al 1, 02 le restaron irregularmente un (1) voto.

13 32 En formulario E 14 No. 48-17-18-24 aparece el candidato 1, 01 Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1,01 le sumaron irregularmente un (1) voto. 13 57 En formulario E 14 No. 48-17-43-77 aparece el candidato 1, 01 Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24.

LOCALIDAD DIECIOCHO (18) RAFAEL URIBE URIBE

PUESTO

ME SA

IRREGULARIDAD O ERROR 1 22 En formulario E 14, No. 48-21-39-21 aparece el candidato 1, 01, Fernando olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01, con dos (2) votos. Es decir, al 1, 01, le sumaron irregularmente dos (2) votos.

Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01, con dos (2) votos. Es decir, al 1, 01, le sumaron irregularmente dos (2) votos.

2 38 El formulario E 14 fue anulado, sin embargo en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. es decir, al 1, 01, le sumaron irregularmente un (1) voto.

6 8 En formulario E 15 No. 48-22-39-01 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos y el candidato 1, 02. y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.7 14 En formulario E 14, No. 48-22-59-84 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con dos (2) votos. Es decir, al 1,01 le sumaron irregularmente dos (2) votos.

16 4 En formulario E 14 No. 48-24-30-13 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares con un (1) voto y el candidato 1, 02, Álvaro Caicedo con un (1) voto. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con dos (2)

1, 01, Fernando Olivares con un (1) voto y el candidato 1, 02, Álvaro Caicedo con un (1) voto. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con dos (2) votos y el candidato 1, 02 con dos (2) votos. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto y al 1, 02 le restaron irregularmente un (1) voto.

18 13 En formulario E 14 No. 48-24-75-21 aparece el candidato 01, 02, Álvaro Caicedo , con dos (2) votos. Y por su parte en el formulario E 24 aparece el candidato 1, 02 con un voto. Es decir, al 1, 02 le restaron irregularmente un (1) voto.

23 11 En formulario E 14 No. 48-25-77-75 aparece el candidato 1, 01 Fernando Olivares, con cero (0) votos y el candidato 01. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con nueve (9) votos. Es decir, al 01, 01 le sumaron irregularmente nueve (9) votos.

27 3 En formulario E 14 no. 48-26-13-24 aparece el candidato 1, 01 Fernando Olivares, con cero (0) votos y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01, con siete (7) votos. Es decir, al 1, 01, le sumaron irregularmente siete (7) votos.

parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01, con siete (7) votos. Es decir, al 1, 01, le sumaron irregularmente siete (7) votos.

PUESTO CENSO FERIA DE EXPOSICIÓN –NOVENTA (90) MESA IRREGULARIDAD O ERROR 20 En formulario E 14 fue anulado. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

74 El formulario E 14 fue anulado. Y por su parte en el formulario E 24, el candidato 1, 01 aparece con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.301 En formulario E 14 No. 48-36-18-32 aparece el candidato 1, 01 Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

335 En formulario E 14 No. 38-36-52-40 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares , con cero (0) votos y el candidato 01, 02, Álvaro Caicedo con un (1) voto. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con tres (3) votos, y el candidato 1, 02 con cero (0) votos. Es decir, al 1, 01 le sumaron

24, aparece el candidato 1, 01 con tres (3) votos, y el candidato 1, 02 con cero (0) votos. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente tres (3) votos y al 1, 02 le restaron irregularmente un (1) voto.

350 En formulario E 14, No. 48-36-67-47 aparece el candidato 1, 01 Fernando Olivares, con dos (2) votos y el candidato 1, 02 Álvaro Caicedo, con un (1) voto. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con cinco (5) votos y el candidato 1, 02 con cero (0) votos. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente tres (3) votos y al 1, 02 le restaron irregularmente un (1) voto.

352 En formulario E 14 No. 48-36-64-90 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con un (1) voto. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con tres (3) votos. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente dos (2) votos.

360 En formulario 14 No. 48-36-77-84 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el formulario 1, 01 con dos (2) votos. Es

Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el formulario 1, 01 con dos (2) votos. Es decir, al 1,01 le sumaron irregularmente dos (2) votos.

377 En formulario E 14 No. 48-36-94-33 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con cuatro (4) votos. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente cuatro (4) votos. Le sumaron los votos del partido.

413 En formulario E 14 No. 48-37-30—02 aparece el candidato 1, 01 Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con dos (2). Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente dos (2) votos.

415 En formulario E 14 No. 48-37-32-56 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos y el candidato 1, 02 Álvaro Caicedo con un (1) voto. Y por su parte en el formulario E 24 aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto y el candidato 1, 02 con cero (0) votos. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente

un (1) voto y al 1,02 le restaron irregularmente un (1) voto.416 En formulario No. E 14 No. 48-37-33-28 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con un (1) voto. Y por su parte en el formulario E.24, aparece el candidato 1, 01 con dos (2) votos. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente dos (2) votos. 420 En formulario E 14, No. 48-37-37-15 aparece el candidato No. 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con tres (3) votos. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente tres (3) votos.

424 En formulario E 14 No. 48-37-41-11 aparece el candidato 1, 01 Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24 aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

427 En formulario E 14 No. 48-37-44-37 aparece el candidato 1, 01 Fernando Olivares, con un (1) voto. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto y el candidato 1, 02 con cero (0) votos. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

430 En formulario E 14 No. 48-3747 –52 aparece el candidato 1, 01

candidato 1, 02 con cero (0) votos. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

430 En formulario E 14 No. 48-3747 –52 aparece el candidato 1, 01 Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con dos (2) votos. Es decir, al candidato 1, 01 le sumaron irregularmente dos (2) votos.

442 En formulario E 14 No. 48-37-59-33 aparece el candidato 1, 01 Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con tres (3) votos. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente tres (3) votos.

449 En formulario E 14 No. 48-37-66-55 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con un (1) voto. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con dos (2) votos. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente dos (2) votos.

504 En formulario E 14 No. 48-37-21-27 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con dos (2) votos. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente dos (2) votos.

Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con dos (2) votos. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente dos (2) votos.

517 En formulario E 14 No. 48-38-34-81 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.522 En formulario E 14 No. 48-38-39-49 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

524 En formulario E 14 No. 48-38-41-16 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

538 En formulario E 14 No. 48-38-55-26 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

540 En formulario E 14 No. 48-38-57-71 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

561 En formulario E 14 No. 48-38-78-16 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos y el candidato 1, 02. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

601 En formulario E 14 No. 48-39-18-82 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con un (1) voto. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con tres (3) votos. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente dos (2) votos.

660 El formulario E 14 fue anulado. Sin embargo en el formulario E 24, el candidato 1, 01 aparece con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

668 El formulario E 14 No. 48-39-85-18 aparece el candidato 1, 01,

le sumaron irregularmente un (1) voto.

668 El formulario E 14 No. 48-39-85-18 aparece el candidato 1, 01,

Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

1055 En formulario E 14 No. 48-43-72-14 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

1064 El formulario E 14 fue anulado. Sin embargo en el formulario E 24 aparece el candidato 1, 01 Fernando Olivares con un (1) voto. Es decir, al 1,01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

1098 En formulario E 14 No. 48-44-15-10 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos y el candidato 1,02 Álvaro Caicedo, con dos (2) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto y el candidato 1,02 con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto y al 1,02 le restaron irregularmente un (1) voto.

1115 En formulario E 14 No. 48-44-32-55 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el

un (1) voto.

1115 En formulario E 14 No. 48-44-32-55 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

1146 En formulario E 14 No. 48-44-63-39 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos y el candidato 1,02 Álvaro Caicedo con un (1) voto. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto y el candidato 1,02 con cero (0) votos. Es decir, al 1,01 le sumaron irregularmente un (1) voto y al 1,02 le restaron irregularmente un (1) voto.

1159 En formulario E 14 No. 48-44-80-93 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.1163 En formulario E 14 No. 48-44-80-93 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos y el candidato 1,02 Álvaro Caicedo, con un (1) voto. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto y el candidato

Álvaro Caicedo, con un (1) voto. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto y el candidato 1,02 con cero (0) votos. Es decir, al 1,01 le sumaron irregularmente un (1) voto y al 1,02 le restaron irregularmente un (1) voto.

1215 En formulario E 14 No. 48-45-32-35 aparece el candidato 1, 01, Fernando Olivares, con cero (0) votos. Y por su parte en el formulario E 24, aparece el candidato 1, 01 con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

1253 El formulario E 14 fue anulado. Sin embargo, en el formulario E 24, el candidato 1, 01 Fernando Olivares aparece con un (1) voto. Es decir, al 1, 01 le sumaron irregularmente un (1) voto.

11. Los anteriores hechos dejan en evidencia la intención de beneficiar al hoy Concejal Olivares Rodríguez, durante la práctica de los escrutinios de segundo grado por parte de las comisiones ya citadas. Es más, en las mesas cuyas modificaciones fueron realizadas de manera “legal” (recuento de votos), se vislumbra tal propósito, pues contrario a cualquier promedio matemático y de manera muy diferente al beneficio obtenido por otros candidatos se observa con claridad que existió la tendencia a incrementar la votación de Luis Fernando Olivares Rodríguez y a desconocer la realidad electoral.

2. Peticiones.

El demandante solicita que mediante los trámites del Proceso Electoral se

con claridad que existió la tendencia a incrementar la votación de Luis Fernando Olivares Rodríguez y a desconocer la realidad electoral.

2. Peticiones.

El demandante solicita que mediante los trámites del Proceso Electoral se hagan las siguientes declaraciones: “1. DECLARAR NULA la decisión contenida en el “ACTA PARCIAL DEL ESCRUTINIO DE VOTOS PARA EL CONCEJO” de Bogotá (Formulario E.26 Municipal), expedida por la Organización Electoral – Registraduría Nacional del Estado Civil- “Comisión Escrutadora General” de fecha noviembre 13 de 2003, acto mediante el cual se declaró electo para el Concejo del Distrito Capital de Bogotá, período constitucional 2004 a 2007, al ciudadano LUIS FERNANDO OLIVARES RODRÍGUEZ, por el Movimiento Viva Colombia.

2. Se ordene la exclusión del cómputo general de votos contenidos en el acto acusado, respecto de la declaratoria de elección del Concejal en referencia y se ordene la cancelación de la respectiva credencial, previa práctica de un nuevo escrutinio, excluyendo e incluyendo los votos teniendo en cuenta únicamente los resultados electorales consignados en los formularios E 14.”

3. Normas Violadas y Concepto de la Violación.  Código Contencioso Administrativo: Artículo 223 numeral 2°. Constitución Nacional: Artículos 3°, 40, 258 y 260.

Manifiesta el demandante que el numeral 2° del artículo 223 del C.C.A., dispone que las actas de escrutinio de los jurados de

Manifiesta el demandante que el numeral 2° del artículo 223 del C.C.A., dispone que las actas de escrutinio de los jurados de votación y de toda corporación electoral son nulas en los siguientes casos... 2. Cuando aparezca que el registro es falso o apócrifo, o falsos o apócrifos los elementos que haya servido para su formación. Que para el presente caso, la citada norma que fue quebrantada por las Comisiones Escrutadoras Zonales de las localidades de Santafé, Puente Aranda, Rafael Uribe Uribe y Puesto Censo Feria de Exposición de Bogotá, toda vez que mediante vía de hecho modificaron los resultados consignados por los jurados de votación en los formularios E 14, ya que no existen constancias en las Actas de Escrutinio, que sustenten las modificaciones realizadas y registradas en los formularios E 24. Que el hecho de no estar sustentadas en las actas las modificaciones realizadas a los resultados contenidos en los Formularios E-14, constituye una falsedad, las cuales se comprueban mediante la simple confrontación de las cifras y constancias existentes en los Formularios E-14, E-24 y Actas de Escrutinio respectivamente. Que igualmente se violó el numeral 3° del artículo 223 del C.C.A., que establece que son nulas las actas de escrutinio cuando aparezca que han sufrido alteraciones sustanciales en lo escrito, después de firmadas por los miembros de la Corporación que las expiden. Que en el presente caso se observa que el mencionado precepto fue

establece que son nulas las actas de escrutinio cuando aparezca que han sufrido alteraciones sustanciales en lo escrito, después de firmadas por los miembros de la Corporación que las expiden. Que en el presente caso se observa que el mencionado precepto fue violado, toda vez que en las Actas de Escrutini0o de las Comisiones de Santafé, Puente Aranda, Rafael Uribe y Puesto Censo, en lo referente a las mesas que se indican en el numeral 9 de esta demanda se acreditó que sus resultados no sufrieron novedad alguna, mediante constancias que indican “mesa sin novedad” o “mesa igual” y sin embargo fue otro el resultado consignado en los respectivos E-24, cuyos guarismos deben coincidir con lo indicado en las Actas. Que se confirma entonces que la votación de Luis Fernando Olivares fue aumentada irregularmente, y que mediante el irregular procedimiento también fue disminuida la votación de Álvaro Caicedo, y consecuencialmente se corrobora que los registros electorales sufrieron alteraciones sustanciales en lo escrito, circunstancia prevista como causal de nulidad por el numeral 3 del artículo 223 del C.C.A. Que para el caso que nos ocupa, resulta que los hechos antes resumidos vulneran de forma directa el artículo 3° Constitucional, en razón a que Olivares no fue elegido por la voluntad del pueblo manifestada en las urnas el pasado 26 de octubre de 2003, sino por la decisión arbitraria de unos pocos que alteraron los resultados electorales, mediante la suma irregular de votos a su favor. Además la persona ilegalmente designada

urnas el pasado 26 de octubre de 2003, sino por la decisión arbitraria de unos pocos que alteraron los resultados electorales, mediante la suma irregular de votos a su favor. Además la persona ilegalmente designada ejerce el poder público, el cual también es tutelado por el artículo 3° de laConstitución Nacional. Que el artículo 260 de la Constitución Nacional, dispone que los ciudadanos eligen en forma directa a los concejales municipales y distritales. Sin e

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