TA CUN - 2317-(16-06-1976)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 2317-(16-06-1976)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1976
(i? 1 L4
TRIBUN: ,L ADMX1IaTIU?IV0 DE ÓUNDINAKARCA Bogota, D. E., JUfliOjóij (i> de mil novecientos setenta y seis -
(1.976) 41/2 agistrado Ponente: DE. ALVARO IJECOMPTi LUN..— Ref. Juicio Nl. 2317.— ACT6b MJNICIPALE8 .- Demandante: NIGUEL A. CALDERON DILaADO .- Se procede a dictar .entka co el juicio inicia do ante la demanda incoada por el cebar Niguel A. Calderón Delgado através de apoderado Judicial y en ejercicio d la acción de plena juria dicción, luego de cumplido el ritual de ley y al no observar oauaal que incia en la valides de lo actuado. E]. petitua esta integrado en .1 libelo por a) PETICION PRDICIPAL}Ø qu son, a saber: 1.) u le declare aula la resolución NI 03-mi— moral 2.601— de 29 de enero 4. 1970, dictada po 1 Jefatura de la seo— oi&t Jurídica del Departamento de Valorisación Distrital —Pendo Rotato— rio de Valorizaci6a— por medio de la cual se impuso al actor la cantidad provisional de 345.443,66 por a.noápto d• contribución de a1orisaoi6n— en razón de las obras de ampliación y reconstrucción de la carrera 7.._ entre calles 26 y 72 de la ciudad de 3ogot&, ulidad qu se art, - Dor falta de competencia del funcionario que la diotó, porque e]
en razón de las obras de ampliación y reconstrucción de la carrera 7.._ entre calles 26 y 72 de la ciudad de 3ogot&, ulidad qu se art, - Dor falta de competencia del funcionario que la diotó, porque e] Di4PARTAL.NTO DE VAL0RIZACION oaveo de personria Jurídica-2 JuIcio 1. 2317 .- resoluciones administrativa, de oaroter impositivo., 29.) W.u. coso OOnIøCenota de lo anterior, se diga que el .)lSTUT0 Ii8PkC LAL DE BOUOTA -Departamento de Yalorisaoi8nFondo Rotatorio de Vslorisaoi6nesta en lá •b]igsci6n de expedir el paz ysalto por concepto de case obra., aif coso la de devolver las sumas pagadas por dicha oontribuoi6n, dmntz'a del término de treinta (30) dh» a partir da la ejecutena del t..1l, conterae al art. 121 d.1 C.C.A. b) PE?ICI0J 1J321DIARIA Que ue declaro nulo .1 soto administrativo proferi do por el eeftor Jefe de la $.coi6n Jsridica del Departamento de ValoriT oi&n Distnital, ootenido en la resolución N'. 03 -numeral 2601di 29de enero de 1970 por medio de la cual se asignó a]. dotor la oontrtbu.oi6n de valorissot4n provisional de $45.443.66, en ras6n de ser propietariodel inmueble de La calle 70A Nº- 7-36 de esta ciudad, con tivo de lade valorissot4n provisional de $45.443.66, en ras6n de ser propietariodel inmueble de La calle 70A Nº- 7-36 de esta ciudad, con tivo de laejecuoi.n de las obras de la carrera 7$. entro oallee 26 y 72 de Bogotá, soto que por ser complejo .ti conformado por los siguientes, oonetituyendo nulidad cualesquiera de ellos ón qus no se hayan cumplido los trÁ altos ti 1072 presupueste provisional de las obras elaboradas por laSeooi8n !Hontoa 1.1 Departamento de Valisaot6n Dietnital y aprobadopor la Junta de Yslorisaci6n, en un monto de $46.863.460,17 de oonforni dad oon lo dpuesto da los art.. 62 y 299 ordinal 30 9 del acuerdo 41 de 1958; convocatoria & elecotonos de lo. llamados "representantes de los propietarios" que por medie de reseluoi6n administrativa de la Junta de Yaloris..oi6n debían verifiosr los propietarios de la "son& de influenciA" de la obra para que a nombre de estos intervinieron en el proceso de di tnibuoik y liqeidaoi6u de la oontribuci&n de vslorizaoi&n; acta de escrutinio de isi elecciones anteriores, en que se declaran elegidos a los doctor - Franoisco Manrique y Jorge 8e.ds 5ens; trabajo de dietnibuotón.' T' i ix -t - - Juicio No. ir.- y liquidaoi8n de la contribución de valorización que a cada propietario debía corresponderle provisionalmente, •fectundo por la firma pr
ix -t - - Juicio No. ir.- y liquidaoi8n de la contribución de valorización que a cada propietario debía corresponderle provisionalmente, •fectundo por la firma pr veda "VALORIA8 LIMITADA", segtn contrato celebrado atre .1 Distritospsoial de Iogot y dicha firma, y que segón .1 Aouerdo Ns. 41 de1958 corresponde a la øocotk Tóonios del Departamento de Yalorieaotón, e] cual tiene por objeto derramar sobre cada propietario -con base enel presupuesto de que trata el punto IIo de estos 4otoela contribuoiga correspondiente, sef coso también so anexo, la llamada "memoriaexplicativa" de que. trata el art. 2. ioiso o de] acuerdo 5 de 1967, la cual hace parte integrante de este trabajo, sin .3 anal S.t. no - ,tiene valor, junto con la reaoloci&t administrativa de la Junta de Valorisaoión qá debía aprobar este soto, asgan el srtfoulo acabado decitar; la resolución administrativa 03 -numeral 2601 de 29 de enerode 19709 proferida por la Jefatura de 1 Sección Jurdioa de]. Departa mente de Valorización Distiita1 que impune al actor la cantidad provi- •ional de $45.443,669 liquidada y distribuida conforme al punto anterior, y notificación por edicto yr deolarasión de ejeoutoria de la reso lución anterior. - Al negocio -e. le ha dado e] tramite de ley, conlargos Intervalos como puede apreciar. en e] informativos fl sador Fiscal 2, de la Corperaoión ha descorrí
lución anterior. - Al negocio -e. le ha dado e] tramite de ley, conlargos Intervalos como puede apreciar. en e] informativos fl sador Fiscal 2, de la Corperaoión ha descorrí do el traslado de ley en la siguiente forma: "Observa el Ninisterio Fabuco que la Resolución #03 de enero 29 de 1970, proferida por la Jefatura de la SecciónJurdioa del Departamento de Valorización Dtsti&al, Fondo Rotatorio de Yaloriaaoión, y concretamente, su numeral 2.601 eo el zotedemandado en este juicio. "Observa igualmente que no aparece en e1 juiciocopia del acto acusado, ooao lo dispone claramente el Código Conten oioao Administrativo.1IEiM(;JTt) 11J A)J I')T Juicio U. 27 .- "La omisión de tal requisito determina la imposibilidad de que las saplicas prosperen. lo tiene el liniatarto P& blico como elemento di juicio .1 acto demandado y mal puede, ento ces, entrar a analizar sobre su legalidad o ilegalidad. "Por ello, descorremos el traslado solicitando al Tribunal se digna rechazar las petioionea de la desanda." E C0K5IDaAi n el caso sub-lita se pretende, ante todo, la di oluatoria de nulidad de un acto administrativo complejo, es decir, de una mantfe.t.oi&n de voluntad de Liganos oomp.tents. del Istado a lacual hayan concurrido concursos expresivos de varios de silos, conexos o concatenados entre sí para formar un salo has. Paro oomo destaca el seuna mantfe.t.oi&n de voluntad de Liganos oomp.tents. del Istado a lacual hayan concurrido concursos expresivos de varios de silos, conexos o concatenados entre sí para formar un salo has. Paro oomo destaca el seflor agente del linisterio Pblioo su la vista que se ha tranaorito at su en la demanda no se acompaiiS la totalidad de las copias de esO5 actos integrantes del complejo, sobre todo la atinente al acto administrativo oulminativo y liminar, cual es la reaoluoi6nNQ. 03 -numeral 2601— de 29 de enero di 1970, ni se hizo petioi6n previa de su allegamiento. - Leo, como lo proclama tan ditanasente el concepto fiscal, omite un presupuesto procesal de obligatoria observancia y que d.bt6 motivar la noadmisi6n del libelo, pues ello es mandato del art. 86 9 inoizo 19 del,C.- C.A. Como no se hizo así, es incuestionable que la exo.poi6n propuestapor .3 mencionado colaborador del Rotradoe de qne la demanda es inepta, debe d.oisrarse probada, lo que inhibe al Tribunal para pronunciarse d fondo.- DIC ¡8101k 2n mérito de lo expuesto, el Tribunal Administrativo de Cundinamroa, administrando jidicia en nombre de la Repibiioa deJuicio 50. 2317.- Colombia y por autoridad de la ley, PALLAz DCLAR1t¡ROSADA LA EXCEPCION DE INEPTITUD DE LA DKANDA propuesta por el Ministerio P&blice.—
Colombia y por autoridad de la ley, PALLAz DCLAR1t¡ROSADA LA EXCEPCION DE INEPTITUD DE LA DKANDA propuesta por el Ministerio P&blice.— CO?IE&, NOTI101c4uE.0 r si no fuere apelada, ARCJU VES e] expediente.— COMUNI4iE3. CUMPLA$1.- Aprobado en Acta $1. 3
ALVARO LiCOMPTE LUNA Z!W 8IJ4VA AMIN
IGUL ANTONIO QARDEN3 CLARA FORERO D CASTRO
SUSANA X. DE U1VER4I AL'O MOs?ERO O$EZ
JAINU 4038O8 GUARNIZO ACJILIXC ROIRIGUEZ P..DRAZA
MARCO EMILIO CiLI8 1.
Seer•tario