TA CUN - 220-(30-11-1993)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 220-(30-11-1993)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1993
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THLIAL ARVO i MINIMI
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NÓRMAS INEXEQUIBLES -Impugnaci6n Santafé de Bogot D. C. noviembre treinta (30 de mil novecieritoe noventa y tres (1993k
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EXP1IRN1E No.. 220
DVSANDAM klg~ TORUS PK PIJLIflM) Y RE$TAI3LKCIMIWO VL IRIC2O tfat?/iJ4°)0' Ó1Pe /ihie'. )UcjV r/qJ SLVAtbITQ DI VYJN' Pie separo del concepto. mayoitarto de la Sala la cual ce Inhibió de fallar de fondo por ,,cuanto la norma .que cirvió dei fundamento para emitir loe actos impugnedoe fue declarada tnexaqtiible por' La }L Corte. Suprema de Jnettcia. li suscrito considera que dabló deftnire•el fondo del asunto no obstante extetr el fallo de inaxequibiltdad del decreto 588 de 1978 proferido el ae eeptiembre de 1988, toda vez que lts situaciones jurídlc& conc'erac .8lo puden definirse de acuerdoon tete normas vigentes al momento de la expedición del acto respectivo, y como la i.Utiga de lee resolucionee acusadas ce expidió el 16 de octubre de 1987 fecha en la cual eteba rigiendo el decreto 588 de 118 eguee que a la luz de ese Decreto deben aiialtzarse loe actos demandados
acusadas ce expidió el 16 de octubre de 1987 fecha en la cual eteba rigiendo el decreto 588 de 118 eguee que a la luz de ese Decreto deben aiialtzarse loe actos demandados Fi 'nreio ..Ie Istado. Sala de lo" Çontenc toco u i Sec,olóu riLz, sentenots del 22 de, mayo de Pariente D Carlos 0s1 indo, g #o.,'2013. 1 ' } iul Noguerá Solerte, oon razón afirma• la declaratoria de inexauibiiidad no desconoce la realidad de la vigencia anterior da la norma inexeuible, dado el presupuesto fundamental de la unidad de1 óz,den juridico, conforme al cual, la norma superior permite la vigencia condicional de la norma entinormativa4, Ob donde se deriva que la sentencia de inexequibilidad no implica el desconocimiento de las situaciones Jurídicas constituidas con anterioridad." En loe anteriores términos salvo mi voto. }IRRI iskwio RRYRS VAIIGAS $agistrado ir