TA CUN - 23297-(18-07-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 23297-(18-07-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
PROPOSICION JURIDICA/ INEPTITUD SUSTANTIVA DE LA DEMANDA.
Rl BLJNAL. ADMM INI STRAT 1 yO DE CUNE) 1 NAMARC(
SECEION SEGUNDA-StJESECLION "E"
Santa Fe de Bogotá, D.0 8 JUL 19 2: Magistrado ítente DRA. TERESA RICO DE MURELLI Referencia Juicio No.23297
Dernandant : HELEXANDER RODRIGUEZ ORTIZ.
Demandada POLICIA NACIONAI_. El seor HELEXANDE.'R RODR Is3UEZ ÚR r 12 en ej er ci.o de 1 a acción de r&sLaLjlecimíentc' dei dere'c:hu precerita demanda te teste Tribunal, para que previos lotrám i. t:es del J uir:i.0 ordinario y en sentencia definitiva se hagan las siquie te, E) E E L A R A E 1 0 N E 6: "Fr imeraUuc' es nula la providencia defec.:ha 30 de Enero de 1939 • emitida por la Dirección General de la Fol icía Nac.ic:r,,' 1 cic:iride or den.4 la separación dei. serv.. cio ecl...LVO en forma absoluta de esa Institución dei seF- Çt HELEXANDER
R0DRI6UEZ ORTIZ.
eunda Uue igual mor te es m.t lo el fallo de 11 Lancia por el Director de E)in€t de la Pu! icia Nacional de fecha Diciembre 23 de :i. 988 y la del O 1 i cial Investigador do -fe(-ha diciembre 22 de1933 por el mayor JORt3E
11 Lancia por el Director de E)in€t de la Pu! icia Nacional de fecha Diciembre 23 de :i. 988 y la del O 1 i cial Investigador do -fe(-ha diciembre 22 de1933 por el mayor JORt3E ELIECER NAVARRO NC)NTU cori base en el informat:i yo Disciplinario.....Admin :istrativo Nc. 021.--R'-02 y en forma parcialEx pea der ordenadó la SEPARACION d! servicio activo de e= n.t.Hf: d1 .enr i ne nte TMEXAMOF P[RiGiEZ Ó[T [7 L:• .ifCJÓH la 1
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la T'i POLICIA NACIONAL r f urma ab E rtuta al 30 dH Poera L1e ii 29. Administrativa, el oficio Número 056de Nuviembre 29 de 1988Exp. No. 23297
la T'i POLICIA NACIONAL r f urma ab E rtuta al 30 dH Poera L1e ii 29. Administrativa, el oficio Número 056de Nuviembre 29 de 1988Exp. No. 23297 suscrito por el sPRur comandante de la. E:>tac:iór de Policía d(--- Fusa gasug i Fui.auq Cpi. Lan RAMON ANTONIO PEL.AE7. dirigido al s&ior comandante Operativo de l& Tundijam^a,donde se da cuenta de que el ti La 29 de ntv iembre de 1.988 en horas de la madrugada e" e]. per .í metro urbano de Fusagasugá furor retenidos por el euerpo tounían de la Fo 1 i c::.. a judicial Ofl momentos 1L(C haciail Pasar Pos agentea del F2 y do la aroma forma el di a 28 ,de Noviembre de 1938 arribarona una (3ra a Atrico].a ubicad en la \'erLcJa la Venta cL:.y esa localidad y decomisaron dog, escopetas sin saber el motivo y el administrador de la granja formulodenuncio a dos personas al parecer las agentes ENC 150
RUDEN 1uo z Y HE...E: /. ANDER ROOR i GUE z ORTIZ.
W. - E) ObRor Coronel DIRECTOR DE BIENESTAR CJE IAL SuILLERrI0 CAMELO CALDAS ordenó adelantar .investigación Disciplinaria errespoedionte,, a fin de establecer 1 as circunstanciag d;: tiempo, túdú y lugar en que ócurrieron los
SuILLERrI0 CAMELO CALDAS ordenó adelantar .investigación Disciplinaria errespoedionte,, a fin de establecer 1 as circunstanciag d;: tiempo, túdú y lugar en que ócurrieron los hecho hechun denunciados, la :t.don ti f 1 car ...ón de 10 presuntos iiçtol .i:doa o inculpados en su responsabi l idad disciplinaria. 5o. -El C:.mai iden todo Si enes Lar 3ocial de la Policía Nacional mcd . su tu fallo 'le primera las Lan e a de Diciembre 2::; de 19.8 Uec. lar ú r eepc: 10 al redor Agente HEL.EXANDER RODRI0UEZ. ORTIZ de la presunta comisión de FALTAS .[tNST 1 TUT 1 VAS de la mala conduEta u le solicitó ante 1. a Dirección de la Pci 11 eia Naeic't ial la Heparación aLiso .t eta del curvicio activo Ja una ma Li. 1..eiój, El solar HELFXANLiE:R R(DF x SuEz ORTIZ, interpuso dentro de los t:r mii'ios legales el Recurso de Apelación, con tra el fallo de primera insta"eiu de fca.:iia diciembre 23 do 1988 r espect :i.vamortte conferidos por e) Comando de la Policía Nacional 13i. ENESTAR SOCIAL de Bogotá, da ::ç5nfortnidd con los artículos 195 y 196 del r.):r tato Ley 1835 do 1979, quedando asi. agotada la vía gubernativa• y n :!. . . Ti;u.r: ...
artículos 195 y 196 del r.):r tato Ley 1835 do 1979, quedando asi. agotada la vía gubernativa• y n :!. . . Ti;u.r: ... ..jt:: or t9J9 • i. rt1 .I ti • . • • i• . . • • 1. o 1A3 H!.:. . 1i )JÇ)Ç%ÇIN (.;.• .L.:•. _ . • • •;°•• .4LC n.,., J lo Iicí .çk,l C fl!uO !c::'iic:Lt..: u.J.:u.tJ d.i. 1oExp. !J. 23297 instancia pr ofar ¡dci por el Director de 13i.enpster Social de la Policía Necijne 1 de feche. diciembre 23 de 1988 y del concepto emitido por el Oficial Investigador de fecha diciembre 22 de 1988 decretado por el mayor Elíecer Navarro Monte, con te.e.e en el Informativo DieL::i.u:.i inar,c, Administrativo No 021 - R 202. Ccncj restablecimiento del derecha presuntamente violado por los actos acusados, solicita su reintegro el carga que venía desemper1do en el momento de su desvinculación y ci pago de todos 1 os salarios, subsidio familiar, primas, vacaciones y demás haberes dejados de percibir desde su separación absoluta de le i.nti.tucján. fntc'todo debe resolverse la excepción de inepta demanda propuesta por le entidad desandado, por cuanto solo
vacaciones y demás haberes dejados de percibir desde su separación absoluta de le i.nti.tucján. fntc'todo debe resolverse la excepción de inepta demanda propuesta por le entidad desandado, por cuanto solo fueron objeto de demanda los fallos de primera ' segunda instancia, t..e.ncie.. omi. tiori(ju J.c acusación del acto de ejecución o cumplimiento de le sinción proferido por el Director Gnerei de la Policía Nec:.ionai. F:.tri cioc:itJJ.r, observa le 9e1a que le demanda f ué presentada el :13 de junio dci 998 mientras e] acto de separación absoluta del demandante José Helexander Rodriquez Ortiz de le institución, e saber le. Resolución 1938, sólamente 'íuO pi 'jf--j1J por el =rector General de la Policía Nacional ci 10 de marzo de 1989. Es decir, CLte.Í4dCD se Presentó la demncJe. el ac Lor no hbía sido separado del cargo porque el acto que le aplicó le sen jÓri fuá dictado casi un ec' despLu4is por lo cual, en ese momento, no podía ser objeto do acusación'. En estas cond;icjoncs falta la acusación de la proposición j uric:J ic a completa sobre la Situación administrativa del demandante '/ por" lo tanto, no es posibleExp. No 23297 decidir sobre e]. fondo de ).as pretensiones de restablecimiento dl. derechq porque la primera es el reintegro del actor al argo que vrtia desempefandu y la segunda consiste en U ordenar pagarle, los salar ics subsidios fami 1 iares
dl. derechq porque la primera es el reintegro del actor al argo que vrtia desempefandu y la segunda consiste en U ordenar pagarle, los salar ics subsidios fami 1 iares primas, vacaciones y dc'máts haberos dejados de recibir desde su separación absoluta de la institución En c::onsecuercia resu 1 ta eviden te la ineptitud sLstan tiva de :1 a demanda • por lo cual la sentencia debe ser inhi. bi. tone En rir.i.to de lo e>puesto e]. Iriburiel Administrativo de Cund u ima r • Sección 5CJLnd -C' i . ',n idifl i st ndu just.ic:ia en nombre de la .Reç:'úb:I. de Co].ombit y por autoridad de le ley,
F A L L A:
DErL.ARASE INHIBIDO EL....TRIBUNAL PARA DECIDIR EN
EL. FOiDO DEL PRESENTE . FRocE:so POR ENCONTRASE PROBADA LA
EXCERCION DE INEPTA 1AN11A.
CÇJF i: ESE, NO u r i OLiESE:, COMIJN 1 QUESE Y LLJMF'L ASE y i es . cJ ci PON VE 1 pud ien te. Aprobado en Sesión No