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TA CUN - 2013-1617-(03-10-2013)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 2013-1617-(03-10-2013)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2013

Derecho de Petición Universidad Militar Nueva Granada. – El Costo de las Copias debe ser asumido por el peticionario. – Derecho de Petición Normatividad Jurisprudencia. – Tutela el Derecho de Petición.. Derecho de petición El derecho fundamental de petición está consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, el cual faculta a toda persona para que presente ante las autoridades peticiones respetuosas por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución; en consecuencia, la acción de tutela constituye el mecanismo idóneo para procurar, en caso de vulneración, la protección de esta garantía fundamental. Este derecho fundamental no sólo implica la posibilidad de que el particular pueda someter a consideración de las autoridades asuntos que le interesan, sino el obtener pronta respuesta de fondo, clara, precisa, oportuna y tener conocimiento de la misma. La defensa del derecho de petición está encaminada a que el administrado obtenga pronta respuesta a sus solicitudes e inquietudes. Recuerda la Sala que el Núcleo del Derecho de Petición según la jurisprudencia consagra dos aspectos fundamentales:

I. Posibilidad de ejercerlo por los ciudadanos ante las autoridades o los particulares excepcionalmente.

II. Deber de respuesta en el siguiente sentido:

1. Oportuna

2. Seria o de fondo

3. Integral o completa Puesta en conocimiento del peticionario.

De lo anterior se tiene que el núcleo esencial del derecho fundamental de petición reside en la resolución pronta y oportuna de la cuestión, pues de nada serviría la posibilidad de dirigirse a la autoridad si ésta no resuelve o se reserva para sí el

De lo anterior se tiene que el núcleo esencial del derecho fundamental de petición reside en la resolución pronta y oportuna de la cuestión, pues de nada serviría la posibilidad de dirigirse a la autoridad si ésta no resuelve o se reserva para sí el sentido de lo decidido; por consiguiente, se entiende vulnerado el derecho cuando: (i) el peticionado no responde la solicitud en forma oportuna, (ii) no resuelve de fondo la cuestión planteada, (iii) o no comunica eficazmente lo resuelto al peticionario. La Jurisprudencia Constitucional ha reiterado que para obtener su protección vía acción de tutela, es necesario que se demuestre que la solicitud escrita o verbal, efectivamente tuvo lugar, y que fue formulada ante el servidor público que correspondía, en la sede donde éste ejerce sus funciones, dentro de horario hábil y que de la petición quedó registro, es decir, que fue radicada o que existió constancia de ésta. De otra parte, condiciona para su protección a que el interesado acredite como mínimo tanto que efectuó la solicitud en cuestión, como la fecha en que fue registrada o radicada. (…)En este orden de ideas, el Alto Tribunal Constitucional ha reiterado que se vulnera el derecho fundamental de petición al omitir dar resolución pronta y oportuna de la cuestión. Esto ocurre cuando se presenta una de dos circunstancias: “(i) que al accionante no se le permita presentar petición, o (ii) que exista presentación de una solicitud por parte del accionante. En este sentido, la vulneración del derecho

cuestión. Esto ocurre cuando se presenta una de dos circunstancias: “(i) que al accionante no se le permita presentar petición, o (ii) que exista presentación de una solicitud por parte del accionante. En este sentido, la vulneración del derecho de petición se presentará o bien por la negativa de un agente de recibir la respectiva petición o frustrar su presentación – circunstancia; o bien que habiendo presentado una petición respetuosa no ha obtenido respuesta, o que la solicitud presentada no fue atendida debidamente –circunstancia. Así las cosas, las respuestas remitidas al peticionario mediante oficios con consecutivos No. 4296 del 3/07/13, 4800 del 24/07/13 y 5627 del 20/08/13, obstruyen el ejercicio del derecho de petición de (…), en tanto no ha dado contestación a las solicitudes incoadas, en forma clara y congruente, de manera que resuelva cada uno de los asuntos planteados por el petente. Atendiendo el deber de las autoridades de resolver de manera clara y concreta las peticiones de los ciudadanos, con independencia que ese pronunciamiento sea favorable o no a sus aspiraciones, la precitada entidad debió pronunciarse dentro de los términos de las peticiones que le fue presentada, lo cual no hizo. Así las cosas, la Sala advierte vulneración del derecho de petición de (…); no obstante, la entidad accionada en el trámite de la presente tutela profirió respuesta a las peticiones incoadas por el actor mediante oficio con consecutivo 6569 del 17

Así las cosas, la Sala advierte vulneración del derecho de petición de (…); no obstante, la entidad accionada en el trámite de la presente tutela profirió respuesta a las peticiones incoadas por el actor mediante oficio con consecutivo 6569 del 17 de septiembre de 2013, documento en el que se pronuncia frente a cada uno los puntos peticionados por el accionante. Ahora bien, en lo que tiene que ver con el costo de las copias solicitadas por el actor, no hay lugar a la pretensión del mismo, comoquiera que es deber del peticionario o interesado en obtenerlas, asumir el costo de su expedición. Esta previsión no significa que el derecho de acceso a la información tenga un carácter oneroso, pues la consulta de la información que reposa en las oficinas públicas en principio no genera expensas a cargo del solicitante, salvo cuando se solicite la expedición de copias.

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCATRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCIÓN TERCERASECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN “A”SUBSECCIÓN “A”

Bogotá D.C., tres (3) de octubre de dos mil trece (2013)Magistrado Ponente : ALFONSO SARMIENTO CASTROALFONSO SARMIENTO CASTRO Ref. Expediente : 250002336000201301617 00

Demandante : HÉCTOR RODRÍGUEZ GÓMEZ Demandado : UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA A C C I Ó N D E T U T E L AA C C I Ó N D E T U T E L A 1ª instancia El señor HÉCTOR RODRÍGUEZ GÓMEZ actuando en nombre propio, instauró acción de

A C C I Ó N D E T U T E L AA C C I Ó N D E T U T E L A 1ª instancia El señor HÉCTOR RODRÍGUEZ GÓMEZ actuando en nombre propio, instauró acción de tutela contra LA UNIVERSIDAD MILITAR, para obtener la protección de su derecho fundamental de petición. I.- ANTECEDENTES 1.- Pretensiones “Se me informe en detalle de los gastos de los contratos Interadministrativos suscritos en la NaciónMinisterio del InteriorFPFD y la UMNG: F-002 de 2009; F-007 de 2010; F-003 de 2011; F-029 de 2012, y F-072 de 2012. Se me haga entrega de la relación de los Comunales hospedados en cada uno de los hoteles en la realización del congreso comunal llevado a cabo en la ciudad de Bucaramanga los días 12, 13, 14 y 15 y copias de sus respectivas facturas de pago. Se me haga entrega de factura Alimentación/alojamiento miembros Confederación, al igual listado de los miembros Confederación. Se me haga entrega de una copia del registro audio visual del congreso comunal llevado a cabo en la ciudad de Bucaramanga los días 12, 13,14 y 15. Se me entregue Copia de la Factura de elaboración de 1.000 maletines para los comunales. Se me entregue Copia de la Factura de 1.000 certificados de participación de asistencia. Se me entregue Copia de la Factura de Apoyo actividad cultural y artística para 1.000 cursantes. Se me entregue Copia de Cuenta de Cobro de Conferencistas/moderadores mesas temáticas. Se me haga entrega de Cuenta de Cobro de Coordinación comunales adicionales.

1.000 cursantes. Se me entregue Copia de Cuenta de Cobro de Conferencistas/moderadores mesas temáticas. Se me haga entrega de Cuenta de Cobro de Coordinación comunales adicionales. Se me haga entrega de Copia del Acuerdo de cooperación suscrita entre la Universidad Militar Nueva Granada y la Asociación de Egresados de Economía endesarrollo del Contrato F-029 de 2012, oo, para apoyar el XXIII Congreso Nacional Comunal realizado en la ciudad de Bucaramanga en Octubre de 2012. Se me haga entrega copia del Plan de Acción, Seguimiento y Evaluación del evento realizado por la Asociación de egresados de Economía en el XXIII Congreso Nacional Comunal realizado en la ciudad de Bucaramanga en octubre de 2012...." 2.- Hechos El Jefe de la División de Extensión Coronel CRISANTO QUINTERO ARIZA y de la RECTORÍA DE LA Institución de derecho público denominada Universidad militar, han dado respuestas sesgadas y con omisión de información a la Petición de fecha 11 de julio de 2013, en el que el accionante requiere se le dé explicación a (6) seis puntos concretos, de los cuales no han informado sobre los numerales 3 y 6. Los accionados -simplemente están referenciado a un tercero que es la asociación de egresados de la facultad de economía de la precitada universidad (entidad de derecho privado, que ha tercerizado recurso públicos superiores a los un mil millones de pesos, para eventos por fuera del objeto, aportados por el Ministerio de Interior, según contratos adjuntos.

privado, que ha tercerizado recurso públicos superiores a los un mil millones de pesos, para eventos por fuera del objeto, aportados por el Ministerio de Interior, según contratos adjuntos. De todo lo anteriormente expuesto es forzoso concluir que, la no respuesta, no solo oportuna sino sin la información requerida de una entidad pública y no de un tercero privado por aparte de la universidad militar nueva granada a mi solicitud escrita constituye omisión violatoria de mi derecho fundamental de petición (F. 1-4, C1) 3.- Actuación Procesal: -. La tutela se presentó el 12 de septiembre de 2013 y fue admitida mediante auto del 13 de septiembre de 2013 (F. 1-4 y 32, C1). -. El 16 de septiembre de 2013 se notificó la admisión de la tutela al JEFE DE LA DIVISIÓN DE EXTENSIÓN Y NEGOCIOS DE LA UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA y al RECTOR DE LA UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA (F. 35 y 37, C1). -. Contestación de la UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA Mediante memorial radicado en la secretaría de la Sección Tercera de esta Corporación el 18 de septiembre de 2013, el Representante Legal de la UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA, rindió informe e indicó: “(…) Honorable Magistrado, mediante el comunicado No 4800 del 24 de julio de 2013, la Universidad a través de la División de Extensión dio respuesta al

NUEVA GRANADA, rindió informe e indicó: “(…) Honorable Magistrado, mediante el comunicado No 4800 del 24 de julio de 2013, la Universidad a través de la División de Extensión dio respuesta al derecho de petición radicado por el accionante HECTOR RODRIGUEZ GOMEZ el 11 de julio de 2013; a su vez, mediante el oficio No. 5627 del 20 de agosto de 2013 se dio respuesta al derecho de petición formulado el 06 de agosto de 2013, documentos que me permito adjuntar con la presente respuesta.No obstante, el día 17 de septiembre de 2013, una vez la Universidad fue notificada del auto admisorio de la acción de tutela, nuevamente se da respuesta al accionante mediante el oficio consecutivo número 6569 que fuera recibida por el propio accionante en su lugar de residencia en esa misma fecha, conforme se observa en el documento radicado del cual se allega copia con este documento. En dicho comunicado se da respuesta a cada punto objeto de la petición elevada ante esta Universidad el 11 de julio de 2013 y el 06 de agosto de 2013, para con ello dar respuesta de fondo a la solicitud del accionante HECTOR

RODRIGUEZ GOMEZ.

3. Hecho superado.

Como quiera que en el presente caso el accionante recibió respuesta de fondo a su solicitud, se solicita al Honorable Magistrado denegar la acción de tutela incoada por el accionante RODRIGUEZ GOMEZ teniendo en cuenta que al existir un hecho superado carece de objeto la protección de sus derechos fundamentales.

incoada por el accionante RODRIGUEZ GOMEZ teniendo en cuenta que al existir un hecho superado carece de objeto la protección de sus derechos fundamentales. Lo anterior, ha sido objeto de varios pronunciamientos por parte de la Corte Constitucional, máximo tribunal constitucional que ha señalado que cuando la situación de hecho que origina la violación o la amenaza ya ha sido superada en el sentido de que la pretensión erigida en defensa del derecho conculcado está siendo satisfecha, la acción de tutela pierde eficacia y por lo tanto razón de ser, fue así como en la Sentencia T-146/12, dicho Tribunal señaló: "Se ha entendido que la decisión del juez de tutela carece de objeto cuando, en el momento de proferirla, se encuentra que la situación expuesta en la demanda, que había dado lugar a que el supuesto afectado intentara la acción, ha cesado, desapareciendo así toda posibilidad de amenaza o daño a los derechos fundamentales. De este modo, se entiende por hecho superado la situación que se presenta cuando, durante el trámite de la acción de tutela o de su revisión en esta Corte, sobreviene la ocurrencia de hechos que demuestran que la vulneración de los derechos fundamentales, en principio informada a través de la instauración de la acción de tutela, ha cesado" De conformidad con lo expuesto solicitó al Honorable Magistrado denegar la presente acción de tutela y la protección de los derechos fundamentales aludidos por el accionante HECTOR RODRIGUEZ GOMEZ, por haber operado el hecho superado”. (F. 38-40, C1).

presente acción de tutela y la protección de los derechos fundamentales aludidos por el accionante HECTOR RODRIGUEZ GOMEZ, por haber operado el hecho superado”. (F. 38-40, C1). -. Mediante memorial aparte, radicado el 26 de septiembre de 2013 en la Secretaría de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo, el accionante pone de presente que el entidad accionada realiza el cobro de $224.4000 por las copias solicitadas en su petición, solicitando le sean expedidas dichas copias sin cargos a su costo. (F. 97-98, C1). II.- PRUEBAS Aportadas por la parte demandante:-. Copia del derecho de petición presentado por HÉCTOR RODRÍGUEZ GÓMEZ, el 13 de junio de 2013 bajo el consecutivo No. 3348, y en el que solicita a la UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA: “1. Se me informe los contratos Interadministrativos suscritos en la NaciónMinisterio del InteriorFPFD y la UMNG, para los años 2009, 2010, 2011 y 2012, para proyectos de Fortalecimiento de la Capacidad de Gestión de la Acción Comunal.

2. Se me haga entrega de una copia de los contratos Interadministrativos suscritos en la NaciónMinisterio del InteriorFPFD y la UMNG, para los años 2009, 2010, 2011 y 2012, para proyectos de Fortalecimiento de la Capacidad de Gestión de la Acción Comunal.

3. Se me informe en detalle de los gastos de los contratos Interadministrativos

años 2009, 2010, 2011 y 2012, para proyectos de Fortalecimiento de la Capacidad de Gestión de la Acción Comunal.

3. Se me informe en detalle de los gastos de los contratos Interadministrativos suscritos en la NaciónMinisterio del interiorFPFD y la UMNG, para los años 2009, 2010, 2011 y 2012, para proyectos de Fortalecimiento de la Capacidad de

Gestión de la Acción Comunal.

4. Se me informe el total de los recursos y que entidades aportaron para la realización al Congreso Comunal llevado a cabo en la ciudad de Bucaramanga los días 12, 13, 14 y 15 del mes de Octubre de 2012.

5. Se me informe los detalles de los gastos en la realización del Congreso Comunal llevado en la ciudad de Bucaramanga los días 12, 13, 14 y 15 del mes de Octubre de 2012.

6. Se me haga entrega de copias de los Hoteles contratados para la realización del congreso comunal llevado a cabo en la ciudad de Bucaramanga los días 12, 13, 14 y 15 , donde conste que personal se hospedo y sus respectivos valores cancelado.

7. Lo anterior se requiere como información para la próxima Asamblea General Ordinaria convocada por la Confederación Nacional de Acción Comunal a llevarse a cabo a finales del presente mes y año”. (F. 5-6, C1). -. Copia del oficio fechado 11 de julio de 2013, por medio del cual el actor reitera su solicitud a la Universidad Militar Nueva Granada, en los siguientes términos: “Visto su respuesta, con la presente especifico que los componentes de los literales

-. Copia del oficio fechado 11 de julio de 2013, por medio del cual el actor reitera su solicitud a la Universidad Militar Nueva Granada, en los siguientes términos: “Visto su respuesta, con la presente especifico que los componentes de los literales (i¡¡): Objeto de la Petición es el: de cualificar el gasto realizado; del (iv), las razones en que se apoya, es el de ejercer debidamente la Veeduría Ciudadana perse, (ley 134 de 1994, ley 850 de 2003), y (v), relación de documentos que se acompañan: no se relaciona documentos. Entonces del asunto de la referencia reitero respuesta adecuada a mi petición conforme a los Artículos 20, 23 de la C.N y refrendados por la carta constitucional, por tanto, presento Reposición y en Subsidio de Apelación a rectoría de la Institución.

1. Se me informe los contratos Interadministrativos suscritos en la NaciónMinisterio del InteriorFPFD y la UMNG, para los años 2009, 2010, 2011 y 2012,para proyectos de Fortalecimiento de la Capacidad de Gestión de la Acción

Comunal.

2. Se me haga entrega de una copia de los contratos Interadministrativos suscritos en la NaciónMinisterio del InteriorF P F D y la UMNG, para los años 2009, 2010, 2011 y 2012, para proyectos de Fortalecimiento de la Capacidad de Gestión de la Acción Comunal.

3. Se me informe en detalle de los gastos de los contratos Interadministrativos suscritos en la NaciónMinisterio del InteriorF P F D y la UMNG, para los años

de la Acción Comunal.

3. Se me informe en detalle de los gastos de los contratos Interadministrativos suscritos en la NaciónMinisterio del InteriorF P F D y la UMNG, para los años 2009, 2010, 2011 y 2012, para proyectos de Fortalecimiento de la Capacidad de

Gestión de la Acción Comunal.

4. Se me informe el total de los recursos y que entidades aportaron para la realización al Congreso Comunal llevado a cabo en la ciudad de Bucaramanga los días 12, 13, 14 y 15 del mes de Octubre de 2012.

5. Se me informe los detalles de los gastos en la realización del Congreso Comunal llevado en la ciudad de Bucaramanga los días 12, 13, 14 y 15 del mes de Octubre de 2012.

6. Se me haga entrega de copias de los Hoteles contratados para la realización del congreso comunal llevado a cabo en la ciudad de Bucaramanga los días 12, 13, 14 y 15 , donde conste que personal se hospedo y sus respectivos valores cancelado

7. Lo anterior se requiere como información para la próxima Asamblea General Ordinaria convocada por la Confederación Nacional de Acción Comunal a llevarse a cabo a finales del presente mes y año.”. (F. 7-8, C1). -. Copia del oficio radicado el 6 de agosto de 2013 por el actor en la entidad accionada, denominado “SUSTENTACION - APELACION 4800 VICADM-DIVE XN de fecha 24 de julio de 2013”, y en el refiere: “Estimado señor Mayor General ®, con el mayor respeto que usted me merece y visto lo anterior no se me ha dado la respuesta adecuada, como tampoco se me

julio de 2013”, y en el refiere: “Estimado señor Mayor General ®, con el mayor respeto que usted me merece y visto lo anterior no se me ha dado la respuesta adecuada, como tampoco se me ha allegado los documentos pertinentes como son: Numeral 3: Se me informe en detalle de los gastos de los contratos Interadministrativos suscritos en la NaciónMinisterio del InteriorFPFD y la UMNG, para los años 2009, 2010, 2011 y 2012, para proyectos de Fortalecimiento de la Capacidad de Gestión de la Acción Comunal; Numeral 6: Se me haga entrega de copias de los Hoteles contratados para la realización del congreso comunal llevado a cabo en la ciudad de Bucaramanga los días 12, 13, 14 y 15 , donde conste que personal se hospedo y sus respectivos valores cancelado. Observo que dentro de la respuesta aparece el suscrito recibiendo como coordinación comunales adicionales () la suma de 1.500.000,00 pesos, lo cual no es cierto; Igualmente existe una grave equivocación señor Coronel ® CRISANTO QUINTERO ARIZA, pues en el numeral 7, al hacer inteligencia a mi misiva, está contraviniendo Constitucionalmente mis Derechos Constitucionales o per-se, en mi calidad de Veedor Ciudadano. Igualmente se hace mención en el numeral 6 que los pagos del Contrato interadministrativo F072 DE 2012, se Tercerearon a través de la Asociación de Egresados de Economía, siendo un nuevo evento que no había observado y por

interadministrativo F072 DE 2012, se Tercerearon a través de la Asociación de Egresados de Economía, siendo un nuevo evento que no había observado y por lo tanto solicito dicho Contrato o Convenio realizado con la referida Asociacióny se me anexe el mismo, si posee reconocimiento institucional o es una entidad sin ánimo de lucro, cual y cuáles son sus representantes legales y cual su sede social. A su vez, señor Coronel® QUINTERO ARIZA, se me dé copia del Plan de Acción, Seguimiento y Evaluación del evento realizado por dicha Asociación.

SOLICITUD.

1. Se me informe en detalle de los gastos de los contratos Interadministrativos suscritos en la NaciónMinisterio del InteriorFPFD y la UMNG: F-002 de 2009; F-007 de 2010; F-003 de 2011; F-029 de 2012. y F072 de 2012.

2. Se me haga entrega de la relación de los Comunales hospedados en cada uno de los hoteles en la realización del congreso comunal llevado a cabo en la ciudad de Bucaramanga los días 12, 13, 14 y 15 y copias de sus respectivas facturas de pago.

3. Se me haga entrega de factura Alimentación/alojamiento miembros Confederación, al igual listado de los miembros Confederación.

4. Se me haga entrega de una copia del registro audio visual del congreso comunal llevado a cabo en la ciudad de Bucaramanga los días 12, 13, 14 y 15.

5. Se me entregue Copia de la Factura de elaboración de 1.000 maletines para los comunales.

6. Se me entregue Copia de la Factura de 1.000 certificados de participación de asistencia.

5. Se me entregue Copia de la Factura de elaboración de 1.000 maletines para los comunales.

6. Se me entregue Copia de la Factura de 1.000 certificados de participación de asistencia.

7. Se me entregue Copia de la Factura de Apoyo actividad cultural y artística para 1.000 cursantes.

8. Se me entregue Copia de Cuenta de Cobro de Conferencistas /moderadores mesas temáticas.

9. Se me haga entrega de Cuenta de Cobro de Coordinación comunales adicionales ().

10. Se me haga entrega de Copia del Acuerdo de cooperación suscrito entre la Universidad Militar Nueva Granada y la Asociación de Egresados de Economía en desarrollo del Contrato F-029 de 2012, donde se apropiaron $100.000.000,00, para apoyar el XXIII Congreso Nacional Comunal realizado en la ciudad de Bucaramanga en Octubre de 2012. 11. se me haga entrega copia del Plan de Acción, Seguimiento y Evaluación del evento realizado por la Asociación de egresados de Economía en el XXIII Congreso Nacional Comunal realizado en la ciudad de Bucaramanga en Octubre de 2012”. (F. 10-11, C1). -. Copia de la respuesta brindada por la el Jefe de Extensión de la UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA, mediante oficio UMNG-VICADM-DIVEXN,

consecutivo 4296 del 9 de julio de 2013, al accionante. En el señalan:“Dando respuesta al derecho de petición incoado por usted, de fecha junio 13 de 2013, radicado el mismo día y remitido por la oficina Asesora jurídica de la Universidad Militar Nueva Granada, a la División de Extensión el día 18 de junio de 2013, mediante el cual solicita en siete numerales información y expedición de copias, de los contratos Interadministrativos suscritos entre la NACIONMINISTERIO DEL INTERIOR F P F D la UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA, para los años 2009, 2010, 2011, y 2012, para proyectos de fortalecimiento de la capacidad de Gestión de Acción Comunal me permito informarle que: La Sentencia T-466/2010 de la Corte Constitucionalseñala El Derecho a Acceso a Documentos Públicoscomo también los Límites establecidos por la Constitución y la Ley. DERECHO DE ACCESO A DOCUMENTOS PUBLICOS-Formalidades, requisitos y condiciones para su solicitud. Las formalidades, requisitos y condiciones para su solicitud se rigen por las disposiciones del derecho de petición contenidas en el Código Contencioso Administrativo. De esa forma, cualquiera que pretenda obtener copias o acceso a los documentos oficiales, deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 5° de dicha codificación, es decir: (i) la designación de la autoridad a la que se dirige; (ii) los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante o apoderado, si es el caso, con indicación del documento de

la que se dirige; (ii) los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante o apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y de la dirección; (iii) el objeto de la petición; (iv) las razones en que se apoya; (v) la relación de documentos que se acompañan y (vi) la firma del peticionario, cuando fuere el caso. Con base en la anterior sentencia y Ley, se colige que efectivamente todas las peticiones requieren no solamente ser contestadas sino que también se requiere que las mismas cuenten con los requisitos que la Ley exige para su contestación. Por lo anterior, no es viable dar respuesta a su solicitud de la manera que usted lo requiere por cuanto su petición viene incompleta deberá portante complementar los literales... "..(iii) El objeto de la petición; (iv) las razones en que se apoya; (v) relación de documentos que se acompañan. De esta manera se da respuesta a su petición, dentro del término indicado por la Ley”. (F. 12-13, C1) -. Copia del oficio UMNG-VICADM-DIVEXN, consecutivo 4800 del 24 de julio de 2013, suscrito por el Jefe División de Extensión de la UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA, en el que informa al actor: “Por medio del presente escrito me permito informarle que su petición de fecha julio 11 de 2013 fue remitida a la Dirección de ASECUN, en razón a que los

archivos de los documentos solicitados reposan en ese Lugar”. (F. 14, C1).-. Copia del oficio UMNG-VICADM-DIVEXN, consecutivo 5687 del 16 de agosto de 2013, suscrito por el Jefe División de Extensión de la UNIVERSIDAD MILITAR NUEVA GRANADA y dirigido a HÉCTOR RODRÍGUEZ GÓMEZ. Señala: “Como quiera que ASECUM fue el ejecutor de los Contratos Interadministrativos suscritos entre la NACIONMINISTERIO DEL INTERIORF P D F y la UMNG, para los años 2009, 2010, 2011 y 2012 en los proyectos de fortalecimiento de la Capacidad de gestión de la Juntas de Acción Comunal, y posee el conocimiento y la documentación completa solicitada por usted, le informo respetuosamente que su oficio se remitió a esa Entidad Cooperante con el fin de que se le de la respuesta pertinente y le allegue los documentos solicitados por usted”. (F. 24, C1). -. Copia del oficio UMNG-VICADM-DIVEXN, consecutivo 5627 del 20 de agosto de 2013, suscrito por el Jefe de División de Extensión de la universidad Nueva Granada, por medio del cual dan contestación a la petición del 6 de agosto de 2013 (sustentación – apelación) del actor. Indica: “Presentó usted el primer derecho de petición el 13 de junio de 2013 y lo radicó en la misma fecha, se le dio contestación solicitándole el lleno de los requisitos mínimos que exige la Ley, y También se le advierte, que de conformidad con la

“Presentó usted el primer derecho de petición el 13 de junio de 2013 y lo radicó en la misma fecha, se le dio contestación solicitándole el lleno de los requisitos mínimos que exige la Ley, y También se le advierte, que de conformidad con la sentencia T-466/2010 de la Corte Constitucional- "El Derecho a Acceso a documentos públicoscomo también los limites establecidos por la Constitución y la Ley, Código Contencioso Administrativo en su artículo 5°., y artículo 16 del Nuevo Código Contencioso Administrativo, exige los requisitos mínimos para acceder a que la administración entregue documentos. Así: (1) Nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante o apoderado, si es el caso con indicación del documentos de identidad y dilección; (2) El objeto de la petición; (3) las razones en que se apoya; (4) la relación de documentos que se acompañan y (5) La firma del peticionario, cuando fuere el caso. El 11 de julio de 2013, volvió a solicitar lo mismo, argumentando que era veedor ciudadano, y para tal efecto esta dignidad no fue acreditada (debe estar inscrito en la Personería Distrital), sin embargo el 23 de julio se le dio respuesta informándole que su petición se había remitido a ASECUM, respuesta que no está fuera de termino. En este caso, La Sentencia T-146/12 dice: "El derecho de petición no implica una prerrogativa en virtud de la cual, el agente que recibe la petición se vea obligado a definir favorablemente las

En este caso, La Sentencia T-146/12 dice: "El derecho de petición no implica una prerrogativa en virtud de la cual, el agente que recibe la petición se vea obligado a definir favorablemente las pretensiones del solicitante, razón por la cual no se debe entender conculcado este derecho cuando la autoridad responde oportunamente al peticionario, aunque la respuesta sea negativa. Esto quiere decir que la resolución a la petición "(...) producida y comunicada dentro de los términos que la Ley señala, representa la satisfacción del Derecho de petición..." El 23 de julio de 2013, con fecha de radicado el 24 de julio de 2013, con fecha de radicado 24 de julio de 2013 en la oficina d extensión, El vicepresidente de la Asociación de Egresados de Economía de la Universidad Militar Nueva Granada Dr, BEIMAR ARTURO CASTRO p., ANEXA SOPORTES los cuales fueron enviados el día siguiente a la dirección indicada por el peticionario.El anterior paquete o envío de documento, fue devuelto, por que su dirección la registró colocando una B mayúscula después del número del inmueble registrado, había duda y no se podía determinar si esa -B - iba adjunta al Número de la casa o quería decir barrio, al ser devuelto debíamos suponer que se refería al barrio la Ponderosa, se volvió a enviar, razón por la cual el señor

Rodríguez di

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