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TA CUN - 250002315000-2020-02217-00-(12-06-2020)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 250002315000-2020-02217-00-(12-06-2020)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2020

República de Colombia

Rama Judicial

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCIÓN CUARTA

SUBSECCIÓN “B”

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD

Bogotá, D. C., doce (12) de junio de dos mil veinte (2020)

Radicación No.: 250002315000-2020-02217-00

Acto objeto de control: DECRETO 038 DE 4 DE MAYO DE 2020

Autoridad Administrativa: ALCALDÍA MUNICIPAL DE SUESCA

Medio de Control: CONTRO INMEDIATO DE LEGALIDAD

Asunto: REMITE POR COMPETENCIA

Magistrada Ponente:

Dra. NELLY YOLANDA VILLAMIZAR DE PEÑARANDA

A U T O

Procede el Despacho analizar la competencia del control de legalidad del Decreto 038 de 4 de mayo de 2020, expedida por el ALCALDE DEL MUNICIPIO DE SUESCA (Cundinamarca) en el marco de la calamidad pública decretada por el estado de excepción de emergencia sanitaria

I. A N T E C E D E N T E S :

El ALCALDE DEL MUNICIPIO DE SUESCA (Cundinamarca) en ejercicio de la función administrativa y como desarrollo de los decretos legislativos expedidos por el Presidente de la República en estado de-2Radicación No.: 250002315000-2020-02217-00

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD MUNICIPIO DE SUESCA ______________________________________________________________

excepción al tenor del artículo 215 de la Constitución Política , expidió el

Radicación No.: 250002315000-2020-02217-00

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD MUNICIPIO DE SUESCA ______________________________________________________________

excepción al tenor del artículo 215 de la Constitución Política , expidió el Decreto 038 de 4 de mayo de 2020, y lo remitió a la Secretaría del Tribunal Administrativo de Cundinamarca con la finalidad de someterla al control inmediato de legalidad, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 136 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, que por reparto correspondió a este Despacho.

Del acto administrativo de carácter general, es decir, Decreto 038 de 4 de mayo de 2020 expedido por el ALCALDE DEL MUNICIPIO DE SUESCA (Cundinamarca) se desprende que esta magistratura no tiene competencia para avocar el trámite de control inmediato de legalidad, toda vez que el mismo se instituye como un acto accesorio que adiciona las medidas acogidas1 en el acto principal, esto es, la Decreto 037 de 28 de abril de 20202, en razón del estado de excepción de emergencia sanitaria declarada en el territorio nacional, actuación que correspondió por reparto al magistrado FERNANDO IREGUI CAMELO.

1 El Alcalde del Municipio de Suesca (Cundinamarca) expidió la El DECRETO 037 de 28 de abril de 2020 “POR EL CUAL SE ESTABLECEN NUEVAS MEDIDAS EN VIRTUD DE LA PANDEMIA POR EL CORONAVIRUS COVID 19 en el MUNICIPIO DE SUESCA” […] ARTÍCULO CUARTO: Además

2020 “POR EL CUAL SE ESTABLECEN NUEVAS MEDIDAS EN VIRTUD DE LA PANDEMIA POR EL CORONAVIRUS COVID 19 en el MUNICIPIO DE SUESCA” […] ARTÍCULO CUARTO: Además de la circulación para las actividades permitidas en el decreto 593 de 2020, se regula su funcionamiento en el Municipio de Suesca Cundinamarca así:

Actividades Ferretería: Quiene s deberán inscribirse en el Link https: //formas.gle/VRf66FdWEXCFxsy06, o la línea celular o whastsapp no 3208501088, a partir de la fecha y hasta el próximo Jueves 30 de abril de 202 a las 12 m, dichos establecimiento funcionarán en horario 7: 00 a.m. a 11: 00 a.m. y de 2: 00 p.m a 5: 00 p.m, previa autorización de la Secretaria de Planeación Municipal. (…) 2 El Alcalde del municipio de Suesca (Cundinamarca) expidió la El DECRETO 038 de 4 de mayo de 202 “POR EL CUAL SE ADICIONA EL DECRETO MUNICIPAL N 037 DE 28 DE ABRIL DE 2020, MEDIANTE EL CUAL SE ESTABLECEN NUEVAS MEDIDAS EN VIRTUD DE LA PANDEMIA POR EL CORONAVIRUS COVID 19 EN EL MUNICIPIO DE SUESCA ” […] ARTÍCULO PRIMERO: Adicionar el inciso segundo del artículo del Decreto Municipal No 037 de 28 de abril de

2020, el cual quedará así:

Actividades Ferretería: Quienes deberán inscribirse en el Link https: //formas.gle/VRf66FdWEXCFxsy06, o la línea celular o whastsapp no 3208501088, a partir de la fecha

2020, el cual quedará así:

Actividades Ferretería: Quienes deberán inscribirse en el Link https: //formas.gle/VRf66FdWEXCFxsy06, o la línea celular o whastsapp no 3208501088, a partir de la fecha y hasta el próximo Jueves 30 de abrilde 202 a las 12 m, dichos establecimiento funcionarán en horario 7: 00 a.m. a 11: 00 a.m. y de 2: 00 p.m a 5: 00 p.m, previa autorización de la Secretaria de Planeación Municipal. Y en todo caso, sus actividades deben realizarse a puerta cerrada, por domicil ios y sin la apertura del establecimiento comercial a la ciudadanía(…)-3Radicación No.: 250002315000-2020-02217-00

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD MUNICIPIO DE SUESCA ______________________________________________________________

La anterior deci sión se adopta en atención a la decisión mayoritaria adoptada en Sesión Extraordinaria de Sala Plena de 30 de marzo de 2020, en el s entido de que el magistrado a quien por reparto le haya correspondido el conocimiento del acto principal ligado por el estado de excepción de emergencia sanitaria, le corresponderá el c onocimiento de los demás actos administrativos que desarrollen la medida.

En consecuencia, la suscrita magistrada sustanciadora del TRIBUNAL

ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCIÓN CUARTA,

SUBSECCIÓN “B”, EN SALA UNITARIA,

R E S U E L V E:

PRIMERO.- DECLÁRASE la falta de competencia por e l factor funcional de este despacho para conocer sobre el

SUBSECCIÓN “B”, EN SALA UNITARIA,

R E S U E L V E:

PRIMERO.- DECLÁRASE la falta de competencia por e l factor funcional de este despacho para conocer sobre el control inmediato de legalidad del Decreto 038 de 4 de mayo de 2020, expedido por el Alcalde del Municipio de Suesca (Cundinamarca) conforme a lo antes expuesto.

SEGUNDO.- REMÍTASE por la Secretaría de esta Sección, el expediente digital al despacho del magistrado FERNANDO IREGUI CAMELO para que adelante el conocimiento del referido acto administrativo de manera conjunta con el trámite que se surte en ese despacho por el control inmediato de legalidad del Decreto 038 de 4 de mayo de 2020 expedido por el Alcalde del Municipio de Suesca (Cundinamarca) mediante radicación 25000 23 15 000 2020 02217 00. Previas las-4Radicación No.: 250002315000-2020-02217-00

CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD MUNICIPIO DE SUESCA ______________________________________________________________

anotaciones de rigor en el Sistema Informático Justicia Siglo XXI.

TERCERO.- COMUNÍQUESE esta providencia al correo de notificaciones judiciales de l municipio de Suesca (Cundinamarca): notificacionjudicial@suescacundinamarca.gov.co

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

NELLY YOLANDA VILLAMIZAR DE PEÑARANDA

Magistrada Ponente

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