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TA CUN - 25000-23-15-000-2020-02275-00-(27-08-2020)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 25000-23-15-000-2020-02275-00-(27-08-2020)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2020

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCIÓN CUARTA

SUBSECCIÓN “A”

Bogotá D. C., veintisiete (27) de agosto de dos mil veinte (2020)

Magistrada Ponente: Dra. GLORIA ISABEL CÁCERES MARTÍNEZ Medio de Control: CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD Expediente: 25000-23-15-000-2020-02275-00

Asunto: DECRETO No. 137 DEL 6 DE JUNIO DE 2020 DEL

MUNICIPIO DE ANAPOIMACUNDINAMARCA

AUTO

El 25 de agosto de 2020 se recibió en el Despacho Sustanciador el proceso No. 11001-03-15-000-2020-02609-00 del Consejo de Estado en el cual en auto del 19 de junio de 2020 la Consejera Dra. Rocío Araújo Oñate dispuso remitir la actuación a esta Corporació n, debiendo precisarse que la misma se centra en el control inmediato de legalidad del Decreto No. 137 del 6 de junio de 2020, expedido por el Alcalde del Municipio de Anapoima “Por el cual se modifica el artículo 1º del Decreto Municipal No. 102 de 2020 por la Declaración del Estado de emergencia económica, social y ecológica ocasionado por la pandemia COVID -19, incrementando el incentivo tributario del impuesto de industria y comercio y se deroga el Decreto No. 133 de 2020”, habiendo señalado la Alta Corporación que el mismo debía conocerse por el Despacho donde se estuviera tramitando el control inmediato de legalidad del

incentivo tributario del impuesto de industria y comercio y se deroga el Decreto No. 133 de 2020”, habiendo señalado la Alta Corporación que el mismo debía conocerse por el Despacho donde se estuviera tramitando el control inmediato de legalidad del Decreto No. 102 del 24 de marzo de 2020 de Anapoima.

Así las cosas, se precisa que como quiera que el proceso No. 11001 -03-15-0002020-02609-00 remitido por el Consejo de Estado, tiene el mismo objeto del proceso No. 25000 -23-15-000-2020-02275-00 tramitado en este Despacho , precisamente por cuanto también está conociendo del proceso No. 25000-23-15-000-2020-0197000, cuyo objeto es el co ntrol inmediato de legalidad del Decreto No. 102 del 24 de marzo de 2020 y del Decreto No. 129 del 18 de mayo de 2020 del municipio de AnapoimaCundinamarca, se dispondrá incorporar la actuación enviada por la Alta Corporación al proceso No. 25000-23-15-000-2020-02275-00, en el estado en que se encuentra, esto es, al despacho para fallo, con la respectiva ponencia registrada ante la Sala Plena, al igual que respecto del radicado 2020-01970.

En consecuencia se,25000-23-15-000-2020-02275-00

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD

DECRETO No. 137 DEL 6 DE JUNIO DE 2020 DEL

MUNICIPIO DE ANAPOIMACUNDINAMARCA

2

RESUELVE

PRIMERO: Incorporase la actuación No. 11001-03-15-000-2020-02609-00 remitida

MUNICIPIO DE ANAPOIMACUNDINAMARCA

2

RESUELVE

PRIMERO: Incorporase la actuación No. 11001-03-15-000-2020-02609-00 remitida por el Consejo de Estado , al proceso del control inmediato de legalidad de la referencia.

SEGUNDO: Notifíquese por correo electrónico esta decisión al Ministerio Público y al Alcalde de AnapoimaCundinamarca.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE La firma del documento es digitalizada y se incorpora por la magistrada

GLORIA ISABEL CÁCERES MARTÍNEZ

Magistrada

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