TA CUN - 25000233600020160216600-(01-03-2021)
Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Detalles
- Título
- TA CUN - 25000233600020160216600-(01-03-2021)
- Autor
- Tribunal Administrativo de Cundinamarca
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2021
REPUBLICA DE COLOMBIA
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA
SECCION TERCERA
SUBSECCION B
BOGOTÁ D.C., primero (01) de marzo de dos mil veintiuno (2021)
Magistrado Ponente: FRANKLIN PÉREZ CAMARGO
EXPEDIENTE: 250002336000201602166-00
DEMANDANTE: Álvaro Silva Quintero y otros DEMANDADO: Nación – Fiscalía General de la Nación – Rama Judicial
MEDIO DE CONTROL DE REPARACIÓN DIRECTA
REVOCA PARCIALMENTE AUTO – FIJA FECHA PARA AUDIENCIA
En el presente proceso se señaló el 17 de marzo de 2020 para llevar a cabo la audiencia inicial dispuesta en el artículo 180 del CPACA; sin embargo, en virtud de la suspensión de términos decretada por el Consejo Superior de la Judicatura ocasionada por la pandemia Covid -19, la audiencia no se celebró.
Mediante providencia de 8 de julio de 2020 se efectu ó pronunciamiento sobre los llamamientos en garant ía, las excepciones presentadas , y se decretaron las pruebas solicitadas.
De acuerdo a lo anterior, e ncuentra el Despacho que en el expediente no se han surtido la totalidad de las etapas que dispone el artículo 180 del CPACA. Por tanto, se revocará parcialmente la providencia de 8 de julio de 2020, respecto de los numerales en los cuales se decretaron pruebas, y se fijará fecha para llevar a cabo audiencia de inicio.
En consecuencia, se
DISPONE:
de 2020, respecto de los numerales en los cuales se decretaron pruebas, y se fijará fecha para llevar a cabo audiencia de inicio.
En consecuencia, se
DISPONE:
PRIMERO: Revóquense los numerales 3 y 4 de la providencia de 8 de julio de 2020, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva d e estaExpediente: 250002336000201602166-00
Demandante: Álvaro Quintero Silva y otros Demandado: Nación – Fiscalía General de la Nación – Rama Judicial Revoca parcialmente auto – Fija fecha para audiencia inicial
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providencia.
SEGUNDO: FÍJESE el día miércoles diecisiete (17) de marzo de d os mil veintiuno (2021), hora 03 :00 p.m. para llevar a cabo la audiencia de inicio prevista en el artículo 180 del CPACA.
La audiencia señalada se celebrará a través del aplicativo institucional TEAMS de Microsoft 365 , y se efectuará conforme a lo dispuesto en el Manual de Implementación de la Virtualidad del Despacho.
SEGUNDO: Notifíquese a las partes esta providencia, a los siguientes correos
electrónicos: Parte Correo Electrónico Demandante mfajardo@fajardoabogados.com.co; cpaillie@fajardoabogados.com.co; Demandado Fiscalía General de la Nación jur.notificacionesjudiciales@fiscalia.gov.co; deajnotif@deaj.ramajudicial.gov.co; maria.otalora@fiscalia.gov.co; Demandado Rama Judicial jdazat@deaj.ramajudicial.gov.co;
deajnotif@deaj.ramajudicial.gov.co; maria.otalora@fiscalia.gov.co; Demandado Rama Judicial jdazat@deaj.ramajudicial.gov.co; ojimenet@deaj.ramajudicial.gov.co; fgomezp@deaj.ramajudicial.gov.co; Llamado en garant ía Ramiro Riaño Riaño cesarverni@hotmail.com;
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
FRANKLIN PÉREZ CAMARGO
Magistrado VSBG