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TA CUN - 25000232600020120093600-(28-08-2020)

Tribunal Administrativo de Cundinamarca

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Detalles

Título
TA CUN - 25000232600020120093600-(28-08-2020)
Autor
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2020

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN B

Bogotá, 28 de agosto de 2020

MAGISTRADO PONENTE: FRANKLIN PÉREZ CAMARGO Expediente: 2500023260002012-00936 00

Demandante: Demandado:

Segurexpo S.A. IDU y otros

Contractual - Escritural

Revisado el expediente, el despacho encuentra que está pendiente de aportar eldictamen pericial.

En auto del 21 de marzo de 2018, se requirió al perito Policarpo Pinzón para que, en el término de 3 días, remita al proceso la documentación que le fue entregada para la elaboración del dictamen pericial encomendado en un principio. Igualmente se indicó que la misma sería puesta a disposición de la actora y quien debía aportar el dictamen dentro de los 20 días siguientes (f. 891 c3p)

El 5 de abril de 2018, el perito Policarpo Pinzón informó que los documentos fueron entregados a la apoderada de la demandante y solicitó que fuera reconocida la gestión y trabajos adelantados para la obtención de estos (gestión y radicació n de memoriales en el IDU, fotocopias y cds) los cuales estimó en $1.000.000, que constituyen exclusivamente los gastos. Adjuntó 13 oficios radicados al IDU y 4cds (f. 892-907 c3p)

El 2 de mayo de 2018, el perito designado por la demandante indicó que encontraba pendiente que el IDU allegara una serie de documentos para que se rindiera el

(f. 892-907 c3p)

El 2 de mayo de 2018, el perito designado por la demandante indicó que encontraba pendiente que el IDU allegara una serie de documentos para que se rindiera el dictamen y solicitó al despacho requerir al IDU (f. 909-916 c3p).

CONSIDERACIONES

Conforme a lo indicado por el perito Policarpo Pinzón el despacho considera que le corresponde realizar las gestiones con la parte demandante a fin de que lleguen a un acuerdo con relación a los gastos a que hace mención que obra en folio 892 a 893 del cuaderno No. 3 principal. En consecuencia, el despacho no tiene la facultad para inmiscuirse en asuntos relacionados con los gastos en que se incurra en la elaboración del dictamen pericial, ya que se trata es de una negociación entre el perito y la parte que lo solicitó. Con relación a la solicitud que realizó el perito Daniel Antonio Flórez Pérez, elExpediente: 2012-936

Demandante: Segurexpo S.A.

Demandada. IDU y otros Auto de Trámite 2 despacho accederá a su solicitud y n consecuencia se ordena por secretaría realizar los respectivos oficios solicitando la información visible en folio 915 a 916 del cuaderno No. 3 principal. Una vez puesta a disp osición los oficia la parte demandante debe acreditar el trámite dentro de los 5 días siguientes. En el oficio se deberá indicar que la entidad oficiada debe dar respuesta en el término máximo de 20 días desde la radicación de la solicitud.

Para tal efe cto la secretaría pondrá en disposición los oficios que deberán ser radicados en la dependencia correspondiente y acreditar ante el despacho el trámite dado.

de 20 días desde la radicación de la solicitud.

Para tal efe cto la secretaría pondrá en disposición los oficios que deberán ser radicados en la dependencia correspondiente y acreditar ante el despacho el trámite dado.

Por lo anterior, el Despacho

DISPONE:

PRIMERO: Por secretaría librar oficio de los documentos solicitados en folios 915

y 916 de cuaderno No. 3 principal conforme se indicó en la parte motiva. El trámite debe ser acreditado so pena de declararlos desistidos.

SEGUNDO: Aportada la documentación solicitada el perito Daniel Antonio Flórez contará con el término de 20 días para aportar el dictamen pericial.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.

FRANKLIN PÉREZ CAMARGO Magistrado df

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