TA CUN - 24987-(06-05-1994)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 24987-(06-05-1994)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 1994
.INFERIOR - -.. luaioffifuivrul JuAbuftAL /UMU..0
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
S}XCION SEGUNDA
MJØ_SEcCION A.
Santafé de Bogotá b.C.,seis (6) de Mayo de mil novecientos noventa y cuatro (1.994).
MAGISTRADO PONENTE: DR. ALYARL) BAILARON CASTILLA
REF: Juicio No. 24987
AUTORIDADES NACIONALES
Actor: GLORIA $TBLLÁ LARA DL I)USSAN.
ACCIONADA: La NaciónDepartamento Administrativo de Seguridad DAS La señora GLORIA STELLA LARA DE DUSSAN, radiante apoderado judicial y en ejercicio de la acción de restablecimiento del derecho consagrada en el artículo 8.5 del C.C.A, solícita a esta Corporación, que mediante sentencia que cause ejecutoria, se formulen las siguientes declaraciones: PRIMEiA. Anular si numeral 41 del artículo lo.-2 de la Resolución Nro. 3699 de fecha 29 de Septiembre de 1.989, emanada de la Jefatura del Departamento Adainiatrativ de Seguridad "DAS", mediante la cual se incorporó a la seffra GLORIA ST1LLA LARA DE DUS$AN en el cargo de Detective Especializado Grade 13 de la Planta Operativa, asignada a la Academia Superior de inteligencia y 5
Seguridad PLibilca. SEGUNDA. Ordenar a la Mación Colombiana (Departamento Administrativo de Seguridad) Incorporar a GLORIA STLLLA LARA DE DUSSAN al cargo que tenía con anterioridad alJuicio Nro.24987 29 de Septiembre de 1.989 o a otro de igual o superior
SEGUNDA. Ordenar a la Mación Colombiana (Departamento Administrativo de Seguridad) Incorporar a GLORIA STLLLA LARA DE DUSSAN al cargo que tenía con anterioridad alJuicio Nro.24987 29 de Septiembre de 1.989 o a otro de igual o superior categoria al que confe si memento de dicha incorporación y acorde al escalafón de la carrera administrativa en el que estaba clasificada. TaCEA. Ordenar a La Nación Colombiana pagar favor de la sora UlO1UA ST)LL.A LAJA DE DUSS$ el excedente de sueldos, prestaciones sociales, emolumentos y dem&s labores causados y dejsdos de percibir entre .1 29 de Septiembre de 1.989 y la fecha de la nueva incorporación en el cargo que verdaderamente le corresponda, teniendo en cuenta 198 aumentos de asigncoues que se hubieran producido-para el cargo. 'UARTA. Ordenar que para todos los efectos legales no hay solución de continuidad entro .1 29 de Setiembre de 1.989 y la fecha de la nueva incorporación. fi £ c H 0 5 En la dimauda se exponen Loa siguientes
1. Mi »andante seftora GLORIA STEU.A LARA DE DUSAN, se vincul6 . la adanistraci6n pública •l dii 10 de Yecrero 4. 1.971 en el cargo de Detective Dactiloscopista - alumno en el Departamento Administrativo de Seguridad.
2. A partir de esta fecha y de acuerdo a curses realizados por el Departamento Administrativo de -Seguridad y estudios hechos en forma prsonalfu4 escaLimio cargos y ?usidloees en la institución.
3. El lo. de Septiembre de 1.983, segn Decreto de la
por el Departamento Administrativo de -Seguridad y estudios hechos en forma prsonalfu4 escaLimio cargos y ?usidloees en la institución.
3. El lo. de Septiembre de 1.983, segn Decreto de la Presidencia de la e$blic.s No. 2433 de], 30 de Agoste de 14el.983,toaó p659160 e el cargo de Jefe de Srcci6n
(Uentco en DactLl•scopla) 2075-02 de la $eccíón de identificación, dép.nd¡ente de la División de Laboratorios e identificación,Juicio No, 24987 3 4.- Mi poderdante en el Departamento Administrativo de Seguridad pasó por todos los niveles del Detective Dactiloscoplsta y sólamente le faltaba para llegar a la cúspido de esta disciplina e]. ser Jefe de División, precisamente la categoría a la que fuá elevada la Sección de identificación, de la cual era Jefe la Dra. LARA. %. Con resolución No. 2011 de Junio 29/88 emanada de la Jefatura del Departamento Administrativo de Seguridad la sefora LARA DE DVSSAJI ruó asignada para que cumpliera las funciones de Jefe de Departamento de Dactiloscopia en la Academia de Invutigación.
6. Con resolución No. 4456 de Agosto 12/88 emanada del Departamento Administrativo del Servicio Civil mi poderdante señora GLORIA S?ELLA LARA DE DUSSAN, fué inscrita en
el escalafon de la carrera administrativa en el cargo de Jefe de la Sección de identificación código 2075grado 02.
7. Durante el tiempo de permanencia en la institución
el escalafon de la carrera administrativa en el cargo de Jefe de la Sección de identificación código 2075grado 02.
7. Durante el tiempo de permanencia en la institución la señora LARA DE BUSSAN ha cumplido con eficiencia, probidad, lealtad e imparcialidad las obligaciones y deberes de los cargos que ha ocupado, tal como se puede apreciar en su hoja de vida a través de 19 años de servicio. 8.- S.gdn Decretos 1936 de Agosto 28/89 y 2148 de Septiembre 19/89 e] Presidente de La Repblica establece para el Departamento Administrativo de Seguridad la planta de personal y se describe la naturaleza general de cada una de las denominaciones de emplea y establece los requisitos mía¡» para su desempeito, quedando mi poderdante según estos decretos y el cirgo que tenla, para ocupar el cargo de Jet. de División o uno equivalente.
9. No obstante lo anterior, según resolución Nro. 3699 del 29 de Septiembre de 1.989 en su artfculo 19.-2 numeral 41 emanada del Departamento Administrativo de Seguridad, mi poderdañto fui incorporada mediante acta de posesión Nro. 1464 de Septiembre 29/89 en el cargo de DetectiveJuicio No-4497 4 kspecialisado Grade 13 de la Planta Operativa, asignada a La Academia Superior, de Inteligencia y Seguridad Pública, que debió firmar la Dra. LARA el día 5 de Octubre de
1.989.
10. El 10 de Octubre de 1.989 mi poderdante presentó recurso de reposición Contra el acto administrativo que la demejoró en la incórporacióa por no estar acorde
1.989.
10. El 10 de Octubre de 1.989 mi poderdante presentó recurso de reposición Contra el acto administrativo que la demejoró en la incórporacióa por no estar acorde con su experiencia, estudios y cursos realizados, además
de haber sido sacada auteúticamente de la carrera adainis trativa sin tener ea cuenta si procedimiento legal.
11. El recurso fué denegado a pesar de anotar que considera justa, respetable y oportuna la petición, aduciendo simplemente, que la reclasificación se hizo acorde con las circunstancias y el cargo que vefll desempeñando, y que se pedía. presentar a concurso a partir de Enero de 1.990.
12. Mi mandante fué desmejorada ostensiblemente pues antes del 29 de Septiembre de 1.989 desempeñaba el cargo de Jefe de la Sección de Identificación 2075-02, nivel EJECUTIVO, y con la nueva incorporación quedó como Detective Especializado Grado 13 nivel OPERATIVO, cargo que no existía antes.
Ea de anotar que la señora LARA DE DUSSAN al momento, de la incorporación (Septiembre 28/89) ocupaba el cargo de Jefe de Sección del nivel más alto que existía en el Departamento Adminjatrativo de Seguridad, y llena a cabalidad los requisitos para desampeRar el cargo de Jefe de Divijón en la reestructuración, ya que ea profesional en el urca del derecho y posee 19 años de servicios (experiencia) como Dactiloacopista.
13. De la Sección de Identificictón 2075-02 de la cual aera Jefe la Dra. LARA DE DUSSAN, dependían los grupos
servicios (experiencia) como Dactiloacopista.
13. De la Sección de Identificictón 2075-02 de la cual aera Jefe la Dra. LARA DE DUSSAN, dependían los grupos de a) Resea y entrega de certificados; b)Traaitación certificados y c)Archivos Alfabeticos; los que pasaronJuicio No. 24987 5 a ser Secciones, esto es actualaente y a partir del 29 de Septiembre de 1.989, sus subalternos pasaron a ser SUS superioreS.
14. La deci516 adoptada por el D.partaefltO AdmiuiStrt0 de Seguridad le tiplica a ái mudsnte serios per1uiCi 0B o1es ymatertales.
La desatada juiç.i al fuá di1Gfld ón JO referente e los hechos (folio 42) saL:
1. A pesar que .1 Decrete 2147/89 ordena que '15$ reCt$CiC nos que e0 formulen. por los emp1dOS con ocasidu de la j amcik en 1s nu.n planta do persbmsl, serán decididas en 4efiniti'& por el Jfe del Deportameflti previo concepto de la Cistdt de Personal', la que ItIO mi afldafltS fuá decidid& por si Jefe de la DirecCi6e
d. Recursos ItumaO$, cøaø consta en el oficio difltC el cua1$á 1 resovid, en toro negativa, su petici6e. LI Departamento A4zaíai.tratiyo de Seguridad 'DAS' ,por Intermedio de am representante legal con.tituyd apodrado, quien
el cua1$á 1 resovid, en toro negativa, su petici6e. LI Departamento A4zaíai.tratiyo de Seguridad 'DAS' ,por Intermedio de am representante legal con.tituyd apodrado, quien contesté la demanda, asUcitá pruebas y en el alegato de coaclusiám solícita eo daapacben negat ia.nte las preteasloizes da la demanda. Por su Parte el Procurador 8... en leJudicisi de esta Corporsci&a , encuentra que existe ri6n pare solicitar la nulidad del acto administrati,o scusade bsbiFnd.e desvirtuado la presuncidn do legalidad del mismo,...' Surtido el trámite de rigor y como no se ebserv causal de nulidad que invalide lo actuade, se resuelve sobre el fondo de la ¡¡ti, mediant, las siguientes,Juicio Nro. 24.987 6 C O N $111 A C 10NZ$ s M acto administrativo demandado objeto de este proceso, lo constituye la Resoluc&4n Nro. 3699 del 29 de septiembre de 1989, numeral 41, expedida, por la Jefatura del Departamento Administrativo de Seguridad "DAS ", por la cual incorporó a. la actora en el cargo de Detective Zsp.cialiudo Orado 13 de la Planta Operativa, asignada a la Academia Superior de Inteligencia y Seguridad •Pdblica;p.rs efectos de que declarada su nulidad se le restablesca en su d.rech ordenando su reintegro al cargo, pago de salarios y prestaciones de conroruldad con los pedimentos formulados en la demanda. n el informativo se probó la vinculación de la actora
le restablesca en su d.rech ordenando su reintegro al cargo, pago de salarios y prestaciones de conroruldad con los pedimentos formulados en la demanda. n el informativo se probó la vinculación de la actora con el ente demandado,, D.A.3.,desde su nombraMiento inicial como Detective de Seguridad 1-12 a1uto.ediante reloluclón 203 de enero de 19711,dei que tomó posesión egdn Acta Nro. 13023 ( f 1. 33 hoja de vida . Posteriormente tomó posesión colectiva por incorporación en el cargo de Detective DactUoscopista 11-14 ( fi. 38 fbd.); en 1975 ascendió a Detective Dactiloscopista Iii14; en 1980 fue nombrada Detective Dactiloscopista 411507 por resolución 1677 ,cargo del que se posesionó como so observa al folio 150 de su boja de vid; en 1982 fue encargada del cargo de Coordinadora ( Dactiloscopista 5005-15 y mediante Decreto 2433 de 30 de agosto de 1983 del Gobierno Nacional fue nombrada Jefe de Sección Técnico en Dactiloscopista 2075-02 dependiente de l. División de Laboratorios e Identificación ((1. 284 hoja de vida ); y finalmente nombrada por Rs.1ucióe Nra. 3599 de 29 de septiembre de 19899 en la Planta Operativa en el cargo do Detective Especializado Grado 13 ( fi. 12),d.l qme tomó pssi6nJuicio Nro. 24.987 7 según acta Nro. 1464 ( fi. 22), Latl demostrado igualmente que por Resolución 4456
do Detective Especializado Grado 13 ( fi. 12),d.l qme tomó pssi6nJuicio Nro. 24.987 7 según acta Nro. 1464 ( fi. 22), Latl demostrado igualmente que por Resolución 4456 de]. 12 de agosto de 1988 del Secretario General del Departamento Administrativo del Servicio Civil, se inscribió a la actora en el escalafón de la Carrera Administrativa en el cargo de Jefe de Sección ,Código 2075 Grade 02 ( fi. 27 ); y posteriormente a la presentación de la demanda en la hoja de 'vida aparece la Resolución Nro. 1470 del 29 de mayo de 1990 del Jefe del Departamento Administrativo de Seguridad, actualizando la Inscripción en el w
rdgimen ordinario de carrera en el DAS,entre los cualo aparece, la actora si el cargo al qno me icerpors de Detective ¡apocialisade Grado 13 (71. 312 hoja de vida). De los hechos de la demanda se tiene que la actora al ser designada en el cargo 4. Detective lspecia1isado por Resolución Nro. 3699 del 29 de septiembre de 1989 del Jefe del Departamento Administrativo de Seguridad y no estar de acuerdo con esta designación, sostiene que se le desmejora oetensiblemente,ya que al desempeDarse como Jefe 4. la Sección de identificación -cargo de nivel ejecutivo - y pasar luego al cargo de Detective Lepecialicado grado 13,41 nivel operativo considera lesionado sus derechos, formulando contra acto en lo que t.ae a su nombramiento como Detective Especializado, varios cargos a saber: Por violación de normas superiores señalando coma infringidas las siguientes
do grado 13,41 nivel operativo considera lesionado sus derechos, formulando contra acto en lo que t.ae a su nombramiento como Detective Especializado, varios cargos a saber: Por violación de normas superiores señalando coma infringidas las siguientes normas: artículo 48 4.1 Decreto 2400 de 1968; artículo l9numeral. 2o. del Decreto 1950 de 1973; artículo lo. ,ordinal b) numerales 1, 2 y 5 de]. Decreto 1934 de 1989 y art. 25,ordinai c) Ibides,dando la razón de la violación. Para examinar y definir la anterior impugnación en sus varias modalidades de violación de normas superiores, se puntualiza ].o siguiente:Juicio Nro. 24.987 8 El primer aspecto se refiere a la violación del articulo 48 del Decreto 2400 de 1968, cuando se sostiene que la entidad nominadora no did cumplimiento a ninguno de los apartes del articulo citado y transcrito en la' desanda, violando no sólo el hecho de que la actora estaba inscrita en la Carrera Administrativa en si cargo de Jefe de Secei6n de Identificación 2075-02 de Ja División de Laboratorio e identificación, sino que esa Seccidn fue elevada a la categoría de Iivisi6u de Identificación, cargo que correspondl por equivalencia a la actora, no sólo por la circunstancia de desempeñar la Jefatura de la SeCción , sino por reunir requisitos. ((1. 32J. Se sostiene además, que la nonas ordesa que al suprairse un cargo desempeñado por funcionario de carrera, si dentro de los 6 meses siguiente fues# creado otro
por reunir requisitos. ((1. 32J. Se sostiene además, que la nonas ordesa que al suprairse un cargo desempeñado por funcionario de carrera, si dentro de los 6 meses siguiente fues# creado otro can funciones iguales o similares ,ese empleado tendría derecho a ser nombrado sin requisito de concurso. (Sl • 33). En re1416n a las impugnaciones de la Resolución Nro. J-3268 del 6 de septiembre de 1989 del Jefe del Departamento Administrativo de Seguridad, por el cual » fija el procedimiento interno para la incorporación de los funcionarios a la Planta de Personal establecida por el Decrete 1934 de 1989, en su artículo lo., literal. b ), numeraleo. 1, 2 y 3; del Decreto 1932 de 1989, que establece 41 sst.a de 1asiticaeión y nomenclatura de los empleos ea el esa, en su articulo 23, sobre litcorporscionei,literal en el cual se prohibe en estos eventos d.aaejórar las condiciones laborales y salariales; del Decreto 214$ de 1989, que describe la naturaleza general de las denominaciones del empleo en el DAS.; se establecen los requisitos mínimos para su desempeño y se dictan otras disposiciomes, siflílando como infringido .l artículo 10, cuando se afirma que la actora ejercía un cargo en .1 nivel ejecutivo como Jefe de la Sección de Identificación y que en la reestructuración ha debtdó cinservar .1"Arta deJ Juicio Nro. 24.987 9 Dírecci6n Superior" y en cambio al integrarla al "Ares Operativa',
y que en la reestructuración ha debtdó cinservar .1"Arta deJ Juicio Nro. 24.987 9 Dírecci6n Superior" y en cambio al integrarla al "Ares Operativa', en el cargo do Detective Especializado Grado 13, se le desmejoré en su aspecto laboral y salarial, desconociendo y violando las normas citadas cono infringidas,así como sus derechos en la Carrera Administrativa, para ocup& el cargo de Jefe de Divisi6n de identificaci6n, cargo que correspondia por equivalencia y requisitos; adaa&a de haberse violado el parágrafo de]. articulo 71 del Decreto Ley 2147 de 1989 sobre carrera de los empleados del Departamento Administrativo de Seguridad, al dejarse de cumplir por 11 admíaistración. El apoderado del Departamento Administrativo de Seguridad, al descorrer e1 traslado y contestar la desanda, se opuse a las pretensiones de La aotora,asi come al dereeho invocado como motivos de ipugnaci6n, cuando sostiene que los Decretos 2400 de 1968 y 1950 de 1973 en las normas aea1adae cono infringidas no son de aplióaci4n al caso concreto, debido a la existencia del Decreto 2147 de 1989 sobre la Carrera de los empleados del Das,aiendo de aplicacida preferente Ja norma especial a la gomera].. Aif aieo aleja la parte demandada, que no se violaron ni el art feulo 23 del Decreto 1932 de 1989,por cuanto no hubo desmejoramiento en las condiciones salariales y laborales de la actora,ni el articulo 3o. del Decreto 1042 de 1978, por cuanto
ni el art feulo 23 del Decreto 1932 de 1989,por cuanto no hubo desmejoramiento en las condiciones salariales y laborales de la actora,ni el articulo 3o. del Decreto 1042 de 1978, por cuanto no es v1ido alegarlo frente al DAS que regula este aspecto operativo el Decreto 1932 de 198 ,9 en su articulo 40.. También siega el ente demandado, en su alegato de couclusi6n que la actora esté equiivocada,al considerar que el objetivo de la reeatructuracidn del Das, era exclusivamente el ascenso y mejoramiento u1a!ial de sus funcionarios, cuando realmente se trataba de actualisarlo ,para responder a tas neces14des de orden pdblico, de la dilincueacis organtUd y por otra ajore de circunstancias, pues en la nueva organisacidn los empleadosJuicio Nro. 24.987 10 en el DAS se agrupan en tres grandes ¡reas: La de Dirección superior, 1 Operativa y la AdMietrativs a las cuales corresponden diferentes denominaciones de empleos con sus respectivos grados de remuneración, siendo ésta una reforma sustancial que abarcó los diferentes aaepctos al rógimun de personal, de carrera y disciplinario, sin que se produjera entonces en la incorporación de la actora en el cargo de Detective &apecialisde Grado 13 desmejore alguna; antes bien, se le protegieron sus derechos laborales y prestacionales al no incluirla en cargos de libre nombramiento y remoción, garanti— zndole la actualización en uno de les dos regímenes de carrera del Decreto 2147 d k1989, mediante la Resolución Nro. 1470 de 1990.
al no incluirla en cargos de libre nombramiento y remoción, garanti— zndole la actualización en uno de les dos regímenes de carrera del Decreto 2147 d k1989, mediante la Resolución Nro. 1470 de 1990. Para resolver el fe del litigio, ae precisan los siguientes aspectos; La Sala en primer lugar, acoge el criterio plasmado en su Concepto por el Procurador 80. en lo Judicial de esta Corpora— ción,al analizar las diferentes situaciones f4ctica4 y 3urfdicas examinadas, para hacerlas parte integrante de esta providencia setrana criben ea le pórtinente:
"C0NSIDZAC1ONLS DE LA PROCURADtIRIA.
Se treta de dilucidar la legalidad de la Resolución Nro. 3609 de fecha septiembre 29/89, art. 19.2o. numeral 41 emanada de la Jefatura del Departamento Administrativo de Seguridad DAS, mediante la cual se inc.rpord a La nueva planta de personal a la señora GLORIA STKLLA LARA Dg DUSSAM es el cargo de Detective Esp.cia1isado Grdo 13 4. la Planta Operativa, asignada a la Academia Superior de Inteligencia y Seguridad Póblica; siendo obst.nsibleaente desajorada; pues antes del 29 de Septiembre de 19899Juicio Nro. 24.987 11 d.esepeaba el. cargo de Jefe de Secc1Sa de Identificación 2075-02 ,nivel Ejecutivo. Ce conforidad con la .,hoja de vida, la actora ingres4 al DAS el. 10 4e febrero de 1971, d.senpeñd el cargo de Jefe de Seccin ( Ucnico en Cectiloscopta 2075-02
Ce conforidad con la .,hoja de vida, la actora ingres4 al DAS el. 10 4e febrero de 1971, d.senpeñd el cargo de Jefe de Seccin ( Ucnico en Cectiloscopta 2075-02 de la Secci'6n de Identificaci6n, es decir a través de los curses rsalissdos en e1zoa de la. Dactiloscopia dentro del Departsnento Administrativo de Seguridad "DAS", ya habla alcanzado todos los niveles de Detective Dactiloscopista y ada m4s ue dstinsda según Resolucidu ¡dro. 2011 de Juno 439/88 (fIl. 4 y ex,.) eaanada 4e
1. Jet itura 4.1 D.psrtas.nto Adsinistrattvo do Seguridad, para cuaplir las funciones de Jefe del Departamento de Dactilscopia de la Academia, donde se dictan los cursos de ascenso para. lo Deteótives, en este caso para los de Dactilose.pia, en donde la actora era profesora y le fueron asignadas, entre otras., las siguientes funciones e'.. ..a) Coordinar, siguiendo Las indicaciones del Director de la Acdeaia 4s InvetigciiSs,los aspectos icaddoiccs relacionados ccii 1 docencia en e] ¿isa de Dactiloscopia e Identificsci6n. . . b) Preparar o supervisar la prep.racida, de progranas de estudio, osnto1ar su ejeéoci6n y evaluar el resultado de la actividad doceñte ea eLcaspo de la Dectiloscopta. e) Sugerir los medio encaminados a mejortr la foraaci6n
de estudio, osnto1ar su ejeéoci6n y evaluar el resultado de la actividad doceñte ea eLcaspo de la Dectiloscopta. e) Sugerir los medio encaminados a mejortr la foraaci6n do los Directivos Dactiloscnpistas...."( fis. 115 a 117. ezp). 3e ceoprebd tab14n que la accionaste siendo Jefe de S.ccida 2075-4 Mecida de Identificacidn de ella dependía tres (3) grupos...a) Grupo de traitaci6a de certificados judiciales cat.gería 5005-15.Juicio Nro. 24.987. 12
Jefe Grupo,JOSE RICARDO QUECAN PE
- Grupo de Registros Alfabéticos.
Categoría 500-15 Jefe Grupo MARiA DEL CARMEN <OUVIU ALDANA C) Grupo de Reseña y entrega de certificado. Categoría 500545
Jefe do Grupo, PEDRO LEON SOLANO CORREA. . . .
Pudiéndose apreciar que las personas antes relacionadas eran aubalternaa d la Doctora LARA DE fl0S3A14 y pasaron categorla superior i la 4C; ella (fis. 127 Lo anterior lo corrobora la Resolucidn Nro. 336t3 de septiembre 29/89 y que en el art ict4o primero se lse: "...1.3. MYISION Yg 1K74?IF1CACION IJ.cción de Dactiloscopia PEDROLEOR SOLANO COUA, C.C. i,.17.026,502 de Bogotá Jefe de se"14« Grado 14. 2.Seocidn dC.rUfioadoa Judiólales
IJ.cción de Dactiloscopia PEDROLEOR SOLANO COUA, C.C. i,.17.026,502 de Bogotá Jefe de se"14« Grado 14. 2.Seocidn dC.rUfioadoa Judiólales JOSE RICARDO QOZCAJI PZEZZC.C. 0.20.090.865 d. Eogotd J.f. $sccjdn Grado 14, 3. $eccIdn de Archivos Alfabéticos. afl DEL CARM ORJUELAALADANA. C.C. No.41.436549 4. logetl SecCi6sOrado 14....' La clasificaci4n de estos grupos para hacer mayor claridad se puede apreciar en el organigrama del Departamento Aiuistrativo de Seguridad, coaferse lo preceptda el Decrete 625/74, que obra a folio 44 y 45 del expediente. a quedar ea a 132 Kzp.).JUICIO M. 24.987 13 Lo anterior permito deducir que la accionaeta LARA DE DU$SAW •. 'era.. le Jefe de Seccidn te identificación y de ella d.pendLan los grupos reseAados anteriormente, de conforatdad con la Res. No. J.3683 del 29 IX £(. Entonces quedaron de Jefes de Seccidn 14, y la demandante después' de ser su jefe, piad si cargo de detective grado 13 inferior al de sus subalternos; haciéndose notar el desmejoramiento di la demandante. . . En efecto no hay el menor atisbo de duda de que laentidad áenimá4ora no 4i6 cumplimiento al Decrete 2400/68, art.
el desmejoramiento di la demandante. . . En efecto no hay el menor atisbo de duda de que laentidad áenimá4ora no 4i6 cumplimiento al Decrete 2400/68, art. 48, porque no s610 violé .1 derecho de Ja actora de estar Inscrita 'en carrera sdiinistrativi con. Jefe de Setolde de Xdentificaiidn gradó 2075-ó2 de la División de Labóratorio da Id.ntificacidn, cargo que por equivalencia correspond a la demandante, adema de reitir las calidades de ley y la experiencia suficiente; es decir en este ciente no había supr.si4n del cargo; sine que la Brectén de Identiflcacidn, cargo que por equivalencia corresponde a la demandaste; ademLs de ret&nir las calidades de iy y la experiencia suficiente, es dócir en este 1ent no habla supresidn del cargo, sino que la Seccidu de ZdentifiCscidn piad a ser btviei&n de IdentificaciSu; cargo que le correapondfa a la actora. Aparece igualmente, respecto al cargo asignado a la demandante Dra. LARA DE 1)IJUAR que se denconocid el Decreto 1950/73 articulo 19, numeral 2 porque .1 empleo do detective especializado Gred.• 13, tiene un riSgisen especial, que par su naturaleza y en relacide con la carrera administrativa:,desmejora a la accionaste en sus condicionçs laborale..Juicio Nø. 24987 14 Ahora la Resolución Mo • J • 32 4. Septiembre 6/89 , articulo lo., ord. b Nrs.1.25.
sus condicionçs laborale..Juicio Nø. 24987 14 Ahora la Resolución Mo • J • 32 4. Septiembre 6/89 , articulo lo., ord. b Nrs.1.25. .. .Este Resoluetón determina el procedimiento para la incorporación de los funcionarios del Departamento Administrativo de 8.gurtdad a la Planta de Personal establecidapor medio del Decreto 1934/89, en su arte lo. ordiubi b Aro. 1#25 prescribe que la izMorporaci6n se hará atendiendo los siguientes facteres; 11 "..Los empleados s.rin incorporados a las oficinas o dependóncias a que perteuescan o hayan permanecido...". ".• .Se tendrón en cuenta prime ipalaente las funciones actualmente cumplen 'los empleados para incorporarlos en les cargos que la nóionclaturs determina,. • ".'..Los nritos," titnlóa, experiencias y conocimientos especiales podria ser tomados en cuenta para la ubicÁCi6n 4e los nciøsrioa en grados superimres. ..". . ..Con relación AL $r.l lo. ordinal t,, la demandante dependla de la División de Laboratoricá de identificación, si ocupar el cargo de 'Jefe de Sección de IdantificadIón, que se hallaba dentro del nivel EJECUTIVO, y que con la reestructuración pisó formar parte del ÁREA DE DIRZCCIOR SUPERIOR , a la cual debió de ser asignada 1 Dra. LARA DE DUSSAN, y no al ¿vea operativa a la que pertenece el cargo de DEI'$CTIVE ESPECIALIZADO ORADO 131, presencbidose una flagrancia en cuanto a la violación de la norma en cita, al no ser incorporada en una dependenci
que pertenece el cargo de DEI'$CTIVE ESPECIALIZADO ORADO 131, presencbidose una flagrancia en cuanto a la violación de la norma en cita, al no ser incorporada en una dependenci acorde con la que estaba. Respecto al numeral 2 del erdinal. 8 , esta norma haJuicio 110. 24987 15 sido violad, en todas los apartes re"Ud& » ya que en el aoaento de la nueva incorporación si sandante de empeñaba el cargo de Jet. de Sección de Identificación de la Divísi6n de Laboratorio e Identificación y por Reslucidu No4011 de Junio 20 de 1.988 cusplIa las funciones de Jefe del Departamento de Dactiloscopia en la Acadsaia de ln,estigci6si, que nada tiene que ver con las funciones, qne desarrollan los detectives que al tenor del art. 48 del Decreto 2147/89 se agrupan en ". .a)intoitgencia y Centraisteligencia. b) Protección. c) investigación. 4) £ztranjerla,Ah.ra no ee tuvo en cuenta lo prescrito es .1 ural. $ del ordinslb del arttculo 1,. de la citáda reneluctón, dado que la accionante reunfa todos los requisitos alif exigido co.o para haber sido ubicada en un grado superior, ya que posee titulo universitario en deriCho y ciencias p.lfticas, 19 aaos dé experiencia y los sórites suficientes cesio para haber ftído fló.brsda : Jefe División Orado 20, 7 so un grado inferior cósió lo es ea este case el Detective Especializada Orad, 13
19 aaos dé experiencia y los sórites suficientes cesio para haber ftído fló.brsda : Jefe División Orado 20, 7 so un grado inferior cósió lo es ea este case el Detective Especializada Orad, 13 El artIculo 23 ordinal e del Decreto 1932/89, quebrantado por el acto acuasdo es claro al i determinar que: ..en ningún cao la incorporación po4ri Implicar desmejoramiento en las condiciones laborales y salariales de los funcionario qué ocupaban empleos 4e la planta anterior. fl quebrantamiento de esta floras quedó denostrado al reaitirse a lo preceptuado en el Decreto 1042 de 1.978 eh
varios de sus articulo., que sen del siguiente tenors '..El art. 3 unifica los empleos de acuerdo a sus funciones responsabilidaden y requisitos y los clasifica de acuerdoJuicio No.' 24987 16 a sus niveles, sal: directivo, asesor, ejecutivo, profesiona tócnico, administrativo y operativo; correspondiente si cargo de Jefe de Sección 207502 al nivel EJECUTIVO, al que hace senei6n el art. (o. ' •..El nivel ejecutivo: corresponde a lós empleos cuyas funciones consisten en la dirección, cooçdinaeión y control de las unidades y dependencias internas de los organismos de la rama ejecutiva del poder pdblico que se encargan de ejecutar y desarrollar políticas, planes y programas. El articulo 10 del citado Decreto dices 0E1 nivel, operativo comprende los empiece cuyas funciones se carsct,riaan por el predominio de las actividades manuales o de tareas de simple ejecución".
y desarrollar políticas, planes y programas. El articulo 10 del citado Decreto dices 0E1 nivel, operativo comprende los empiece cuyas funciones se carsct,riaan por el predominio de las actividades manuales o de tareas de simple ejecución". "....Coo la reestructuración el articulo 2. del Decrete 1932 de 1989 hace una clasificación o nomenclatura de los empleos del Departamento Administrativo de Seguridad,asl 1. £!'ea de la Dirección Superior. 2. Ares Operativa. 3 Ares Administrativa". Hace una reducción de tres categorias para el Departamento Administrativo de Seguridad quedando incluíds tanto las Secciones como las Divisiones en nivel de ARE DE D1R&CC1ON SUPERIOR > sin embargo, la actora es incorporada en e]. ARIA OPERATIVA, con .1 cargo de Detective Especializado Orado 13, cuando .1 cargo que por eqivlencia le corresponde ea la Jefatura de la División de Identificación. Examinado el proceso, se concluye que el acto acusado quebranté la Ley, incurrióndose en violaciones por parte del mismo yentre otras; "....lo. La Comisión de Personal ,tal como lo manifestó la Jefe de Personal del DAS., en oficio 2883 de diciembre 6/91 no le di¿ curso ni estudió .1 caso de la solicitud presentada por La aCciouat., reconsiderando el: desmejore-Juicio Nro. 24.987 17 siento hacho, simplemente se limitaron e contestarle en un foresto suscrito por e]. Jefe de Recursos Humano$ cuando éste no era de su competencia, pueer el párrafo del artículo 71 de]. Decreto2147 de 1989 prescribe una