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TA CUN - 25000-23-15-000-2020-00451-00-(16-04-2020)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 25000-23-15-000-2020-00451-00-(16-04-2020)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2020

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCIÓN CUARTA

SUB SECCIÓN B

Bogotá, D.C., dieciséis (16) de abril de dos mil veinte (2020)

MAGISTRADA PONENTE: CARMEN AMPARO PONCE DELGADO EXPEDIENTE: 25000-23-15-000-2020-00451-00 (Acumulado: 25000-23-15-000-2020-00453-00) REFERENCIA: CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD ACTO: DECRETOS 030 DE 19 DE MARZO DE 2020 y 032

DEL 23 DE MARZO DE 2020 (artículos 4°, 6° y 7°)

EXPEDIDO POR: MUNICIPIO DE GRANADA

Mediante auto proferido el 31 de marzo de 2020, se avocó conocimiento del proceso identificado con el número 25000 -23-15-000-2020-00451-00, relacionado con el control de legalidad sobre el Decreto 030 del 19 de marzo de 2020 , expedido por el Alcalde del Municipio de Granada, “POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA LA RESTRICCIÓN TRANSITORIA DE LA MOVILIDAD DE PERSONAS PARA LA CONTENCIÓN DEL C ORONAVIRUS (COVID – 19) EN EL MUNICIPIO

DE GRANADA CUNDINAMARCA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”.

La medida establecida en el numeral 1° de dicho decreto municipal, que restringió la movilidad los habitantes, residentes, visitantes y vehículos que se encu entren dentro de la jurisdicción del M unicipio de Granada, fue objeto de modificación a

La medida establecida en el numeral 1° de dicho decreto municipal, que restringió la movilidad los habitantes, residentes, visitantes y vehículos que se encu entren dentro de la jurisdicción del M unicipio de Granada, fue objeto de modificación a través del artículo 4° del Decreto 032 del 23 de marzo de 2020 , cuyo control de legalidad fue sometido a reparto correspondiéndole el número de proceso 2500023-15-000-2020-00453-00, asignado al doctor Luis Alfredo Zamora Acosta.

Por medio de auto del 03 de abril de 2020 , dicho proceso fue remitido a este Despacho para proceder a su acumulación con el expediente de control de legalidad adelantado para el Decreto 030 del 19 de marzo de 2020.

Lo anterior, en virtud de la decisión adoptada en Sala Plena virtual del 30 de marzo de 2020 respecto del reparto para control inmediato de legalidad de actosExpediente No. 25000-23-15-000-2020-00451-00 (Acumulado: 25000-23-15-000-00453-00) Referencia: Control inmediato de legalidad.

Acto: Decretos 030 de 19 de marzo de 2020 y 032 del 23 de marzo de 2020 (artículos 4°, 6° y 7°)

Expedido por: Alcaldía de Granada

2 que modifican, aclaran o revocan alguna de las medidas adoptadas en un acto anterior.

Por lo anterior, se

RESUELVE:

PRIMERO: ACUMULAR el proceso identificado con el número de radicación 25000-23-15-000-2020-00453-00, únicamente en lo que refiere a los artículos 4°,

Por lo anterior, se

RESUELVE:

PRIMERO: ACUMULAR el proceso identificado con el número de radicación 25000-23-15-000-2020-00453-00, únicamente en lo que refiere a los artículos 4°, 6° y 7° del Decreto 032 del 23 de marzo de 2020, expedido por el Alcalde Municipal de Granada – Cundinamarca, al expediente de la referencia con radicado 25000-23-15000-2020-00451-00.

SEGUNDO: COMUNICAR la presente decisión a la Alcaldía Municipal de Granada – Cundinamarca, y al Agente del Ministerio Público, a los correos electrónicos ya identificados por la secretaría de la sección.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

CARMEN AMPARO PONCE DELGADO

Magistrada

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