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TA CUN - 25000-23-15-000-2021-00024-00-(16-04-2021)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 25000-23-15-000-2021-00024-00-(16-04-2021)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2021

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

-SECCIÓN PRIMERA-

-SUBSECCIÓN “A”-

Bogotá, D.C., dieciséis (16) de abril de dos mil veintiuno (2021)

MAGISTRADA PONENTE: CLAUDIA ELIZABETH LOZZI MORENO

EXPEDIENTE No.: 25000-23-15-000-2021-00024-00

OBJETO DE CONTROL: DECRETO NÚM. 002 DE 2021

AUTORIDAD: ALCALDÍA MUNICIPAL DE SOPÓ –

CUNDINAMARCA

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD

_________________________________________________________

ASUNTO: AVOCA CONOCIMIENTO

1. El señor Alcalde del municipio de Sopó – Cundinamarca profirió el Decreto núm. 002 de 5 de enero de 2021, "[...] Por el cual se acoge el Decreto Departamental N° 002 de 2021 [...]".

2. El señor Alcalde del municipio de Sopó – Cundinamarca remitió al Tribunal Administrativo de Cundinamarca copia del Decreto núm. 26 de 21 de enero de 2021 al buzón electrónico de la Secretaría General de esta Corporación. El asunto le correspondió al Despacho por reparto.

3. Por cumplir con los requisitos previstos en los artículos 20 de la Ley 137 de 1994 y 136 del CPACA, el Despacho avocará el conocimiento del presente control inmediato de legalidad.

4. El trámite del presente proceso se realizará a través de medios electrónicos en aplicación del artículo 186 del CPACA, y atendiendo lo

conocimiento del presente control inmediato de legalidad.

4. El trámite del presente proceso se realizará a través de medios electrónicos en aplicación del artículo 186 del CPACA, y atendiendo lo dispuesto en los acuerdos PCSJA20 -11517, PCSJA20 -11518, PCSJA20-11519, PCSJA20 - 11521, PCSJA20 -11526 y PCSJA2011567 de 2020 del Consejo Superior de la Judicatura.2

PROCESO No.: 25000-23-15-000-2021-00024-00

ACTUACIÓN: CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD

OBJETO DE CONTROL: DECRETO NÚM. 002 DE 2021

AUTORIDAD: ALCALDÍA MUNICIPAL DE SOPÓ – CUNDINAMARCA

5. Por disposición de la Sala Plena del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en sesión virtual del 30 de marzo de 2020, las Secretarías de las Secciones y Subsecciones colaborarán con la Secretaría General para la notificación de las providencias, los avisos y las comunicaciones que se ordenen en el trámite de los procesos de control inmediato de legalidad. En consecuencia, las órdenes que se impartan en este auto se cumplirán a través de la Secretaría de la Sección

Primera.

En mérito de lo expuesto, el Despacho:

RESUELVE

PRIMERO: AVÓCASE el conocimiento del control inmediato de legalidad de que tratan los artículos 136 y 185 de la Ley 1437 de 2011, respecto del Decreto núm. 002 de 5 de enero de 2021 , expedido por el señor Alcalde del municipio de Sopó – Cundinamarca.

respecto del Decreto núm. 002 de 5 de enero de 2021 , expedido por el señor Alcalde del municipio de Sopó – Cundinamarca.

SEGUNDO: NOTÍFIQUESE al señor Alcalde del municipio de Sopó – Cundinamarca del contenido de esta decisión, y CORRÁSELE TRASLADO por el término de diez (10) días para que se pronuncie respecto a los fundamentos de hecho y de derecho que motivaron a la expedición del Decreto núm. 002 de 5 de enero de 2021 , y para que aporte y solicite las pruebas que estime pertinentes.

Dentro del mismo término el señor Alcalde municipal deberá aportar al proceso los antecedentes administrativos y los soportes documentales que fundamentaron el Decreto objeto del presente control inmediato de legalidad.

TERCERO: Por Secretaría de la Sección , FÍJESE aviso en la página3

PROCESO No.: 25000-23-15-000-2021-00024-00

ACTUACIÓN: CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD

OBJETO DE CONTROL: DECRETO NÚM. 002 DE 2021

AUTORIDAD: ALCALDÍA MUNICIPAL DE SOPÓ – CUNDINAMARCA

Web de la Rama Judicial sobre la existencia del proceso por el término de diez (10) días, durante los cuales cualquier ciudadano podrá intervenir por escrito para defender o impugnar la legalidad del Decreto núm. 002 de 5 de enero de 2021.

CUARTO: Por Secretaría, INVÍTESE a las siguientes a entidades públicas para que dentro del término de los diez (10) días siguientes al recibo de la correspondiente comunicación, presenten por escrito su

CUARTO: Por Secretaría, INVÍTESE a las siguientes a entidades públicas para que dentro del término de los diez (10) días siguientes al recibo de la correspondiente comunicación, presenten por escrito su concepto acerca de los puntos que estimen relevantes relacionados con el Decreto objeto del presente control inmediato de legalidad: a) al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República; b) al Ministerio de Salud y de Protección Social; c) a la Gober nación de Cundinamarca; y d) a la Personería Municipal de Sopó –

Cundinamarca.

QUINTO: NOTÍFIQUESE de esta decisión al Agente de Ministerio Público designado ante esta Corporación. INFÓRMESELE que podrá emitir concepto en los términos del numeral 5 .º del artículo 185 de la Ley 1437 de 2011, una vez culminada la etapa probatoria y previo auto que así lo determine.

SEXTO: Las notificaciones y comunicaciones a la que se refiere el ordenamiento cuarto de esta decisión, deberán ser remitidas por la Secretaría de la Sección al buzón electrónico de las entidades relacionadas en esta providencia, o por el medio que le resulte más expedito. Al correo que sea remitido, la Secretaría deberá adjuntar copia del Decreto objeto del presente control automático de legalidad.

SÉPTIMO: Vencidos los términos dados en esta providencia, la Secretaría de la Sección deberá remitir las respuestas dadas por los intervinientes, como documentos adjuntos en un correo4

PROCESO No.: 25000-23-15-000-2021-00024-00

ACTUACIÓN: CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD

intervinientes, como documentos adjuntos en un correo4

PROCESO No.: 25000-23-15-000-2021-00024-00

ACTUACIÓN: CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD

OBJETO DE CONTROL: DECRETO NÚM. 002 DE 2021

AUTORIDAD: ALCALDÍA MUNICIPAL DE SOPÓ – CUNDINAMARCA

electrónico que deberá ser dirigido al buzón el ectrónico del Despacho, junto con el respectivo informe secretarial.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

CLAUDIA ELIZABETH LOZZI MORENO

Magistrada

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