TA CUN - 25000-23-15-000-2020-00288-00-(02-04-2020)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 25000-23-15-000-2020-00288-00-(02-04-2020)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2020
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SALA PLENA
Bogotá D. C., dos (2º) de abril de dos mil veinte (2020)
MAGISTRADA PONENTE: DRA. GLORIA ISABEL CÁCERES MARTÍNEZ
EXPEDIENTE : 25000-23-15-000-2020-00288-00
MEDIO DE CONTROL : CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD ASUNTO :DECRETO 030 DEL 19 DE MARZO DE 2020 DE LA
ALCALDÍA MUNICIPAL DE UTICA–
CUNDINAMARCA
AUTO
La Alcaldía de Utica Cundinamarca por medio de correo electrónico remitió a esta Corporación copia del Decreto 0 30 del 19 de marzo de 2020 “Por el cual se modifica el Decreto No. 029 del 16 de marzo de 2020 y se toman otras disposiciones”, a fin de que se surtiera su control inmediato de legalidad.
Sometida la actuación a reparto, el 30 de marzo de 2020, correspondió su conocimiento al Despacho de la suscrita Magistrada; sin embargo, se debe señalar que en Sala Plena realizada en la misma fecha, se dispuso que los decretos sometidos a control inmediato de legalidad que modificaran, adicionaran o aclararan otros decretos, serían conocidos por el Mag istrado a quien inicialmente se le repartió el decreto primigenio, ello en aras de que frente a una misma decisión administrativa la Corporación no adopte decisiones disimiles.
Teniendo en consideración que el Decreto 030 de 19 de marzo de 2020 del
inicialmente se le repartió el decreto primigenio, ello en aras de que frente a una misma decisión administrativa la Corporación no adopte decisiones disimiles.
Teniendo en consideración que el Decreto 030 de 19 de marzo de 2020 del Municipio de Utica – Cundinamarca, que modifica el Decreto 029 del 16 de marzo de 2020, se encuentra dentro de los supuestos establecidos en Sala Plena, y que el Decreto 029 de 16 de marzo de 2020 fue repartido al Magistrado Dr. Ramiro Ignacio Dueñas Rugnon par a que asumiera su control inmediato de legalidad, tal como da cuenta el Acta General Unificada de Reparto realizada por la Secretaría General del Tribunal, se dispondrá que por Secretaría de la Sección Cuarta se remita al despacho del Dr. Dueñas el Decreto 030 de 19 de marzo de 2020 para que asuma su conocimiento.
En consecuencia, se2
EXPEDIENTE No. 25000-23-15-000-2020-00288-00
CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD DECRETO 030 DEL 19 DE MARZO DE 2020 DEL MUNICIPIO DE UTICA –
CUNDINAMARCA
RESUELVE
Primero.- Por Secretaría de la Sección Cuarta del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, remítase al Despacho del Magistrado Dr. Ramiro Ignacio Dueñas Rugnon el Decreto 030 del 19 de marzo de 2020 del Municipio de Utica – Cundinamarca “ Por el cual se modifica el Decreto No. 029 del 16 de marzo de 2020 y se toman otras disposiciones”.
CÚMPLASE La firma del documento es digitalizada y se incorpora por la magistrada
Cundinamarca “ Por el cual se modifica el Decreto No. 029 del 16 de marzo de 2020 y se toman otras disposiciones”.
CÚMPLASE La firma del documento es digitalizada y se incorpora por la magistrada
GLORIA ISABEL CÁCERES MARTÍNEZ
Magistrada