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TA CUN - 250002315000202100075-00-(25-01-2021)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 250002315000202100075-00-(25-01-2021)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2021

ACCIÓN DE TUTELA – Fiscalía General de la Nación Oficina Jurídica, Juzgado 037 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, y el Banco BBVA / DERECHOS FUNDAMENTALES A LA SALUD, VIDA, DIGNIDAD HUMANA Y MÍNIMO VITAL – Alcance / ADMITE TUTELA - Admitir la Acción de Tutela presentada por el señor ( …), contra Fiscalía General de la Nación , Oficina Jurídica, el Juzgado 037 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, y el Banco BBVA.

Problema jurídico: ¿Decidir sobre la admisión de la tutela?

Extracto: “(…) al considerar vulnerado los derechos fundamentales a la salud, vida, dignidad humana y mínimo vital, presenta acción de tutela contra la Fiscalí a General de la Nación - Oficina Jurídica, el Juzgado 037 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá y el Banco BBVA. (…) Las pretensiones del amparo son las siguientes: “1. se protejan los derechos fundamentales al mínimo vital, a la salud en conexión con la vida, a la dignidad humana y que se ordene a la Fi scalía General de la Nación Oficina Jurídica – Pago de Sentencias Judiciales, pagarle a favor del accionante el dinero por concepto de la indemnización a la que fu e condenada la Fiscalía General de la Nación, por los perjuicios materiales y morales, según lo expresó la sentencia del juzgado 37 administrat ivo, y en la demanda ejecutiva 11001333603720180015700 del juzgado 037 JUZGADO

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DE PROCESO EJECUTIVO - SE ORDENÓ SEGUIR ADELANTE CON LA

ADMINISTRATIVO - ORAL SEC TERCERA SE CELEBRÓ AUDIENCIA DENTRO DE PROCESO EJECUTIVO - SE ORDENÓ SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN; y no burlan más de los ciudadanos con lo que llaman ellos el turno asignado para ella por parte de la oficina de pagos de sentencias y conciliacio nes de la Fiscalía General de la Nación, utilizando esta acción como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable”. 2. Se ordene en el término no mayor a 10 días se el juzgado 037 JUZGADO ADMINISTRATIVO - ORAL SEC TERCERA de ordenar investigar al BBVA por negarse el embargo de las cuentas, velando y maltratando a los ciudadanos. 3. En caso de observarse causales disciplinarias por parte del pagad or de la Fiscalía General de la Nación o funcionarios responsables compulsar copias a la oficina de control disciplinario para que procesa de conformidad. 4. Condenar en costas” (…) En atención a lo anterior, y por cumplir los requisitos establecidos en el Decreto 2591 de 1 991, el Despacho ( …) ADMITIR la ACCIÓN DE TUTELA presentada por el señor ( …) contra Fiscalía General de la Nación - Oficina Jurídica, el Juzgado 037 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, y el Banco BBVA. (…)”.

NOTA DE RELATORÍA: Con respecto a la presente acción, consultar: Corte Constitucional, Sentencias T538-1992; Auto 270 de 2015; C-248 de 2019; T-550 de 1995; C-511 de 2013.

FUENTE FORMAL: Constitución Nacional; Decreto 2591 de 1991; Decreto 1069

de 1995; C-511 de 2013.

FUENTE FORMAL: Constitución Nacional; Decreto 2591 de 1991; Decreto 1069 de 2015; Decreto 1834 de 2015; Decreto 1983 de 2017; CPACA.REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCIÓN SEGUNDA

SUBSECCIÓN "B"

Bogotá D.C., veinticinco (25) de enero de dos mil veintiuno (2021)

Expediente No. 25000-2315-000-2021-00075-00 Accionante Misael Forero Mora Demandado Fiscalía General de la Nación - Oficina Jurídica , Juzgado 037 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, y el Banco BBVA Asunto Admite Tutela

El señor Misael Forero Mora, al considerar vulnerado los derechos fundamentales a la salud, vida, dignidad humana y mínimo vital, presenta acción de tutela contra la Fiscalía General de la Nación - Oficina Jurídica , el Juzgado 037 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá y el Banco BBVA.

Las pretensiones del amparo son las siguientes:

“1. se protejan los derechos fundamentales al mínimo vital, a la salud en conexión con la vida, a la dignidad humana y que se ordene a la Fiscalía General de la Nación Oficina Jurídica – Pago de Sentencias Judiciales, pagarle a favor del accionante el dinero por concepto de la indemnización a la que fue condenada la Fiscalía General de la Nación, por los perjuicios materiales y morales, según lo expresó la sentencia del juzgado 37 administrativo, y en la demanda ejecutiva

dinero por concepto de la indemnización a la que fue condenada la Fiscalía General de la Nación, por los perjuicios materiales y morales, según lo expresó la sentencia del juzgado 37 administrativo, y en la demanda ejecutiva 11001333603720180015700 del juzgado 037 JUZGADO ADMINISTRATIVOORAL SEC TERCERA SE CELEBRÓ AUDIENCIA DENTRO DE PROCE SO EJECUTIVO - SE ORDENÓ SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN; y no burlan más de los ciudadanos con lo que llaman ellos el turno asignado para ella por parte de la oficina de pagos de sentencias y conciliaciones de la Fiscalía General de la Nación, utilizando esta acción como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable”.

2. Se ordene en el termino no mayor a 10 días se el juzgado 037 JUZGADO ADMINISTRATIVO - ORAL SEC TERCERA de ordenar investigar al BBVA por negarse el embargo de las cuentas, velando y maltratando a los ciudadanos.

3. En caso de observarse causales disciplinarias por parte del pagador de la Fiscalía General de la Nación o funcionarios responsables compulsar copias a la oficina de control disciplinario para que procesa de conformidad.

4. Condenar en costas”

En atención a lo anterior, y por cumplir los requisitos establecidos en el Decreto 2591 de 1991, el DespachoExpediente: 25000-2315-000-2021-00075-00

Accionante: Misael Forero Mora

Auto Admite acción Página 2

RESUELVE:

Primero: ADMITIR la ACCIÓN DE TUTELA presentada por el señor Misael Forero

Accionante: Misael Forero Mora

Auto Admite acción Página 2

RESUELVE:

Primero: ADMITIR la ACCIÓN DE TUTELA presentada por el señor Misael Forero Mora, contra Fiscalía General de la Nación - Oficina Jurí dica, el Juzgado 037

Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, y el Banco BBVA.

Segundo: Notifíquese inmediatamente este proveído a la parte accionante, a la Fiscalía General de la Nación - Oficina Jurídica, al Juzgado 037 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá y al Banco BBVA, en las direcciones que corresponda.

Tercero: Por Secretaría de la Subsección, infórmesele al accionado que el tutelante por esta vía solicita el amparo constitucional de los derechos fundamentales a la salud, vida, dignidad humana y mínimo vital.

Cuarto: Hágaseles saber que disponen de dos (2) días para que de las explicaciones que estime convenientes y anexen las pruebas documentales del caso, tenien do en cuenta que se trata de una acción de tutela.

Una vez realizado lo anterior, regrese el expediente al Despacho para continuar su trámite.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

ALBERTO ESPINOSA BOLAÑOS

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