TA CUN - 2500023150002020-01809-00-(18-05-2020)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- TA CUN - 2500023150002020-01809-00-(18-05-2020)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2020
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA JUDICIAL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA Magistrado Ponente: LUIS ANTONIO RODRÍGUEZ MONTAÑO Bogotá, D.C., dieciocho (18) de mayo de dos mil veinte (2020) EXPEDIENTE N.° 250002315000202001809-00 NATURALEZA DEL ASUNTO CONTROL INMEDIATO DE LEGALIDAD OBJETO DE CONTROL DECRETO 072 DE 2020 ENTIDAD MUNICIPIO DE SOPO El Alcalde del municipio de Sopó - Cundinamarca remitió al Tribunal Administrativo de Cundinamarca copia del Decreto 071 de 13 de mayo de 2020, “POR EL CUAL SE MODIFICA EL PARÁGRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO CONTENIDO EN EL DECRETO MUNICIPAL Nº 071 DEL 08 DE MAYO DE 2020”. Dicho decreto fue asignado a este Despacho por la Secretaría General del Tribunal mediante acta individual de reparto del 18 de
decreto fue asignado a este Despacho por la Secretaría General del Tribunal mediante acta individual de reparto del 18 de mayo de 2020. Ahora bien, siguiendo la decisión adoptada por la Sala Plena del Tribunal Administrativo de Cundinamarca en sesión virtual realizada el 30 de marzo de 2020, en cuanto al conocimiento del control de legalidad de decretos a través de los cuales se confirman, adicionan, modifican, amplían, prorrogan y adoptan las decisiones tomadas en otros actos, se procederá a remitir este expediente al despacho del Dr. Henry Aldemar Barreto Mogollón, como quiera que se trata de un acto administrativo que modifica el Decreto 071 de 2020, expedido por el Alcalde de Sopó – Cundinamarca, cuyo conocimiento le fue asignado a este magistrado por acta de reparto del 12 de mayo de 2020, bajo el
cuyo conocimiento le fue asignado a este magistrado por acta de reparto del 12 de mayo de 2020, bajo el número de radicado 2500023150002020-01650-00. Lo anterior, con el fin de que se acumule en un solo proceso el trámite del control inmediato de legalidad de la actuación administrativa, por la cual el alcalde de Sopó a través del Decreto 071 de 2020 modificado por el Decreto 072 de 2020, acogió los protocolos generales y lineamientos específicos de bioseguridad expedidos por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 636 de 2020, entre otras disposiciones.Exp. 250002315000202001809 -00
MUNICIPIO DE SOPÓ
2
En mérito de lo expuesto, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca
RESUELVE:
PRIMERO: REMITIR el proceso de la referencia al despacho del Dr. Henry Aldemar Barreto Mogollón para ser acumulado al expediente 2500023150002020-01650-00, por las razones expuestas.
SEGUNDO: Por Secretaría de la Sección Cuarta, PUBLICAR la presente decisión en la plataforma electrónica del Tribunal Administrativo de Cundinamarca15 y en la página web de la Rama Judicial2.
TERCERO: NOTIFICAR esta decisión al Agente del Ministerio Público, Procurador II Judicial Administrativo 139 ante esta Corporación al correo electrónico
namartinez@procuraduria.gov.co, y alcalde del municipio de Sopó - Cundinamarca
II Judicial Administrativo 139 ante esta Corporación al correo electrónico namartinez@procuraduria.gov.co, y alcalde del municipio de Sopó - Cundinamarca al correo: contactenos@sopo-cundinamarca.gov.co, el cual de acuerdo con la información visible en la página web del municipio, es el medio habilitado para recibir notificaciones judiciales, ello sin perjuicio de otras direcciones electrónicas contenidas en la base de datos de la Secretaría de la Sección Cuarta.
NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE,
LUIS ANTONIO RODRÍGUEZ MONTAÑO
Magistrado
1 https://www.ramajudicial.gov.co/web/secretaria -general-del-tribunal--administrativo-de-cundinamarca/238. 2 En la sección denominada “Medidas COVID19”.