TA CUN - 202-(08-11-1993)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 202-(08-11-1993)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1993
tttUU$AUIOIt TR1i3 L ADMINISTRATIVO DE CUND!N SECCXOPRZMEflA SANTAFE DE 30G0TA, D. •, ocho (8) de oviembre do •mil novecientos noventa y treo (1993)..
A EXPEDIENTE N, 2 0 2 • NULIDAD REST. DEL DERECHO. .DENANDANTEBANCO 9 REPUBLZCA.
El. Seifor. apode do de la parte dada.., 'al? o 5 expone; Acabo de. conocer rnhs (Expedientes a, su vez, tienen dos sentencia 203 y544), como causa de sao tribunal, no s6 si habrá entencÍa5 iguales entre.. sí, que don demandas también iguales con la qmo cursa en este juicio siendo aderns desde luego 'el Banco de la República el demandante sentencias en la (sic) que esta misma Socci6n 'Primera del Tribunal se. pronuncia en . contra de las tenis y excepciones óxpueatas por el uscrito en este julo o. Como hasta el. presente el. Msgietrdo Ponente no se ha declarado impedido, por medio. del presento escrito lo recuso basado en la 'auaal expuesta el numeÑl 12 dci Artículo '150 del C6digo de Procedimiento. Civil... Cmo las sentenccs en referencia están suscritas por la totaidad de los Registrados de . la Seci6n rimera,.øon ex.cepci6n de una de ellas ,.que no este suscrita por el Magitrado Eriberto (sic) Reye Vargas., deberá conocer de la presente recusact6n el Magistrado de la Sala . 'Laboral a quien por reparto se Le asigne. Como pruebas presento copias
por el Magitrado Eriberto (sic) Reye Vargas., deberá conocer de la presente recusact6n el Magistrado de la Sala . 'Laboral a quien por reparto se Le asigne. Como pruebas presento copias simples, de las sentencias en referencia pero para que se constate su autenticidad solicito se ordene a mi costa se expidan o se ordene que se expidan copias aliténtí cae de las mismas. Solicito por tanto se tramite la reouaci6n. if Sefiala el .Articulø 150 del C6digo de Prccedimíeñtó vi Son causales de rccusaci6n las siguentesz ~les deEXP. N°. 202. Haber dado el juez concejo o concepto fuera de actuacin judicial sobre las cuestiones materia del proceso, o haber Intervenido • en este cono apoderado, Agente del Hiniterio PCÍbiico, perito o testigo. La recusaci6n por la causal descrita está dirigida Mcamente contra el Ponente en el presente proceso, pero se tiene conocimiento de que han sido recusados los demás integrantes de la Secci6n.
El Artículo: 152 Ibidem, determina "Cuando el Juez recusado acepte los hechos y le procedencia de la causal, en la mana providencia 'sé declarará separado del proceso o trámite, ordenará su envio a quien debe reenpiazarlo0 y se aplicará lo dispuesto en el Artctito 149. Si no se acepta como ciertos lo hechos alegados por e' recusante, o considera que.noestán comprendidos en ninguna de las causales de recusaci6n, renitirá el expediente al superior quien decidirá de 1, ano si consídera que no se requiere la práctica de jruébas; ..
que.noestán comprendidos en ninguna de las causales de recusaci6n, renitirá el expediente al superior quien decidirá de 1, ano si consídera que no se requiere la práctica de jruébas; .. !La Revueaoi6n de un 'Magistrado o 'Conjuez la resolverá' le siga en turno en le respectiva Sala con obserianc'ia de dispuesto en el inciso anterior, en cuento fuere procedente. "Si se recuse cimultánesmente e más de un Magistrado de una misma Sale, cada uno de ellos deberá , actuar cono se Indica en. el inciso tercero, en cuenta fuere procedente. Corresponderá al Magistrado que no fue recusado tramitar y decidir le recusactén, "Si se 'recuse a todos loe Y~ra~ de une CADA Ufl DE ELLOS DEI3EBA P1?OCEDER CO ,SE XnD TERcERO, siguiendo el orden alfabético de ap esto, corresponderá al Magistrado de le sIguiente por orden alfabético de apellidos,.. ;rami ter recusaci6n. . "SI NO EXISTE OTRA SALA DE DXCISXO COESPONT»RA LA RECOSA ClON AL MAGISTRADO DE LA. SALA LABORAL REPARTO :SE LE ASIGNE. ...... ". (Résaltdo y mayC,a Gala).. ' .. . . CONOCER DE QUIEN . POR.. l.Bs de la o • Cumplido Decisión, Y ecidir la Los hechos expuestos por el Ñcuaante son cierto no n.N. P-02. en la causal de recusacin invocada, y no están comprendidos en ninguna de las causales do recusaci6n.
Decisión, Y ecidir la Los hechos expuestos por el Ñcuaante son cierto no n.N. P-02. en la causal de recusacin invocada, y no están comprendidos en ninguna de las causales do recusaci6n. En efecto, la Sentencias proferidas por Corporact6n son actu:icnes judiciles aceptar la recusaci6n formulada. ta Secci6n e la motivo suficien a no • Y, nose ordenará el envio a la Secci6n Laboral hasta tanto, conforme a le norma transcrita, los deutAs integrantes de la Sala se hayan pronunciado cobre le recuaain presentada en nu , contra.