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TA CUN - 25000 23 15 000 2020-02078 00-(24-07-2020)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 25000 23 15 000 2020-02078 00-(24-07-2020)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2020

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCIÓN CUARTA

SUBSECCIÓN “B”

Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de julio de dos mil veinte (2020)

MAGISTRADA SUSTENCIADORA: Dra. MERY CECILIA MORENO AMAYA

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD

EXPEDIENTE No.: 25000 23 15 000 2020 02078 00

ACTO SOMETIDO A CONTROL: DECRETO 0 80 DE 13 DE A BRIL DE 2020 ,

“POR EL CUAL SE MODIFICA EL DECRETO 077

DE 2020”

AUTORIDAD

ADMINISTRATIVA:

MUNICIPIO DE SESQUILÉ – ALCADÍA

MUNICIPAL

ASUNTO REMITE POR COMPETENCIA

I. ANTECEDENTES El señor alcalde del Municipio de Sesquilé, Cundinamarca en ejercicio de función administrativa y como desarrollo de los decretos legislativos expedidos en estado de excepción proferidos por el Gobierno Nacional, expidió el Decreto 0 80 de 13 de julio de 2020 y lo remitió a la Secretaría del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, a fin de someterlo al control inmediato de legalidad, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 13 6 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el cual fue repartido a este despacho.

II. CONSIDERACIONES:

De conformidad con lo establecido en e l artículo 136 del CPACA, es de competencia de los tribunales administrativos realizar el control inmediato de legalidad de los actos administrativos expedidos por las autoridades

II. CONSIDERACIONES:

De conformidad con lo establecido en e l artículo 136 del CPACA, es de competencia de los tribunales administrativos realizar el control inmediato de legalidad de los actos administrativos expedidos por las autoridades departamentales, distritales y municipales del distrito judicial del que haga parte el ente territorial, en los cuales se dicten medidas de carácter general en ejercicio de la función administrativa en desarrollo de los decretos legislativos expedidos por el Presidente de la República en los cuales se decreten estados de excepción.EXPEDIENTE 25000231500020200207800

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD

REMITE POR COMPETENCIA

2 Examinado el contenido del acto administrativo expedido por parte del alcalde municipal de SESQUILÉ, Cundinamarca, este despacho avizora que no le asiste competencia para emitir pronunciamiento en sede de control inmediato de legalidad respecto de dicho acto, toda que el mismo se limitó a modificar disposiciones adoptadas por esa entidad territorial en el Decreto 077 de 2020, en el sentido de ampliar temporalmente medidas de aislamiento y de orden público en su jurisdicción.

Valga anotar que el Decreto 077 de 2020 , que es el acto principal por medio del cual se adoptaron las acciones transitorias de carácter sanitario y policivas en atención a la emergencia epidemiológica del COVID-19 en ese municipio, también fue sometido a control inmediato de legalidad ante este Tribunal y fue repartido para su conocimiento al magistrado Carlos Alberto Orlando Jaiquel , despacho al cual se remitirá el presente asunto para su decisión conjunta.

Lo anterior, en atención a la decisión que sobre estos asuntos se adoptó por la

para su conocimiento al magistrado Carlos Alberto Orlando Jaiquel , despacho al cual se remitirá el presente asunto para su decisión conjunta.

Lo anterior, en atención a la decisión que sobre estos asuntos se adoptó por la Sala Plena en sesión extraordinaria del 30 de marzo de 2020, en el sentido de que el magistrado a quien le haya sido repartido el acto principal ligado a la calamidad pública decretada por el estado de excepción de emergencia sanitaria, le corresponderá el conocimiento de los demás actos administrativos que desarrollen la medida.

En consecuencia, este despacho d el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección “B”, en Sala Unitaria,

RESUELVE:

1. Se DECLARA la falta de competencia por el factor funcional de este despacho para conocer sobre el control inmediato de legalidad del Decreto 0 80 del 13 de julio 2020, expedido por el Alcalde Municipal de Sesquilé, Cundinamarca , conforme a lo antes expuesto.

2. REMITASE, por la Secretaría de esta Sección, el expediente digital al despacho del magistrado Carlos Alberto Orlando Jaiquel para que adelante el conocimiento del referido acto administrativo de manera conjunta con el trámite que se surte en ese despacho por el cont rol inmed iato de legalidad del Decreto 077 de 2020EXPEDIENTE 25000231500020200207800

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD

REMITE POR COMPETENCIA

3 expedido por el Alcalde Municipal de Sesquilé Cundinamarca con radicación 25000 23 15 000 2020 0 2447 00. Previas las anotaciones de rigor en el Sistema Informático Justicia Siglo XXI.

3 expedido por el Alcalde Municipal de Sesquilé Cundinamarca con radicación 25000 23 15 000 2020 0 2447 00. Previas las anotaciones de rigor en el Sistema Informático Justicia Siglo XXI.

3. COMUNÍQUESE esta providencia al correo de notificaciones judiciales de l Municipio de Sesquilé: notificacionjudicial@sesquile-cundinamarca.gov.co

4. Por secretaria de la Sección, comuníquesele a la Gobernación de Cundinamarca en la dirección de correo electrónico que a continuación se indica lo decidido en esta providencia, a fin de que sea puesto en conocimiento esta información en la página web de la Gobernación de Cundinamarca.

controldelegalidadcovid19tac@cundinamarca.gov.co

5. Por secretaria de la Sección, PUBLÍQUESE esta providencia en las páginas web del Consejo de Estado y de la Rama Judicial, así como también el aviso de traslado.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

MERY CECILIA MORENO AMAYA

Magistrada A.I.

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